Sra. Calviño.- Sí muchas gracias ministra. Como la ministra portavoz ha señalado las cifras hoy nos dan lugar a la esperanza, con toda la prudencia del mundo, pero detrás de las grandes cifras está la realidad de cada una de las personas afectadas, entonces antes de entrar en la sustancia sí me gustaría enviar un mensaje de cariño y de apoyo a todas las personas que están afectadas de una manera directa o indirecta por esta emergencia, todos tenemos amigos, compañeros familiares y por eso es necesaria una respuesta del conjunto de la sociedad. Pues bien eso es lo que ha estado el Gobierno haciendo desde el primer día, tratando de utilizar todos los recursos económicos, recursos financieros, recursos legales del Estado, para dar una respuesta a esta situación de emergencia en una triple vertiente la sanitaria, la económica y social. Y por eso en paralelo con las decisiones que se han ido tomando en el ámbito sanitario, las medidas de contención, como hoy, la propuesta de extensión del Estado de Alarma, hemos ido aprobando distintos paquetes de medidas para reforzar nuestro tejido productivo, para apoyar al conjunto de la sociedad y tratar de preservar una situación que permita la reactivación económica una vez que dejemos atrás la emergencia sanitaria.
En este contexto hoy se aprueba un nuevo Real Decreto-ley que complementa a los que hemos ido adoptando en las últimas semanas y que por ello tiene una naturaleza con medidas horizontales que afectan al conjunto de la sociedad pero también otras medidas más específicas dirigidas a adaptar la normativa aplicable a algunos sectores. En definitiva tratar de dar la respuesta necesaria para esta nueva fase en la que se embarca al conjunto de nuestra sociedad, el conjunto de nuestra economía, con la extensión del Estado de Alarma.
Como les decía se trata de más de 30 medidas que actúan en cuatro ámbitos fundamentales. En primer lugar incrementar el apoyo a los trabajadores y al empleo de los ciudadanos. En segundo lugar reforzar la financiación empresarial, inyectando liquidez de forma adicional a lo que se ha ido realizando en las últimas semanas, beneficiando de forma muy especial a los autónomos y a las pymes, con el fin de preservar la actividad económica y el empleo, incluso en esta situación excepcional. En tercer lugar un paquete de medidas fiscales importantes para también canalizar recursos y liquidez al conjunto del tejido empresarial de nuestro país. Y en último lugar un conjunto de medidas más específicamente dirigidas a sectores o actividades productivas concretas.
En cuanto al primer ámbito, el de apoyo a los trabajadores, a los ciudadanos, al empleo se aprueba, hoy, ampliar la cobertura de la prestación a los trabajadores cuyos contratos hayan sido extinguidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo desde el 9 de marzo, o aquellos que lo hayan extinguido voluntariamente a partir del 1 de marzo, por tener una oferta laboral en firme que haya decaído. Se completa, así, el derecho de acceso a las prestaciones por desempleo de un conjunto de trabajadores que habían quedado excluidos de los Reales Decretos Ley anteriores. Se modifica también la regulación de los expedientes de regulación temporal de empleo por causa mayor para cubrir los ajustes necesarios en aquellas empresas que se enfrenten a reducciones significativas de actividad, pero estén en un sector considerado como esencial. Es decir, que se han visto afectados por las medidas de reducción de movilidad y mermados sus ingresos sin haber estado cubiertos de forma clara por la posibilidad de realizar un expediente de regulación temporal de empleo para aquellos trabajadores que no sean indispensables para la realización de esa actividad esencial.
Se refuerza la protección de los trabajadores fijos discontinuos, se ajusta a la normativa aplicable al funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; se flexibiliza también el uso del Fondo de Promoción y Educación de las cooperativas para que pueda ser utilizado en la lucha contra la pandemia; se prorroga durante dos meses más el carácter preferente del trabajo a distancia, además del derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada. Y también se permite, con carácter extraordinario, ajustar los requisitos que permiten a las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada la calificación de sociedad laboral. Se aprueba una reducción de las cotizaciones para determinados trabajadores agrarios durante los períodos de inactividad durante 2020 y se simplifica también el procedimiento para el aplazamiento de deudas de la Seguridad Social.
En el ámbito de la protección de los ciudadanos se establecen los términos para poder abordar el rescate de los fondos de pensiones y también para poner en marcha las medidas relativas a la moratoria de los arrendamientos para familias vulnerables, que ya se aprobó en el Real Decreto-ley 11/2020; se dota con 1.200 millones de euros la línea de garantías del ICO para garantizar los préstamos concedidos por las entidades financieras.
