El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de la Declaración unilateral de España sobre la fecha de efecto de los intercambios de información en virtud del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras, suscrito en Berlín el 29 de octubre de 2014.
En 2014, un total de 51 países y jurisdicciones suscribieron el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras (MCAA), de conformidad con lo dispuesto en Convenio Multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, suscrito en Estrasburgo el 25 de enero de 1988. Desde dicha fecha han ido sumándose distintas jurisdicciones y en la actualidad son 84 los países o territorios signatarios.
El MCAA responde al Estándar elaborado por la OCDE y, aunque se trata de un instrumento multilateral, sus efectos operan bilateralmente.
De acuerdo con las disposiciones del artículo 28 del Convenio Multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, el Acuerdo citado será de aplicación a períodos impositivos que se inicien o a obligaciones tributarias que nazcan a partir del 1 de enero del año siguiente a aquel en que entre en vigor. Según esta previsión, y al exigirse cierto plazo entre el depósito de los instrumentos de ratificación y el periodo al que se refiere la información a intercambiar, no podría realizarse el intercambio de información con algunas jurisdicciones en 2017 y con otras, incluso, en 2018. No obstante, el propio artículo 28 dispone que las partes pueden adelantar, de común acuerdo, la entrada en vigor de ese intercambio, suscribiendo una declaración unilateral.
Grupo de Estados comprometidos
Con la finalidad de que el intercambio de información derivado del Acuerdo Multilateral tenga lugar lo antes posible, un grupo de Estados, entre los que se encuentra España ("early adopters group"), se ha comprometido a iniciar el intercambio automático de información en septiembre de 2017 respecto de información referida a 2016. El resto de los países y jurisdicciones firmantes se han comprometido a realizar el primer intercambio en septiembre de 2018.
Con objeto de que pueda producirse el intercambio según las fechas previstas en los compromisos suscritos por cada jurisdicción, se ha propuesto por parte de la OCDE la suscripción de una declaración unilateral según un modelo. Con esta fórmula se evita, además, que deba tratarse esta cuestión de forma bilateral, lo que complicaría el procedimiento.
La Declaración unilateral de España fue firmada el 28 de julio de 2016 por el presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). De acuerdo con la misma, España intercambiaría información fiscal con aquellos otros países que hubiesen suscrito declaraciones similares, independientemente de los períodos impositivos u obligaciones fiscales a los que se refiere dicha información de la jurisdicción receptora.