Lo primero que me gustaría constatar a la hora de presentar estos acuerdos es que es el sexto Real Decreto Ley que hemos aprobado en el Consejo de Ministros de Protección del Empleo y el Tejido Productivo. Es el sexto acuerdo que hemos acordado, en lo que tiene que ver con los ERTEs, con los agentes sociales, a los que quiero agradecer de nuevo su disponibilidad a trabajar siempre con plazos muy ajustados y en temas claramente donde estamos innovando, incluso a nivel internacional, como se nos reconoce, muy agradecidos de su colaboración y de poder haber llegado de nuevo a un acuerdo, y también a las representantes de los autónomos. También traemos en este Real Decreto Ley una extensión de la prestación extraordinaria de protección para los autónomos, que una vez más, hemos acordado con las tres organizaciones de representación de los autónomos, como se constató ayer.
En segundo lugar, y me voy a hacer uso de una serie de transparencias, hacer simplemente una recopilación de cómo hemos llegado hasta aquí.
Recuerden ustedes que en marzo, hace algo más de 15 meses, tuvimos que desplegar una protección extraordinaria, como se puede ver en ese gráfico, donde llegamos a proteger, 2 de cada 10 trabajadores asalariados estaban protegidos en el esquema de ERTEs y lo que hemos ido haciendo durante estos 6 decretos leyes ha sido ir adaptando las características de esta regulación a las condiciones cambiantes de la pandemia y del mercado de trabajo.
Durante los primeros meses el foco fue la protección, la protección de todos aquellos afectados, a partir del verano del año pasado el foco fue la activación, se daban las condiciones para ir recuperando empleo y recuperamos a un ritmo extraordinariamente rápido, sin parangón en los países de nuestro entorno, y, después, ya durante el otoño y el invierno, tuvimos que ir adaptándonos a las condiciones de la pandemia, ajustando los elementos que tienen que ver con la protección con los de la activación.
Aun así, en febrero del año pasado habíamos conseguido un resultado, justo cuando empezó, digamos, la última ola, cuando salimos de la última ola, donde teníamos 5 de cada 10 trabajadores todavía en ERTEs. Al día de hoy, y esa es la cifra que aparece hoy, ya, si tenemos en cuenta a los trabajadores que están a tiempo parcial, realmente tenemos unos 170 mil trabajadores en ERTE a tiempo total, que es menos de 1 de cada 100 trabajadores.
Esto es un éxito extraordinario, que es un éxito de la sociedad, es un éxito de todos los agentes sociales que hemos participado en un cambio extraordinario de la forma en la que gestionamos perturbaciones fuertes que afectan al desenvolvimiento económico.
Eso se refleja en el siguiente gráfico en el que podemos comparar esta crisis con la crisis anterior. En esta crisis ha pasado algo más de 15 meses, estamos año y medio, poco más, hemos recuperado los niveles de empleo previos a la crisis. En la anterior crisis económica, que se gestionó una forma completamente distinta, tardamos más de una década, más de una década, en recuperar los niveles de empleo. Ese es el ejemplo que quería traer con este gráfico.
Y después sobre las características de lo que es este nuevo marco de ERTEs la vicepresidenta ya ha reflejado algunas de ellas, que están en esta pandemia, y, yo creo que voy a ir directamente a las características de estos ERTEs en la siguiente transparencia.
Aquí, en primer lugar, hemos prolongado un mes el esquema actual. Con esto estamos dando tiempo para la adaptación a todos, al nuevo marco, a las empresas, a los trabajadores, a las propias administraciones que tienen que dar respuesta a los planes de formación y por lo tanto, vamos a mantener las condiciones durante un mes más, y, por lo tanto, los ERTEs de limitación tienen una exoneración del 75% y los de impedimento, los que vienen con un expediente de impedimento, del 100% y 10 puntos menos siempre para las empresas de más de 50 trabajadores.
Si vamos directamente a lo que es el nuevo marco, en primer lugar, pensamos que va a ser bastante inusual, pero contingentemente hay que dejar la posibilidad de que puedan solicitarse de nuevo, por restricciones administrativas asociadas al COVID, se pueden solicitar ERTEs de impedimento o de limitación. Nuestra impresión, viendo la realidad a la que nos enfrentamos es que esto va a ser muy inusual, pero la posibilidad sigue abierta en la medida en la cual haya empresas que no puedan tener actividad por restricciones administrativas asociadas al COVID o tenga una limitación significativa de su actividad, esa posibilidad va a asistir y vamos a seguir con las condiciones preexistentes y vamos a seguir permitiendo la flexibilidad de transitar de uno a otro.
