Madrid
Vicepresidenta.- Muy buenos días a todos. Comparezco con el ministro de Justicia y el ministro de Industria, Energía y Turismo para darles cuenta de alguna de las reformas, importantes reformas, que se han acordado en el Consejo de Ministros de hoy.
Saben que el objetivo de este Gobierno es cumplir con sus compromisos de déficit, con la austeridad. Ayer conocieron los datos de ejecución de las Comunidades Autónomas en un ejercicio de transparencia que a partir, además, del mes de octubre tendrá carácter mensual; pero también seguimos en otro capítulo importante, que es el de las reformas estructurales que contribuyan a generar empleo y mejorar la competitividad de nuestra economía.
Este Consejo de Ministros ha aprobado una reforma importante para abordar lo que se llama "déficit tarifario". ¿Qué es el déficit tarifario? La diferencia entre lo que cuesta producir la electricidad y lo que se obtiene por su venta. Es ésta, quizás, una de las reformas más necesarias por cuanto el agujero de la deuda dejada por anteriores Ejecutivos asciende a veinticuatro mil millones y, si no se le ponía freno, cada año podía incrementarse en más de cinco mil millones.
Se trata, por tanto, de una medida necesaria para cumplir nuestros objetivos en materia de déficit en general y también de déficit tarifario, y poder construir un sistema energético y eléctrico que sea solvente y sostenible. Es una reforma difícil, porque este Gobierno ha tenido como objetivo no trasladar al consumidor lo que se ha venido a llamar "tarifazo eléctrico"; es decir, íntegramente esas diferencias de costes, que hubieran supuesto una subida del recibo del 43 por 100 de media, media que podía haber sido incluso superior para alguno de los usuarios.
En segundo lugar, y en el capítulo de las reformas, este Consejo de Ministros ha empezado con la planificación hidrológica. Ha empezado a aprobar planes hidrológicos, en este caso de demarcación, que estaban demorados desde el año 2009. Con un retraso de tres años este país acomete la planificación de determinadas demarcaciones; demarcaciones que están centradas en este primer Consejo de Ministros que aborda el asunto en cuatro que afectan a Andalucía y en una que afecta a Galicia, la costa de Galicia, lo que se llama Demarcación Galicia-Costa.
Los planes hidrológicos que se han aprobado son los planes siguientes: aparte del de Galicia-Costa, se han aprobado los planes que afectan a Tinto, Odiel y Piedras; el Plan de la Demarcación Hidrológica de Guadalete-Barbate y el de las Cuencas Mediterráneas andaluzas.
Por último, en este Consejo de Ministros se ha aprobado un informe presentado por el ministro de Justicia para una reforma en profundidad del Código Penal. Como saben, hace unos meses se abordó una reforma del Código en aspectos económicos que iba ligada a los Planes de lucha contra el fraude fiscal y laboral, y a la Ley de Transparencia. Hoy el Consejo de Ministros ha dado su visto bueno a un informe que es el punto de partida de un Anteproyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal, que supone hitos importantes: la revisión del sistema de penas, con la introducción del concepto de prisión permanente revisable, en línea con los Códigos Penales de otros Estados de nuestro entorno, de otros Estados miembros de la Unión Europea; mejoras en la regulación de la mutlirreincidencia y de delitos cometidos por profesionales, y determinados cambios en algunos delitos que, habida cuenta del paso del tiempo, era necesario adaptar a la criminalidad organizada y con métodos modernos, propios del siglo XXI.
Voy a dar en primer lugar la palabra al ministro de Justicia para que explique el contenido de esta reforma del Código Penal, y después al ministro de Industria, que nos dará cuenta del Proyecto de Ley adoptado de medidas fiscales para la sostenibilidad del sistema eléctrico.
Sr. Ruíz Gallardón.- Como decía la vicepresidenta del Gobierno, el objetivo de la reforma del Código Penal es, en primer lugar, dar cumplimiento a uno de nuestros compromisos electorales --era uno de los puntos sustanciales del programa electoral con el que concurrimos a las últimas elecciones-- y lo hemos hecho desde la convicción de que en estos momentos España necesita una revisión del sistema penal, fundamentalmente, para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia que se producen en España.
El objetivo de la reforma es, fundamentalmente, el desarrollo de un sistema coherente para poder resolver los problemas que plantean la delincuencia profesional, la multirreincidencia y también, de una forma muy especial, los delitos más graves. Para eso creamos unas nuevas figuras, unas nuevas medidas, para el tratamiento especialmente de los delincuentes más peligrosos, y, naturalmente, aprovechamos para corregir algunas deficiencias detectadas en al aplicación de ciertos tipos penales y para incorporar al Derecho español las Directivas de la Unión Europea que en estos momentos teníamos pendientes.
Los ejes de la reforma, por lo tanto, son ésos: en primer lugar, la revisión del sistema de penas, incorporando esa nueva modalidad de la prisión permanente revisable; en segundo lugar, las medidas orientadas a incrementar la eficacia del sistema penal, siempre teniendo en cuenta el criterio de reinserción que está establecido en nuestra Constitución; en tercer lugar, la revisión de ciertas figuras delictivas, cuya regulación muchas veces había permanecido prácticamente inalterable desde 1848, desde el Código Penal del siglo XIX, y que necesitaba adaptarse a las nuevas formas de funcionamiento mercantil o económico en que vivimos en el siglo XXI; y, en último lugar, la trasposición de las Directivas europeas.
En relación con el sistema de penas, lo más importante, sin duda, es la introducción de la prisión permanente revisable. La prisión permanente revisable es una pena privativa de libertad, de duración indefinida y revisable, porque está sujeta a revisión, tras un período de cumplimiento establecido. No basta con que haya transcurrido ese tiempo, y por eso su denominación de "prisión permanente"; es necesario que se den también una serie de condiciones que están orientadas hacia el fin constitucional de la reeducación y de la reinserción del condenado. Pero, evidentemente, es un tipo penal que cumple perfectamente todos los requisitos de reinserción que marca nuestra Constitución, y no sólo nuestra Constitución.
Quiero dejar muy claro desde el principio que, a la hora de redactar este Anteproyecto de Ley, hemos tenido muy en cuenta la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde, en la sentencia del 3 de noviembre de 2009, dijo expresamente que "la imposición de una prisión permanente de un delincuente adulto no está prohibida ni es incompatible con el artículo 3 o con cualquier otro artículo de la Convención".
Tenemos también, y lo hemos tenido en cuenta, un dictamen del Consejo de Estado. Ustedes se preguntarán por qué, si esta figura no estaba hasta ahora vigente en España, el Consejo de Estado dictaminó. Lo hizo porque, cuando nosotros suscribimos el Convenio que hacía referencia a la Corte Penal Internacional, dentro de las penas que puede poner la Corte Penal Internacional está la prisión permanente revisable y, por eso, el Consejo de Estado tuvo que informar, y el Consejo de Estado se pronunció diciendo que "la posible imposición de penas y prisión permanente revisables no era contraria al artículo 25.2 de la Constitución".
Y hemos tenido, naturalmente, muy en cuenta el Derecho Comparado, que en países como Italia, Reino Unido, Grecia, Francia, Alemania, Austria, Suiza, Dinamarca e Irlanda --tengo que decir que todos ellos con diferentes tiempos mínimos de condena, que van desde los veintiséis hasta los veinte años, pasando por otras regulaciones distintas--; todos estos países de la Unión Europea, de nuestro entorno europeo, del entorno occidental, regulan esta nueva forma de modalidad.
Tiene, por lo tanto, un criterio, insisto, plenamente de encaje constitucional y constituye, desde el punto de vista del Gobierno, y por eso lo ha presentado el proyecto, un elemento verdaderamente eficaz para luchar contra aquellos delitos que son de especial gravedad.
