Madrid
SUMARIO
Presidencia y para las Administraciones Territoriales
- ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid para la conservación de los olmos ibéricos.
- ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de cuatro Convenios entre el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, los servicios de salud de Extremadura y Andalucía y las Universidades de Córdoba y Murcia, para la realización de proyectos en el ámbito de la compra pública innovadora.
- ACUERDO por el que se toma conocimiento del informe sobre sanciones al Reino de España por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea en el año 2016 y en aplicación del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
- ACUERDO por el que se autoriza al Ayuntamiento de Aldea del Cano (Cáceres), la celebración de una consulta popular en relación con la fecha de celebración de una festividad local.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referendum del Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Islámica de Afganistán, por otra, se dispone su remisión a las Cortes Generales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho acuerdo.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho convenio.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Dominicana sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos.
- ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día Mundial y del Día Europeo contra la pena de muerte.
Defensa
- REAL DECRETO por el que se modifica la denominación del Centro de Enseñanza de Helicópteros y se modifica el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Concierto del Instituto Social de las Fuerzas Armadas con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2018 y 2019.
Hacienda y Función Pública
- REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y se modifican el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 5.019.279,12 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, por la citada cuantía, para atender el pago de la Sentencia, de 7 de diciembre de 2016, de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, relativa a la indemnización en concepto de daños y perjuicios a la empresa GALP Energía España, S.A.U., así como los intereses legales.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Fondo Español de Garantía Agraria la licitación del contrato de suministro de alimentos y la convocatoria de subvenciones para sufragar los gastos administrativos, de transporte y almacenamiento de los alimentos, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (Programa 2018).
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Instituto Social de las Fuerzas Armadas la celebración de conciertos con entidades de seguro para la prestación de asistencia sanitaria al colectivo de mutualistas y de beneficiarios, durante los años 2018 y 2019.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en el presupuesto de la Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Fomento el reajuste de anualidades en el programa de actuaciones relativo a la ordenación y fomento de la edificación.
Fomento
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato del proyecto de construcción de plataforma de la Línea de Alta Velocidad Vitoria-Bilbao-San Sebastián. Tramo: Mondragón-Elorrio-Bergara. Sector 1. Provincia de Guipúzcoa. Valor estimado del contrato 158.940.448,11 euros.
Educación, Cultura y Deporte
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina, para cambiar su denominación por la de Real Academia Nacional de Medicina de España.
Empleo y Seguridad Social
- REAL DECRETO LEY por el que se aprueba la reactivación extraordinaria y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Energía, Turismo y Agenda Digital
- REAL DECRETO por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de servicios de acceso de banda ancha fija de alta velocidad a 30 Mbits por segundo.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Entidad Pública Empresarial Red.es la concesión de ayudas de cuantía superior a doce millones de euros correspondientes a la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España - Destinos Turísticos Inteligentes.
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el 11 de abril de 2017.
- ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 11 de abril de 2017.
- ACUERDO por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Andalucía el 11 de abril de 2017.
Economía, Industria y Competitividad
- REAL DECRETO LEY de medidas urgentes en materia de movilidad de operadores económicos dentro del territorio nacional.
- REAL DECRETO por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Economistas de España.
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1381/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la convocatoria de préstamos correspondientes al Programa de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0, por importe máximo de 100.000.000 de euros.
- ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable en condiciones concesionales OCDE, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa para la realización de un proyecto llave en mano de diseño y construcción de una planta desalinizadora en Marruecos, por importe de hasta 12.177.323,92 de euros.
- ACUERDO por el que se aprueba la creación de una línea de financiación reembolsable en términos comerciales OCDE con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa para la realización de proyectos dentro del Plan de renovación y ampliación del sistema integrado de vigilancia y control de espacio aéreo de Centroamérica por importe de hasta 25 millones de dólares estadounidenses.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Economía, Industria y Competitividad
NUEVO MARCO PARA AGILIZAR LA MOVILIDAD DE LAS EMPRESAS EN TERRITORIO NACIONAL
- El consejo de administración será el competente para decidir el cambio de sede social, salvo que los estatutos digan lo contrario
- Para los estatutos vigentes, se requerirá una modificación que señale expresamente que el consejo no es competente
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional. La norma aclara quiénes son los órganos competentes para aprobar el cambio de sede social por parte de las sociedades que así lo decidan. Se facilitan los trámites de manera que salvo que exista una declaración expresa en contrario por parte de los estatutos de la sociedad, será el Consejo de Administración el competente para aprobarlo.
El Real Decreto Ley pretende dar plena efectividad al artículo 285 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital de 2010 mediante una aclaración de su contenido, para de esta forma facilitar su aplicación. En aquella norma del año 2010 se estableció que cualquier modificación de los estatutos sería competencia de la junta general y que, salvo disposición en contrario de los mismos estatutos, sería el órgano de administración el competente para cambiar el domicilio social dentro del término municipal. En una norma posterior, de mayo de 2015, se amplió el ámbito de aplicación a todo el territorio nacional y se estableció que "…salvo disposición contraria de los estatutos, el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional".
La decisión de hoy del Consejo de Ministros explicita que la "disposición contraria" existirá solo cuando los estatutos "dispongan expresamente que el órgano de administración no ostenta esta competencia". Es decir, se necesitará una mención expresa de los estatutos de la sociedad para que el consejo de administración no sea el competente para decidir el traslado de la sede social de la empresa.
