Intervención de Nadia Calviño

17.11.2020

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Muchas gracias, ministra. Muy buenas tardes.

En efecto, hoy el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de Medidas Urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y en materia tributaria. Se trata de un importante paquete de medidas que viene a sumarse a la red de seguridad que venimos tejiendo desde el pasado mes de marzo para proteger el tejido productivo, proteger el empleo y las rentas familiares frente a la crisis que ha causado la pandemia del COVID.
Desde que se desencadenó la pandemia sanitaria, el Gobierno ha venido respondiendo de manera decidida y coherente. En paralelo con la respuesta en el ámbito sanitario hemos venido adoptando sucesivos paquetes de medidas en el ámbito económico y social, mediante un plan de choque, primero y un plan de reactivación a partir de junio, que nos ha permitido proteger una base sólida para la recuperación económica.
En efecto, las líneas de avales públicos canalizados a través del ICO y del sector financiero, el apoyo público extraordinario a los expedientes de regulación temporal de empleo, la prestación extraordinaria para trabajadores autónomos y otras medidas en el ámbito social, han amortiguado el impacto negativo de la pandemia sobre la actividad económica y el empleo, evitando que se produjera un impacto estructural que hubiera podido poner en riesgo la recuperación.
Con el paquete aprobado hoy reforzamos esta red de seguridad adaptándola a las necesidades de nuestro tejido productivo de cara a los próximos meses, es decir, seguir garantizando la efectividad de esta red de seguridad hasta que por fin dejemos atrás la situación extraordinaria generada por la pandemia.
Quiero recordar que entre las primeras medidas que adoptó el Gobierno el pasado 17 de marzo, se incluyó la creación de una línea de avales por cuenta del Estado para empresas y autónomos, por un importe total de hasta 100.000 millones de euros, que ha sido decisiva para sostener la liquidez y la financiación de nuestro tejido productivo.
Esta línea de avales que, según la Comisión Europea se cuenta entre las más exitosas de toda la Unión, ha permitido aprobar hasta ayer mismo más de 881.000 operaciones, el 98% de ellas con PYMES y autónomos. Se han usado avales por más de 82.000 millones de euros, con los que se ha movilizado financiación por valor de más de 108.000 millones de euros.
Posteriormente pusimos en marcha otra línea de avales del Instituto de Crédito Oficial por valor de 40.000 millones de euros, destinada a apoyar las inversiones de futuro de nuestro tejido productivo y creamos el fondo de apoyo a la Solvencia de empresas estratégicas, dotado con hasta 10.000 millones de euros y gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales para hacer frente a eventuales problemas de solvencia que pudieran atravesar empresas en sectores estratégicos.
Estas medidas, junto a otras como la flexibilización y el apoyo público a los expedientes de regulación temporal de empleo, los ERTEs, la prestación extraordinaria para autónomos, a la que ya me he referido, la moratoria en el pago de impuestos y cotizaciones y el resto de medidas que conforman la red de seguridad que hemos tejido en estos meses, resultan fundamentales para explicar el comportamiento de la economía española durante el tercer trimestre del año, tanto en términos de actividad, con un incremento del Producto Interior Bruto del 16,7%, como en términos de empleo, con la creación de casi 570.000 puestos de trabajo, según la Encuesta de Población Activa.
Estas medidas también han sido fundamentales para evitar una destrucción del tejido productivo y del empleo que hubiera podido conducir este año a una caída del PIB del entorno del 25% y a la destrucción de más de 3 millones de puestos de trabajo, con un impacto estructural evidente sobre nuestro crecimiento futuro.
Estas medidas están siendo eficaces, pero no obstante, estamos en un entorno cambiante, que exige ir adaptándolas a las necesidades de cada momento, y en este momento es preciso dar respuesta a los posibles problemas de solvencia que puedan ir apareciendo en aras de evitar que empresas que son perfectamente viables, puedan acabar teniendo que cerrar por problemas temporales de solvencia derivados de caídas transitorias de la actividad económica. Es decir, se trata de ayudar a aquellos proyectos que hasta la interrupción del COVID eran sostenibles y que temporalmente pueden estar atravesando tensiones de liquidez o desequilibrios patrimoniales causados por estas circunstancias extraordinarias.