¿Cuáles delitos, porque éste es el aspecto más importante que tenemos que juzgar? Hemos considerado que solamente en aquellos en que los bienes jurídicos protegidos son de especial interés debe de ser aplicada la prisión permanente revisable. Hemos pensado que en la tradición de la protección penal hay determinados valores, como puede ser el delito de magnicidio de la vida del jefe del Estado o el magnicidio de jefes de Estado extranjeros que visiten España, que en todos los Códigos Penales --es lo que ocurre, por ejemplo, en Italia y es lo que ocurre en Alemania-- tienen esta pena de prisión permanente revisable. Por lo tanto, el magnicidio del rey o del príncipe heredero, o de un jefe de Estado extranjero que se encuentre en España, será objeto también de esta aplicación.
Por supuesto, hemos metido aquel en el que creo que hay plena y absoluta coincidencia, que es el delito terrorista. Los delitos con resultado de muerte cometidos por cualquier banda terrorista serán objeto de prisión permanente revisable.
Y hemos metido otras figuras que pensamos que no deberían de quedar excluidas por muy improbable que se piense que esos delitos pueden ser cometidos en España; pero, al margen de la probabilidad de los mismos, esos bienes jurídicos tienen siempre, históricamente, una protección especial en el Código Penal y así lo mantenemos. Hablo de los genocidios, tanto los genocidios con resultado de muertes o los genocidios con violaciones masivas, con agresión sexual, así como los delitos de lesa humanidad, siempre y cuando se produzca la muerte de la víctima.
Y también el asesinato agravado. No todos los homicidios, no todos los asesinatos, como ocurre en otro tipo de legislaciones, pero sí determinados tipos de asesinatos que piensa el Gobierno que generan una especial gravedad por la indefensión de la víctima, por la brutalidad en la comisión de estos actos, y a los que deberíamos de dar el máximo reproche penal. Concretamente, me refiero a cuatro supuestos, que son aquellos casos en que las víctimas sean menores de dieciséis años o sean personas especialmente vulnerables; pensamos en personas que no tienen ningún tipo de capacidad por sufrir alguna discapacidad o, sencillamente, por razón de edad para poder defenderse.
Introducimos también el asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima. No pondré nombres encima de la mesa, pero en la mente de todos están supuestos que han ocurrido en España en estos casos.
Se introduce también el asesinato múltiple en aquellos casos --afortunadamente, en España no los hemos visto, pero sí en muchos sitios del mundo, incluso dentro de Europa-- en que, de forma indiscriminada, se causa la muerte de un gran número de personas sin que exista ningún tipo de relación entre el autor y de los actos y las propias víctimas.
Y también, pensando en aquellas bandas organizadas que pueden haber escogido en un momento determinado España como centro de sus operaciones, que aquellos asesinatos que hayan sido cometidos por miembros de una organización criminal deben de ser incluidos también.
Por lo tanto, aparte de los tipos clásicos de magnicidio y de genocidio, y de los delitos terroristas, reitero, en los supuestos de aquellos asesinatos en que las víctimas sean menores de dieciséis años o especialmente vulnerables, en aquellos casos en que el asesinato sea subsiguiente a un delito de agresión sexual a la víctima, en aquellos casos de asesinato múltiple y en aquellos casos de asesinatos cometidos por miembros de una organización criminal se introduce en el Código Penal español el máximo reproche, que es la prisión permanente revisable.
Como les decía, no voy a entrar en detalles técnicos, pero solamente anunciarles que existe un número de años mínimo antes de los cuales no se puede adquirir la libertad condicional, que es variable en función del tipo de delitos y que va desde los 25 hasta los 35 años en función de las distintas características que les he dicho. Pero sí les digo, y esto es importante, que en ningún caso la nueva regulación de la prisión permanente revisable permitirá la revisión de esa situación de prisión antes que como lo regula en estos momentos el vigente Código Penal. Por lo tanto, el propósito de endurecer el castigo hacia este tipo de delitos especialmente reprochables es el que informa esta reforma.
Vamos muy rápidamente a dar cuenta también de otras de las muchas medidas y, por supuesto, después en el Ministerio de Justicia quedamos a disposición de todos los medios de comunicación para hacer una ampliación y un detalle de la profundidad de esta reforma; pero muy brevemente, si te parece, Vicepresidenta, daré cuenta de otras modificaciones de carácter general.
Modificamos en profundidad el sistema de medidas de seguridad, lo hacemos con ampliación de la libertad vigilada, e introducimos también la regulación de la custodia de seguridad como medida de seguridad privativa de libertad, cuya imposición se reserva para supuestos de extraordinaria peligrosidad.
¿En qué estamos pensando aquí? Siempre siguiendo el ejemplo del Derecho Comparado. Hay determinados casos, fundamentalmente delitos de agresión sexual, en los que no procede la prisión permanente revisable como consecuencia de que no ha habido resultado de muerte --pienso, por ejemplo, en una violación--, en los que, cumplida la pena, se acredita por los sistemas forenses de Instituciones Penitenciarias que la persona tiene altísima probabilidades de volver a cometer el delito como consecuencia de las propias patologías que esa persona tiene.
Frente a esto se han propuesto distintas alternativas en el Derecho Penal Internacional, desde procesos de esterilización hasta otros diferentes, antes de darles la libertad. Nosotros hemos pensado que en estos casos lo más adecuado es permitir esta custodia de seguridad, que no es ya una pena, sino una medida de seguridad, que se aplica solamente a aquellas personas que hayan sido condenadas por este tipo de delitos de agresión sexual; pero que, a la vista del dictamen forense, si existe esa predisposición a volver a comisión el delito, las propias autoridades judiciales, por supuesto siempre, podrán, hasta que se acredite plenamente que no está en condiciones de volver a cometer ese delito, mantener hasta un plazo de diez años a esas personas en una situación privativa de libertad.
Hay otros supuestos en los que se puede imponer la libertad vigilada para cumplir después de la pena de prisión, que actualmente solamente estaba prevista para delitos sexuales.
Hacemos una regulación distinta también del delito continuado; lo que hacemos es una modificación de las reglas en los supuestos de continuidad delictiva, para evitar algunas de las arbitrariedades que en estos momentos se estaban produciendo como consecuencia de una legislación no suficientemente clara. Excluimos a cualquier tipo de delito sexual de los beneficios que en cómputo de pena puede tener el delito continuado; por lo tanto, siempre que exista agresión sexual será la suma individual de cada una de las penas aquello por lo que tendrá que ser condenado el reo.
Hacemos una revisión de la regulación de la libertad condicional, que lo que busca es incrementar las posibilidades de control sobre delincuentes reincidentes. La libertad condicional pasa a ser regulada como un supuesto de suspensión de la ejecución de la pena. ¿Qué significa esto? Que, si el penado reincide durante la libertad condicional, deberá cumplir, al contrario de lo que ocurre en estos momentos, toda la pena pendiente de cumplimiento. Ahora el tiempo que estaba en libertad condicional se le computaba como cumplimiento de la pena.
Hacemos una revisión también de la regulación de la suspensión de condena, fundamentalmente, para evitar una triple regulación que en estos momentos existía: suspensión ordinaria, suspensión por caso de toxicómanos y sustitución en el caso de expulsión. Revisamos la regulación de la sustitución de la pena de prisión para ajustarla a las normas de extranjería y hacemos algo que es importante, que es la supresión de las faltas.
La supresión de las faltas del Código Penal era también una medida que venía siendo solicitada, fundamentalmente, por la Fiscalía. Tenemos que aplicar el principio de intervención mínima del Derecho Penal y, por lo tanto, dejar para sanción administrativa aquello que debe ser resuelto por las autoridades administrativas con penas de multa y dejar para el Derecho Penal, única y exclusivamente, aquellas conductas que son merecedoras de reproche.
Eso no significa que todas las conductas que hoy son calificadas como falta queden impunes, ni muchísimo menos. De hecho, se crea una larga lista de nuevos delitos leves que están siempre castigados con pena de multa, pero que pasan a tener la calificación de delitos. Una parte de éstos, concretamente de las 980.000 faltas que se denuncian al año, de las cuales se suelen tramitar unas quinientos y pico mil porque el resto se archivan por desconocimiento del autor, de éstas, veinticuatro mil pasan a ser faltas administrativas y esas faltas administrativas ya serán, por lo tanto, sancionadas directamente el Ministerio del Interior.
En cuanto a la parte especial del Código, y muy rápidamente, Vicepresidenta, solamente hacerles una referencia rápida a los distintos delitos que tratamos.