Traslados de domicilios
El Real Decreto Ley contiene, además, una disposición transitoria para referirse a los traslados de domicilios de sociedades cuyos estatutos se hubiesen aprobado antes de esta reforma. En este caso, se entenderá que hay "disposición contraria" a los estatutos cuando "con posterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto Ley se hubiera aprobado una modificación estatutaria que expresamente declare que el órgano de administración no ostenta la competencia para cambiar el domicilio social".
La extraordinaria y urgente necesidad de la medida viene justificada por la exigencia de garantizar la plena vigencia del principio de libertad de empresa así como de respetar la prohibición de adoptar medidas que obstaculicen la libertad de establecimiento de los operadores económicos, ambos preceptos recogidos en la Constitución. Responde además a la demanda de amplios sectores empresariales ante las dificultades surgidas para el normal desarrollo de su actividad en una parte del territorio nacional.
Empleo y Seguridad Social
APROBADO, DE FORMA EXTRAORDINARIA Y HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2018, EL PLAN PREPARA
- Se asegura la continuidad de un programa que da cobertura a un colectivo que ha agotado su protección por desempleo
- Se introduce de nuevo la reducción del 20 por 100 en la cotización de los trabajadores del hogar
- La norma modifica también la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto Ley, la reactivación extraordinaria y por tiempo limitado, hasta el 30 de abril de 2018, del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (Plan PREPARA).
Desde su aprobación el Plan PREPARA ha dado cobertura a casi un millón de personas en toda España. La renovación de este programa es fruto del acuerdo al que llegaron Gobierno y Comunidades Autónomas por unanimidad, en la reunión mantenida el pasado día 18 de septiembre en la LXVI Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, tras varios meses de negociación.
Ese mismo proceso de negociación se ha llevado a cabo, en el marco del Diálogo Social, con los interlocutores sociales, con los que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social llevaba cerca de cuatro meses trabajando, en el marco de la Mesa del Plan de Choque para el Empleo, para garantizar y acordar que el Gobierno pudiese garantizar la continuidad del PREPARA.
En virtud de ese acuerdo, para recuperar el Programa se atribuyen excepcionalmente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) las funciones de concesión y pago de la ayuda económica de acompañamiento, con el fin de asegurar su continuidad. Con ello se logra no perjudicar a un colectivo que ha agotado su protección por desempleo.
Doce prórrogas
Hasta ahora el PREPARA se había prorrogado de forma automática en doce ocasiones; la vigencia de la última finalizó el día 15 de agosto de 2017. Sin embargo, tras una sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 20 de julio que consideraba que centralizar en el Servicio Público de Empleo Estatal la gestión de la ayuda económica a desempleados que han agotado el paro contraviene el orden constitucional de distribución de competencias en materia de empleo, se acordó por consenso la mejor forma de evitar un solo día de desprotección de quienes tuvieran acceso al programa.
Por ello, y tras finalizar su vigencia, era necesario aprobar un nuevo Programa que permita mantener el nivel de protección de las personas desempleadas de cara al futuro, pero también incorporando a aquellas que hubieran agotado su protección por desempleo entre el 16 de agosto y la fecha de aprobación de esta norma. Así, se evita que se produzca una discontinuidad respecto de los programas anteriores, con la consiguiente desprotección de los desempleados, lo que justifica la aprobación urgente de la norma.
Reducción de cotizaciones de las empleadas de hogar
Por otra parte, el Real Decreto Ley introduce de nuevo, mediante una disposición adicional, la reducción del 20 por 100 en la cotización de los trabajadores del hogar integrados en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con efectos desde el 1 de septiembre de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018.
Este beneficio en la cuota de las personas que prestan servicios en el hogar familiar se aplicó para incentivar la formalización de las relaciones laborales y reducir el alto índice de empleo sumergido del ámbito del trabajo doméstico. Dado que el objetivo sigue vigente, el Gobierno ha optado por reincorporar la reducción del 20% de la cuota de los trabajadores domésticos.
Modificación de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
Este Real Decreto Ley modifica también la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de 1 de junio de 2011, con la finalidad de delimitar claramente a qué entidades del sector público se les admite formalizar contratos de obra o servicio determinado con una duración superior a tres años. Con la redacción anterior podían surgir dudas sobre la aplicación de esta excepción en determinadas entidades del sector público, como fundaciones, consorcios y otros agentes de ejecución del sistema de ciencia e innovación.
La disposición adicional vigésimo tercera de la Ley de la Ciencia queda modificada de manera que la excepción al límite temporal de los contratos se aplicará a las Administraciones públicas, organismos públicos, universidades públicas y otras entidades del sector público consideradas agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
COMUNIDADES AUTÓNOMAS | Beneficiarios totales desde marzo de 2011 |
---|---|
Andalucía | 243.280 |
Aragón | 20.275 |
Principado de Asturias | 17.644 |
Illes Balears | 12.896 |
Canarias | 71.690 |
Cantabria | 11.352 |
Castilla la Mancha | 64.235 |
Castilla y León | 42.182 |
Cataluña | 119.717 |
Comunidad Valenciana | 110.676 |
Extremadura | 36.696 |
Galicia | 50.782 |
Madrid | 75.882 |
Región de Murcia | 40.931 |
Navarra | 8.867 |
País Vasco | 17.906 |
La Rioja | 4.797 |
Ceuta | 3.230 |
Melilla | 1.897 |
TOTAL | 954.935 |
Energía, Turismo y Agenda Digital
APROBADOS EL NUEVO BONO SOCIAL BASADO EN CRITERIOS DE RENTA Y DIVERSAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS CONSUMIDORES
- Los consumidores vulnerables se beneficiarán de un descuento del 25 por 100 en su factura eléctrica, que podrá llegar a ser del 40 por 100 en función de su nivel de renta y del 50 por 100 si, además, están siendo ya atendidos por los servicios sociales
- Se regula un mecanismo para evitar los cortes de suministro en el caso de los consumidores vulnerables en riesgo de exclusión social
- Se aprueban diversas medidas para reforzar la protección de los consumidores, mejorando la transparencia en la contratación y la información en caso de impagos en las facturas
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. De esta forma, una vez publicado el Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado y aprobada la Orden Ministerial que desarrolla el mecanismo de solicitud del bono, aquellos consumidores que cumplan con los requisitos establecidos podrán solicitarlo de manera inmediata.