Un segundo capítulo, como he mencionado anteriormente, está compuesto por las medidas para reforzar la financiación empresarial empezando por una serie de disposiciones para establecer mecanismos para la renegociación y el aplazamiento de pagos de alquileres de locales de negocio. En particular, aquellos que sean propiedad de grandes tenedores o empresas públicas. En el caso de otro tipo de propietarios se facilita el uso de la fianza como mecanismo complementario de los acuerdos a los que puedan llegar los arrendadores y los arrendatarios. También se amplía la cobertura de la línea de avales del ICO para cubrir, no solo aquellos créditos que sean canalizados a través del sistema bancario, sino también el sistema de financiación basado en pagarés del mercado alternativo de renta fija fomentando así el mantenimiento de las líneas de financiación empresariales que se producen a través de los mercados de capitales. Y también se aumenta la capacidad de las sociedades de garantía recíproca de las Comunidades Autónomas mediante un refuerzo de los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.A., Cersa. El pago a proveedores y el crédito comercial son cauces fundamentales para el flujo de financiación para el conjunto de la economía y por eso, además de la cobertura que se proporciona con los avales gestionados a través del ICO, mediante el Real Decreto-Ley adoptado hoy se habilita al Consorcio de Compensación de Seguros para que actúe como reasegurador de los riesgos de seguro de crédito, lo cual es un elemento de refuerzo adicional para la continuidad de las transacciones económicas dando mayor seguridad a todas las operaciones comerciales.
Finalmente en este capítulo se permite también el aplazamiento de las cuotas de los préstamos concedidos por el IDAE, del Ministerio de Transición Ecológica.
El tercer capítulo es un conjunto de medidas fiscales. Un conjunto importante, como decía la ministra de Hacienda, de acciones dirigidas a alinear fundamentalmente las bases imponibles de los impuestos a la situación económica real a la que se enfrentan las empresas, sobre todo, las pymes y los autónomos. Este conjunto de medidas fiscales permitirá liberar más de 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas. Como decía, especialmente, autónomos y pymes. Me gustaría hacer, poner el énfasis en el enorme esfuerzo que se está haciendo desde el punto de vista del conjunto de la sociedad española para abordar este conjunto de medidas que afectan, tanto al gasto público, como a los ingresos públicos con el fin de reforzar la financiación del conjunto de nuestra economía. Con este objetivo, en particular, los trabajadores autónomos podrán realizar el cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el ingreso a cuenta del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido con el método de estimación objetiva, lo que permitirá durante el período afectado por el estado de alarma ajustar el pago a los ingresos reales. Asimismo, se establece una reducción en el pago fraccionado del IRPF y del IVA pudiéndose descontar en cada trimestre los días en los que ha habido estado de alarma. Las empresas también podrán adaptar las liquidaciones de los ingresos a cuenta a la previsión de ingresos estimada para 2020 y se establece la posibilidad de supeditar el pago de las deudas tributarias del Impuesto de Sociedades a la obtención de la financiación a través de la línea de avales del ICO. Finalmente, se reduce a cero el IVA aplicable al suministro de material sanitario de productos nacionales a entidades públicas sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, en línea con la reducción que ya se había producido de los aranceles para las importaciones dentro de la Unión Europea. Así se garantiza la igualdad de trato para los productores nacionales y los productos importados en este ámbito, lo cual permitirá un ahorro de más de 1.000 millones de euros en estos capítulos. Se reduce también el IVA aplicable a los libros, revistas y periódicos electrónicos equiparándolo con el IVA aplicable a estos mismos productos en su vertiente o en su versión en papel.
Finalmente, hay un conjunto de medidas que se refieren o que adaptan la normativa aplicable a determinados sectores o actividades productivas. Hay medidas de alivio financiero para los parques científicos y tecnológicos, permitiendo el aplazamiento de las cuotas. Se permite la prórroga de los contratos predoctorales para el personal investigador en formación que se suscriben en el ámbito de la investigación. Se autoriza el endeudamiento del Consorcio del Barcelona Supercomputing Center para poder abordar la instalación del nuevo supercomputador. Se modifican las condiciones de ayudas para las convocatorias públicas en el ámbito universitario y se facilita también la novación de los contratos de préstamos relacionados con la universidad. Y para mitigar en el ámbito portuario estatal el impacto económico del Covid-19, se establecen una serie de medidas excepcionales y transitorias para agilizar, para flexibilizar las normas aplicables.
Y, finalmente con el fin de apoyar el deporte en un contexto de paralización de su actividad y la situación en la que no se generan ingresos durante el estado de alarma, se crea una fundación que estará dotada con los fondos provenientes de la venta de derechos audiovisuales del fútbol con el fin de contribuir a financiar y dotar de estabilidad al deporte federativo, al deporte olímpico y paralímpico en la antesala de los Juegos Olímpicos. Esta fundación estará adscrita a la Administración General del Estado, a través del Consejo Superior de Deportes y contará con la participación de la Real Federación Española de Fútbol, la Liga de Fútbol Profesional y representantes de las restantes federaciones deportivas españolas, así como de las competiciones oficiales y no oficiales, de acuerdo con el acuerdo al que se ha llegado. Esta nueva fundación será la única que podrá asumir la gestión y comercialización de los derechos audiovisuales de las federaciones deportivas y competiciones distintas del fútbol, siempre que no quieran asumirlo por sí mismas.
Se trata, por tanto, de un paquete importante de medidas en el ámbito económico y social que complementa a los que han ido adoptándose en las últimas semanas, que incorpora determinadas medidas específicamente dirigidas a algunos sectores especialmente afectados por la actual emergencia sanitaria y otras medidas de carácter más horizontal que tienen el objetivo de garantizar la canalización de recursos productivos, el mantenimiento de la actividad empresarial, el mantenimiento de nuestro tejido productivo y del empleo y el apoyo a las personas afectadas durante este período extraordinario. Muchas gracias.
(Transcripción de la Secretaría de Estado de Comunicación).