Para seguir apoyando estos proyectos, para seguir apoyando a estas empresas durante los meses complicados que aún tenemos por delante y que puedan recuperarse una vez se normalice la situación económica y sanitaria, el Real Decreto Ley que hoy aprobamos introduce una serie de medidas relacionadas con los avales del Instituto de Crédito Oficial y con la normativa concursal.
En primer lugar, se amplía el plazo para la concesión de los avales de las dos líneas que hay en funcionamiento hasta el 30 de junio de 2021.
En segundo lugar, se amplía el plazo máximo de los créditos avalados, de forma que los clientes que lo soliciten pueden ver su crédito alargado hasta un máximo de ocho años y el período de carencia hasta un máximo de.
Se trata de apoyar a empresas solventes y por eso, para pedir estas ampliaciones, los solicitantes no deberán estar en concurso de acreedores o su préstamo en mora.
Cabe destacar que más del 73% de las operaciones concedidas con cargo a la línea de liquidez tenían un plazo de devolución entre cuatro y cinco años.
Con estas medidas, los autónomos y las empresas notarán un importante alivio de su carga financiera, de modo que dispondrán de más tiempo para recuperar su actividad empresarial y hacer frente a sus obligaciones financieras.
Por poner un ejemplo, el ejemplo de un crédito en el ámbito del turismo, el ocio y la cultura, donde la media de los créditos concedidos está en unos 100.270 euros al 2,2% de interés, con un plazo de devolución de 5 años y 12 meses de carencia, con esta extensión se mantendría la cuota durante un año más en 183 euros y se reduciría la cuota restante por la ampliación del vencimiento de 2.184 a 1.487 euros al mes. Un cambio sustantivo.
Hay que tener en cuenta que, según los datos de cierre del mes de octubre, los sectores de turismo, ocio y cultura, los de bienes de consumo, el de industria textil y moda y el comercio al por menor, concentraron casi un tercio de las operaciones con aval del ICO, por lo que estas medidas pueden ayudar de manera muy notable a proteger la solvencia de los empresarios y autónomos de estos ámbitos, particularmente afectados por la pandemia.
En tercer lugar, con el Real Decreto Ley se estipula que las entidades financieras deberán mantener los límites de las líneas de circulante hasta el 30 de junio de 2021, que no podrán incrementar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados a sus clientes y que deberán responder a las solicitudes de ampliación en un plazo máximo de 30 días.
Además, en cuarto lugar, se prevé una rebaja del 50% de los aranceles notariales y registrales a la hora de formalizar estas operaciones de ampliación y se autoriza al Instituto de Crédito Oficial a dirigirse directamente a la Central de Información de Riesgos del Banco de España para agilizar la comprobación de los impagados que le comuniquen las entidades financieras.
Además de estas ampliaciones de plazo, el Real Decreto Ley adoptado hoy permite acceder a la línea de avales a los pagarés que se comercializan en el mercado alternativo de renta fija el MARF y con el mismo objetivo de facilitar el acceso de las empresas a fuentes de financiación alternativas a las bancarias, se eleva de 500 a 1.000 millones de euros el umbral a partir del cual las empresas deben pasar del mercado alternativo bursátil para PYMES en expansión al mercado continuo. Con ello conseguiremos que estos mercados de PYMES en expansión sean más líquidos y profundos y por tanto, más atractivos, más eficaces en la financiación de empresas y más atractivos para los inversores.
Estas medidas son adicionales a las que hemos venido aprobando en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, para reforzar la solvencia y la financiación empresarial, en particular para apoyar a las empresas exportadoras a través de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, CESCE.
En primer lugar, se ha creado una línea extraordinaria de cobertura de créditos de circulante dotada con 1.000 millones de euros, dando así continuidad a las ya adoptadas el 17 de marzo.