El bono social es un descuento en la factura eléctrica al que pueden acogerse los consumidores domésticos según su nivel de renta y determinadas circunstancias personales.
Descuentos y consumidores que pueden acogerse al bono social.
- Los consumidores serán considerados como vulnerables y tendrán un 25 por 100 de descuento en su factura si cumplen los siguientes requisitos:
- La renta anual de la unidad familiar inferior a unos determinados umbrales, que varían en función del tamaño del hogar. El umbral se incrementará para el caso de personas con discapacidad, para víctimas de violencia de género o de terrorismo.
- Los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas también serán considerados consumidores vulnerables.
- Se amplía el descuento hasta el 40 por 100 para los consumidores vulnerables severos, que serán aquellos cuya renta familiar sea inferior a la mitad de los umbrales establecidos para los vulnerables.
Se establecen, además, unos límites máximos de consumo eléctrico a los que será aplicable el descuento del bono social con la finalidad de asegurar la eficiencia en el consumo energético.
Financiación del bono social por las compañías eléctricas
Se regula la obligación a las empresas comercializadoras (o sus matrices, en el caso de grupos empresariales) de financiar el bono social, en función de su cuota de clientes. De esta forma, se mantiene el sistema por el cual el coste del bono social es asumido por las empresas comercializadoras como un servicio de interés general, sin cargarlo sobre los consumidores o los Presupuestos Generales del Estado.
Medidas para reforzar la protección del consumidor en la comercialización y ante los cortes de suministro.
- Las comercializadoras estarán obligadas a comunicar los impagos en un plazo máximo de dos meses, para evitar que se acumulen retrasos que no sean detectados por los consumidores.
- Las compañías eléctricas deberán informar expresamente al consumidor que decidiera contratar en el mercado libre, de que está renunciando a su derecho a percibir el bono social.
- En el caso de los consumidores vulnerables, se amplía de dos a cuatro meses el plazo para suspender el suministro, una vez que se ha producido el impago. De esta forma, será posible actuar con mayor eficacia en la detección de los casos donde deban adoptarse medidas de política social para atender a los hogares en peor situación.
- Además, en caso de impago, las compañías eléctricas deberán informar a los consumidores de la posibilidad de acogerse al bono social, sin asumir costes por el cambio de contrato, de forma que la aplicación del mismo pueda ser una primera medida para recuperar la normalidad de los pagos.
- Se regula, igualmente, un mecanismo para evitar los cortes de suministro en los casos con mayor riesgo social. Aquellos consumidores vulnerables severos que estén siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50 por ciento del importe de su factura, debido a su especial protección, serán considerados como consumidores en riesgo de exclusión social.
Para este colectivo, las comercializadoras de electricidad deberán asumir el resto de la factura y no podrá, por tanto, procederse al corte de suministro en caso de impago. En estos casos, se establece un mecanismo para que las comercializadoras de electricidad realicen una aportación financiera adicional a la hora de evitar cortes de suministro.
Solicitud y renovación del bono social
Aquellos consumidores que actualmente ya disponen del bono social lo podrán mantener durante seis meses sin necesidad de renovación, disfrutando, así, de un descuento en su factura durante todo el período invernal.
Los consumidores podrán presentar su solicitud para acogerse al bono social y la documentación acreditativa por diversos medios: por teléfono; en la web de la empresa comercializadora; en las oficinas de la empresa; por fax, por correo postal o por correo electrónico a la dirección que señale el comercializador.
Para agilizar la comprobación de los requisitos de renta, se dispondrá próximamente de una aplicación informática para verificar la información disponible en la Agencia Tributaria.
Energía, Turismo y Agenda Digital
AYUDAS PARA EXTENDER LA BANDA ANCHA EN ZONAS DE BAJA DENSIDAD DE POBLACIÓN
- El programa está destinado a facilitar de forma inmediata el acceso a Internet de alta velocidad en áreas que disponen de cobertura inferior a 10 Mbits/s
El Consejo de Ministros ha aprobado un programa de ayudas que prevé la concesión directa de subvenciones para la contratación de servicios de acceso de banda ancha fija de alta velocidad a 30 Mbits/s.
Podrán beneficiarse de modo inmediato, tanto las personas físicas, como autónomos, pymes, entidades sin ánimo de lucro y ayuntamientos con una población igual o inferior a cinco mil habitantes, que recibirán un máximo de cuatrocientos euros de subvención.
La ayuda pretende sufragar el coste del equipo de usuario, su instalación y puesta en funcionamiento, de forma que los usuarios no tendrán que asumir pago alguno por el alta del servicio y solamente deberán hacerse cargo de las cuotas mensuales del servicio que hayan contratado.
El programa se enmarca en el conjunto de medidas que está desarrollando el Gobierno para reducir la brecha digital y garantizar que todos los ciudadanos dispongan de acceso a internet fijo a alta velocidad.
