Referencia del Consejo de Ministros

13.6.2014

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Madrid

SUMARIO

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes.

Presidencia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
  • REAL DECRETO sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba la Norma de Calidad de Derivados Cárnicos.
  • REAL DECRETO por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.
  • ACUERDO por el que se establece el día 14 de junio como Día Nacional de las Lenguas de Signos Españolas.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Unión Europea, Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo Administrativo entre España y el Programa Mundial de Alimentos relativo al uso de oficinas e instalaciones ubicadas en Las Palmas de Gran Canaria.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo Multilateral M-228 en aplicación del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por carretera, relativo al transporte de prototipos de pre-producción de grandes ensamblajes de batería ion-litio.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo Multilateral M-271 en aplicación del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por carretera, relativo a los dispositivos de aditivos como parte del equipamiento de servicio de las cisternas.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento del Acuerdo Multilateral M-273 en aplicación del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, relativo al marcado de las botellas de gas.

Justicia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueven al empleo superior, con carácter honorífico, a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, retirados por incapacidad permanente para el servicio en acto de servicio o como consecuencia del mismo.
  • REAL DECRETO por el que se promueven al empleo superior, con carácter honorífico y a título póstumo a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil fallecidos en acto de servicio.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 66.020,45 y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por la citada cuantía, para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 24 de mayo de 2007, en materia de expropiación forzosa, con motivo de la construcción y adecuación del curso bajo del río Guadalhorce.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 600.000 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por la citada cuantía, para dar cumplimiento al Real Decreto Ley 2/2014, de 21 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados en los primeros meses de 2014 por las tormentas de viento y mar en la fachada atlántica y la costa cantábrica, para financiar la reparación del Camino Natural Ruta del Cantábrico.
  • ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito en el presupuesto del Comisionado para el Mercado de Tabacos, para el abono de indemnizaciones derivadas de la ejecución de tres sentencias de la Audiencia Nacional, por responsabilidad patrimonial en la adjudicación de concesiones de expendedurías de tabaco y timbre en concursos públicos.
  • ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Defensa la modificación y reprogramación del calendario de pagos del programa nacional para la definición e implantación de un sistema de observación de la tierra a través de un satélite (PNOTS), Satélite PAZ.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos por el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de atender nuevas necesidades surgidas en contratos de soporte técnico y de inversiones en equipos informáticos de la Intervención General de la Administración del Estado.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de la novación modificativa del Convenio de Colaboración para la creación del Consorcio "Alicante 2011 y 2014. Vuelta al Mundo a Vela".
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión directa de una subvención a la administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias para financiar el sistema de transporte terrestre público regular de viajeros por importe de 25.000.000 euros para el ejercicio 2014.

Fomento

  • ACUERDO por el que se determina el número y vigencia de títulos habilitantes para la prestación de servicios de transporte ferroviario de viajeros en régimen de concurrencia en determinadas líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General.
  • INFORME sobre la entrada de capital privado en AENA, Aeropuertos, S.A.

Educación, Cultura y Deporte

  • REAL DECRETO por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2014-2015, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
  • REAL DECRETO por el que se crea la especialidad de "Cant Valencià" en las enseñanzas profesionales de música y se establecen los aspectos básicos del currículo de esta especialidad.

Empleo y Seguridad Social

Industria, Energía y Turismo

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1381/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de zona de actuación especial para la reparación de la infraestructura rural de uso general: camino natural Ruta del Cantábrico, entre Ribadeo y el cabo Ortegal, así como de la emergencia de las obras para la urgente e inmediata reparación de los daños producidos por las tormentas de viento y mar, producidas en la costa de Galicia durante los dos primeros meses de 2014.

Economía y Competitividad

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Economía y Competitividad a formalizar la participación de España en el programa suplementario de la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral, consistente en la construcción y operación del "Telescopio Europeo Extremadamente Grande".

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se regula la autorización de medicamentos de terapia avanzada de fabricación no industrial.

ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia del Gobierno

Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONDECORACIONES

Interior

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a Víctimas del Terrorismo, a título póstumo, a Dª IDOIA RODRÍGUEZ BUJÁN.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a Víctimas del Terrorismo, a título póstumo, a D. ÁNGEL FLORES JIMÉNEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a Víctimas del Terrorismo, a título póstumo, a D. BALDOMERO BARRAL FERNÁNDEZ.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a Víctimas del Terrorismo, a título póstumo, a Dª JOSEFINA PÉREZ MARTÍNEZ.

Empleo y Seguridad Social

  • REALES DECRETOS por los que se concede la Medalla al Mérito en el Trabajo, en su categoría de Oro, a:
    • D. JOSÉ AGUSTÍ CASANOVA.
    • D. VICENTE CALATAYUD MALDONADO
    • D. MÁXIMO CUÑADO ALONSO.
    • D. SEVERINO ESCURÍS BATALLA.
    • D. ALEJANDRO FERNÁNDEZ PÉREZ.
    • Dª CRISTINA GARCÍA RODERO.
    • D. ÁNGEL GARCÍA RODRÍGUEZ (Padre Ángel).
    • D. DOMINGO GONZÁLEZ GUERRA.
    • Dª ESTHER KOPLOVITZ ROMERO DE JUSEU.
    • D. RAFAEL NADAL PARERA.
    • D. LUIS NAVARRO GARCÍA.
    • Dª MARINA PACHECO VALDUESA.
    • Dª MERCEDES SALISACHS ROVIRALTA, a título póstumo.
    • D. FRANCISCO SÁNCHEZ GÓMEZ "Paco de Lucía", a título póstumo.
    • D. PEDRO MARÍA VIVANCO PARACUELLOS.

AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia del Gobierno

DON JUAN CARLOS Y DOÑA SOFÍA TENDRÁN VITALICIAMENTE LOS TÍTULOS DE REY Y DE REINA CON CARÁCTER HONORÍFICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el actualmente vigente desde 1987 sobre Régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes, con el fin de otorgar un tratamiento singular al Rey que, voluntariamente, pone fin a su reinado y a la Reina Consorte.

A tal efecto, en el Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 sobre Régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los regentes se añade una disposición transitoria cuarta que dice:

"Disposición transitoria cuarta

Don Juan Carlos de Borbón, padre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias, en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares.

Doña Sofía de Grecia, madre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Reina, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para la Princesa o el Príncipe de Asturias consortes en dicho Real Decreto.

El orden de precedencia de los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía en el Ordenamiento General de Precedencias del Estado, aprobado por el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, será el inmediatamente posterior a los descendientes del Rey Don Felipe VI".

Antecedentes

La normativa actualmente en vigor ya otorgaba, en algunos aspectos, el adecuado tratamiento a SS.MM. los Reyes Don Juan Carlos I de Borbón y Doña Sofía de Grecia tras la abdicación, en cuanto que permanecen como miembros de la Familias Real. Sin embargo, existen otras cuestiones que es precios regular para determinar el estatuto de los Reyes tras la abdicación, que hoy en día se tratan en distintas normas.

El Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 ya previó, en su disposición transitoria tercera, el tratamiento y títulos correspondientes a Don Juan de Borbón y Battenberg y de su consorte tras la renuncia a sus derechos dinástico por parte del primero.

Gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles

El Real Decreto hoy aprobado, que entrará en vigor en el momento en que lo haga la Ley Orgánica por la que se hace efectiva la abdicación de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón, considera que el otorgamiento de un tratamiento singular al Rey que, voluntariamente, pone fin a su reinado y a la Reina Consorte, además de continuar la senda de precedentes históricos y de la costumbre en otras monarquías, no es sino la forma de plasmar la gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles.

Fomento

LIBERALIZACIÓN DEL TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS Y ENTRADA DE CAPITAL PRIVADO EN AENA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se determina el número y vigencia de títulos habilitantes para la prestación de servicios de transporte ferroviario de viajeros en régimen de concurrencia en determinadas líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General.

Además, el Consejo de Ministros ha dado su visto bueno a la puesta en marcha del proceso para la entrada de capital privado en AENA Aeropuertos, S.A., con la autorización legal contenida en el Real Decreto Ley 13/2010

El objetivo final de ambas reformas es mejorar la calidad del servicio del transporte en los dos sectores que, en transporte ferroviario, en el año 2013 ha transportado más de 466 millones de personas y, en el ámbito de los aeropuertos españoles, ha sido utilizado por 188 millones de personas en los aeropuertos españoles en el año 2013.

