Sr. Montoro.- El Gobierno, ante la situación de manifiesta ilegalidad en que está incurriendo la Generalitat de Cataluña, ha establecido un mecanismo de control de pagos, novedoso pero absolutamente necesario, para garantizar los servicios públicos fundamentales de los catalanes y para garantizar que la posición en la que están incurriendo los dirigentes políticos en Cataluña no perjudique a nadie en Cataluña ni a nadie en el conjunto de España. Se trata, por tanto, de un control de pagos orientado a garantizar que ningún euro irá a financiar ninguna actividad ilegal y también a garantizar el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por tanto, establecemos la garantía de que todo el mundo va a cobrar en plazo y lo va a hacer en función de la seguridad que da el Estado ante la incertidumbre que crean determinadas posiciones políticas, porque lo que está en juego, insisto, es el interés general de los catalanes y del conjunto de los españoles, está en juego la consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria y está en juego la propia defensa de la Ley y de la Constitución en España.
Ante ello, lo que hemos hecho es tomar una serie de acuerdos que, insisto, establecen un novedoso sistema de pagos por el que el Estado sustituye en los pagos a la Comunidad Autónoma; no completamente, pero sí la sustituye en la mayoría de los pagos esenciales.
¿En qué consisten esos acuerdos? En primer lugar, el requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma de Cataluña para que, en el plazo de 48 horas a partir de la publicación del Acuerdo, adopte y comunique al Ministerio de Hacienda y Función Pública un acuerdo de no disponibilidad sobre su Presupuesto que afecte a todos los créditos presupuestarios no vinculados con servicios públicos fundamentales. Recuerdo que servicios públicos fundamentales son: nóminas, sanidad, educación y servicios sociales. La definición de estos servicios está en los Anexos 1 y 2 del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del 20 de noviembre del año 2015. Si en el plazo de 48 horas el presidente de la Generalitat no adopta ese acuerdo de no disponibilidad, será el ministro de Hacienda y Función Pública el que lo adoptará en su sustitución.
Segundo, para los pagos de los servicios públicos fundamentales, el importe equivalente a todas las transferencias que el Estado realice a la Comunidad Autónoma --es el sistema de financiación autonómica--, la Comunidad Autónoma deberá comunicar al Estado todos los créditos pendientes. La información irá firmada por la Intervención de la Generalitat, de la Comunidad, junto con un certificado de que dicha propuesta no financia ninguna actividad relacionada con el proceso referendario ni ninguna actividad no amparada por la Ley. Una vez se recibe la información, el Estado pagará directamente al tercero, acreedor de la Generalitat. Es decir, el Estado pagaría directamente todos los servicios públicos fundamentales en un mecanismo similar a como ya estamos haciendo en el Fondo de Liquidez Autonómico. Esto es una extensión de algo que ya tenemos experimentado, probado, contrastado, que es el Fondo de Liquidez Autonómica.
Después, insistiremos también en que la Generalitat no puede librar ningún tipo de pago que no esté suficientemente acreditado y, en ese sentido, también trabajaremos para que realmente no se pueda materializar ningún pago de ese tipo.
Otra medida es que todas las operaciones de endeudamiento, incluidas las de a corto plazo, tienen que ser aprobadas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública. Hasta ahora, exigía el requisito de las Comunidades acogidas al Fondo de Liquidez Autonómica, o incluso las incumplidoras de los objetivos de déficit y de regla de gasto. El asunto era que tenían la obligación de proponer al Consejo de Ministros su aprobación y ahora lo extendemos al corto plazo también.
Finalmente, todas las facturas de los proveedores de los servicios públicos fundamentales de la Comunidad Autónomas, o entidades vinculadas o dependientes, deberán presentarse y consultarse a través del punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado, el sistema conocido por sus siglas FACe.
En suma, se trata, por tanto, de unas actuaciones, insisto, que lo que hacen es garantizar el servicio público al máximo, que están hechas a favor de los ciudadanos catalanes, pero también del conjunto de los ciudadanos españoles, puesto que no podemos confiar en unas autoridades que realmente pretenden conseguir… Dicen que están comprometidas con los objetivos de estabilidad presupuestaria, pero a su aire completamente. Eso no es admisible. Es equivalente a como si España se dirigiera ahora a las instituciones europeas y dijera que para corregir su procedimiento de déficit excesivo lo va a hacer según determine. Exactamente es lo que está pretendiendo hacer la Vicepresidencia Económica de la Generalitat. Eso no es admisible. Nadie, ninguna administración, lo puede hacer por sí misma, no es legítimo y, además, no es fiable.
Por tanto, en virtud de la capacidad que nos otorga la legislación española --también insisto aquí en la importancia de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera--, es la razón por la que hemos adoptado este nuevo sistema de control de pagos. Insisto, es un sistema de control de pagos. No afecta al ejercicio de las competencias, para entendernos. Será la propia Generalitat, en el desarrollo de su presupuesto, la que va a determinando cuánto dinero va a protección ciudadana, cuánto dinero a sanidad, a educación, etcétera. No tiene nada que ver y, por tanto, no estamos sustituyendo competencias, y sí estamos garantizando que ningún pago de esa Administración va a actividad ilegal o se hacen actividades que no sean compatibles con los objetivos de estabilidad presupuestaria.
(Transcripción editada por la Secretaría de Estado de Comunicación)