Modificamos los delitos contra la propiedad y la estafa. Había una demanda de sectores muy importantes --pienso en el gremio de joyeros y pienso en muchos de los sectores económicos del pequeño comercio de las grandes ciudades-- que nos venían diciendo que en estos momentos existía una cierta impunidad para determinadas conductas. Como hemos suprimido la falta de hurto, y se regula el supuesto agravado, se aplica a la delincuencia profesional y organizada. De esta forma, lo que hacemos es encontrar la solución a los problemas que planteaba la delincuencia profesional. Anteriormente eran condenados por meras faltas y con esta modificación lo que pueden pasar a ser es condenados como autor de un delito de un tipo agravado, con penas de uno a tres años.
La regulación de la antigua falta se incluye como un tipo atenuado, como un delito leve. Se tiene en consideración, no solamente en el caso de hurto el valor del objeto hurtado, sino el perjuicio causado a la víctima. Éste es un elemento subjetivo que consideramos que es un avance importante en el Derecho Penal.
Modificamos el catálogo de agravantes específicas de los delitos patrimoniales.
Corregimos un error en el delito de daños.
Regulamos el intrusismo. No solamente será penado por intrusismo quien diga poseer un título para ejercer una profesión sin tenerlo, que es lo que ocurre ahora, sino también aquella persona que esté en un espacio público donde se esté prestando un servicio abierto al público para el que se requiera el título. Pienso, por ejemplo, y hemos tenido mucho diálogo con ellos, en aquellos casos de odontólogos que, sin tener el título, practicaban esta actividad médica y que, evidentemente, cuando iban a juicio, se le preguntaba por el juez a la persona víctima: "¿a usted le dijo este señor que era odontólogo?". "No me lo dijo". Entonces, en ese caso no podía ser condenado. Hoy, aunque no haya dicho que es odontólogo, si está haciendo prácticas de odontología en un espacio abierto al público, entra dentro del delito de intrusismo.
Hacemos una reforma del delito de atentado de resistencia y desobediencia. Introducimos una nueva definición de atentado, que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre la gente. Mantenemos la resistencia pasiva y la desobediencia grave en la misma forma en que están reguladas en estos momentos en el artículo 556 del Código Penal, y tipificamos determinados supuestos agravados de atentados, fundamentalmente, aquellos en los que se porten armas o en los que se exhiban armas que no sean de fuego pero que, sin embargo, simulen poder serlo, o cuando van con objetos contundentes o líquidos inflamables.
Una modificación también importante --piensa uno en su antigua presencia en el Ayuntamiento de Madrid y en la institución del SAMUR-- es que quedan protegidos, en este caso, no solamente, los agentes de la autoridad, sino también los equipos de asistencia y rescate que acuden a este tipo de acontecimientos.
En las alteraciones del orden público se incluye una definición de alteración del orden público a partir de la referencia a un sujeto plural. Es una regulación, la que teníamos ahora mismo, de origen decimonónico, que no prevé las actuales circunstancias, e incluimos un catálogo de supuestos agravados.
Se tipifica la difusión de mensajes que inciten a la comisión de alguno de los delitos agravados de alteración de orden público. De ninguna de las maneras la convocatoria a espacios o tiempos donde se puede producir esos delitos, eso no; lo que sí se tipifica es expresamente la convocatoria para la comisión de un delito.
Y se sancionan los actos de incitación a desórdenes graves.
Detención ilegal. Sigo sin dar nombres, pero en la mente de todos está. Modificamos el delito de detención ilegal con desaparición de la persona. Lo que hacemos es fijar una pena única, que es igual a la prevista por el delito de homicidio. Por lo tanto, damos respuesta a un supuesto que el legislador no fue capaz de prever, donde después de la detención ilegal hay una desaparición de la persona, no aparece el cadáver y no hay posibilidad de una condena semejante al hecho constatable de que esa desaparición supone su fallecimiento. Al equiparar la pena se resuelve este problema. Y se regulan dos supuestos agravados referidos a aquellos en los que la víctima es menor de edad y otros en los que está presente un móvil sexual en la comisión del delito.
Del delito de incendio hacemos un incremento de las penas, especialmente cuando la superficie quemada tiene una especial protección ecológica. Pasamos estos delitos a ser juzgados por los tribunales ordinarios, a diferencia del jurado, como ocurría antes, porque pensamos que es un delito que requiere la intervención, en este caso, de los profesionales.
Introducimos también una modificación para la protección penal de los animales, en línea con lo que muchas asociaciones nos habían dicho.
Hacemos una nueva regulación de la delincuencia económica. Aquí es donde entran las insolvencias punibles; lo hemos hecho de acuerdo con la Agencia Tributaria. Y hemos hecho también una nueva regulación de la administración desleal y de la malversación. Éstos son delitos de naturaleza económica, que lo que hacen es adecuar las realidades, en estos momentos, a los comportamientos presuntamente delictivos.
Concretamente en el delito de malversación, tengo que decir que aquí recibimos una sugerencia de la Defensora del Pueblo para que procediésemos a esta reforma y lo que hemos hecho es introducir una administración desleal en un delito aplicable a los funcionarios, que es un delito doloso. Lo que exige, naturalmente, es un conocimiento del perjuicio económico que se le causa a la Administración pero, a diferencia de lo que ocurría antes, si ese conocimiento se tiene, no es necesario acreditar el beneficio económico del funcionario. Basta acreditar que el funcionario sabía que estaba causando dolosamente un perjuicio a la Administración en beneficio de un tercero para que pueda ser condenado, en este caso, por este delito de administración desleal.
Introducimos una modificación de los delitos contra la propiedad industrial y hacemos una transposición de Directivas: una relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho Penal, y hacemos nuestra la sentencia del Tribunal Constitucional de que la negación del genocidio será delictiva cuando sea una forma de incitación al odio y a la hostilidad; transponemos la Directiva de la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil, cuyo resumen del resumen es una mayor y mejor protección a nuestros menores; y hacemos una modificación de la trata de seres humanos y del delito de inmigración ilegal, conjugándolos ambos y cumpliendo así la Directiva.
Por último, modificamos también --en este caso es una obligación por el Convenio de Naciones Unidas que firmamos en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 y una petición permanente del CERMI-- la protección penal de las personas con discapacidad: por un lado, modificamos el artículo 25, para utilizar una terminología ajustada a la Convención; por otro lado, cambiamos el tratamiento de la esterilización a personas discapacitadas, que es un supuesto que estaba regulado en el Código Penal, contrario a la Convención de Naciones Unidas, que prohíbe dar tratamiento penal distinto a una persona en razón de su discapacidad. Por lo tanto, desaparece el concepto de discapacidad y solamente en aquellos supuestos en que el juez aprecie una absoluta falta de capacidad para dar el consentimiento correspondiente se podrá proceder a esta práctica.
Éste es el contenido, perdón por la rapidez. Insisto en que en el Ministerio de Justicia, Vicepresidenta, estamos a disposición de todos los medios para lo que nos quieran preguntar; pero insisto en la idea inicial con la que empezaba esta exposición: éstas es una reforma del Código Penal en profundidad, que ahora tendrá que tener un tratamiento parlamentario largo, en el que naturalmente será enriquecido por las aportaciones de todos los Grupos Parlamentarios, que lo que hace es responder a la realidad del siglo XXI, en el que estamos viviendo. Teníamos un Código que en muchos de los delitos se fijaba en las formas delictivas del siglo XIX, cuando fue redactado, y no se adecuaba a la realidad. Es un Código Penal que protege a la sociedad española y es un Código Penal que da respuesta a aquellos delitos que más repugnan a las personas que queremos convivir en un Estado democrático de derecho.
Sr. Soria.- Tal como la Vicepresidenta ha señalado, en el día de hoy ha sido aprobado por parte del Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad del sistema eléctrico; por tanto, es un Proyecto de Ley que incorpora, por un lado, medidas fiscales con el objeto de obtener ingresos adicionales que vayan encaminados a hacer desaparecer el desfase entre ingresos y costes del sistema eléctrico, y, por otra parte, va orientado a la sostenibilidad del sistema, sostenibilidad que tenemos que entender en una doble acepción: sostenibilidad medioambiental, por un lado, y sostenibilidad económica y financiera, por otro.