Transporte Ferroviario y AENA

Justicia

APROBADA LA NORMATIVA PARA EL REGISTRO DE NACIMIENTOS Y DEFUNCIONES EN EL HOSPITAL
  • También se integran las subastas judiciales en el portal electrónico del Boletín Oficial del Estado y se podrá participar en cualquier puja a través del BOE las 24 horas del día todos los días de año.
  • La inscripción de los recién nacidos desde el hospital evitará que los padres tengan que ir al Registro Civil. Se incrementan los mecanismos para prevenir casos de niños robados al establecer, en caso de defunción, la firma de dos facultativos que acrediten la relación materno-filial.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil por el que, por un lado, se incorporan las subastas judiciales al portal único de subastas electrónicas del Boletín Oficial del Estado y, por otro, se permitirá la tramitación electrónica de los nacimientos y defunciones desde los centros sanitarios, lo que evitará que los progenitores tengan que desplazarse para inscribir al recién nacido.

El Proyecto, que reforma las Leyes de Enjuiciamiento Civil y del Registro Civil para cumplir las recomendaciones de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA, ha incorporado algunas mejoras técnicas sobre el Anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros de 4 de octubre de 2013, a partir de los informes elaborados por los órganos consultivos.

El texto que ahora empezará su tramitación parlamentaria simplifica el procedimiento para participar en subastas. Los ciudadanos podrán acceder a todo tipo de pujas de bienes muebles e inmuebles que se produzca en cualquier lugar del Estado solo con darse de alta en el Portal de Electrónico de Subastas del Boletín Oficial del Estado cualquier día del año.

Con ello se ahorrará en costes y se logrará una mayor transparencia en todo el proceso necesario para realizar una subasta pública. Además, se multiplicará la publicidad de los procesos y se podrá facilitar información casi ilimitada, tanto de la subasta como del bien ofertado, lo que facilitará su venta a un precio superior. Se podrá participar en ella casi en cualquier momento y desde cualquier lugar.

La seguridad jurídica del procedimiento estará garantizada con una identificación inequívoca de todos los que intervienen, mediante la firma electrónica o firma con sistema de claves previamente concertadas. El sistema, del que será responsable un secretario judicial, garantizará un certificado electrónico de todas y cada una de las transacciones.

Inscripción de recién nacidos

El Proyecto también prevé que la inscripción de los recién nacidos se realice directamente en los centros sanitarios, sin necesidad de que los padres se desplacen físicamente al Registro Civil. Para la inscripción de los bebés, los padres, asistidos por los facultativos que hayan asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el acreditativo del nacimiento y que será remitido al Registro Civil desde el propio hospital. En el caso de que no se pudiera realizar la inscripción por este sistema de ventanilla única, la Ley prevé que se pueda realizar por el método tradicional en los días siguientes o, en su defecto, a través de un expediente registral.

Las defunciones también se inscribirán en el Registro Civil. La certificación médica expresará la existencia o no de indicios de muerte violenta o de cualquier otro motivo por el que no deba expedirse la licencia de enterramiento o incineración.

Casos de niños robados

Para aumentar la seguridad en la identidad de los nacidos y evitar que se pueda producir ningún caso de los conocidos como niños robados, la Ley incide en la identificación entre el bebé y la madre, a través de pruebas médicas, biométricas y analíticas. Para el caso de fallecimiento, el certificado de defunción será firmado por dos facultativos que deberán afirmar que de las pruebas realizadas no se desprenden dudas de la relación materno-filial.


Justicia

APROBADO EL INTERCAMBIO DE DATOS INMOBILIARIOS ENTRE EL CATASTRO Y EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
  • Un Proyecto de Ley modifica las Leyes Hipotecaria y del Catastro para evitar informaciones contradictorias sobre los mismos inmuebles y potenciar la interoperabilidad entre ambas instituciones.
  • Los criterios para las inmatriculaciones de la Iglesia se equiparan con el procedimiento generalizado.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario para facilitar el intercambio seguro de datos entre el Registro de la Propiedad y el Catastro y evitar, así, informaciones contradictorias e incompletas sobre un mismo bien inmueble. La modificación de ambas normas tiene también por objeto facilitar la interoperabilidad entre ambos.

En la actualidad, ambas instituciones tienen competencias diferenciadas que, sin embargo, recaen sobre un mismo ámbito: la realidad inmobiliaria. La coordinación de la información existente entre ambas resulta indispensable para una mejor identificación de los inmuebles y una más adecuada prestación de servicios a ciudadanos y administraciones. Sin embargo, la dispersión normativa y la falta de tratamiento integral y homogéneo de los datos entre uno y otro provocan que hoy en día el resultado sea precisamente el contrario: el Registro utiliza una cartografía distinta de la catastral y de difícil relación; los procedimientos de intercambio de información son anticuados e insuficientes, y es difícil saber cuándo una finca registral y una parcela catastral son la misma realidad.

Esta situación impide un control real y genera inseguridad, favoreciendo, por ejemplo, que haya fincas inscritas varias veces, que algunas puedan invadir el dominio público o los montes públicos, o que se dificulte la detección de construcciones ilegales.

Coordinación de datos

Por esta razón, el Proyecto modifica ambas normativas para coordinar los datos entre las dos instituciones, permitiendo que el Registro tenga acceso a la cartografía catastral y viceversa. Con carácter general, se utilizará la cartografía del Catastro y, excepcionalmente, siempre que una ley lo prevea, se podrá presentar al Registro una representación gráfica georreferenciada alternativa y compatible que, en virtud del correspondiente procedimiento, se incorporará al Catastro.

Se define también el procedimiento para la incorporación de la descripción gráfica de las fincas al Registro de la Propiedad y sus efectos jurídicos. Esta descripción será obligatoria cuando haya cualquier operación de reordenación de los terrenos o de las fincas (segregaciones, divisiones, etcétera), y voluntaria en los demás casos (compraventas o constitución de derechos).

Asimismo, se regula un procedimiento actualizado de intercambio de información entre el Registro y el Catastro para evitar discordancias, en beneficio de las Administraciones (control del fraude) y de los ciudadanos (simplificación administrativa).

Reducción de trámites y costes

El Proyecto desjudicializa también los procedimientos de concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad extrarregistral, sea ésta física o jurídica, para así agilizar su tramitación y reducir costes. Notarios y registradores de la propiedad serán los responsables de los expedientes de inmatriculación de fincas, la rectificación de superficie, la incorporación de bases gráficas, el deslinde, la reanudación de tracto, la duplicidad de inscripciones y la liberación de cargas. De esta forma se evitará su tramitación ante los Tribunales, tal como hasta ahora sucedía con los conocidos expedientes de dominio para la inscripción de excesos de cabida y reanudación de tracto.

En relación con este último procedimiento, si bien era posible su tramitación notarial, en la práctica su utilización era muy escasa por la necesidad de aprobación judicial posterior. En cualquier caso, se mantiene el principio de tutela judicial efectiva, pues en caso de oposición fundada de algún interesado la controversia será decidida en sede judicial.

Con el fin de agilizar y buscar una mayor eficiencia, también se unifican los trámites y armonizan las soluciones para los expedientes que tienen una misma finalidad.

La Iglesia católica

Al integrar y coordinar todos los datos y sistemas de inmatriculación de bienes, se actualiza también la especial situación de la Iglesia católica en este punto. Se homogeneizan los requisitos, de forma que esta institución pasará a equipararse al resto de la sociedad y las inscripciones de su propiedad se trasladan al procedimiento normal de inmatriculación.

Por diversas razones históricas los templos dedicados al culto católico no se consideraron susceptibles de inscripción hasta 1998. El tiempo transcurrido desde entonces y la normalidad con la que esta práctica se ha extendido a toda la sociedad, junto con la existencia de una conciencia del valor de los inmuebles y de la necesidad de inscribirlos, justifican la aplicación general de este procedimiento.

Empleo y Seguridad Social

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY EN MATERIA DE LIQUIDACIÓN E INGRESO DE CUOTAS
  • La Seguridad Social facturará directamente las cotizaciones a las empresas, que todos los meses dispondrán de un cálculo individualizado de las cuotas sociales para cada trabajador
  • El sistema aplicará automáticamente las bonificaciones y/o deducciones disponibles a cada miembro de la compañía, supondrá un ahorro neto de 63,4 millones de euros anuales y más de 1,3 millones de empresas recibirán la facturación y ganarán en agilidad
  • Alrededor de 13 millones de asalariados tendrán la certeza de que sus cotizaciones al sistema de pensiones son las correctas. El nuevo programa será garantía contra posibles situaciones irregulares de cotización

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la ministra de Empleo y Seguridad Social, sobre el Anteproyecto de Ley de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.