La medida está dirigida a aquellos usuarios residentes en las zonas que aún no disponen de cobertura de 10 Mbits/s. Se estima que esta carencia de cobertura afecta a un 10 por 100 de la población (1.852.156 hogares), de los cuales el 70 por 100 están situados en entidades de población con menos de cinco mil habitantes.
Neutralidad tecnológica
La entidad pública empresarial Red.es, adscrita a la Secretaría de Estado de Sociedad de la Información y Agenda Digital, será la encargada de la puesta en marcha inmediata del programa, cuya convocatoria se hará pública en los próximos días. Este plan se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2020, y se podrá ampliar por un periodo de dos años.
Las subvenciones cubrirán los gastos directamente relacionados con el alta de los usuarios en servicios de acceso a banda ancha fija, a una velocidad mínima de transmisión de datos de 30 Mbits/s, con independencia de la tecnología empleada: red fija, inalámbrica o satelital. El usuario podrá contratar el servicio con cualquiera de los operadores que se adhieran al programa.
Este programa ha sido objeto de una consulta pública abierta a todas las partes interesadas que terminó el pasado 8 de septiembre. Además, estas ayudas contribuirán a que España cumpla con los objetivos de la Agenda Digital para Europa en el ámbito de la conectividad, que establecía entre sus objetivos que todos los europeos accedan a conexiones de banda ancha a una velocidad de, al menos, 30 Mbits/s antes de 2020.
Energía, Turismo y Agenda Digital
SESENTA MILLONES DE EUROS PARA EL PROGRAMA "DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES"
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Entidad Pública Empresarial Red.es la concesión de ayudas para desarrollar la iniciativa "Destinos Turísticos Inteligentes" por valor de sesenta millones de euros con el objetivo de impulsar la digitalización de esta actividad.
En concreto, "Destinos Turísticos Inteligentes" es un programa dirigido a entidades locales con una oferta turística significativa. Persigue la transformación digital de esta actividad, así como la mejora de su eficiencia energética, a través del empleo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
Para ello, Red.es, adscrita a la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, publicará en las próximas semanas una convocatoria de ayudas, por valor de sesenta millones de euros, cofinanciada con cargo a FEDER dentro del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente.
El presupuesto de cada iniciativa presentada no podrá ser superior a seis millones de euros, de los cuales Red.es financiará un máximo del 80 por 100 y cada entidad participante entre el 20 por 100 y el 40 por 100. Las actuaciones serán ejecutadas posteriormente por Red.es, en coordinación con cada beneficiario.
Esta nueva convocatoria da continuidad a las tres anteriores de ciudades inteligentes puestas en marcha por Red.es que, con un presupuesto total de 109,5 millones de euros, están beneficiando a más de cuarenta entidades locales.
Fomento
AUTORIZADA LA LICITACIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DEL TRAMO FERROVIARIO MONDRAGÓN-ELORRIO-BERGARA (SECTOR I)
- El tramo, con una longitud de 5,1 kilómetros, forma parte del denominado 'Nudo de Bergara', que permitirá la conexión de alta velocidad entre las tres capitales vascas. El valor estimado del contrato asciende a cerca de 159 millones de euros sin IVA
El Consejo de Ministros ha autorizado la licitación, por el Ministerio de Fomento y a través de ADIF Alta Velocidad, del proyecto constructivo del tramo Mondragón-Elorrio-Bergara (sector I), incluido en la Línea de Alta Velocidad (LAV) Vitoria/Gasteiz-Bilbao-Donostia/San Sebastián-Frontera francesa, por un importe de 158.940.448,1 euros, sin IVA.
La ratificación por el Consejo de Ministros del acuerdo adoptado por Adif AV viene a refrendar el compromiso del Gobierno y el Ministerio de Fomento con la conclusión de las obras de la Línea de Alta Velocidad en el horizonte del año 2023.
El tramo Mondragón-Elorrio-Bergara (sector I), con una longitud aproximada de 5,1 kilómetros y que discurre íntegramente por el municipio de Bergara, forma parte del denominado "Nudo de Bergara", que permitirá el enlace ferroviario directo en alta velocidad entre las tres capitales vascas y la bifurcación de la Línea de Alta Velocidad.
El tramo es uno de los tres sectores en los que se ha subdividido el conjunto del "Nudo de Bergara", que tras su reestructuración ha quedado distribuido en los siguientes trayectos: Mondragón-Elorrio-Bergara (sector 1), Eje Este Mondragón-Bergara (sector 2) y Eje Oeste Mondragón-Bergara (sector 3).
Tres túneles y dos ramales de vía única
El proyecto del tramo Mondragón-Elorrio-Bergara (sector I) que ahora se licita incluye la construcción de tres túneles: Udalaitz Este (2.319 metros), Udalaitz Oeste (2.313 metros), Kortazar (1.681,65 metros de vía doble), el viaducto de Arantostei (20 metros), y el túnel artificial de Angiozar (200 metros).
El tramo está compuesto por dos ramales de vía única denominados ejes Mondragón-Bergara Oeste, Mondragón-Bergara Este y un ramal de vía doble denominado eje Elorrio-Bergara, con longitudes de 2.739,9 metros, 2.693,3 metros y 2.428,7 metros, respectivamente.
Este tramo conecta al inicio con el tramo Mondragón-Elorrio-Bergara, sector 2 y sector 3, respectivamente, y al final con el tramo Bergara-Bergara proyectado en junio de 2010 por ETS (Euskal Trenbide Sarea).
El proyecto cuenta, además, con todas las medidas de seguridad, entre las que se incluyen ocho galerías de conexión entre túneles, así como la construcción de muros, drenajes, integración ambiental, instalaciones auxiliares, reposición de servidumbres y servicios, y cuantas actuaciones sean precisas durante la realización del proyecto.