En segundo lugar, se ha ampliado en 100 millones de euros la línea especial de avales y circulante para PYMES y empresas no cotizadas, y finalmente se ha creado una nueva línea de cobertura de avales para empresas cotizadas por un importe de 1.000 millones de euros y con vigencia temporal hasta diciembre de 2021. Se trata de medidas importantes que no se incluyen dentro del Real Decreto Ley, pero que refuerzan este plan de acción para la solvencia empresarial.
La tercera pata fundamental de este Real Decreto Ley tiene que ver con los procedimientos concursales. Como todos ustedes saben, en septiembre se aprobaron algunas medidas en materia concursal que ahora prorrogados. En concreto, se extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración de concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes y se prolongan hasta el 31 de enero las previsiones de que los jueces inadmitan a trámite las solicitudes de incumplimiento de convenios de acreedores y de acuerdos de refinanciación.
Está claro que la crisis sanitaria del COVID-19 puede suponer que muchas empresas sufran una caída de sus ingresos que dé lugar, con carácter transitorio, como consecuencia de la situación excepcional al cumplimiento de las condiciones que normalmente reflejan una situación de insolvencia y que normalmente llevarían a entrar en alguna de las causas que exigiría solicitar el concurso de acreedores. La aplicación generalizada de estos requisitos, en un contexto excepcional y transitorio que no refleja la verdadera situación patrimonial de las empresas, podría desencadenar procesos con impacto sobre la estabilidad económica y financiera. Se trata, en definitiva, como ya he señalado, de apoyar a empresas solventes, permitiéndoles la refinanciación o reestructuración de su deuda, el refuerzo de su liquidez y solvencia, protegiéndose así la base, el tejido productivo que hasta ahora hemos mantenido, sobre el cual poder seguir construyendo la recuperación económica.
En el Real Decreto Ley, se incorporan asimismo otras modificaciones de índole económica que permiten prolongar o adaptar medidas en vigor. Por ejemplo, se aclaran los sectores estratégicos en los que se requiere autorización para llevar a cabo una inversión por parte de terceros países. En este sentido, y de forma temporal, hasta el 30 de junio de 2021 se extiende la citada autorización previa a inversiones directas realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea o de la Asociación Europea de Libre Comercio, cuando se trate de sociedades cotizadas o de inversiones superiores a los 500 millones de euros en sociedades no cotizadas de estos sectores estratégicos.
Por otra parte, se amplía a todos 2021 la posibilidad de que las Juntas Generales de Socios, las Asambleas de Asociados o los Patronatos de Fundaciones puedan celebrarse por medios electrónicos o telemáticos, aunque no se hayan podido modificar los estatutos sociales y en el mismo sentido, se permitirá continuar celebrando las Juntas Generales de Sociedades Anónimas cotizadas en cualquier lugar del país.
También se extiende durante seis meses más hasta el 30 de junio de 2021 el plazo para cambiar las pesetas que aún están en posesión de los ciudadanos por euros en el Banco de España, con el fin de compensar las dificultades que han podido abrir ayer durante estos meses para realizar este trámite, un asunto que puede ser importante tanto para ciudadanos particulares como para empresas del tercer sector.
Y por último, se alinea la regulación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con la de otros órganos de gobernanza económica, disponiendo que el presidente, el vicepresidente y los consejeros nonatos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores continuarán ejerciendo sus funciones hasta que sean nombrados sus sucesores, con el fin de garantizar el mejor funcionamiento de la institución y la seguridad jurídica.
Aparte de este gran bloque de asuntos relacionados con la solvencia empresarial y la regulación de los mercados de valores, el Real Decreto Ley tiene un último bloque de iniciativas de tipo tributario que a continuación detallará a la ministra de Hacienda, así que permítanme concluir indicando que este Real Decreto Ley, como todos los que hemos venido presentando con anterioridad a convalidación del Congreso de los Diputados, busca minimizar los efectos de la crisis económica y social de esta pandemia, centrándose en las tres prioridades, proteger la estructura productiva, proteger el empleo y proteger las rentas familiares.
De esta manera seremos capaces de continuar preservando la economía para que continúe en la senda de recuperación iniciada tras el período de hibernación y conseguir un crecimiento fuerte en el año que viene. Muchas gracias.