En el texto se detalla el nuevo procedimiento de facturación que la Seguridad Social hará directamente a las empresas por las obligaciones de cotización. Con este sistema dispondrán cada mes de un cálculo individualizado de las cuotas sociales para cada trabajador.

Se trata de un medio de facturación directa que permitirá establecer un control integrado de la recaudación basado en el cálculo previo por parte de la Administración de las cuotas de Seguridad Social para cada uno de los trabajadores de las empresas.

El objetivo es triple: minimizar posibles errores, optimizar la información facilitada a empresas y trabajadores, y facilitar el pago de cuotas por medios telemáticos. Es una de las medidas más destacadas de la Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas (CORA).

Implantación gradual

La previsión es que el sistema de facturación directa aprobado en el Consejo de Ministros comience a introducirse durante el último trimestre de 2014, empezando por el Régimen General, y que se vaya ampliando gradualmente hasta su completa implantación.

El procedimiento se inicia cuando la Tesorería General de la Seguridad Social notifica a las empresas que cumplen los requisitos establecidos la obligatoriedad de unirse al sistema de liquidación directa. Una vez incorporada la empresa (a partir del primer día del mes siguiente al de la recepción de la notificación), el sistema estará operativo desde del tercer mes natural siguiente.

La empresa deberá entonces solicitar a la Tesorería el cálculo de la liquidación de cuotas de sus trabajadores entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso.

Finalmente, el empresario ingresará la factura mediante cargo en cuenta o pago electrónico. Se eliminan, así, desplazamientos innecesarios y se acaba con los boletines de cotización, con el consiguiente ahorro económico y de trámites.

Más de 1,3 millones de empresas

Para la Seguridad Social supondrá manejar datos de alrededor de trece millones de trabajadores de las más de 1,3 millones de empresas a las que gestionará la facturación directa, con un volumen de recaudación de 8.600 millones de euros. Ello implica un nuevo giro al sistema de Remisión Electrónica de Datos.

El resultado de la aplicación del Anteproyecto supondrá un ahorro neto de 63,4 millones de euros anuales, por las menores cargas administrativas.

En definitiva, se trata ahora de que un sistema que nació para que la empresa enviase datos a la Seguridad Social se convierta en un camino de doble dirección, de forma que la Administración también se comunique con la empresa por esta vía.

Para las empresas supondrá ahorro de trámites y la prevención de situaciones erróneas en la cotización. La liquidación incluirá todas las bonificaciones o reducciones a que tenga derecho. Además, supone una importante reducción de cargas administrativas: se simplifica la obligación de cotizar y el procedimiento de pago es totalmente online.

En el caso de los trabajadores, dispondrán de un dato cierto de cotizaciones que les permitirá conocer con la máxima precisión la cobertura de las prestaciones, ya que no hay margen para el error.

Supone, por tanto, una mejora de la comprensión del sistema de protección social, al tiempo que otorga transparencia sobre el detalle de cuotas que abona la compañía por él.

Educación, Cultura y Deporte

UMBRALES DE RENTA Y PATRIMONIO FAMILIAR, Y CUANTÍAS DE LAS BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2014-2015

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar, así como las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2014-2015, y se modifica parcialmente el Real Decreto del 21 de diciembre de 2007, por el que se establecía el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

La norma aprobada introduce algunas modificaciones con respecto a la de la convocatoria anterior. Los cambios que se refieren a universidades han surgido de las conversaciones entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas son los siguientes:

  • Devolución de becas: el nuevo Real Decreto ha suavizado la exigencia de aprobar el 50 por 100 de los créditos matriculados para conservar la beca en el caso de las titulaciones de ciencias y enseñanzas técnicas, de modo que en estas ramas ahora resulta suficiente superar el 40 por 100 de los créditos matriculados.
  • Grado y máster a distancia: se ha unificado más el tratamiento de los estudios presenciales y no presenciales, de modo que los estudiantes en modalidad distinta de la presencial y matrícula completa podrán obtener beca de matrícula y cuantía variable total.

Conclusiones derivadas de los resultados obtenidos en la convocatoria general de becas del curso 2013-2014

El Gobierno se encuentra firmemente comprometido con la dimensión social de la educación y con una política de becas y ayudas al estudio que garantice que ningún estudiante abandone los estudios postobligatorios por motivos económicos, asegurando así la cohesión social y la igualdad de oportunidades. Para ello ha mantenido el esfuerzo financiero pese al estricto marco de contención del gasto público. Pero, además de cumplir su función de asegurar la igualdad de oportunidades de todos aquellos que, teniendo vocación y aptitudes para el estudio, carecen de los medios económicos necesarios para emprenderlos o continuarlos, la política de becas y ayudas al estudio debe ser un instrumento de estímulo a la mejora del rendimiento académico de los estudiantes, especialmente de los estudiantes de los niveles superiores del sistema educativo.

A estos efectos, en el pasado curso 2013-2014 se introdujeron cambios importantes en el sistema de becas que habían sido anunciados con anterioridad y que han mostrado efectos positivos en lo que se refiere al rendimiento académico de los estudiantes, en general, y de los estudiantes becarios en particular. Constatado este efecto, en especial entre los estudiantes de los niveles superiores del sistema educativo, es propósito decidido del Gobierno mantener esta vía del esfuerzo, la responsabilidad y un mejor rendimiento académico, y potenciar así la equidad y la igualdad de oportunidades para conseguir que la educación contribuya a la promoción social. Se garantiza, al mismo tiempo, la mayor eficiencia de los importantes recursos públicos destinados a la política de becas y ayudas al estudio. En 2014 se incrementó la dotación en el presupuesto de becas en un 21,21 por 100, hasta alcanzar los 1.428 millones de Euros.

a) Becas universitarias

Los resultados de la convocatoria 2013-2014 avalan que se ha iniciado la consecución del objetivo fijado por el Gobierno. La comparación de los resultados académicos de una muestra de más de cien mil estudiantes universitarios que obtuvieron beca, tanto en el curso 20122013, como en el actual curso 2013-2014, evidencia una mejora de seis décimas en la nota: los expedientes académicos pasan de los 6,8 puntos de nota media obtenida en el curso 2012-2013 a 7,4 puntos del curso 2013-2014. Asimismo, la tasa de rendimiento de los alumnos (créditos aprobados sobre matriculados) ha pasado del 72 por 100 en el curso 20122013 al 76 por 100 en el curso 2013-2014.

A todo ello, hay que añadir que el porcentaje de becas denegadas por no cumplir los requisitos académicos ha descendido del 21,20 por 100 (curso 2012-2013) al 16,48 por 100 (curso 2013-2014).

En síntesis:

  • Se ha incrementado el número de estudiantes universitarios que han obtenido beca.
  • 2013-2014 es el curso académico con mayor número de becarios universitarios de la historia.
  • Mejora el rendimiento académico de los estudiantes becarios.
  • El rendimiento académico del estudiante tiene consecuencia en el importe de la beca que se concede.

b) Becas no universitarias

La comparación de los datos de solicitudes denegadas por incumplimiento de los requisitos académicos en el curso 2013-2014 con los registrados en el curso anterior muestra que también en estos niveles los estudiantes becarios han mejorado el rendimiento académico. En el curso 2012-2013 se denegó la beca a un 7,49 por 100 de los solicitantes por haber dejado sin superar dos o más asignaturas o el 20 por 100 de los créditos matriculados. Este porcentaje desciende en seis décimas al 6,9 por 100 en el curso 2013-2014, pese a que en este curso se requería para la obtención de beca dejar sin superar una única asignatura o el 15 por 100 de los créditos matriculados.

En este campo, también a modo de resumen:

  • Se incrementa la cuantía concedida a los becarios no universitarios.
  • Es el curso académico con la cuantía más alta de la historia para estos niveles.
  • Se ha mejorado la gestión: se ha evitado la concesión de beca a estudiantes que ya se encontraban en posesión de un título académico de igual o superior nivel a aquél para el que solicitaba la beca. Esta situación se venía detectando especialmente en estudiantes que ya disponían de un título de técnico medio o superior y solicitaban beca para cursar otro Ciclo formativo de Grado Medio o de Grado Superior.

