Intervención de Yolanda Díaz

28.12.2021

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Graciñas, ministra portavoz.

Bueno, gracias por su presencia.
Quiero comenzar la introducción dando las gracias a los múltiples equipos técnicos y a las muchísimas personas que han trabajado para que hoy tengamos un nuevo marco laboral que va a cambiar la vida de la gente en nuestro país.
Gracias a los agentes sociales. Lo digo siempre, me han escuchado demasiadas veces ya. Siempre han estado en la historia de España a la altura de las circunstancias. Hoy lo vuelven a estar. Y créanme, no es fácil alcanzar un acuerdo en esta materia con los agentes sociales.
Por no ser fácil, quiero señalarles que las 4 grandes reformas estructurales del mercado laboral español, digo 4 de más de 50, digo estructurales con estas características. ¿Por qué son estructurales? Porque abarcamos en 4 pilares claves de las mismas, que tienen que ver con el mantenimiento del empleo, con la contratación, con la protección social y con la negociación colectiva. Esto ha pasado en 4 ocasiones en nuestro país, sucintamente el año 84, 94, el 2010 y el 2012, como saben ustedes. En ninguna de esas grandes ocasiones los agentes sociales tendieron la mano, ya no al diálogo, que esto es una marca de la casa, sino esencialmente, al acuerdo de la mesa.
Por tanto, dar las gracias a los agentes sociales, sobre todo a los equipos técnicos, que, en el Ministerio de Trabajo, desde el 17 de marzo de este año hasta escasas horas, y cuando digo escasas, digo escasas, han estado trabajando por el bien de nuestro país.
Esto es una rara avis en política y más en la política española. Pero quiero ponerlo en común y lo quiero hacer de la mano del ministro Escrivá, que los 2 ministerios, en comandita, sabemos bien de que estamos hablando.
Por tanto, desde luego, gracias. Gracias al Gobierno en su conjunto, por el permanente trabajo, por la sintonía y por la convicción en que lo que hacíamos era cambiar nuestro país.
Dadas las gracias, les quiero dar las gracias a ustedes, sobre todo, aunque no hay muchos periodistas del ámbito que normalmente nos sigue a nosotros, de la parte económica y laboral, hay alguno. Quiero tener esta deferencia, porque me parece muy importante hacerlo. Nos han seguido durante estos 9 meses, en horas intempestivas, sin poder conciliar con sus vidas y en muy malas condiciones y, por tanto, también en nombre del Gobierno de España, les quiero dar las gracias. Sé muy bien de lo que hablo, incluso a altas horas de la madrugada.
Por tanto, gracias a ese periodismo profesional que hace posible que comuniquemos lo que estamos haciendo.
En segundo lugar, esta reforma lo que hace, y esto es lo principal, pasar página a la precariedad en España. Y esto me parece que es el gran reto que teníamos como país. Es el gran déficit que tenía España y es lo que nos hace singularmente diferentes en la Unión Europea, lo que he denominado, hace mucho tiempo, como la gran anomalía española. Durante más de 42 años y más de 52 reformas laborales, pues las tasas de temporalidad de nuestro país, junto con las de precariedad, son aproximadamente siempre las mismas.
Por tanto, esta reforma pasa página a la precariedad en nuestro país.
Me atrevo a decir, singularmente, que hay jóvenes y mujeres, los destaco, que no han conocido un contrato que no sea basura en su vida, y ahora les vamos a dar la oportunidad de romper con el paradigma o la trampa de la precariedad, para que, singularmente, dejen de tener vidas precarias.
Es un acuerdo de país, ¿por qué es un acuerdo de país?, pues lógicamente, primero, porque concita el acuerdo de los agentes sociales, cosa que no es pequeña cosa.
En segundo lugar, porque estamos mandatados por el acuerdo de Gobierno suscrito entre Unidas Podemos y el Partido Socialista, y también la traducción que hemos hecho al denominado componente 23, que remitimos a la Comisión Europea.
En tercer lugar, porque es el primer acuerdo en más de 40 años que cambia la tendencia de pérdida de derechos, de recorte de derechos y de devaluación salarial sin precedentes que ha tenido en nuestro país, y van a observar como esta norma lo que hace es justamente cambiar esta tendencia.
Y bueno, teníamos encuentros ayer con profesores de derecho laboral, laboralistas italianos y economistas de diversas partes del mundo que estaban impactados por tratarse de una primera reforma e incluso en un ámbito de la Unión que recupera derechos, por tanto, fuerza para los trabajadores y las trabajadoras.
Finalmente es un acuerdo de país, porque es un acuerdo intergeneraciones. No compite con nadie. No excluimos a nadie, sino que lo que vamos a hacer es mejorar, recuperar derechos para todos aquellos trabajadores y trabajadoras, todos ellas y ellos que son víctimas de la precariedad en nuestro país.