Sostenibilidad medioambiental porque es objetivo del Gobierno, y va a seguir siendo objetivo del Gobierno, el que dentro del mix energético, dentro de la combinación total de distintas fuentes energéticas, sigan teniendo un peso importante las energías renovables incluidas dentro del régimen especial; pero también sostenibilidad económica y financiera, porque no podemos disponer de un sistema eléctrico que genere año a año un déficit adicional del entorno de cinco mil a seis mil millones de euros.
Hoy el problema más importante que tiene el sector eléctrico en España es justamente el problema de la sostenibilidad económica y financiera. Tal como la Vicepresidenta anunció con anterioridad, a final del año 2011 estaba estimado ese déficit eléctrico, aproximadamente, en unos veinticuatro mil millones de euros. Este déficit está residenciado en los balances de las compañías eléctricas; no de todas, sino de aquellas compañías eléctricas que están dentro del régimen ordinario. Por tanto, no es un déficit eléctrico que esté siendo soportado por parte de las compañías eléctricas que están dentro del régimen especial.
Dentro de esos veinticuatro mil millones, hay diecisiete mil millones que han sido ya emitidos: tres mil millones por parte de las empresas eléctricas y catorce mil millones que han sido titulizados y, por tanto, tienen el aval del Estado. De esos veinticuatro mil millones, por tanto, quedan siete mil millones que no han sido ni titularizados ni avalados por el Estado, ni tampoco han sido emitidos por parte de los operadores.
Ahora bien, toda la deuda, los veinticuatro mil millones de euros que ahora mismo hay acumulados como déficit eléctrico, está generando para el Estado, cada año, un coste adicional que va al sistema eléctrico en concepto de amortización de aquello que ya tenemos titulizado, catorce mil millones, más los intereses de los veinticuatro mil millones. Y eso supone cada año de coste adicional para el sistema de, aproximadamente, unos 2.100 a 2.200 millones de euros. Por tanto, la propia existencia del déficit eléctrico en sí misma genera una autoalimentación del propio déficit eléctrico año a año.
¿Qué queremos decir con esto? Queremos decir que o se le pone un límite al ritmo de generación anual de ese déficit de tarifa o bien, de aquí a unos años, en vez de veinticuatro mil millones, tendremos cincuenta mi millones y entonces ya no estaríamos ante un nuevo problema del sistema energético ni del sistema eléctrico, sino que estaríamos ante un nuevo problema financiero.
Ha habido dos fases. La primera fase consisten en llevar al objetivo el déficit de tarifa para este año 2012 y el objetivo es que no sobrepase 1.500 millones de euros. Para ello se han tenido que tomar medidas en el Real Decreto Ley 1 de este año 2012, en el Real Decreto Ley 13 de este año, en una Orden Ministerial del 1 de abril y en el Real Decreto Ley 20 de este mismo año. Han sido todas medidas encaminadas a disminuir los costes del sistema para que este año 2012 el déficit de tarifa no sobrepasara 1.500 millones de euros. ¿Por qué 1.500 millones de euros? Porque hay un Real Decreto del año 2010 que establece que el déficit máximo para ese año 2010 sería de 1.500 millones de euros --no lo fue; fue de 5.000 millones-- y para el año 2011, que tenía que ser también de 1.500 millones de euros, pero fue de 4.500 millones. Para este año 2012, también tenía que ser de 1.500 millones de euros y éste sí va a ser el primer año en el cual se va a cumplir el objetivo de aquel Real Decreto del año 2010, que establece, además, adicionalmente, que a partir de 2013 no puede haber déficit de tarifa.
Por lo tanto, no sólo las medidas que ya hemos tomado a lo largo de este año 2012 van en la dirección de cumplir el objetivo de 1.500 millones de euros para este año 2012, sino que las contenidas en este Proyecto que hoy hemos aprobado en Consejo de Ministros para remitir a las Cortes hay una serie de medidas fiscales adicionales que lo que pretenden es que en el año 2013 el déficit de tarifa sea cero.
¿Qué ocurría si no tomamos estas medidas? Que el próximo año tendríamos un déficit de tarifa adicional que está calculado con la mayor o menor producción de energía eléctrica y con el mayor o menor consumo, lo cual está relacionado también con cómo vaya evolucionando la actividad económica: si es más alta, más consumo y más producción; si es más baja, lo contrario. Por tanto, la estimación que se había hecho es que, de no haberse tomado medidas, habría un déficit de tarifa adicional para el próximo año de 5.250 millones de euros.
Por tanto, el conjunto de medidas que hoy están contenidas en el Anteproyecto de Ley que hemos aprobado van justamente encaminadas en esta dirección: que el déficit del próximo año sea cero. Para ello se incluyen estas medidas del Proyecto y otras medidas que no están en el Proyecto, pero que también se las explicaré.
Las del Proyecto son, fundamentalmente, medidas tributarias y tienen que ver con la creación de dos impuestos nucleares; en segundo lugar, con la creación de una serie de impuestos especiales; en tercer lugar, con la creación de un canon que grava la generación hidroeléctrica, y, en cuarto lugar, un impuesto uniforme de naturaleza directa, real, del 6 por 100 de tipo fijo para todo tipo de tecnologías de generación. Vamos con la explicación de cada uno de ellos.
El impuesto nuclear se divide en dos: en primer lugar, el impuesto que grava la generación de residuos radiactivos y, en segundo lugar, el que grava el almacenamiento de esos residuos radiactivos.
En cuanto al primero de ellos, el que grava la producción de residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nuclear, el hecho imponible es por la propia producción del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos resultantes. Se establece un tipo impositivo en este impuesto de 2.190 euros por cada kilo de metal pesado producido. La previsión de ingresos por estos impuestos para los años 2013, 2014 y 2015 es de 269,6 millones de euros por cada año.
Hay un segundo impuesto nuclear, que es el impuesto sobre el almacenamiento de residuos radiactivos, que lo que viene a hacer, en realidad, es reordenar el conjunto de impuestos de esta naturaleza. Hoy ya están gravando las Comunidades Autónomas a aquellos reactores nucleares que están ubicados en sus territorios y este impuesto lo que viene a hacer es reordenar un poco y, digamos, a unificar los hechos imponibles que están gravados por esas Comunidades Autónomas. Por tanto, no supone ningún ingreso adicional; lo que supone es una ordenación de todas esas figuras tributarias que ya existen por parte de las Comunidades Autónomas.
En segundo lugar, hay un canon a la generación hidroeléctrica. Éste es un canon que se establece por la utilización de aguas continentales para la producción de energía eléctrica. Es un canon que va a ser recaudado por los organismos de cuenca, destinado a la protección y mejora del dominio público hidráulico. El tipo va a ser del 22 por 100 sobre el valor económico de la energía hidroeléctrica producida y las cuantías que se estima recaudar por concepto del mismo para los años 2013, 2014 y 2015 es de 304,2 millones de euros.
Por tanto, tendríamos 296,6 millones de euros del impuesto nuclear y 304 millones del canon; por estos dos conceptos serían 574 millones de euros.
Luego estarían los impuestos relativos a impuestos especiales: el céntimo verde sobre el gas natural, en el que se establece un tributo de 2,79 céntimos por metro cúbico, con un efecto para el año 2013, aproximadamente, de unos 804 millones de euros; en segundo lugar, un céntimo verde a la energía eléctrica producida por carbón, de 14,97 euros por cada tonelada de carbón, con un efecto para el año 2013 de 268 millones de euros; y un céntimo verde al fueloil y al gasóleo utilizado para la producción de energía eléctrica, con 12 euros por tonelada de fueloil y 29,15 euros cada mil litros de gasóleo, con un efecto para el año 2013 de 38 millones de euros.