Fondos europeos
Esta actuación está cofinanciada por el Mecanismo "Conectar Europa". El Banco Europeo de Inversiones participa también en la financiación de esta línea.
Economía, Industria y Competitividad
CIEN MILLONES PARA PROYECTOS DE I+D+i EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la convocatoria de préstamos correspondientes al programa de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0, por un importe máximo de cien millones euros.
La iniciativa concederá préstamos a proyectos dirigidos a cuatro áreas estratégicas para la modernización de la industria: investigación industrial, desarrollo experimental e innovación en organización y procesos. Estas inversiones pueden generar 1.300 puestos de trabajo directos e indirectos. El plazo para realizar las propuestas es de quince días desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Algunas de las áreas temáticas que contempla la iniciativa son proyectos para soluciones de negocio y plataformas colaborativas; tratamiento masivo de datos; fabricación aditiva; robótica avanzada; sensores y sistemas embebidos. Supone, en la práctica, investigaciones sobre aplicaciones que usan la información recogida en la cadena de producción; visualización de datos; nuevos procesos de impresión 3D; robótica colaborativa persona-máquina; y proyectos de realidad aumentada y virtual.
Las iniciativas seleccionadas accederán a préstamos reembolsables a diez años, (tres años de carencia y sietede amortización) con tipo de interés referenciado al Euribor. Desde la resolución de la concesión se concede un plazo para realizar las actuaciones de dieciocho meses.
Entre los gastos financiables por el programa se encuentran los costes de personal, instrumental y material inventariable, y los costes de investigación contractual. El impacto en el empleo se calcula en cinco puestos directos por cada millón de euros de financiación concedida; por lo tanto, entre puestos directos e indirectos se espera la creación de casi 1.300 empleos.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DE LOS DÍAS MUNDIAL Y EUROPEO CONTRA LA PENA DE MUERTE
El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración del Gobierno con motivo del Día Mundial y del Día Europeo contra la pena de muerte.
Desde 2003, el 10 de octubre se viene celebrando el Día Mundial contra la Pena de Muerte y, desde 2007, también el Día Europeo contra la Pena de Muerte.
El Gobierno de España quiere marcar el Día Mundial y Europeo contra la Pena de Muerte con una declaración institucional adoptada por acuerdo del Consejo de Ministros que reitera su oposición a la pena de muerte en todos los casos y circunstancias, con independencia de la gravedad del crimen cometido.
La promoción de la abolición de la pena de muerte es una prioridad de la política exterior de España en materia de derechos humanos. España ha desarrollado un papel destacado y reconocido por otros Estados en la defensa de la abolición de la pena de muerte en foros internacionales: Unión Europea, Consejo de Europa, Naciones Unidas y Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.
Firme posición de España
En los últimos años, la firme posición de España en contra de la pena de muerte se ha plasmado en la creación, y apoyo posterior, de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte, que en junio de 2016 trasladó su sede a Madrid; en la celebración del V Congreso Mundial contra la pena de muerte, en Madrid del 12 al 15 de junio de 2013, y en el apoyo a la organización del VI Congreso Mundial, celebrado en Oslo en junio de 2016.
España apoya, además, las campañas que cada dos años tienen lugar en Nueva York y en terceros países para lograr más votos en la resolución por una moratoria universal de la pena de muerte en la Asamblea General de Naciones Unidas, la última de ellas aprobada en noviembre de 2016, durante su 71º período de sesiones.
TEXTO DE LA DECLARACIÓN
Con motivo, por tanto, de esa conmemoración el Gobierno formula la siguiente Declaración:
"El Gobierno de España reitera en este XV Día Mundial su oposición a la pena de muerte en todos los casos y circunstancias, con independencia de la gravedad del crimen cometido, por considerar que constituye un castigo cruel, inhumano y degradante, que implica serias violaciones de derechos humanos, carece de efectos disuasorios probados en el comportamiento criminal y provoca efectos irreparables en caso de error judicial.
La abolición de la pena capital tiene su fundamento en el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que España es parte. Junto a ello, los Protocolos nº 6 y 13 al Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, en los España también es parte, prescriben en conjunto la completa abolición de la pena de muerte en el ámbito del Consejo de Europa.
La lucha contra la pena de muerte constituye una prioridad de la política exterior española en materia de derechos humanos. La abolición universal, la moratoria como fase intermedia en el camino hacia la abolición y el respeto de los estándares internacionales mínimos en materia de pena de muerte constituyen los vértices de la política de España y de la Unión Europea en este ámbito.
España se ha distinguido en la lucha internacional en favor de la abolición, a través de la creación de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte en 2010, a la que sigue apoyando y que desde junio de 2016 tiene su sede en Madrid, así como a través del apoyo a los Congresos Mundiales contra la Pena de Muerte, acogiendo la celebración de su V edición en Madrid en junio de 2013 y apoyando la VI edición, que tuvo lugar en junio de 2016 en Oslo. España participa también en la amplia coalición de Estados que cada dos años promueven en la Asamblea General de las Naciones Unidas una resolución sobre la moratoria mundial de la aplicación de la pena de muerte, habiendo sido adoptada la sexta resolución sobre esta cuestión en noviembre de 2016, durante la 71ª Asamblea General de las Naciones Unidas.
El Gobierno de España mantendrá sus esfuerzos e intensificará sus acciones en los distintos foros internacionales para conseguir la aplicación de una moratoria efectiva y universal de la pena de muerte, como paso previo a su total abolición."