Si me permiten, para mí hoy no es un día cualquiera y creo que para el ministro Escrivá tampoco, no es una rueda de prensa más, es mucho más. A veces justifica los trabajos que desde antes de ser ministros y ministras hacíamos y defendíamos en nuestras vidas.
Desde luego, no miento si les digo que, humildemente, hoy es uno de los días más importantes del Gobierno en España y de esta legislatura. Creo que dota de sentido a lo que hacemos, por lo que, a veces, trabajamos, y, desde luego también, si me permiten, con bastante incomprensión, porque frente al no por el no permanente, con mucho ruido de la principal fuerza de la oposición, me atrevo a decir que no por el no hace mucho daño a España, y, sin embargo, lo que hoy hacemos, insisto, cambia en el rostro de la precariedad en nuestro país.
El acuerdo, el tender la mano entre mi hija y mi padre, en el mercado de trabajo, no es menor, entre el mercado de trabajo y en el ministro de inclusión, con la calidad de las pensiones, todo van a ver ustedes que está interconectado, mejorar la calidad en el trabajo es mejorar la calidad en las pensiones públicas, es, en definitiva, tener un proyecto de país y este Gobierno lo tiene.
En tercer lugar, estrenaremos legislación laboral nueva en el año 22 y lo haremos desde una recuperación sólida y robusta, van a conocer la semana que viene los datos de paro y de afiliación a la Seguridad Social y, desde luego, creemos que es el primer paso para cambiar la anomalía de nuestro país y hacernos más parejos a los países de la Unión Europea.
Por tanto, como decía la portavoz, cumplimos como país y, desde luego, vamos a abordar, por primera vez, el enorme reto que tenemos.
Y, como les dije, lo fundamental en estas más de 44 páginas de esta norma, verán que es una norma que deja la impronta de la recuperación de derechos, frente a los recortes de la última norma que regula el mercado de trabajo, frente a las normas que tanto dolor causaron de la austeridad, recuperamos derechos y, créanme, para una humilde abogada laboralista decirle a su país que recuperamos derechos los trabajadores y las trabajadoras, es algo muy importante.
Ahora, muy rápidamente, para darle la palabra al ministro Escrivá, voy a pasar a esbozar qué es lo que hacemos en esta norma.
Singularmente, como saben, el gran objetivo del Real Decreto 3/2012 tuvo, pretendió, una salida a la crisis basada en la depreciación salarial, en la devaluación salarial, y lo realizó, como saben bien, e incluso fue reconocido por esta formación política en el que gobernaba en el año 2012 en la propia Cámara del Congreso de los Diputados, estaba pensada para salir de la crisis devaluando los salarios.
Lo hicieron con 2 palancas importantes que, sustancialmente, lo que hacían era debilitar a los trabajadores y trabajadoras, su capacidad negocial y muy singularmente, a los sindicatos en nuestro país, con 2 herramientas:
La primera herramienta fue acotar la ultraactividad. Esto, por lo que saben ustedes, muy recientemente, hicieron una huelga los trabajadores y las trabajadoras en Cádiz. Lo que hacemos hoy es recuperar la ultraactividad con carácter indefinido.
Por tanto, esa herramienta de devaluación, de depreciación de la fuerza negociadora en la que, como saben, hoy en día tenemos muchos convenios, sencillamente, que no se han negociado, porque, obviamente, la posición, el carácter tuitivo del derecho laboral, de parte, de fuerza, de la parte dominante, lógicamente, le interesa mantener sin la fuerza negocial del convenio colectivo.
Como saben ustedes, lo que ha pasado, con la aplicación de la caída de la ultraactividad, es que, automáticamente, se quedaban sin convenio colectivo y, en muchas ocasiones, la aplicación fue directa a la aplicación del salario mínimo, que ahora tenemos en unas cifras más o menos sólidas, pero recuerden, estaba 735 euros en nuestro país.
La segunda herramienta fue establecer el carácter preferente del convenio de empresa sobre los otros convenios.
Esto, como ven, se altera en su materia salarial en esta norma y se altera, además, vinculado a una herramienta fundamental que es la subcontratación, el artículo 42 del mercado de trabajo español.
Verán que, en la subcontratación, en que como ustedes saben, no se puede prohibir por marco europeo, y unas normas, unas directivas, que lo impiden, lo digo por obvio, pero lo señalo, lo que vamos a hacer aquí es recuperar en la subcontratación el convenio de sector o el convenio de la empresa principal, o en su caso, y solo en su caso, si la empresa contratista o subcontratista tuviera un convenio propio de empresa que mejorase las condiciones del sector, podría ser aplicado este convenio.