A todo ello tenemos que sumar los ingresos estimados procedentes de las ventas de los derechos de emisión de CO2, que van a comportar para el año 2013, aproximadamente, unos 450 millones de euros, y luego también que la amortización del principal e intereses, al que antes hacía referencia, de la parte del déficit de tarifa que ya está acumulado en 2011 va a ser asumida anualmente por parte del Tesoro, de tal forma que se sustrae ese coste adicional de los 2.100 a 2.200 millones de euros adicionales, que esa amortización y pago de intereses venía cargando los costes del sistema cada año.
Finalmente, está el impuesto sobre la venta de energía eléctrica. Éste es un tributo estatal, de carácter directo y naturaleza real, que grava la realización de las actividades de producción de energía eléctrica. El hecho imponible viene dado por la propia venta de energía eléctrica. La base imponible viene dada por lo que es el producto de multiplicar el precio al que se vende cada megavatio --el precio es, a su vez, el precio de mercado más, en su caso, para aquellas tecnologías que tengan incorporada una prima, la prima-- multiplicado por el número de megavatios que haya en cada una de las instalaciones. Grava todo tipo de instalaciones y todo tipo de tecnologías. El tipo de gravamen es un tipo ad valórem fijo del 6 por 100 para todas ellas.
El impacto de este impuesto del 6 por 100 en las tecnologías de régimen ordinario --por tanto aquellas que incluyen la nuclear, hidráulica, carbón, fuel, gas y los ciclos combinados-- es de 571,7 millones de euros. Luego está el impacto de este impuesto del 6 por 100 sobre las tecnologías incluidas dentro del régimen especial. No todas son energías renovables, porque dentro del régimen especial hay algunas que no lo son, pero que, en cambio, están recibiendo primas: éstas son la biomasa, la cogeneración, la energía eólica, la fotovoltaica, la termosolar, la hidráulica y la de residuos. El conjunto de recursos que se espera recaudar por este impuesto aplicado al régimen especial es de 688 millones de euros.
Hay una particularidad también que se introduce en la propia Ley y es que, para aquellas energías renovables que utilicen en alguna parte combustibles fósiles para producir esa energía, esa parte que utiliza combustibles fósiles no va a estar primada. Por ejemplo, la energía termosolar. En un porcentaje del 85 por 100 la energía termosolar utiliza como "input" el sol y esa parte, lógicamente, está primada; ahora bien, comoquiera que hay una parte de la termosola que no utiliza sol sino que utiliza gas, que es un combustible fósil, esa parte de energía eléctrica producida con gas no va a llevar prima.
En cambio, también es cierto que, en el caso de la biomasa, que también hay una parte que se produce por gas, esa parte sí va a estar primada, porque la biomasa está ligada a otro tipo de consideraciones medioambientales, como tiene que ver, por ejemplo, con la limpieza de los campos en invierno para hacer prevención de los incendios que se producen en verano.
Con ello concluyo. Como decía la Vicepresidenta al principio, éste ha sido un proyecto complejo: llevamos muchos meses trabajando en él; tenía una casuística ciertamente amplia pero, finalmente, el objetivo era conseguir un conjunto de medidas que posibilitaran un nivel de ingresos suficiente para cumplir con el objetivo del déficit cero, en términos de déficit de tarifa, para el año 2013. Con el conjunto de medidas que aquí están incluidas ese objetivo se va a cumplir.
P.- Tenía una pregunta primero para la Vicepresidenta. El ministro de Economía ha anunciado esta mañana más reformas para los próximos días. Ésa es una pregunta: ¿cuáles van a ser esas reformas? Segunda, ¿los españoles van a esperar más recortes para este año 2012?
Luego, quería preguntarle al ministro de Justicia si esta reforma del Código Penal que nos acaba de anunciar se aplicará a partir de los delitos que se cometan cuando esté aprobada la norma; es decir, que en ningún caso tendrá un carácter retroactivo.
Vicepresidenta.- Sobre la primera de sus preguntas, este Gobierno está trabajando en dos cuestiones: de un lado, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, que, como saben, tienen que estar presentados al Congreso de los Diputados antes del 30 de septiembre; y, de otro lado, en la concreción del Plan de Reformas que llevaremos a cabo este semestre.
Hoy se han puesto encima de la mesa dos reformas estructurales clave: de un lado, esta reforma que soluciona el déficit tarifario y, de otro, algunos aspectos económicos de la reforma del Código Penal, que también inciden, y mucho, en medidas como la austeridad y la buena gestión de los servicios públicos, o el asunto de las insolvencias punibles.
Es decir, en las próximas semanas presentaremos, junto a esos Presupuestos Generales del Estado, el avance del Plan de Reformas que este Gobierno tiene previsto llevar a cabo en esta Legislatura en su concreción en estos próximos seis meses. Algunas de ellas las han conocido ustedes en estas semanas, porque ya se han puesto en marcha, y otras, como puede ser la que afecta al sistema educativo, serán aprobadas en los siguientes Consejos de Ministros.
Sr. Ruíz Gallardón.- Efectivamente, tiene usted razón, pero en parte, y me explico. Hay un principio constitucional y básico del Derecho Penal que es la irretroactividad de la norma desfavorable. Por lo tanto, no podrá ser aplicable ninguno de los preceptos de esta nueva redacción del Código Penal a delitos que no sean cometidos antes de que se produzca su entrada en vigor; pero sí podrá ser aplicado en aquellos casos en que sea más favorable que la norma actual, porque hay otro principio también que es la retroactividad de la norma favorable. Luego, en aquellos casos en que la regulación que nosotros introducimos ahora pueda ser más favorable para el acusado que la que establece en estos momentos el Código Penal, en esos casos, el nuevo Código Penal sí sería aplicable.
P.- Yo quería preguntarle al ministro Soria varias cuestiones. Primera, quedan alrededor de siete mil millones de euros, por lo que acaba de decir usted, que no han sido ni titulizados anteriormente ni… Entonces, quiero saber si eso se va a titulizar o qué es lo que va a pasar.
Quería saber también cuánto suman todas las medidas que han calculado. Todos los impuestos que han dicho ¿cuánto suman en total?
Ésta es una reforma básicamente tributaria y yo quería saber si va a haber una segunda parte de la reforma en la cual van a abordar el problema de la formación de precios. ¿Van a hacer una segunda parte de la reforma en que entren más allá de lo que es una reforma tributaria como es ésta?
Sr. Soria.- En primer lugar, efectivamente, dentro de los veinticuatro millones de euros, hay siete mil millones que no están titulizados y digamos que ahora mismo, en la situación en la que están los mercados financieros, a corto plazo no se prevén titulizar.
En segundo lugar, el conjunto de medidas que están incluidas en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos, lo que son medidas tributarias, suman aproximadamente 5.250 millones, menos los 2.066 millones de titulización, de amortización de principal más intereses del FADE, menos los 450 millones de euros de la venta de derechos de CO2; la diferencia es lo que se iba a recaudar, es decir, 5.250 millones, menos 2.066 millones, menos 450 millones.
Efectivamente, es una reforma que incluye lo que es el Proyecto presentado, medidas fundamentalmente de carácter tributario, sin incluir lo que es el CO2 y sin incluir lo que es la parte que asume el Tesoro de la deuda titulizada.
Es verdad que esto era la condición no sólo necesaria, sino absolutamente imprescindible: que el déficit estuviese a cero, que estuviese equilibrado el sistema eléctrico, para poder proceder a partir de ahora a otra serie de medidas regulatorias, dentro de las cuales está la liberalización…
Me sopla la vicepresidenta que son 2.700 millones, que ha hecho ya la cuenta: 2.700 millones en total de recaudación de las medidas tributarias.
Por tanto, sí, ahora, una vez que está encauzado la generación de déficit de tarifa, vendrán medidas regulatorias que tienen como finalidad fundamental el liberalizar el mercado. Entre ellas, desde luego, va a venir una rebaja de lo que es el nivel, el umbral, para la tarifa de último recurso, que ahora mismo está en diez euros kilowatio y, muy probablemente, irá un nivel que estará en la mitad o algo menos de la mitad.
