Hacienda firma sendos acuerdos de intercambio de información con los territorios de Jersey y Guernsey

18.11.2015

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Está previsto que se firme un tercer acuerdo en próximos días con el representante de la Isla de Man, también en la Embajada de España en Londres. Estos acuerdos son posibles una vez que Reino Unido autorizara a estas tres Dependencias de la Corona Británica a negociarlos y firmarlos por su cuenta.

Los nuevos acuerdos de intercambio de información entre España y Guernsey, Jersey y la Isla de Man suponen un apreciable avance en cuanto a los instrumentos de prevención del fraude fiscal, y tendrán un importante efecto en la lucha contra el fraude fiscal internacional.

Por medio de este tipo de acuerdos, formulados al amparo del modelo de acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria de la OCDE, los territorios se comprometen a obtener y proporcionar toda la información que previsiblemente resulte de interés para la determinación, liquidación y recaudación de impuestos, el cobro y ejecución de reclamaciones tributarias o la investigación o enjuiciamiento de casos en materia tributaria. No será posible oponer secreto bancario. En cuanto surtan efecto los acuerdos y el intercambio de información sea efectivo, dichos territorios dejarán de tener la consideración de 'paraíso fiscal'.

En el caso de España, estarán comprendidos en el ámbito del acuerdo cualesquiera impuestos estatales, entre otros, los impuestos sobre la renta de las personas físicas y de no residentes, sociedades, patrimonio, sucesiones y donaciones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, valor añadido e impuestos especiales, y los locales sobre renta y patrimonio.

Asistencia administrativa mutua

Además de los acuerdos señalados es aplicable con estas tres Dependencias el convenio sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal de la OCDE y el Consejo de Europa (convenio multilateral). Actualmente este convenio multilateral está en vigor en 68 países y jurisdicciones.

España es muy activa en el ámbito internacional, defendiendo los principios de transparencia e intercambio de información. En los últimos años ha ultimado numerosos convenios y acuerdos internacionales para garantizar el intercambio de información. Entre los convenios para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información se pueden citar los convenios en vigor suscritos con Canadá, Uzbekistán, Omán, Nigeria, Senegal, República Dominicana, Chipre, Reino Unido y Argentina, así como los convenios firmados con Andorra, EE UU e India o los rubricados con Catar y Austria. Por su parte, entre los acuerdos de intercambio de información destacan los rubricados con Mónaco y Macao.

Nuevo estándar de intercambio de información

Además del convenio multilateral y los convenios y acuerdos bilaterales, España ha impulsado el desarrollo del nuevo estándar de intercambio de información automático y estandarizado, y a escala multilateral. En este sentido, firmó en Berlín en 2014 junto con otros 50 países y jurisdicciones, un acuerdo multilateral para hacer efectivo este intercambio automático de información. Actualmente, ha sido firmado por 74 países y jurisdicciones entre las que se encuentran las tres Dependencias de la Corona Británica, que se han comprometido, como España, a realizar el primer intercambio automático de información en septiembre de 2017, con datos ya del ejercicio de 2016.

Por otro lado, el BOE publicó ayer el Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua. Este real decreto incorpora al ordenamiento nacional las normas de comunicación de información a la Administración tributaria precisas en aplicación del citado acuerdo multilateral como también de la Directiva 2014/107/UE.

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