Economía y Competitividad

INCENTIVADA LA CONTRATACIÓN DE INVESTIGADORES CON LA BONIFICACIÓN DEL 40 POR 100 EN LAS COTIZACIONES SOCIALES
  • Se prevé la creación de quinientos puestos en empresas durante los próximos tres años.
  • La medida se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2013.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del personal investigador. Con esta medida las empresas que hacen I+D+i podrán bonificarse el 40 por 100 de las cuotas por contingencias comunes. Este mecanismo permite la reducción inmediata de gastos empresariales y favorece la contratación del personal investigador. Se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2013.

El objetivo del Ministerio de Economía y Competitividad es fomentar la creación de empleo de calidad, aumentar la actividad de las pymes innovadoras y reorientar el peso de la I+D+i hacia el sector privado. En consecuencia, esta actuación permitirá que se incremente el número de investigadores que trabajan en empresas (en la actualidad supone un tercio del total) y que España se acerque el objetivo de la Unión Europea, que establece que, al menos, dos tercios de la inversión total en I+D+i debe provenir del sector privado. En España este porcentaje apenas alcanza el 50 por 100.

Según los datos disponibles, se prevé la creación de quinientos puestos de investigadores en empresas durante los próximos tres años y una bonificación media por trabajador de 2.138 euros. El coste para la Administración sería de veinte millones de euros para las bonificaciones de 2013 y veintidós millones para las de 2014.

Bonificación compatible

Las pequeñas y medianas empresas que sean reconocidas con el sello de Pyme Innovadora por la Secretaría de Estado de I+D+i podrán contar con otra ventaja, ya que esta bonificación será plenamente compatible con la deducción fiscal por actividades de I+D+i que recoge la normativa del impuesto de Sociedades. Para el resto de empresas y entidades la bonificación será compatible con el régimen de deducción siempre que no se aplique sobre el mismo investigador.

El Ministerio de Economía y Competitividad pretende con esta y otras medidas, como el denominado "cheque fiscal", un mejor tratamiento fiscal a las empresas innovadoras que incremente e impulse su actividad.

Empleo y Seguridad Social

CONCESIÓN DE QUINCE MEDALLAS DE ORO AL MÉRITO EN EL TRABAJO
  • Entre los galardonados se encuentran Rafael Nadal, el padre Ángel y Esther Koplowitz, así como Paco de Lucía y Mercedes Salichas, galardonados a título póstumo.

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de quince Medallas de Oro al Mérito en el Trabajo. Entre los galardonados se encuentran el tenista Rafael Nadal, Ángel García Rodríguez, conocido como el Padre Ángel, y la empresaria Esther Koplowiitz. También han sido galardonados, a título póstumo, Paco de Lucia y Mercedes Salisachs.

Este galardón se concede con el fin de premiar y destacar el mérito de una conducta socialmente útil y ejemplar en el desempeño de los deberes que impone el ejercicio de cualquier trabajo, profesión o servicio.

Rafael Nadal Parera. Nacido el 3 de junio de 1986 en Manacor (Illes Balears). Comenzó a jugar al tenis a los cuatro años y ganó su primer torneo a los ocho, en Illes Balears. Desde entonces ha batido innumerables récords de precocidad en el circuito, uno detrás de otro. Está considerado como uno de los mejores jugadores de la historia del tenis y el mejor de todos los tiempos en cancha de tierra batida. Es el actual número uno de la clasificación mundial de la ATP (Asociación de Tenistas Profesionales). Su tenis y también su filosofía de vida, están basados en la constancia, el esfuerzo y la humildad.

Ángel García Rodríguez, conocido como Padre Ángel. Nacido el 11 de marzo de 1937, en La Rebollada, Mieres (Asturias), es sacerdote y hace ya 51 años que fundó Mensajeros de la Paz, atendiendo a miles de personas necesitadas en más de cincuenta países. Su entrega a los demás y su labor humanitaria y cercana han sido reconocidas con muchos premios, destacando el Premio Príncipe de Asturias de la Concordia, entre otros. En activo a sus 77 años, gracias a los proyectos sociales puestos en marcha desde su organización Mensajeros de la Paz da trabajo a más de 3.900 personas.

Esther Koplowitz Romero de Juseu. Nacida en Madrid en agosto de 1948, empresaria, dirige el Grupo Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), nacido en 1992 de la fusión de Construcciones y Contratas y de Fomento de Obras de Construcciones. En la actualidad, FCC cuenta con más de 80.000 trabajadores, siendo uno de los principales grupos empresariales en España. Merece destacarse que FCC es un referente por su política de igualdad e inserción laboral de grupos en riesgo de exclusión.

Francisco Sánchez Gómez "Paco de Lucía" (a título póstumo). Nacido en Algeciras el 21 de diciembre de 1947 y fallecido en México el 26 de febrero de 2014. Desde muy temprana edad destacó como excelente intérprete flamenco en las facetas de guitarrista y compositor. Precursor del flamenco mestizo y popular consigue, con su virtuosismo y su personal estilo, que se conozca este arte en todo el mundo. En 2004 obtuvo el premio Príncipe de Asturias de las Artes.

Mercedes Salisachs Roviralta (a título póstumo). Nacida en Barcelona, el 18 de septiembre de 1916 y fallecida en la misma ciudad el 8 de mayo de 2014. Perito Mercantil, dedicó, sin embargo, su vida a la literatura y en ella cosechó importantes éxitos: Premio Ciudad de Barcelona 1956 por "Una mujer llega al pueblo" y Premio Planeta 1975 por "La gangrena". Fue directora literaria de Plaza y Janés en 1963.

Cristina García Rodero. Nacida en octubre de 1949, en Puertollano (Ciudad Real), fotógrafa. Licenciada en Bellas Artes, fue profesora de dibujo en la Escuela de Artes y Oficios de Madrid, y de fotografía en la Facultad de Bellas Artes de la Universidad Complutense. En 2013 fue nombrada Académica de Bellas Artes de la Real de San Fernando. Premio Planeta de Fotografía y Nacional de Fotografía del Ministerio de Cultura, es Medalla de Oro en Bellas Artes.

José Agustí Casanova. Nacido en Valencia en 1936, es profesor mercantil, Asesor Fiscal y Auditor de Cuentas, lleva más de cincuenta años en el ejercicio de su profesión. Fundador del Grupo Agustí y Asociados, SL y de Century Auditores, SA.

Vicente Calatayud Maldonado. Nacido en 1935 en Ciudad Real, es Licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad de Granada, en 1958 y Doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad de Zaragoza, en 1960. Estudió Neurocirugía en Alemania, en 1968. Desde 1970 es colaborador científico del CSIC. Su ejercicio profesional lo ha desarrollado en la Universidad de Zaragoza. Desde 2009 es miembro de número de la Real Academia Nacional de Medicina.

Máximo Cuñado Alonso. Nacido en Mecerreyes (Burgos) en 1931, en 1963 creó la empresa Cuñado, dedicada a la tubería industrial y accesorios. En estos momentos el Grupo Cuñado dispone de la mayor red del sector en España con veintiún almacenes y veintiún oficinas comerciales, y de toda una red en Latinoamérica, además de contar con distribuidores directos o indirectos en los cinco continentes y de aglutinar doce empresas en total.

Severino Escurís Batalla. Reconocido empresario de Galicia nacido en 1925 en Rianxo (La Coruña), durante 70 años ha dirigido la empresa familiar Conservas Escurís que creó su padre, en 1939, en A Pobra do Caramiñal. Tras 52 años de trabajo fundó con sus hijos Actemsa, SA, importante empresa gallega que genera más de mil empleos directos. Posee la Medalla de Oro de Galicia.

Alejandro Fernández Pérez. Nacido en 1932 en Pesquera de Duero (Valladolid), como empresario vitivinícola es un referente y uno de los bodegueros de mayor prestigio en Castilla y León. Impulsó la Denominación de Origen Ribera del Duero. Cuenta con cuatro bodegas que no han perdido su carácter familiar, que elaboran un total de dos millones de unidades y la mitad de cuya producción se dedica a la exportación.

Domingo González Guerra. Empresario nacido en 1930 en Las Palmas de Gran Canaria, a los 17 años se incorporó a la empresa familiar, Aguas Minerales de Firgas, de la cual en la actualidad es su presidente. Su gran compromiso social le ha llevado a colaborar con numerosas iniciativas solidarias y culturales.

Luís Navarro García. Nacido en 1937 en Sevilla, es catedrático emérito de Historia de América de la Universidad de Sevilla. Con más de cincuenta años cultivando el americanismo, es maestro de buena parte de los profesores de Historia de América en la Universidad de Sevilla. Entre sus distinciones destaca el Águila de Plata de Tlatelolco (México) y la Medalla de la Ciudad de Sevilla.