Se trata, en definitiva, de que a partir de ahora las variaciones en el precio del recibo de la luz, para entendernos, ya no tengan nada que ver con un acto discrecional de la Administración General del Estado. Saben ustedes que en el precio de la luz hay dos componentes: la subasta y, luego, los peajes. La subasta depende de lo que ofrezcan y demanden en el mercado los operadores cada tres meses; pero luego está el componente de los peajes, que era aquel con el cual intervenía la Administración, el Ministerio, en el mercado. Se trata de que ese componente ya no se toque y, si la electricidad sube, sea porque fruto de la subasta da un precio superior al que había con anterioridad; y también, si baja, sea como consecuencia también de esa subasta. Por tanto, que haya mayores condiciones de mercado.
P.- Un par de preguntas; la primera, para el ministro de Justicia. Ya para redondear el tema de los plazos de la reforma del Código Penal, ¿cuándo entrará en vigor? ¿En qué plazo estima el Gobierno que entrará en vigor?
Para usted, Vicepresidenta, ¿qué respuesta se da desde el Gobierno a las múltiples peticiones que hizo ayer el presidente de la Generalitat desde Madrid, donde hablaba de estructuras de Estado para Cataluña, hablaba de referéndum e incluso se planteó si un referéndum de autodeterminación de Cataluña lo tienen que votar sólo los ciudadanos de Cataluña o lo tienen que votar los de todo el Estado? Esto va mucho más allá de la petición de pacto fiscal. ¿Qué respuesta se está preparando desde el Gobierno, teniendo en cuenta también la amplia manifestación que hubo el martes en Barcelona?
Sr. Ruíz Gallardón.- El Código Penal es una ley en cuya reforma nosotros venimos trabajando desde hace muchos meses, prácticamente desde que yo tomé posesión en el Ministerio, y que la hemos estudiado en profundidad porque entendemos que, a diferencia de otras normas que pueden ser cambiadas de acuerdo con determinadas coyunturas, el Código Penal es una norma que tiene vocación de estabilidad.
Quiero decir con esto que nosotros le vamos a dar una tramitación diligente, pero profunda. Eso significa que, una vez que el Anteproyecto sea definitivamente aprobado por el Consejo de Ministros, tendrá que ir a informe, naturalmente --es una Ley Orgánica-- del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. Después ya el Consejo de Ministros, calificada como Proyecto de Ley, la remitirá a las Cortes Generales.
Distintos Grupos Parlamentarios me han manifestado su enorme interés por el Código Penal, su enorme interés por participar en el debate en muchas de las figuras a las que he hecho referencia, incluso de proponer algunas otras distintas, y nosotros vamos a abrir ese debate parlamentario. Esto no significa que vayamos a demorar la tramitación; pero ya le digo desde ahora que no solicitará el Gobierno una tramitación por vía de urgencia, porque pensamos que éste es de esos asuntos en los que todos los Grupos tienen, lógicamente, una vocación de intervención.
No me atrevo, y le pido disculpas, a darle una respuesta concreta en cuanto a los plazos. No habrá demoras, eso se lo puedo asegurar; pero tampoco habrá urgencias del Gobierno en relación con su tramitación parlamentaria.
Vicepresidenta.- Sobre la segunda de sus preguntas, desde el Gobierno, como hemos venido haciendo estos días, apelamos a la moderación y a la responsabilidad. Son momentos muy difíciles para muchos catalanes y para muchos españoles, y en momentos de crisis económica la estabilidad y la confianza es un grado. Y alguna de estas posiciones, desde luego, no contribuyen a ello.
Por eso desde este Gobierno se responderá como tiene que responderse siempre, desde la Constitución y de las Leyes; pero, sobre todo, desde una apelación a la moderación, a la responsabilidad y a ser muy conscientes de la gravedad del momento y de los perjuicios económicos que propuestas de esta naturaleza pueden causar directamente a los ciudadanos. Es momento de afrontar la crisis y la afrontaremos mejor y saldremos antes de ella si salimos todos juntos en un clima de colaboración, teniendo muy presente que el mundo va por otro lado; va de superar diferencias, trabajando juntos para las reformas conjuntas y para crear empleo.
Yo creo que en momento de crisis conviene acertar en las prioridades. La prioridad de este Gobierno es crear empleo en un clima de estabilidad y responsabilidad, y llamamos a todos los que tienen responsabilidades políticas a que también hagan ese ejercicio de preguntarse cuál es la prioridad de cualquier español o de cualquier catalán en este momento, especialmente de los que no tienen trabajo.
P.- Para el señor ministro de Justicia. Varias dudas me han quedado sobre el Código Penal. En primer lugar, sobre la prisión permanente revisable, ¿quién y cómo revisa? Yo seguiré su elegancia no citando nombres, pero tenemos polémicas muy recientes: cuando interviene la Administración e intervienen los Tribunales, hay polémicas que se incendian fácilmente. ¿Cómo garantizar la seguridad jurídica? ¿Con qué criterios se entiende que el reo puede realmente abandonar la prisión?
En segundo lugar, sobre el tema del aborto. Esta reforma, una revisión del Código Penal, parece que sería la ocasión. Si no figura, que usted no lo ha mencionado, ¿por qué no? ¿Por qué ha preferido ir avanzando estos meses con anticipos que no han cerrado la cuestión?
En último término, algunos anticipos, que sí hubo también respecto de delitos que se refieren al orden público y a la seguridad del Estado, fueron también recibidos en términos polémicos sobre que esta reforma iba a ser para hacer un Código más represivo. Me gustaría que nos lo dijera. No tiene por qué ser malo, ¿no? Al fin y al cabo, el Código Penal prevé penas, pero quería saber si realmente cabe ese calificativo.
En dos cuestiones fundamentales si se cambia: es decir, ¿puede haber, en materia de orden público, disposiciones del Código que de alguna manera reduzcan derechos fundamentales de los ciudadanos? En segundo lugar, respecto de la seguridad del Estado, y vistos otros comportamientos, y tampoco diremos nombres, recientes, delitos como la quema de banderas o los atentados respecto de símbolos del Estado, ¿mantienen las penas? ¿Las incrementan?
Sr. Ruíz Gallardón.- ¿Quién y cómo? Los tribunales de justicia. Estamos hablando de una pena y la ejecución y la revisión, en este caso, de la pena le corresponde al tribunal sentenciador. Por tanto, sin perjuicio de que la Administración gubernativa podrá intervenir en la realización de los informes correspondientes o en todo aquello que le solicite la Administración de Justicia, es directamente el Poder Judicial el que toma la decisión. No hay, por lo tanto, discrecionalidad gubernativa, sino que es una fase más de la ejecución de la pena impuesta por el propio Tribunal y es el Tribunal el que tiene que decidir en qué manera.
¿Cómo? La revisión se lleva a cabo a partir del momento en que se cumplan los tiempos mínimos, antes de los cuales no puede hacerse la revisión; son variables --facilitaremos luego un cuadro--, en función de que sea una pena única por terrorismo, de que sean varias condenas o de que sean varias condenas por terrorismo. Oscila entre un plazo entre 25 y 35 años, en función de la gravedad. Antes de cumplidos esos plazos no puede solicitarse la revisión. Cumplidos esos plazos, la revisión puede ser, lógicamente, a petición del penado, si bien el Tribunal podrá decidir un plazo máximo de un año a partir de cada petición denegada sobre la cual no podrán formularse nuevas solicitudes.
También tendrá el Tribunal que hacer esa revisión de oficio, al menos, cada dos años, sin perjuicio de que pueda hacerlo siempre que sea oportuno; pero de oficio tendrá que practicarlo cada dos años.
En relación con la segunda de sus preguntas, la regulación de la Ley del Aborto exige un proyecto independiente. Nosotros hemos adquirido el compromiso de hacer el proyecto en este período de sesiones, lo cual significa que tenemos hasta el mes de diciembre para elaborarlo. Es una regulación que, evidentemente, tiene un componente penal, no exclusivamente; pero por su naturaleza y por la tradición legislativa histórica en España siempre se ha hecho con un proyecto independiente. Nos parecía que el debate que suscita expresamente la Ley del Aborto es un debate lógicamente distinto, puede ser en paralelo pero diferente, a esta reforma del Código Penal.