Es decir, que la principal herramienta de transformación de esa norma sale expulsada del nuevo marco laboral español.
Después el cambio más fuerte y que más tiempo nos ocupó, como saben, muchísimos meses y largos, es el marco de la temporalidad en España.
El contrato ordinario en nuestro país, ahora mismo, es el contrato indefinido, incorporando una presunción de que los contratos en nuestro país se presumen indefinidos y vamos a un único contrato temporal, en el que recuperamos la causalidad, que tiene que ser profundamente motivada, que van a ver que está muy restringido, y que puede derivarse o aducir dos únicas causas.
La primera causa es una causa de sustitución y esto han de entenderlo por un plazo de tres meses, pues bien, por sustitución de bajas médicas, de embarazos, de procesos selectivos y las razones que fueren.
Y, después, una causa que es la causa productiva, y en la causa productiva verán que, frente al modelo actual que tenemos, el contrato temporal se limita a una duración de seis meses, y en unas puntuales y justificadas razones que han de motivar con esa actitud las empresas, pueden realizar tareas denominadas ocasionales, por un máximo de 90 días.
Esto lo hacemos porque los expertos que hay aquí alguno en materia laboral, al que miro y lo conoce mejor que yo, era un gran reclamo de los expertos en esta materia, la expulsión de uno de los contratos que más fraude causaba y que justifican la temporalidad en nuestro país.
Se llama el contrato por obra de servicio determinado. Viene desde los tiempos del franquismo, desde aquellas antiguas ordenanzas laborales, y hoy ponemos fin a ese contrato por obra y servicio determinado en nuestro país.
Por darles un dato, ahora la temporalidad se aquieta a 6 meses, podrá, por vía de negociación colectiva, en sectores, la podrán prorrogar a 6 meses más, pero vía negociación colectiva, pero piensen que ahora mismo se pueden estar firmando contratos por obra y servicio determinado, que podían tener una duración de hasta 4 años.
Fíjense el cambio de paradigma al que vamos y, además, vamos a un proceso en el que, si un periodo de 24 meses, entre 18 meses, en un máximo de 24, se producen algún tipo de irregularidad, como saben, ese trabajador o trabajadora formará parte de la fijeza de la empresa.
Por tanto, también seguimos recuperando derechos para los trabajadores y trabajadoras.
Esto verán que va acompañado con modificaciones de muchísimas normas, fundamentalmente aquí la principal es, lo dejo al ministro Escrivá para que después hable de las normas que regulan su materia, pero como saben, a día de hoy, las infracciones y las sanciones que derivan de vulneraciones en temporalidad tenían carácter único por empresa, es decir, que si una gran empresa, sin decir ningún nombre, a conciencia, era conocedora de que estaba haciendo un mal uso de los contratos temporales, e incluso, lo saben ustedes, algunas empresas presupuestaban esto en su contabilidad, lo hacían sencillamente porque la sanción era por empresa y podía ser hasta un máximo de 8000 euros.
Ahora la sanción y la infracción se individualiza, y, por tanto, si esa empresa, la temporalidad fraudulenta les afecta a miles de trabajadores, la infracción y la sanción será individual, y hasta un máximo de 10000 euros por cada uno de los trabajadores y trabajadoras que se vean afectados.
En segundo lugar, el gran cambio, esto lo hacemos, les puedo dar los datos, pero saben también, no me voy a extender, el Tribunal Supremo ha dictado una potente resolución acerca del mal uso y el abuso del contrato por obra y servicio determinado, también el Tribunal de Justicia Europeo, no me voy a extender, pero por darles un dato, solo en la obra y servicio determinado hemos tenido más de 8 millones de contratos. Es en el contrato estrella para practicar este tipo de desarreglos en el mercado laboral. Después hablará el ministro de incumplimiento y de las sanciones.
También vamos a un cambio fundamental en la ley que regula la subcontratación en la construcción en nuestro país y el contrato de la construcción que, como saben, era fijo por obra, un contrato que era temporal, pasa a ser indefinido y pasa a ser indefinido, evocando el modelo francés en esta contratación y verán que cuando se acaben, se culmine las tareas en esa obra, la empresa deberá de hacer 2 cosas.
La primera cuestión será recolocar a ese trabajador o trabajadora en otra obra, en la que tenga, en su actividad, o en su caso, deberá de darle todo tipo de formación, de recualificación en la línea, el espíritu de todo este cambio normativo que hacemos, y, lo debe de hacer, además, con cargo a la empresa y lo debe de hacer también en la preferencia que tenemos, saben que existe una fundación de formación de la construcción en España, singularmente en esa fundación.
