Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría

15.11.2012

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Vicepresidenta.- Muy buenas tardes. Voy a darles cuenta de algunos de los asuntos más importantes que se han aprobado hoy en Consejo de Ministros; una reunión que hemos celebrado el jueves por la mañana porque, como bien saben, a lo largo de mañana y el sábado, de mañana y pasado mañana, tiene lugar en Cádiz la XXII Cumbre Iberoamericana. Ésta es una ocasión muy importante en unos momentos de gran transformación en la zona y en la que consideramos muy importante, desde el punto de vista político, económico y social, estrechar nuestros vínculos con Iberoamérica en una fórmula nueva de integración mucho más equilibrada.

Les puedo avanzar que esperamos que sea una Cumbre importante, no sólo por su elevada participación, por la presencia de mandatarios, sino también por los temas importantes que se van a abordar en el marco de la misma.

En Cádiz hace doscientos años nació el constitucionalismo español, que fue también un momento constitucional muy importante para buena parte de esos países, para todo el continente americano, y yo creo que es buen momento para reforzar ese marco de convivencia y de interrelación mutua que tenemos los iberoamericanos.

Por eso, la celebración de la Cumbre, viernes y sábado, nos tiene este jueves reunidos en Consejo de Ministros para aprobar dos normas importantes: de un lado, un Real Decreto Ley con medidas urgentes para proteger a deudores hipotecarios y, de otro lado, un Real Decreto que da estructura jurídica a la Sociedad de Gestión de Activos, la SAREB, que es una pieza fundamental en el proceso de restructuración y saneamiento del sector bancario.

Sobre los dos asuntos hablará después en mayor profundidad el ministro de Economía, pero permítanme que dé unas pinceladas de ambos, y de un tercero, al que después aludiré, de materia diferente, también abordando el planteamiento político respecto al primero de ellos.

Como les digo, hoy se aprueba un Real Decreto Ley de Medidas Urgentes de protección del deudor hipotecario. Se trata de una respuesta urgente y paliativa de cara a la situación más dura de la crisis económica que vivimos.

Estamos en un momento en que es necesario llevar a cabo muchas reformas desde el punto de vista económico para volver a crecer y crear empleo; pero también tenemos que ser muy conscientes de que, entretanto, tenemos que adoptar medidas de naturaleza social que logren paliar o, al menos, ayudar a paliar la difícil situación por la que están pasando algunas familias.

Hoy es una primera fase de medidas en materia de protección de los deudores hipotecarios. ¿Qué hemos hecho hoy? Hoy se aprueban dos medidas clave, las que entendemos más urgentes por razones llamémosle humanitarias, por razones de atender a los colectivos de una mayor vulnerabilidad.

A partir de ahora, este Real Decreto Ley pasará a las Cortes Generales, a un proceso de diálogo y negociación política, en el que esperamos las aportaciones de todos los grupos políticos y, especialmente, del Partido Socialista.

Hemos mantenido abundantes reuniones, de naturaleza política, pero también técnica, estos días con el Grupo Socialista. Se ha avanzado en algunas cosas muy significativamente, pero es un proceso que tiene que continuar. Por eso, en este Real Decreto Ley aprobamos aquellas medidas que consideramos que deben ponerse en marcha inmediatamente y en otras seguiremos trabajando en estos días, en estas semanas, para darles una redacción definitiva en el Proyecto de Ley como consecuencia de la tramitación parlamentaria del Real Decreto Ley.

Por tanto, el objetivo fundamental, el contenido de este Real Decreto Ley, son medidas urgentes paliativas para colectivos de especial vulnerabilidad, y son dos: en primer lugar, la paralización de los lanzamientos, es decir, de la fase final del desahucio, de salir de la vivienda, de una serie de colectivos en situación de vulnerabilidad. Son todos aquellos que no superen el nivel de rentas prevists en el Real Decreto Ley, tres veces el IPREM, pero que, además, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: ser familias numerosas, ser familias con algún menor de tres años, tener a su cargo personas en situación de incapacidad o dependencia, ser deudores en paro y sin prestación por desempleo o estar en algunos supuestos de violencia de género. Después lo explicará con mayor detalle el Ministro.

Se trata, por tanto, de que dentro de los umbrales previstos o de los límites de renta previstos en la Ley --después hablaré del tratamiento general de los umbrales--, cumpliendo esos requisitos de renta, o sea, no excediéndolos, si hay una situación de vulnerabilidad de las que acabo de referir, se paralizan durante dos años los lanzamientos, es decir, la fase final del desahucio, salir de la vivienda.