No es un Código Penal más represivo. El orden público lo que hace es garantizar, precisamente, el ejercicio de derechos fundamentales. Y recuerdo que quien garantiza a los ciudadanos españoles el ejercicio de sus libertades son, en primer lugar, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Luego, por lo tanto, todo lo que sea proteger a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales por parte de los ciudadanos.
Pero le contesto directamente a su pregunta. No se produce ningún tipo de reducción de ninguno de los derechos fundamentales, absolutamente ninguno. Hay unos supuestos que se regulan de atentado en aquellos casos en que se produzcan agresiones graves contra la autoridad, que tienen una regulación específica; pero, como le decía en la primera intervención, la resistencia pasiva sigue exactamente igual de calificada que estaba antes y no hay ningún tipo de modificación.
Ésta es una regulación que no puede preocupar a nadie que no agreda directamente a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y con esa novedad, que sí he introducido y que antes se refería, que es se hace extensivo también a los servicios de rescate que asisten a cualquier incidencia que se pueda producir.
Con relación a la última de sus preguntas, le tengo que decir que, a juicio del Ministerio de Justicia, la protección penal que tienen en estos momentos los símbolos del Estado, tanto de la nación española en su conjunto, como de las Comunidades Autónomas, que les recuerdo que también son un objeto de protección de naturaleza penal, es una regulación adecuada, que no requiere ninguna modificación.
P.- Vicepresidenta, yo quería preguntarle a usted sobre este tema de los acontecimientos en Cataluña, porque ha hablado usted de un momento de crisis en el que todo el mundo debe centrarse en salir de ésta en la que estamos metidos antes que en otras cosas; pero me gustaría saber si esto quiere decir que, en caso de que no estuviéramos en una situación tan grave como la que estamos, el Gobierno estaría, como mínimo, dispuesto a hablar de la petición del pacto fiscal que se le lanza desde Cataluña; si cree, además, que el Gobierno de la Generalitat se ha visto en este caso superado por los acontecimientos de la calle, que se le han ido las cosas de las manos, y si vaticina usted que puede haber unas elecciones anticipadas.
Vicepresidenta.- Podría contestarle, como suele decirse, que a más a más. Es decir, si en momentos de estabilidad es muy necesario acertar en lo que se propone y saber que eso debe hacerse dentro del marco de la Constitución y las leyes, que es muy claro en nuestro país, imagínese en un momento en el que desde dentro muchos ciudadanos lo están pasando francamente mal, y creo que, a mi juicio, también se sorprenden de cómo ciertos debates son absolutamente ajenos a su situación; y, además, fuera, los inversores de los mercados y el resto de Estados de nuestro entorno, están muy atentos a la situación política española.
Entonces, yo creo que gobernar es saber en cada momento, pero muy especialmente en momentos de dificultad, dónde está la prioridad y afrontarla directamente. A veces, uno --y entro en la segunda parte de su pregunta-- debe analizar si está dando respuesta a lo que los ciudadanos exigen de uno y asume su responsabilidad directamente.
Yo, desde luego, creo que en estos momentos uno tiene que saber para quién gobierna y los principales problemas de la gente de quien gobierna, y dedicarse a eso y no, con otro tipo de debates, distraer o distraerse de lo que realmente importa, que en este tiempo es la crisis y el empleo.
P.- Vicepresidenta, apelaba usted a la responsabilidad y a la moderación de los dirigentes catalanes. Me gustaría saber si usted cree, porque esa apelación ya se la he oído antes, si se ha modificado algo la situación desde que se produjo la manifestación de la Diada.
Me gustaría saber también por qué no fue ningún miembro del Gobierno a la conferencia del señor Mas en un foro en el que el Gobierno suele estar presente cuando viene un presidente autonómico, y si cree factible, de alguna forma, como ha dicho hoy el señor Mas, una reforma constitucional que permita a Cataluña ser un Estado no separado de España. El señor Mas ha dicho hoy que quiere una reforma constitucional que permita que Cataluña sea un Estado, porque él cree que el Estado puede estar dentro de España aunque sea un Estado, con una reforma constitucional.
Vicepresidenta.- Sobre esta última, simplemente recordar los precedentes al respecto.
Sobre las dos primeras, creo que las prioridades de España, como país, y de sus ciudadanos son las mismas: que en tiempos de dificultad, lógicamente, todos padecemos más y la tensión es mayor; pero en la responsabilidad de todos está gestionarlo, gestionarlo bien y acertar, acertar en las prioridades.
Sobre las presencias, no me está usted hablando de un acto institucional, sino de un acto que podemos llamar de comunicación. Por tanto, esas presencias no son obligadas.
P.- Si no he entendido mal al ministro de Industria, se va a aplicar un recorte en las primas que reciben las energías de régimen especial que en la producción de energía utilizan otro tipo de energías que no son renovables; ha citado usted el caso de la energía termosolar. No sé si tiene cuantificada la cifra de ese recorte o el ahorro en ese recorte en las primas.
Sr. Soria.- Todo está sujeto, lógicamente, a lo que sea realmente la producción de energía eléctrica total, cuánto entra dentro del sistema de las energías renovables y, dentro de las renovables, cuánto entra dentro de las distintas tecnologías. Pero nos referimos, fundamentalmente, a la utilización de combustible fósil para obtener energías en plantas que están dentro del régimen especial y me refería, por ejemplo, a la termosolar, una parte de la cual se obtiene por gas.
Podemos estar en el entorno de unos cincuenta o sesenta millones de euros, aproximadamente.
P.- Para el ministro Soria. Ha habido, todo el mundo lo sabe, una polémica muy intensa este verano entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Industria, y o que quería saber es: ahora, que se presenta esta reforma, ¿qué posición ha prevalecido: la del Ministerio de Industria o la del Ministerio de Hacienda?
Al ministro de Justicia le quería preguntar sobre el momento en el que se presenta esta reforma, que todavía es un informe. ¿Se presenta justo ahora --estamos hablando de terroristas y demás-- para tapar la polémica interna del "caso Bolinaga" dentro del PP? Y, en segundo lugar, con el enorme impacto que, por ejemplo, ha causado en todos los españoles "el caso Bretón"', ¿no temen ustedes que pueda ser calificada de populista esta reforma en este momento, sobre todo el momento de la presentación? Le pregunto por eso.
A la Vicepresidenta. Ha contestado ya antes sobre lo que ha dicho Guindos o lo que les ha contado Guindos a sus compañeros del Eurogrupo, pero usted no nos cuenta cuáles son esas reformas que le ha contado Guindos y quería que nos trasladara, si es posible, la misma información, por lo menos, que Guindos ha trasladado al Eurogrupo, para que todos los ciudadanos españoles tengan por lo menos la misma información que los socios europeos, para que no suceda como otras veces que lo conocemos por periódicos europeos o demás.
Por último, sobre la reforma educativa de la que, aunque no se haya tratado hoy, "El País" publica hoy un borrador detallado. Lo que le quería preguntar es hasta dónde llega ese intento de recuperar el control de los contenidos de las autonomías, precisamente en este momento de tensión con Cataluña. ¿Qué voluntad tiene el Gobierno de recuperar ese control?
Sr. Soria.- En relación con su pregunta, la posición que siempre prevalece es la posición del Gobierno, que es un órgano colegiado y las decisiones en el Gobierno siempre son tomadas de manera colegiada.
Si usted me pregunta si hubo a lo largo de todos estos meses planteamientos alternativos para poder disminuir los costes o aumentar los ingresos y, por tanto, atajar el déficit eléctrico, digo: sí, el propio Ministerio de Industria estudió la posibilidad, por ejemplo, contemplada por parte del Tribunal Supremo en un auto del pasado día 26 de junio, de poder proceder, tal como hizo el Gobierno anterior en el Real Decreto del año 2010, por ejemplo, a disminuir el número de horas remuneradas con primas para una determinada tecnología, en este caso fotovoltaica, para un determinado período de tiempo, que fue de tres años. Lo estudiamos y lo desechamos.
Estudiamos también la posibilidad de proceder a una disminución en el nivel de primas, siguiendo también esa propia doctrina del Tribunal Supremo, para, en línea con lo que establece la Ley del Sector Eléctrico, ir a lo que se llama una rentabilidad razonable. Porque, claro, si el coste de producir energía eléctrica está a este nivel y la prima a este nivel, si baja el coste, tiene que bajar la prima. También nos lo planteamos.