Marina Pacheco Valduesa. Graduada social, nacida en 1944 en La Cavada (Cantabria). Con dieciséis años comenzó a trabajar de contable en Almacenes Hoyo y Suárez, SL. en Santander. Actualmente preside el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Cantabria y pertenece al Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España.

Pedro Vivanco Paracuellos. Nacido en 1946 en Logroño, como empresario vitivinícola es un ejemplo de superación personal. Sin terminar sus estudios primarios por trabajar desde niño, acabó sus estudios de enología en 1971. Colabora en llevar el vino de Rioja a la importante posición que hoy ocupa en el mundo. Entre sus galardones destaca la Medalla de Oro de La Rioja.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

EL 14 DE JUNIO, DECLARADO DÍA NACIONAL DE LAS LENGUAS DE SIGNOS ESPAÑOLAS
  • El reconocimiento de las lenguas de signos española y catalana y su conmemoración tienen como objetivo compartir y promover su difusión y normalizar su uso.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establece la fecha del 14 de junio como Día Nacional de las Lenguas de Signos Españolas. La celebración anual tendrá efectos a partir de mañana, 14 de junio de 2014.

La historia de la comunidad lingüística usuaria de estas lenguas, -la lengua de signos española y la lengua de signos catalana-, en su defensa de su derecho a usarlas y aprenderlas ha sido compleja, y el movimiento asociativo de las personas sordas ha defendido la importancia que estos derechos suponen.

El reconocimiento legal de estas lenguas ha sido, por tanto, una de las mayores reivindicaciones históricas de la comunidad sorda y su conmemoración tiene por objetivo no sólo compartir y promover su difusión, sino impulsar medidas para normalizar su uso más allá de los ámbitos domésticos, educativos o sociosanitarios.

Cuanto mayor sea el conocimiento de estas lenguas y su trascendencia para muchas personas sordas y sordociegas, con más facilidad se adoptarán actitudes de tolerancia y empatía entre los ciudadanos. Por eso, el Día Nacional de las Lenguas de Signos Españolas será una ocasión para recordar el papel fundamental que juegan para la transmisión de ideas, la relación personal y social, y el intercambio de conocimiento.

Llamar la atención del conjunto de la sociedad

El reconocimiento de este Día, además, servirá para llamar la atención del conjunto de la sociedad para con las personas sordas y sordociegas. Asimismo, servirá para recordar la necesidad de sumar esfuerzos para que estas personas puedan ejercer sus derechos como ciudadanos.

Con esta declaración España se alinea con otros países europeos, como Islandia, Suecia y Eslovenia, que ya cuentan con iniciativas similares. La fecha elegida, el 14 de junio, se ha adoptado porque ese mismo día de 1936 se constituyó la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE), principal agente catalizador de ese movimiento en España.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADA LA NUEVA NORMA DE CALIDAD DE DERIVADOS CÁRNICOS
  • El Real Decreto actualiza y simplifica la regulación actual al recopilar en un solo texto la normativa relacionada con la calidad de los derivados cárnicos.
  • Garantizará que los consumidores adquieren productos de calidad y perfectamente caracterizados, y mejorará la información que reciben, clarificando las denominaciones de venta.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad de derivados cárnicos, cuyo objetivo es actualizar y simplificar la regulación actual, recogida en nueve normas diferentes, recopilando en un solo texto esta normativa dispersa relacionada con la calidad de los derivados cárnicos. Tiene también como finalidad la integración de toda la variedad de derivados cárnicos que se pueden encontrar en el mercado.

Con esta simplificación se avanza en el objetivo de favorecer la unidad de mercado y la eliminación de obstáculos al desarrollo de la actividad económica, en un sector tan importante en España como es el de la industria cárnica. Asimismo, se ha adaptado la nueva regulación a la normativa comunitaria aplicable, de carácter horizontal.

Tipificación de los productos

La norma caracteriza los derivados cárnicos, en una primera tipificación, en función de si son tratados por el calor o no. En el primer grupo los productos se agrupan en función de la intensidad del tratamiento térmico aplicado; en el segundo se clasifican según el tipo concreto de tratamiento aplicado: curado-maduración, oreado, marinado-adobado: salmuerizado, incluidos otros derivados cárnicos que no han sido sometidos a tratamiento.

Cuando es pertinente, se define con mayor grado de detalle determinados productos, como el chorizo, el salchichón y otros, que son más importantes dentro de la producción nacional de derivados cárnicos.

Igualmente, el texto incorpora los ingredientes esenciales y facultativos que pueden incorporar los derivados cárnicos, así como las características físico-químicas básicas y que determinan su calidad, que han de cumplir los productos más emblemáticos de la industria de derivados cárnicos.

Por último, se ha incluido una relación, no exhaustiva ni limitativa, de productos tradicionales y denominaciones consagradas por el uso de la gran variedad de productos que se elaboran en la industria cárnica en España, con una descripción básica de la composición y el tratamiento a que es sometido cada uno de ellos.

Competencia entre industrias

La nueva norma facilitará la competencia entre las industrias y demás operadores del mercado, estableciendo una categorización de productos por cualidades y calidades o categorías que los haga comparables, con lo que se evita prácticas que supongan competencia desleal.

También promoverá la innovación y desarrollo de nuevos derivados cárnicos, como por ejemplo los procedentes de carne de ave que hasta el momento no contaban con una regulación específica, y cuyo consumo está ampliamente extendido hoy en día entre la población. Garantizará que los consumidores adquieren productos de calidad y perfectamente caracterizados; y mejorará la información que reciben, clarificando las denominaciones de venta y proporcionando mayor y mejor información en el etiquetado.

Por otra parte, permitirá actualizar las características físico-químicas aplicables a determinados productos cárnicos, con lo que se contribuye a mejorar la capacidad de la industria para adaptarse a las nuevas necesidades del mercado.

Con el Real Decreto hoy aprobado, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria, continúa con su labor de modernización de las normas alimentarias, con el objetivo de crear un marco idóneo para la mejora de la competitividad de la industria alimentaria española y de diversificar la oferta de productos alimenticios en el mercado.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON EL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS SOBRE EL USO DE INSTALACIONES EN LAS PALMAS

El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento del Acuerdo Administrativo entre España y el Programa Mundial de Alimentos relativo al uso de oficinas e instalaciones ubicadas en Las Palmas de Gran Canaria.

El Programa Mundial de Alimentos (PMA), establecido en 1961 por la Asamblea General de la ONU y la FAO, es actualmente el mayor organismo de ayuda humanitaria del mundo. Los objetivos estratégicos del Programa son los siguientes: salvar vidas y proteger los medios de subsistencia en situaciones de emergencia; prevenir el hambre aguda e invertir en medidas de preparación y de mitigación de daños para casos de catástrofe; reconstruir las comunidades y restablecer los medios de subsistencia después de un conflicto o en situaciones de transición; reducir el hambre crónica y la desnutrición, y fortalecer la capacidad de los países para reducir el hambre.

El Acuerdo entre el Reino de España y el Programa Mundial de Alimentos para el establecimiento de Oficinas del Programa en España, firmado el 19 de julio de 2012, debe complementarse mediante Acuerdos Administrativos que desarrollen asuntos no abordados por el Acuerdo de Sede. En este caso, la puesta a disposición del Programa Mundial de Alimentos de dos instalaciones de dominio público portuario en Las Palmas de Gran Canaria para el desarrollo de las actividades del Depósito de Respuesta Humanitaria de Naciones Unidas y de la Plataforma Logística para el transbordo y preposicionamiento de alimentos, requiere una regulación detallada del uso que de las mismas puede hacer el organismo.

La plena operatividad de las instalaciones permitirá que el Programa desempeñe su labor esencial para gestionar la grave crisis alimentaria que afecta al Sahel, agravada por los conflictos en la zona y el gran número de desplazados que generan, contribuyendo a mejorar las condiciones de inseguridad alimentaria, lo que implica un alivio de la presión migratoria ejercida desde la región hacia nuestro país.

Por otra parte, la actividad que desarrollará el Programa Mundial de Alimentos en España va a situar al puerto de Las Palmas como referente mundial en el manejo de situaciones de emergencia humanitaria y supondrá un impacto favorable en la economía canaria.