Defensa
AUTORIZADA LA CELEBRACIÓN DE UN CONCIERTO PARA LA ASISTENCIA SANITARIA A PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) a celebrar un Concierto con entidades de seguro para la prestación de asistencia sanitaria a titulares y demás beneficiarios del mismo que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante los años 2018 y 2019, con un valor estimado de 971.699.447 euros. Además, ha autorizado modificar los límites de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la firma del Concierto.
Los efectos del Concierto se iniciarán el 1 de enero del 2018 y se extenderán hasta el 31 de diciembre del 2019 y, si la entidad concertada no suscribiera un nuevo Concierto para 2020, continuará obligada hasta el 31 de enero de ese mismo año.
Las contingencias cubiertas por el Concierto son las derivadas de enfermedad común o profesional, lesiones derivadas de accidente, cualquiera que sea la causa, incluso si se trata de un acto de terrorismo; y por embarazo, parto y puerperio, así como las actuaciones preventivas recogidas en el mismo.
Colectivo protegido
El colectivo protegido por el Concierto está compuesto por los titulares y beneficiarios a quienes el ISFAS haya reconocido dicha condición y los haya adscrito a la entidad. También podrán incluirse en el colectivo protegido por el Concierto, y tendrán la consideración de beneficiarios del mismo, los alumnos militares extranjeros, acogidos a programas de cooperación con otros países en materia de enseñanza, que sean adscritos a la entidad por el ISFAS.
El derecho a la utilización de los medios de la entidad podrá ejercitarse en todo el territorio nacional, con independencia de que los mismos sean propios, concertados o subconcertados.
La cartera de servicios objeto del concierto se estructura en las siguientes prestaciones:
- Atención Primaria.
- Atención Especializada.
- Atención de Urgencias.
- Cuidados Paliativos.
- Salud bucodental.
- Trasporte sanitario.
- Prestación Farmacéutica y con productos dietéticos.
- Otras Prestaciones:
- Oxigenoterapia y otras terapias respiratorias.
- Prestación ortoprotésica.
- Programas preventivos.
- Podología.
El precio se establecerá mediante una prima o cuota mensual por cada persona, diferenciada en función de la edad.
Defensa
MODIFICADA LA DENOMINACIÓN DEL CENTRO DE ENSEÑANZA DE HELICÓPTEROS
- Además, se incluye a la Academia de Aviación del Ejército de Tierra entre los centros docentes militares
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en virtud del cual se modifica la denominación del Centro de Enseñanza de Helicópteros y se modifica otro Real Decreto del 15 de enero de 2010 por el que se aprobó el Reglamento de Ingreso y Promoción y de Ordenación de la Enseñanza de Formación en las Fuerzas Armadas.
Un Real Decreto del 2 de diciembre de 2016 modificó el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, creando la especialidad "Aviación del Ejército de Tierra" en la escala de oficiales y modificando la de "Helicópteros" por la de "Aviación del Ejército de Tierra" en la escala de suboficiales. Como consecuencia de ello el Real Decreto hoy aprobado modifica el nombre del centro de enseñanza en el que se impartirá dicha especialidad fundamental, que pasa de denominarse "Centro de Enseñanza de Helicópteros" a "Academia de Aviación del Ejército de Tierra".
Centros docentes militares
Asimismo, se modifica un Real Decreto del 15 de enero de 2010 para incluir a la Academia de Aviación del Ejército de Tierra entre los centros docentes militares de formación. Se da, así, cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de la Carrera Militar, cuando dice que la formación militar general y específica para incorporarse a la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra se podrá completar en los siguientes centros docentes militares: Academia de Infantería, Academia de Caballería, Academia de Artillería y Academia de Ingenieros.
La Academia de Aviación del Ejército de Tierra, además de mantener las funciones del actual Centro de Enseñanza de Helicópteros (CEFAMET), impartirá la enseñanza de formación de la especialidad fundamental Aviación del Ejército de Tierra del Cuerpo General del Ejército de Tierra, tanto para la escala de oficiales como de suboficiales, así como la enseñanza de perfeccionamiento del campo de actividad de las Fuerzas Aeromóviles y los Sistemas Aéreos no Tripulados del Ejército de Tierra.
Economía, Industria y Competitividad
VEINTICINCO MILLONES PARA FINANCIAR PROYECTOS EN EL SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL ESPACIO AÉREO DE CENTROAMÉRICA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para la concesión de una línea de crédito reembolsable en condiciones comerciales OCDE, por importe de hasta veinticinco millones de dólares, a la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA), para ejecutar operaciones a realizar por empresas españolas dentro del Plan de Renovación y Ampliación del Sistema Integrado de Vigilancia y Control del Espacio Aéreo de Centroamérica. El plazo de amortización será de diez años.
La beneficiaria de la línea, COCESNA, es una institución internacional de integración centroamericana de servicio público sin ánimo de lucro. Tiene autonomía financiera y presta servicios en las áreas de navegación aérea, capacitación y seguridad aeronáutica en los seis Estados miembros y accionistas a partes iguales (16,6 por 100 cada uno de ellos): Honduras, Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y Belice. La Corporación prevé una inversión para los primeros cinco años (2016-2020) de 45 millones de dólares.
La aprobación de esta Línea permitirá financiar de una forma más ágil las operaciones que se imputen a la misma al reducir los plazos de aprobación y tramitación. Ello permitirá dar un apoyo más eficaz a la internacionalización de las empresas españolas en un sector de gran interés para España.