Y nos planteamos también la posibilidad de recaudar más a través de un tributo. Nos planteamos un tributo de tipo variable y nos planteamos un tributo de tipo fijo.
Finalmente, el informe que yo he llevado en el día de hoy al Consejo de Ministros ha sido justamente el que ha salido y ése había sido un informe que habíamos acordado, tanto el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Sr. Ruíz Gallardón.- Estoy seguro de que, cuando usted tenga acceso al texto articulado que soporta el informe que yo he trasladado hoy al Consejo de Ministros, coincidirá conmigo en que es imposible que una reforma de esta envergadura, de esta profundidad, con el estudio que requiere y con la gente que ha participado en ella, obedezca a ningún tipo de motivo coyuntural.
Pero, en todo caso, le digo: es que tengo anunciado mi calendario. Lo tengo anunciado desde que hice mi comparecencia en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados y fue en esa Comisión de Justicia donde dijimos que presentaríamos un proyecto de reforma del Código Penal a la vuelta del verano, y del verano hemos vuelto; donde dijimos que íbamos a presentar una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en lo que afecta al Consejo General, en el mes de octubre, y lo presentaré en el mes de octubre sean cuáles sean las circunstancias; donde dijimos que presentaríamos en noviembre la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Demarcación y Planta, después de haber presentado también en esas fechas el Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal; y cuando llegue, antes de que termine el año, el Proyecto de Ley del Aborto.
Lo reitero ahora, con permiso de la Vicepresidenta, porque, si ocurren circunstancias de aquí a Navidades, recuerden ustedes mi compromiso de presentar estos textos legales.
Este Proyecto se empezó a trabajar desde que llegamos al Ministerio, hemos estado especialmente ultimándolo este verano, dijimos que lo presentaríamos a la vuelta del verano y le puedo asegurar que ninguna circunstancia de ninguna naturaleza, que a todos nos conmueven y, naturalmente, nos hacen pensar y meditar, ha sido determinante, en modo alguno, de la fecha de presentación.
Vicepresidenta.- Me preguntaba usted por el Plan Nacional de Reformas y, desde luego, estoy encantada de contarle de qué se trata y con un contenido sobre el que, incluso, creo que puedo ser hasta más prolija que el señor Guindos en sus reuniones internacionales.
Como saben, antes del mes de julio ya presentamos, como consecuencia del paquete para ajustar el déficit público del Real Decreto Ley de julio, un conjunto de medidas y tienen ustedes, además, un listado de relación de leyes que se iba a aprobar en el siguiente período. Como un Gobierno ordenado y coherente, nosotros elaboramos y presentamos a la Unión Europea, junto a los Presupuestos Generales del Estado, junto al Anteproyecto todavía, que después será Proyecto cuando se apruebe por Consejo de Ministros la Ley de Presupuestos Generales del Estado, lo que es la planificación de ese conjunto de reformas estructurales que necesita nuestra economía.
Haremos una doble cuestión: de un lado, el balance de lo que ya está presentado y aprobado, y el balance de lo que está pendiente de aprobación en las Cortes Generales. Les voy a poner un ejemplo, que es todo el paquete relativo a la lucha contra el fraude fiscal y laboral, tanto por leyes ordinarias, como también por Código Penal, que esperamos aprobar en el mes de noviembre, y la parte orgánica en el mes de diciembre, en las Cortes Generales. Es un proyecto muy importante, porque la lucha contra el fraude tiene que ser uno de los elementos básicos.
Junto a ello, han conocido en estos días un conjunto de reformas que está planteando el Gobierno; reformas, sobre todo, de competitividad, que afectan a modificaciones en el ámbito de los organismos supervisores y reguladores en nuestro país; reformas de competitividad que van en la línea de liberalización de los horarios comerciales, como hemos aprobado, o del comercio, pero también normativa en materia de unidad de mercado que ayude a eliminar trabas, a simplificar procedimientos y a un mercado mucho más coherente dentro de una nación como la nuestra, en que lo que tenemos que hacer es dar facilidades a empresarios, a trabajadores y a ciudadanos en general para seguir trabajando.
Junto a esas medidas, el Ministerio de Agricultura también prepara reformas importantes en el ámbito del medio ambiente y en el ámbito de la agricultura, junto con el sector de los transportes, que es uno básico en nuestra ordenación del sistema.
La educación, tanto lo que es la educación primaria, la secundaria y el Bachillerato, como la Formación Profesional, forman parte de uno de los objetivos básicos de reforma de este trimestre, junto, una vez que se obtengan los informes correspondientes de la Comisión creada al respecto, la reforma universitaria.
Pero también hay un terreno --y aprovecho que están aquí los Ministros-- en el que queremos trabajar mucho y es el ámbito de la seguridad jurídica en general, tanto en lo que afecta a la seguridad económica, como a la seguridad de otro orden. Hay reformas del Código Penal y va a haber reformas en otras leyes procesales, que permitan a este país, fundamentalmente, ganar en competitividad.
Es decir, ese Plan Nacional de Reformas, que se presentará juntamente con los Presupuestos Generales del Estado, hará balance de lo hecho, de lo que está pendiente de aprobación y de los compromisos que asumimos y les entregamos en ese mes de julio como principales reformas que se iban a acometer en los tres meses siguientes, y ordenaremos con un calendario las distintas reformas estructurales que se van a registrar en la Cámara.
Creemos que es oportuno, no sólo transmitirlo a los ciudadanos, sino también que nuestros socios europeos conozcan con suficiente antelación como en España se llevan a cabo reformas importantes: reformas de austeridad, reformas de control de déficit público, pero también reforma de sus Administraciones, liberalización de sus estructuras y reformas de competitividad en todos los ámbitos, que han sido compromisos de este Gobierno.
Me pregunta por una reforma que no ha pasado por Consejo de Ministros, porque las reformas llegan al Consejo de Ministros una vez que tienen todos los informes de los distintos Ministerios y es un texto cerrado. Estaré encantada, imagino que el Ministro también, porque bajará conmigo a presentarla, de detallarle su contenido cuando sea un Anteproyecto de Ley aprobado por el Consejo de Ministros.
P.- Al ministro Soria. Después de este paquete que ha anunciado de impuestos que van a ir a la generación eléctrica, ¿no tiene miedo de que luego las eléctricas repercutan estos impuestos en el precio de la luz de los hogares?
A la Vicepresidenta. Después de estas manifestaciones que estamos viendo de Artur Mas estos días y la manifestación de Barcelona, ¿ha mantenido el Gobierno algún contacto con la Generalitat? ¿Se han puesto en contacto para analizar la situación?
Sr. Soria.- Respecto a la primera parte de su pregunta, ya en la cuantía total del ajuste que hoy hemos presentado para el año 2013, 5.250 millones de euros, hay una distribución muy equitativa, digamos, entre el ajuste que soportan las empresas, tanto las de régimen ordinario como las de régimen especial; el ajuste que soporta la Administración Pública, la Administración General del Estado, y el ajuste que soportan los consumidores, incluyendo ya el ajuste que han soportado a lo largo de este año 2012, con las dos subidas del recibo de la luz.
Al final, éste es un mercado regulado, pero los precios se fijan por el doble mecanismo: una parte, la subasta y, otra parte, la de los peajes. Si sube o baja el precio, va a subir o bajar en función de lo que diga exactamente el mercado; pero no porque el Gobierno vaya a influir disminuyendo peajes o subiéndolos en función de cómo salga el precio resultante de la subasta. Por tanto, no está en la previsión del Gobierno que haya esa repercusión porque, insisto, ya en el propio planteamiento de estas medidas hay una distribución bastante equitativa sobre la distribución del precio del ajuste.
Vicepresidenta.- Me pregunta sobre contactos. No se ha hablado con el Gobierno de la Generalitat de la manifestación ni de sus implicaciones, y se mantiene el calendario de lo que vienen a ser contactos con presidentes autonómicos y con el conjunto de todos ellos en la Conferencia de Presidentes.
Muchas gracias.