Interior

CONCESIÓN DE CUATRO GRANDES CRUCES A VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro Reales Decretos por los que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las siguientes cuatro víctimas del terrorismo:

  • Idoia Rodríguez Buján. Soldado del Ejército de Tierra, que falleció en un atentado terrorista ocurrido el 21 de febrero de 2007 en las inmediaciones de Shindand (Afganistán).
  • Ángel Flores Jiménez. Agente de la Guardia Civil fallecido a consecuencia de un atentado terrorista en Rentería (Guipúzcoa,) el 13 de octubre de 1983. La banda terrorista ETA disparó contra él cuando salía de su vehículo.
  • Baldomero Barral Fernández y su esposa Josefina Pérez Martínez. Fallecidos a consecuencia del atentado terrorista perpetrado por ETA al hacer explotar una bomba en la cafetería Rolando, en la calle Correo de Madrid, el 13 de septiembre de 1974.

En todos los casos, las familias han sido indemnizadas al amparo de la legislación sobre víctimas del terrorismo y los expedientes para la concesión de esta condecoración se han iniciado de oficio, salvo el primero de ellos que lo ha sido a instancias del padre de la víctima.

Defensa

ASCENSOS HONORÍFICOS A MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA GUARDIA CIVIL HERIDOS O FALLECIDOS EN ACTO DE SERVICIO

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos por los que se asciende con carácter honorífico al empleo inmediato superior a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil retirados por incapacidad permanente para el servicio activo en acto de servicio; y se asciende con carácter honorífico, y a título póstumo, a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil fallecidos en acto de servicio.

La Ley de la Carrera Militar del 19 de noviembre de 2007, prevé la posibilidad de conceder con carácter honorífico el empleo inmediato superior, siempre que concurran méritos excepcionales o circunstancias especiales, a los militares fallecidos o que hayan pasado a retiro.

Con estos Reales Decretos aprobados hoy se reconoce el sacrificio de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil que resultaron heridos en operaciones internacionales, en atentado terrorista o en ejercicios en territorio nacional, y cuya incapacidad permanente para el servicio obligó a pasarles a la situación de retiro, y de aquellos que han fallecido en acto de servicio.

La concesión de estos ascensos honoríficos es una medida más a tomar en consideración, con independencia de todas aquellas que puedan suponer un apoyo a esas personas y sus familias. Además, implica un deber de responsabilidad con nuestros heridos en acto de servicio, que han dado lo mejor de sí mismos por su país, que han visto truncada su carrera militar y se merecen el justo reconocimiento de la sociedad por su esfuerzo y sacrificio.

ASCENSOS CON CARÁCTER HONORÍFICO

A Coronel:

  • D. José Román Martínez Urrez (Herido en el atentado terrorista del 11M en la estación de Santa Eugenia).

A Comandante:

  • D. Juan José Aliste Fernández (Herido en atentado terrorista en 1995, en Salamanca).
  • D. Lucio Martínez Martínez ( Herido en atentado terrorista en 1992 en Zaragoza).
  • D. Alberto Núñez García ( Retirado por inutilidad en acto de servicio en 2013).

A Suboficial Mayor:

  • D. Antonio Ferrero Fernández (Herido en atentado terrorista el 11M en la estación de Atocha).
  • D. José Manuel Hernández Velázquez (Retirado por inutilidad en acto de servicio en 2013).

A Subteniente:

  • D. Nicolás Francisco Román Valderrama (Retirado por inutilidad en acto de servicio en 2013).

A Cabo 1º:

  • D. Severino Ramón Estrada Artos (Herido en atentado terrorista en 1984 en Galdácano).

A Cabo:

  • D. Rubén López García (Herido en atentado terrorista en Afganistán en 2007).
  • D. Daniel Ospina Quintana (Herido en atentado terrorista en Afganistán en 2012).
  • D. Francisco José Torrecillas Ballesteros (Retirado por inutilidad en acto de servicio en 2000).

ASCENSOS CON CARÁCTER HONORÍFICO Y A TÍTULO PÓSTUMO

A General de Brigada:

  • D. Rodrigo Peñalosa Esteban-Infantes (Fallecido en el incendio Hotel Corona de Aragón en 1979, reconocido víctima del terrorismo).

A Teniente Coronel:

  • D. Ángel Álvarez Raigada (Fallecido en accidente de aviación en acto de servicio en 2012).

A Comandante:

  • D. Ángel Hernández Pérez (Fallecido en el incendio Hotel Corona de Aragón en 1979, reconocido víctima del terrorismo).

A Subteniente:

  • D. Ángel José García Vázquez (Fallecido en acto de servicio, al intentar salvar a unos piragüistas atrapados en un remolino en 2013).

A Sargento 1º:

  • D. Jesús Chaparro Salcedo (Fallecido en acto de servicio en un ejercicio de la unidad de montaña de la Guardia Civil en 2013).
  • D. David Fernández Ureña (Fallecido en Afganistán al desactivar un artefacto explosivo en 2013).

A Cabo Mayor:

  • D. Mariano Gómez Sánchez (Fallecido en accidente de tráfico en acto de servicio en 2012).

A Cabo:

  • D. Jesús Alonso Llamas (Fallecido en accidente de tráfico en acto de servicio en 2012).
  • D. José Javier Rubio Ezquerro (Fallecido en accidente de tráfico en acto de servicio en 2013).

Hacienda y Administraciones Públicas

SUBVENCIÓN DE 25 MILLONES PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS EN CANARIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias, para financiar el sistema de transporte terrestre público regular de viajeros, por importe de veinticinco millones de euros para el ejercicio 2014, tal como recoge la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

El convenio para la concesión de esta subvención vincula la liquidación de la aportación de la Administración General del Estado al cumplimiento de los compromisos financieros adquiridos por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Educación, Cultura y Deporte

CREADA LA ESPECIALIDAD DE "CANT VALENCIÀ" EN LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la especialidad de "Cant Valencià" en las enseñanzas profesionales de música y se establecen los aspectos del currículo de esta especialidad, que constituyen las enseñanzas mínimas y los horarios escolares mínimos de las enseñanzas profesionales de música de la nueva especialidad.

De acuerdo con lo anterior, se incluyen los objetivos, contenidos y criterios de evaluación que constituyen las enseñanzas mínimas correspondientes a la asignatura común de Instrumento o voz de las enseñanzas profesionales citadas.

La Comunitat Valenciana ha llevado la iniciativa para la tramitación de la norma con el objetivo de ensalzar el "Cant Valencià" creando un espacio que le permita el estudio, la investigación, la protección y, en consecuencia, la enseñanza, difusión y preservación del canto autóctono por excelencia como elemento de identidad y uno de los más valiosos cantos del patrimonio musical de tradición oral, que permita educar a las nuevas generaciones en su práctica, su estética y los valores tradicionales.

Con la introducción del "Cant Valencià" en las enseñanzas profesionales de música, se conseguirá establecer una mayor valoración del pasado y su proyección hacia el futuro, propiciando el nacimiento de una nueva generación de cantaors de "Cant Valencià", jóvenes formados en sus técnicas y en su historia, conocedores de los valores legados por los grandes cantaors valencianos del pasado y mantenidos hoy por los maestros del "Cant Valencià" actuales, convirtiéndose en los transmisores de la tradición de las generaciones futuras.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Hacienda y Administraciones Públicas

REPARACIÓN DEL CAMINO NATURAL DEL CANTÁBRICO, ENTRE RIBADEO Y EL CABO ORTEGAL

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras iniciadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para la urgente e inmediata reparación del Camino Natural Ruta del Cantábrico, entre Ribadeo y el cabo Ortegal, en las provincias de A Coruña y Lugo, tras los daños sufridos a consecuencia de las tormentas de viento y mar ocurridas en los dos primeros meses de 2014 en la fachada atlántica y en la costa cantábrica.

Principalmente, los daños afectan a la estabilidad de los suelos sobre los que se asienta el camino, estado de los firmes y pavimentos. También se han producido roturas e inestabilidad de las protecciones y barreras de seguridad, así como la obstrucción de drenajes. Además, el temporal ha causado daños en la señalización, mobiliario, pasarelas de madera y escolleras de protección.

Las obras, que cuentan con un presupuesto de seiscientos mil euros, consisten en el acondicionamiento de sendas, excavaciones, limpiezas y desbroces, y en la instalación de protecciones y barreras de seguridad, entre otras actuaciones.

El Camino Natural Ruta del Cantábrico es una infraestructura de gran importancia para el turismo y el desarrollo rural en la zona de la costa cantábrica de Galicia. Por ello, el Gobierno considera que los daños deben ser inmediatamente reparados antes de que se inicie la temporada de verano, cuando se incrementa el número de usuarios.