Economía, Industria y Competitividad
CRÉDITO PARA UN PROYECTO DE UNA PLANTA DESALINIZADORA EN MARRUECOS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para la concesión de un crédito reembolsable, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) en condiciones concesionales OCDE, de hasta 12.177.323 euros, a la Oficina Nacional de Electricidad y Agua Potable del Reino de Marruecos para el diseño y construcción de una planta desalinizadora de agua de mar, que abastecerá de agua potable a diversas poblaciones de las regiones de Alhucemas y de Nador.
El crédito, que cuenta con la garantía soberana de Marruecos, tendrá un tipo de interés del 0,1 por 100 fijo anual, un plazo de amortización de hasta cuarenta años, con veinte años de carencia y un grado de concesionalidad (porcentaje del interés subvencionado) del 42,4 por 100. El préstamo no genera déficit público, ya que la financiación se realizará con cargo a los recursos del propio FIEM.
La empresa suministradora es Tedagua (Técnicas de Desalinización de Aguas, S.A.), con más de treinta años de experiencia en el campo de la desalinización y el tratamiento de aguas en general. Se trata de un proyecto de un elevado arrastre exportador, ya que más del 45 por 100 de los bienes y servicios exportados son españoles. Además, contribuirá al proceso de internacionalización de la empresa e impulsará el posicionamiento de las compañías españolas en el sector de agua en la región.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO DE COOPERACIÓN SOBRE ASOCIACIÓN Y DESARROLLO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y AFGANISTÁN
El Consejo de Ministros ha aprobado la firma ad referendum del Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Islámica de Afganistán, por otra, ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales y ha autorizado la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo.
Este Acuerdo responde al deseo de la Unión Europea, de sus Estados miembros y de Afganistán de intensificar el diálogo y la cooperación mutuos y constituye el marco jurídico para la cooperación que vienen desarrollando la Unión Europea y Afganistán desde 2001, consagrada en la Estrategia de la Unión Europea para Afganistán, adoptada por el Consejo de la Unión Europea en junio de 2014 y en el programa indicativo plurianual 2014-2020 en el marco del Instrumento de Cooperación para el Desarrollo.
El objetivo de este Acuerdo es establecer una asociación con el fin de fortalecer el diálogo y la cooperación mutuos, tanto a nivel sectorial como regional, utilizando como instrumentos la cooperación en los ámbitos político, de ayuda al desarrollo, en materia de comercio e inversión y en materia de justicia y asuntos de interior.
Primera relación contractual
Con este Acuerdo se establece la primera relación contractual Unión Europea-Afganistán. Proporciona un marco jurídico para un compromiso a largo plazo de la Unión Europea con Afganistán y con el pueblo afgano, en el contexto del proceso de paz. Además, busca fortalecer las instituciones afganas para defender los progresos logrados hasta la fecha y seguir avanzando hacia un Estado más eficaz y, en última instancia, sostenible.
Sus objetivos específicos son la promoción de la paz y la seguridad, la consolidación de la democracia, el desarrollo económico y humano, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la protección de los derechos humanos, en particular los de la mujer.
El Acuerdo prevé una validez inicial de diez años, con prórroga automática por períodos consecutivos de cinco años.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO CON FINLANDIA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo, y ha autorizado la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo.
Este Convenio tiene por objeto posibilitar un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en el ámbito internacional, proporcionar un marco actualizado de seguridad jurídica y fiscal que favorezca los intercambios económicos entre los dos países, y facilitar la cooperación entre las respectivas autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones.
Se aplicará a las personas residentes de uno o ambos Estados y respecto de los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de ellos o sus subdivisiones políticas o locales.
En el Convenio se señalan los criterios relativos a la imposición sobre las rentas inmobiliarias; beneficios empresariales; transporte marítimo y aéreo; empresas asociadas; dividendos; intereses; cánones; ganancias de capital; rentas del trabajo; remuneraciones de consejeros; rentas de artistas y deportistas; pensiones; anualidades y pagos análogos; función pública; estudiantes y otras rentas.
Se incluyen disposiciones relativas a los métodos para eliminar la doble imposición, a la aplicación de criterios de no discriminación, al procedimiento amistoso en caso de discrepancia con la forma de aplicación y al intercambio de información -adaptado al estándar de la OCDE- entre las respectivas autoridades competentes.
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
AUTORIZACIÓN AL FEGA PARA LICITAR EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA PERSONAS MÁS DESFAVORECIDAS
El Consejo de Ministros ha autorizado compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a fin de posibilitar la licitación, por parte del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), del contrato de suministros de alimentos, en el marco del Programa Operativo del Fondo de ayuda europea para las personas más desfavorecidas 2018.
Este Acuerdo permitirá al FEGA anticipar al ejercicio de 2017 el inicio del procedimiento de contratación de los alimentos correspondientes al Programa de Ayuda Alimentaria a las personas más desfavorecidas 2018. De esta forma, se podrá adelantar a mayo de 2018 la primera fase del suministro de alimentos, para reducir el espacio temporal con la tercera y última fase de entrega de los alimentos del Programa de 2017, prevista para febrero de 2018.
Asimismo, permitirá que el FEGA pueda publicar en 2017 la convocatoria de las subvenciones para los gastos administrativos, de almacenamiento y de transporte por parte de las Organizaciones Asociadas de Distribución, por su participación en el programa 2018 de ayuda alimentaria. Estas organizaciones reciben los alimentos adquiridos por el Fondo Español de Garantía Agraria en sus almacenes, distribuidos en todo el territorio nacional, para que puedan llegar a las personas necesitadas.
