Derechos de Propiedad Industrial

30.12.2020

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Productos de calidad diferenciada

¿Los alimentos españoles con Denominaciones de origen protegidas (DDOOPP) o indicaciones geográficas protegidas (IIGGPP) podrán seguir vendiéndose en Reino Unido? ¿Estarán protegidos sus nombres?

Por lo que respecta a la primera cuestión, en principio, Reino Unido someterá la importación de los productos amparados con DOP o IGP (vinos, bebidas espirituosas y productos agroalimentarios) a las mismas normas que los productos análogos sin indicación geográfica.
En cuanto a la protección de sus nombres, el Acuerdo de Retirada establece que las DOP e IGP de la Unión Europea registradas, y por tanto protegidas jurídicamente en el territorio comunitario, a 31 de diciembre de 2020, gozarán en el Reino Unido del mismo nivel de protección del que les otorga la actual normativa vigente Las que se registren en la UE con posterioridad a esa fecha deberán registrarse en el Reino Unido en aplicación de su legislación propia.

¿Qué protección tendrán las Denominaciones de origen protegidas (DDOOPP) e Indicaciones geográficas protegidas (IIGGPP) de alimentos reconocidas en Reino Unido en el mercado europeo?

Las DOP/IGP británicas registradas y por tanto protegidas jurídicamente en el territorio comunitario a 31 de diciembre de 2020 gozarán en la Unión Europea del mismo nivel de protección del que les otorga la actual normativa vigente de la Unión Europea. Las que se registren con posterioridad a esa fecha deberán pasar la tramitación administrativa de la UE al ser ahora un País Tercero. Será la Unión Europea la que establezca el sistema de protección de las indicaciones geográficas de Reino Unido (que no tienen por qué seguir teniendo la naturaleza de DDOOPP o IIGGPP), teniendo en cuenta, en su caso, los tratados internacionales de los cuales sean miembros la Unión Europea o los distintos Estados miembro: Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) de la OMC; el Convenio de París; el Arreglo de Lisboa; en un hipotético caso futuro, el Acta de Ginebra, etc.



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