Fondo de Contingencia

Para la financiación de estas obras de reparación el Consejo de Ministros ha aprobado también, mediante un Acuerdo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de los mencionados seiscientos mil euros, así como la concesión de un crédito extraordinario por la misma cuantía en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

REGULADA LA AUTORIZACIÓN DE MEDICAMENTOS DE TERAPIA AVANZADA DE FABRICACIÓN NO INDUSTRIAL
  • Afecta a los medicamentos de terapia avanzada (terapia génica, terapia celular somática o ingeniería tisular) que no son producidos industrialmente.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la autorización de medicamentos de terapia avanzada de fabricación no industrial. Se trata de la norma que recoge los requisitos y garantías que deben cumplir para obtener la autorización de uso por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, así como los requisitos de trazabilidad y farmacovigilancia una vez autorizados.

Los medicamentos de terapia avanzada comprenden los medicamentos de terapia génica, los medicamentos de terapia celular somática, los productos de ingeniería tisular y los medicamentos combinados de terapia avanzada. De acuerdo con la legislación europea, los medicamentos de terapia avanzada de producción industrial tienen que ser autorizados mediante un procedimiento de evaluación centralizado que, tras opinión positiva por parte de la Agencia Europea de Medicamentos, da lugar a una autorización por parte de la Comisión Europea que es válida para toda la Unión Europea. Estos medicamentos están regulados por un Reglamento comunitario del 13 de noviembre de 2007 sobre medicamentos de terapia avanzada.

Preparación ocasional

Sin embargo, la regulación establece una excepción para los medicamentos de terapia avanzada que no son objeto de una producción industrial: excluye del ámbito del Reglamento europeo mencionado los medicamentos de terapia avanzada preparados ocasionalmente, de acuerdo con normas de calidad específicas, y empleados en un mismo Estado miembro, en un hospital y bajo la responsabilidad profesional exclusiva de un médico colegiado, con el fin de cumplir una prescripción facultativa individual de un producto hecho a medida destinado a un solo paciente. Estos medicamentos quedan sujetos a la autorización de las autoridades competentes del Estado miembro, quienes deberán asegurarse de que la trazabilidad nacional y los requisitos de farmacovigilancia así como las normas de calidad específicas aplicables son equivalentes a los previstos a escala comunitaria.

Autorización de uso

En el Real Decreto aprobado hoy se establecen los requisitos y garantías de calidad, seguridad y eficacia que deben cumplir los medicamentos de terapia avanzada y fabricación no industrial para poder ser autorizado su uso por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Se trata de una autorización de uso (no de comercialización) del medicamento. Será válida en el ámbito y con las condiciones que se especifican en la propia autorización, por ejemplo, no podrá utilizarse fuera de la institución hospitalaria que haya obtenido la autorización de uso del mismo, ni podrá ser exportado, ni tendrá la autorización de uso enajenada.

El titular de la autorización es la institución en la que se usa el medicamento. El procedimiento de autorización de uso estará exento del pago de tasas.

El Real Decreto establece que el procedimiento de fabricación debe estar documentado (desde la extracción, manipulación y aplicación) en la solicitud. Las normas de calidad y la documentación clínica y no-clínica están ajustadas al medicamento en base a su riesgo. La fabricación de los medicamentos para los que se solicita la autorización de uso deberá cumplir con los aspectos de Normas de Correcta Fabricación (NCF) en lo que les sea de aplicación.

Información al paciente o usuario

Todo medicamento de terapia avanzada, incluidos aquellos de uso consolidado, irá acompañado de la suficiente información dirigida al paciente o usuario. Dicha información formará parte de la autorización de uso y deberá ser legible y clara, asegurando su comprensión por el paciente y reduciendo al mínimo los términos de naturaleza técnica. Esta información se podrá adaptar a las particularidades que concurran en un tratamiento específico con medicamentos de terapia avanzada. Como norma general, el documento de información destinado al paciente deberá formar parte del consentimiento informado que cada hospital tenga homologado por su Comité de Ética Asistencial para cada uno de los procedimientos en los que se administre un medicamento de terapia avanzada.

La autorización tendrá una validez inicial de tres años y podrá ser renovada periódicamente, con una validez de cinco años.

La responsabilidad de la farmacovigilancia será del hospital titular de la autorización de uso, que deberá comunicar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, así como a los órganos competentes en materia de farmacovigilancia de su Comunidad Autónoma, el nombre del responsable de esta actividad.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REGULADO EL REGISTRO DE MOVIMIENTOS DE SUBPRODUCTOS ANIMALES NO DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el Registro General de movimientos de Subproductos Animales y Productos Derivados No Destinados Al Consumo Humano. Mediante esta norma, se crea un sistema cuyo objetivo fundamental es identificar y trazar informáticamente los movimientos de los subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano.

Este tipo de sistemas alternativos de transmisión de información se contemplan en la normativa comunitaria que regula los subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, así como en el Real Decreto, donde se establecen las normas aplicables a este tipo de subproductos.

La aplicación informática supone una doble ventaja, ya que simplifica de forma importante la carga administrativa a las empresas del sector y permite a la administración mejorar la trazabilidad y el control durante el movimiento de los subproductos.

Su desarrollo ha sido consensuado con las diferentes Comunidades Autónomas y con la Federación Española de Municipios y Provincias en el marco de la Comisión Nacional de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano. En su desarrollo también se han tenido en cuenta las observaciones realizadas por las asociaciones representativas del sector.

Economía y Competitividad

PARTICIPACIÓN DE ESPAÑA EN EL TELESCOPIO EUROPEO EXTREMADAMENTE GRANDE

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Economía y Competitividad a que España participe en el programa de operación y construcción del Telescopio Europeo Extremadamente Grande (E-ELT) de la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral (ESO).

Este acuerdo culmina la participación de España en el E-ELT, tras la aprobación unánime del Consejo de la ESO el pasado 3 de junio y la adquisición de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros aprobada en Consejo de Ministros hace dos semanas.

La participación de España en el programa del E-ELT supone el pago de una cantidad que incrementará la cuota ordinaria que se viene abonando cada año por la pertenencia al organismo. El presupuesto de este programa es de 1.083 millones de euros, incluyendo un fondo de contingencia de 100 millones de euros y una dotación de 100 millones de euros para construir la primera generación de instrumentos científicos en cooperación con los centros de I+D de los estados miembros.

Durante este año 2014, España tendrá que aportar a la ESO 12,4 millones de euros, de los que 10,8 millones corresponden a la contribución ordinaria y 1,5 millones a la contribución adicional por razón del E-ELT. En total, la inclusión de España en este programa supondrá aportar unos 38 millones de euros adicionales distribuidos en doce años.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO DE LA SEDE EN BILBAO DE LA AGENCIA EUROPEA PARA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Unión Europea, Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y cuya firma había autorizado el Consejo de Ministros el pasado 20 de diciembre de 2013, así como aplicación provisional.

La Agencia es uno de los órganos más importantes de la política social a escala comunitaria, cuya regulación actual se encuentra en el Título X del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y cuya misión es lograr unos lugares de trabajo más saludables, seguros y productivos en Europa así como fomentar, en particular, una cultura de la prevención efectiva.

La aplicación provisional del Acuerdo supuso poner fin a la situación vigente hasta entonces, ya que, debido a la inexistencia de un Acuerdo de Sede definitivo con España, se venía aplicando, con carácter provisional, el Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la Comisión Europea, relativo a las disposiciones de desarrollo del Protocolo de Privilegios e Inmunidades de las Comunidades Europeas en el Reino de España de 1996.

El 29 de octubre de 1993 los jefes de Estado o de Gobierno de la Unión Europea decidieron que la sede de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo estaría en España en la ciudad que designase el Gobierno español. Posteriormente, por Acuerdo del Consejo de Ministros del 5 de noviembre de 1993, el Gobierno designó la ciudad de Bilbao.

Interés de España

Con este Acuerdo de Sede se renueva el interés de España por la Agencia y se da cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2003 por el que se autorizaba al entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actual Ministerio de Empleo y de Seguridad Social) a llevar a cabo las gestiones y adoptar los acuerdos necesarios para dotar a la Agencia del edificio de instalaciones necesarias para el desempeño de sus competencias y funciones.