Otra de las grandes modificaciones es el contrato, otro contrato que es estable, a pesar de que algunas personas crean que por su nombre no lo es, es el fijo discontinuo. Verán que propiciamos una reforma muy profunda en este contrato y lo que vamos a hacer es la incorporación, es la salida que le vamos a dar a la economía productiva española. Es decir, somos conscientes de que hay sectores en nuestro país que son estacionales, pues los sectores estacionales tienen que ser cubiertos con contratos fijos discontinuos.
Ahí verán que cambiamos todo lo que tiene que ver con los llamamientos, con las garantías y sobre todo lo que hacemos es dotar de los mismos derechos de protección social al fijo discontinuo que tienen los restantes contratos.
Esta es la lógica verán también de la norma. Todos los contratos temporales van a tener el mismo nivel de derechos que tienen los contratos indefinidos. Y esto es un cambio muy importante para todo.
Singularmente, ya para terminar, y aquí le paso la palabra al ministro Escrivá, hacemos una profunda modificación en los contratos formativos, si me permiten la expresión, vamos a un contrato formativo que se inspira en el alemán, en la formación dual por excelencia.
Verán también cómo se recuperan derechos en este contrato formativo, que podrá tener una duración, en los límites temporales de edad hasta los 30 años, que tiene la característica de la formación dual, es decir, que la importancia está en que, en esta ocasión, sí va a haber formación de verdad, en alternancia, es decir, habrá una parte teórica, pero habrá una parte que se va a dispensar en el seno de las empresas españolas, con un proceso de tutorización permanente, de evaluación permanente, y, además van a ver también que lo que hacemos es desplegar, desde la formación dual en la universidad, pero en la empresa, en todos los sectores que tengamos en la economía de nuestro país.
Ahí verán, las retribuciones se tienen que ajustar al convenio colectivo el primer año en una cuantía, de hasta el segundo año, hasta un 85%. Verán también como, singularmente, está muy grave y esto se compensa.
Y aquí le paso la palabra al ministro Escrivá, con algunas cuestiones que también quiero singularizar, una muy importante, y es que, junto con el Ministerio de Función Pública, se elimina la disposición adicional décimo sexta, que era aquella que permitía el despido objetivo en el seno de las administraciones públicas. A partir de hoy no se podrá despedir en las administraciones públicas por ninguna de las causas que adveren esta disposición adicional décimo sexta, recuerden que este personal accedía a la empresa, a las entidades públicas, a la administración pública, con procesos selectivos y podía ser despedido, esto fue una de las claves también con la misma entidad y fortaleza que se hacía en el ámbito privado.
Esta norma sale de nuestro país, esta posibilidad sale y todo ello se compensa con muchas cuestiones que verán, y es que vamos a una lógica de devaluación permanente, es decir, vamos a establecer negociaciones por sectores en la negociación colectiva, la temporalidad.
Van a ver cómo también nos damos un plazo el Gobierno de España para evaluar la eficacia de las medidas de temporalidad y, por tanto, con el compromiso, lo van a ver en la disposición adicional, con el compromiso de que si no avanzara como como pensamos, se tomarían medidas.
Van a ver también que, en un plazo de 6 meses, de la mano del Ministerio de Trabajo, de Educación y de Universidades, junto con los agentes sociales, vamos a desarrollar lo que también iba en el acuerdo de Gobierno, el estatuto de las personas becarias.
Van a ver también que en un plazo de 3 meses tenemos que desplegar lo que incorporábamos en la Inspección de Trabajo, que era, sustancialmente, un plan específico de salud laboral para el trabajo en menores, que es de rango internacional y de enorme importancia, y el mecanismo. Y le paso la palabra a Escrivá, de flexibilidad interna por excelencia, que es el artículo 47 y 47 bis, los denominados ERTE, en la parte que me toca, los ERTEs estructurales, es un poco lo que ustedes han conocido aquí, en estos últimos tiempos, incorporado con la formación, con los mismos requisitos que conocen, de protección social, de carencia, de desempleo, de contador a cero y demás, más los mecanismos que hemos incorporado del 47 bis, y de carácter estructural en nuestro país.
Y nada más, y muchas gracias, y solo decirle que la vacatio de esta norma es que mañana entra en vigor, excepto un plazo de 3 meses que han de entender, dotamos a las empresas españolas para que adecuen el necesario cambio de la temporalidad, solo acotada a esos artículos de la temporalidad, sino piensen que el día 1 de enero o sencillamente el 31 tendríamos que tener transformados los contratos, les damos una vacatio de 3 meses y verán que en esa vacatio hay disposición en la que señalamos que la duración máxima va a ser para los contratos por obra y servicio determinado, desde la entrada en vigor de esta norma, de 6 meses. Y esto se lo digo por clarificar también en estos aspectos, nada más. Muchas gracias