En segundo lugar, se le impone al Gobierno la obligación urgente y rápida de crear un Fondo Social de Viviendas, un parque de viviendas destinadas al alquiler, a precios de alquiler bajos, muy razonables, para personas que han perdido su vivienda, para personas que no tienen vivienda.

Estas dos medidas son, por tanto, las más urgentes, las más inmediatas, las que hay que poner en marcha ya; pero el Gobierno va a abordar, a través de su Grupo Parlamentario y en negociación con todos los Grupos de la Cámara, otra serie de asuntos que consideramos deben formar parte de este Real Decreto Ley.

En primer lugar, el establecimiento de nuevos umbrales para la aplicación del Código de Buenas Prácticas para poder entrar en procesos de restructuración de la deuda, de quita o, en su caso, de dación en pago. Como saben, en el Código de Buenas Prácticas actualmente ya existen esos procesos y se trata de revisar en qué circunstancias económicas y de valor de las viviendas se puede ampliar el Código de Buenas Prácticas.

Después, mejoraremos algunos aspectos importantes, como la realización de las subastas; como el asunto relativo a los intereses de demora; mecanismos para darle mayor independencia a las sociedades de tasación frente a las instituciones bancarias a la hora de tasar la vivienda; la posibilidad de establecer límites en las compras de vivienda habitual para evitar pro futuro el sobreendeudamiento o mecanismos --y esto es muy importante; ya saben que les insistí la semana pasada-- para evitar cláusulas abusivas en las contrataciones hipotecarias o en las negociaciones hipotecarias.

Por tanto, estamos ante una primera fase, con medidas de choque muy urgentes para colectivos muy vulnerables, que tiene por objeto que no se queden en la calle o, si se han tenido que quedar fuera de sus casas, puedan acogerse a un alquiler barato en un Fondo de Viviendas que el Gobierno va a impulsar; y la segunda fase será su tramitación parlamentaria, donde abordaremos las medidas que planteen los Grupos, pero muy especialmente éstas que el Gobierno tiene interés en cerrar allí con carácter definitivo y estable, y en negociación con los Grupos.

En segundo lugar, como decía, este Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establece el régimen jurídico de las Sociedades de Gestión de Activos, que el Ministro explicará detalladamente.

Yo sólo quiero insistir en tres cuestiones clave con la puesta en marcha esta sociedad, que agrupa los activos dañados de las entidades en proceso de restructuración y resolución, para que sean gestionados y vendidos de manera ordenada; y el Real Decreto determina tipos de activos transferibles, cómo se valoran y cómo es la estructura legal de esta Sociedad, siempre desde la máxima transparencia, profesionalidad y en estado de evaluación continua.

Se trata, por tanto, de una medida muy importante en la restructuración de nuestro sistema financiero, es uno de los elementos clave para nuestro crecimiento y un elemento fundamental, tanto para la dinamización del mercado inmobiliario, como para la vuelta del crédito a nuestro sistema.

En tercer lugar --esta cuestión ya no es tanto económica como fiscal--, se ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se adapta la normativa de desarrollo de la Ley General Tributaria al Derecho Comunitario e Internacional en materia de asistencia mutua; pero, además, se fijan obligaciones de información tributaria sobre bienes y derechos en el extranjero.

Los contribuyentes tendrán que informar en el primer trimestre de 2013 de los bienes y derechos que tienen en el extranjero, tanto cuentas en entidades financieras, como bienes inmuebles, valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionas u obtenidas fuera de España. Se excluyen aquellos bienes que no superen los cincuenta mil euros por cada bien y será obligatorio también presentar declaración informativa en años sucesivos cuando los límites hayan experimentado crecimientos por encima de los veinte mil euros.

Por lo demás, se trasponen al ordenamiento español instrumentos importantes de cooperación en el ámbito de la fiscalidad para hacer mucho más ágil el intercambio de información entre Estados para la liquidación de tributos, porque el futuro de la lucha contra el fraude, contra los paraísos fiscales, es precisamente la cooperación, el intercambio de información y sistemas más ágiles de cobros entre todas las Administraciones tributarias de la Unión Europea.

Por tanto, aprobamos hoy un Real Decreto Ley de Medidas Urgentes en materia hipotecaria y dos Reales Decretos: el de la SAREB y el que hace referencia al intercambio de información y al conocimiento de información sobre bienes situados en el extranjero a efectos fiscales.