La Agencia lleva funcionando en Bilbao desde hace años sin un Acuerdo de Sede definitivo, por lo que se valora muy positivamente el presente Acuerdo principalmente por tres motivos:

  • En primer lugar, porque se renueva el interés de España por la Agencia, la cual se va a dotar de un marco regulador adecuado que contribuirá a mejorar el cumplimiento de sus objetivos y a una mayor independencia de la misma.
  • En segundo lugar, porque va a eliminar cualquier posible discriminación en relación al tratamiento otorgado a otros organismos comunitarios radicados en España que ya disponen del correspondiente Acuerdo de Sede.
  • En tercer lugar, porque para España y para la ciudad de Bilbao es grande el impacto económico, científico y de reputación que supone ser sede de esta importante Agencia Europea.

Contribución del Gobierno de España

El local actual de la Agencia, ubicado en Bilbao, tiene una superficie de 2.653 m2 con pleno acceso al transporte público y otros servicios. Hasta el traslado a una sede definitiva, el Reino de España contribuirá con un importe de hasta 100.000 euros anuales destinados a cubrir parte de los gastos de arrendamiento de la sede provisional, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio. Para el año 2014 en el presupuesto del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo se ha consignado la cantidad de 60.100 euros en concepto de subvención para la Agencia.

Hacienda y Administraciones Públicas

MODIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA EL CONSORCIO ALICANTE 2011 Y 2014. VUELTA AL MUNDO A VELA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para permitir la suscripción de la novación modificativa del Convenio de Colaboración para la creación del Consorcio "Alicante 2011 y 2014. Vuelta al Mundo a Vela", que fue suscrito el 11 de marzo de 2011 con motivo de la celebración de este acontecimiento, declarado de excepcional interés público.

El contenido de la novación modificativa del Convenio, que pretende atender la evolución de previsiones normativas al respecto y la simplificación de trámites y estructuras organizativas, es el siguiente:

  • Ampliar la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014 del acontecimiento "Salida de la Vuelta al Mundo de Vela Alicante 2011" y hasta el 31 de diciembre de 2015, la vigencia del acontecimiento "Salida de la Vuelta al Mundo de Vela Alicante 2014".
  • Ampliar las atribuciones del Consorcio, con el fin de impulsar y fomentar actuaciones que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento de interés público "Salida de la Vuelta al Mundo de Vela Alicante 2014".
  • Modificar la denominación del Consorcio, el cual pasa a denominarse Consorcio "Alicante 2011 y 2014. Vuelta al Mundo a Vela".

En el Consorcio, del que forman parte el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el Consejo Superior de Deportes, la Autoridad Portuaria de Alicante, la Generalitat Valenciana, el Ayuntamiento de Alicante y la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, S.A.U. (SPTCV), se integra ahora la Fundación de la Comunitat Valenciana Alicante Puerto de Salida de la Vuelta al Mundo a Vela, encargada del programa y de las actividades del acontecimiento, y perceptora de las donaciones y aportaciones que generan derecho a aplicar los beneficios fiscales previstos en el programa de apoyo.

Industria, Energía y Turismo

ACTUALIZADA LA NORMATIVA PARA COMERCIALIZAR AEROSOLES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para trasponer a la norma española una Directiva comunitaria de 2013 sobre el etiquetado de los aerosoles. El Real Decreto, que modifica otro de 2009, incorpora los criterios de clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, que se ha adoptado a escala internacional en el marco de las Naciones Unidas.

Los generadores de aerosoles o la etiqueta que lleven adjunta, portarán de manera visible y legible, una serie de indicaciones, como el nombre y la dirección o la marca registrada del responsable de la comercialización del generador de aerosol; el símbolo correspondiente (épsilon invertida); indicaciones cifradas que permitan identificar el lote de producción y los datos del volumen.

La normativa no supondrá un coste adicional para los fabricantes ni carga administrativa alguna.

Existen en el mercado una amplia gama de productos de uso cotidiano en forma de aerosol, fundamentalmente en sectores de hogar (ambientadores, limpieza, insecticidas, etcétera), cuidado personal (desodorantes, lacas, espumas afeitado, etcétera), aplicaciones industriales (automoción o pinturas), alimentación y farmacia.

Defensa

MODIFICADO EL CALENDARIO DE PAGOS DEL PROGRAMA DEL SATÉLITE PAZ

El Consejo de Ministros ha autorizado compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Defensa la reprogramación y modificación del calendario de pagos del programa del satélite PAZ.

El proyecto PAZ tiene por finalidad la puesta en órbita de un satélite de observación de la Tierra basado en tecnología de Radar de Apertura Sintética (SAR), el cual proveerá de independencia y capacidad operativa principalmente al Gobierno español. El proyecto PAZ tiene carácter dual, esto es, de utilización tanto civil como militar.

El coste estimado del programa asciende a 133.100.000 euros y su financiación se distribuirá entre 2015 y 2020.

Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADAS LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA Y DOS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 66.020,45 euros para un suplemento de crédito en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para cumplir una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en la que se estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo interpuesto por Sociedad General Azucarera de España, S.A. (actual cartera Kairos, S.L. y Mariano López Plaza), en materia de expropiación forzosa con motivo de la construcción y adecuación del curso bajo del río Guadalhorce.

Modificaciones presupuestarias

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha autorizado un suplemento de crédito en el presupuesto del Comisionado para el Mercado de Tabaco, financiado con cargo a su remanente de tesorería, para el abono de indemnizaciones derivadas de sentencias de la Audiencia Nacional, por responsabilidad patrimonial en tres procedimientos de concesión de expendedurías de tabaco y timbre resueltos por el extinto Ministerio de Economía en 2003.

Asimismo, se autoriza a la Intervención General del Estado a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para cubrir las nuevas necesidades surgidas en contratos de soporte técnico y de inversiones en equipos informáticos precisos para cumplir sus funciones y competencias de planificación, diseño y ejecución de política informática.

BIOGRAFÍAS

Presidencia del Gobierno

Delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana.-

D. SERAFÍN CASTELLANO GÓMEZ.

Nacido el 2 de agosto de 1964 en Benissanó (Valencia), es Licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia.

Fue Alcalde de Benissanó entre 1991 y 1999, Diputado a las Cortes Valencianas en la III, IV, V y VII Legislaturas. Ha sido coordinador general del Partido Popular de la Comunidad Valenciana, vicesecretario general y presidente provincial del Partido Popular en Valencia. Entre 1995 y 1999 presidió la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. En el Gobierno de la Comunidad Valenciana ha desempeñado los cargos de consejero de Justicia y de Sanidad, y de Gobernación, puesto que ocupaba en la actualidad.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajad or de España en la República de Costa Rica .-

D. JESÚS MARÍA RODRÍGUEZ-ANDÍA Y PARADA.

Nacido el 7 de marzo de 1953, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1981 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Venezuela, Colombia y Nueva York. Ha sido asesor y subdirector del gabinete de la Presidencia del Congreso de los Diputados. En 1994 fue nombrado cónsul general de España en Caracas y en la actualidad era cónsul general de España en Mendoza. En 2003 pasó a ocupar el puesto de embajador en Misión Especial para Asuntos de Cooperación con África y Asia, y posteriormente, el de cónsul general de España en Rosario. Actualmente era cónsul general de España en Washington.

Embajador de España en la República de Lituania.-

D. EMILIO FERNÁNDEZ-CASTAÑO Y DÍAZ-CANEJA.

Nacido el 10 de enero de 1950, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1980 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Polonia y Misión de España ante las Comunidades Europeas. Ha sido subdirector general de Coordinación Comunitaria y Relaciones Institucionales, director del Gabinete del Secretario de Estado para las Comunidades Europeas y secretario de Estado para la Unión Europea. En 1997 fue nombrado embajador de España en Australia y, posteriormente, embajador de España en la República Argelina Democrática y Popular. En 2004 fue nombrado director general de Relaciones Económicas Internacionales y, en 2005, comisario de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008. Desde 2009 era cónsul general de España en Milán.

Embajador de España en la República de Nicaragua.-

D. RAFAEL GARRANZO GARCÍA.

Nacido el 29 de julio de 1956, es Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología e ingresó en 1985 en la Carrera Diplomática.

Después de desempeñar diversos puestos en la Dirección General de Política Exterior para América del Norte y Pacífico, estuvo destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Guatemala, Italia y Chile. Fue subdirector general adjunto de Asuntos Internacionales de Desarme, subdirector general de Cooperación con México, América Central y Caribe, y consejero en la Embajada de España en Estados Unidos. Ha sido subdirector general de América del Norte y actualmente era director de Cooperación para América Latina y el Caribe en la Agencia Española para la Cooperación Internacional para el Desarrollo.

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