Hasta ahora los padres han venido disfrutando de 15 días de descanso (13 días más dos por el Estatuto de los Trabajadores). Desde hoy el permiso se amplía a 28 días.
La prestación por paternidad es independiente de la de la madre y compatible con el disfrute compartido de la de maternidad, siempre que sea cedido por la madre.
La cuantía del subsidio es del 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes, al igual que la prestación por maternidad.