Pero la gran novedad está en que todas aquellas empresas y los trabajadores en ERTE a 30 de septiembre de este mes podrán acceder a un nuevo ERTE, que vamos a llamar ERTE con formación, ya iremos buscando la palabra adecuada para calificar, igual que se han buscado palabras para los ERTEs anteriores, nuevos ERTEs formativos o como queramos llamarles, donde aquí establecemos una distinción que tiene que ver básicamente, por razones operativas, entre las empresas de 10 o más trabajadores, personas trabajando, o de menos de 10.
En el caso de empresas de más de 10, hay un porcentaje fijo, digamos de exoneración del 40%, pero si se pone en marcha un plan de formación de las características y el marco de referencia del Real Decreto Ley, la exoneración será del 80%.
En el caso de las empresas más pequeñas, esa proporción es del 50%, es la exoneración fija y llega al 80% en la medida en que hay un plan de formación.
Queda, digamos, a partir de noviembre, siempre la posibilidad de un ERTE de impedimento, asociado, obviamente, a una restricción administrativa que constate la autoridad laboral, del 100% y del 90% de empresas de más de 50 trabajadores.
Este es el marco en el que nos vamos a desenvolver durante los próximos meses y en el que hay una apuesta evidente por la formación y por la formación de calidad. Pensamos que en este momento tenemos la oportunidad de generar estos incentivos para que haya una confluencia de intereses, para que estos trabajadores que están en el último período, digamos, de recorrido de estos ERTEs, puedan adquirir nuevas cualificaciones y lo hagan dentro de las empresas y lo hagan dentro de las empresas y dentro de su marco de referencia laboral.
Y como ha indicado la vicepresidenta, hemos aprovechado la oportunidad, como no puede ser de otra forma, para definir un ERTE para la erupción volcánica, donde los porcentajes de exoneración sean del 100% en el caso del impedimento y de limitación del 90% y también estarán vigentes hasta el segundo mes, hasta febrero del 2022.
Autónomos. En el caso de los autónomos, me gustaría, en primer caso, destacar que si es verdaderamente llamativa la comparación entre cómo se ha gestionado esta crisis y la crisis anterior, en el caso de los autónomos es, si acaso, más aguda todavía. Ahí lo vemos en este gráfico. No es que hayamos recuperado los niveles de empleo, es que estamos ampliamente por encima de los niveles de empleo, de afiliados a la Seguridad Social de autónomos, ya desde hace unos cuantos meses, cuando por estas fechas, unos 20 meses después del inicio de la crisis, en la crisis anterior llevábamos 220 mil empleos perdidos en el régimen de autónomos.
En el caso de los autónomos, lo que lo que estamos haciendo, en primer lugar, es, hay aproximadamente, recuerden que en el caso de los autónomos estamos protegiendo no solamente situaciones claras de impedimento y limitación, sino también de caída fuerte de ingresos para autónomos de rentas bajas.
En el caso de todos los autónomos, en este momento, que están bajo el paraguas del Real Decreto anterior, vamos a posibilitar una transición suave a su activación final, haciendo que se mantengan las exoneraciones a las cuotas a la seguridad social con un perfil decreciente en el tiempo hasta el mes de enero.
En el caso de los autónomos que todavía siguen muy afectados por la pandemia, no voy a entrar en los detalles, están ahí en la transparencia, pero las cuatro modalidades de protección que han existido hasta ahora las mantenemos y son, como saben ustedes, modalidades que van dirigidas a proteger a los autónomos más vulnerables, los que tienen rentas más bajas y por lo tanto, asociados a umbrales de renta relativamente bajos y a su vez, así mismo con caídas de ingresos muy fuertes. Las cuatro modalidades las mantenemos y las hemos acordado, como he dicho, con los trabajadores autónomos.
En lo que se refiere a Canarias, a la isla de La Palma y el volcán, el Real Decreto Ley establece una prestación extraordinaria que además, para facilitar el acceso a la misma de todos los autónomos, no vamos a requerir el período mínimo de cumplimiento de 12 meses de cotización, y también va a haber un contador a cero, por así decirlo, durante cinco meses, en el que se va a establecer de esta prestación no va a computar antigüedad.
Y con esto.