Educación, Cultura y Deporte
MODIFICADOS LOS ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA PARA EL CAMBIO DE SU DENOMINACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro del 27 de mayo de 2011, por el que se aprobaron los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina, para establecer la nueva denominación de Real Academia Nacional de Medicina de España, con el fin de una mejor identificación internacional en sus relaciones con entidades de otros países.
Proyección internacional
La actual actividad de las Reales Academias se caracteriza por una creciente proyección internacional. En el caso de la Real Academia Nacional de Medicina de España, resulta emblemático el proyecto del "Diccionario panhispánico de términos médicos", en el que participan Academias de Medicina de diez países latinoamericanos. En ese ámbito internacional, se considera necesario que la denominación de la Academia incluya el término "de España", a efectos de identificación.
La inclusión del término "Nacional" en la denominación de la Academia ha tenido mucha relevancia en su trayectoria, dada la existencia de las Reales Academias de Medicina de Distrito, cuyos Estatutos fueron aprobados por un Real Decreto de 14 de mayo de 1886, un Decreto de 17 de noviembre de 1945 y un Decreto del 12 de junio de 1970. Por tanto, resulta conveniente mantenerlo.
Los nuevos Estatutos incorporan la nueva denominación en su articulado e incluyen una disposición adicional única, "Referencias normativas", que específica que todas las referencias del ordenamiento jurídico a la Real Academia Nacional de Medicina se entenderán realizadas a la Real Academia Nacional de Medicina de España.
Antecedentes
Los antecedentes de esta corporación se remontan a la tertulia de médicos, cirujanos y farmacéuticos que empezó a reunirse a comienzos del siglo XVIII en una oficina de farmacia madrileña. Esta iniciativa se formalizó el 12 de julio de 1733 con el nombre de "Tertulia Literaria Médica Matritense". Por Real Cédula del 13 de septiembre de 1734 se convirtió en "Academia Médica Matritense"; por un Real Decreto del 28 de abril de 1861 se reorganizó como "Real Academia de Medicina de Madrid"; por un Real Decreto del 29 de noviembre de 1876 se aprobaron unos nuevos Estatutos como "Real Academia de Medicina", y en los Estatutos aprobados por un Real Decreto de 25 de enero de 1917 se consagró la denominación de "Real Academia Nacional de Medicina".
Aunque en los posteriores Estatutos, aprobados por un Decreto del 29 de marzo de 1941, se denominó "Real Academia de Medicina", recuperó el nombre de "Real Academia Nacional de Medicina" en los aprobados por un Decreto del 21 de mayo de 1954 y por un Decreto del 7 de diciembre de 1967.
Economía, Industria y Competitividad
MODIFICADOS LOS REQUISITOS PARA FABRICAR Y COMERCIALIZAR LOS GENERADORES DE AEROSOLES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de agosto de 2009 por el que se establecieron los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles, con el fin de transponer a la legislación nacional una Directiva comunitaria de 2016 sobre los generadores de aerosoles.
La norma, por un lado, clarifica y da más coherencia a los requisitos de clasificación, etiquetado y envasado; por otro, incrementa la presión admisible de los generadores de aerosoles que usan gases no inflamables. Ello afectará a los aerosoles que utilizan gases comprimidos o disueltos en sustancias como CO2, aire o nitrógeno comprimido.
Con la mayor flexibilidad que introduce esta norma, los diseños de estos productos podrán ser más eficientes ya que la presión del contenido no disminuirá tan rápido con el uso. El objetivo es adaptar la legislación a los avances científico-técnicos en la materia, dar más posibilidades de elección a los fabricantes en cuanto a la presión y armonizar las diferentes normas de los Estados miembros, lo que beneficiará al funcionamiento del mercado interno.
Economía, Industria y Competitividad
RATIFICADAS LAS AUTORIZACIONES PARA CUATRO CONVENIOS SOBRE PROYECTOS EN EL ÁMBITO DE LA COMPRA PÚBLICA INNOVADORA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de cuatro convenios entre el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, los servicios de salud de Extremadura y Andalucía y las Universidades de Córdoba y Murcia, para la realización de proyectos en el ámbito de la compra pública innovadora.
Se trata de proyectos que han sido seleccionados por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para su cofinanciación por el FEDER en el ámbito de la compra pública innovadora con fondos asignados al Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020, dedicado a potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.
El presupuesto total asciende a 30.067.865 euros, de los que el Ministerio financiará el 80 por 100 de cada proyecto en concepto de anticipo reembolsable y el 20 por 100 restante será la aportación nacional a través del beneficiario.
Los convenios cuya autorización provisional hoy se ratifica son los siguientes:
- El Convenio Proyecto "Diagnóstico y tratamiento de precisión en enfermedades infecciosas y cáncer", (con el Servicio Andaluz de Salud) busca desarrollar soluciones que permitan un diagnóstico más rápido, seguro y eficiente de resistencias antimicrobianas.
- El Convenio Proyecto "Sistema de medicina personalizada aplicada" (con el Servicio Extremeño de Salud), trata de impulsar actividades de I+D+i para mejorar la calidad de vida de pacientes y ahorrar en tratamientos farmacológicos mediante un programa de prescripción médica integrada y personalizada.
- El Convenio Proyecto "INNOLIVAR", Innovación y tecnología para un olivar sostenible (con la Universidad de Córdoba) pretende actuar de catalizador de la innovación, para la mejora del servicio público y de la actividad económica en función de las demandas del sector del olivar
- El Convenio Proyecto "Hércules: Semántica de datos de investigación de universidades" (con la Universidad de Murcia) busca fomentar la innovación empresarial en materia de Interoperabilidad Semántica de Nodos Universitarios de Información de Investigación, para la gestión y conexión de datos.
Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS OLMOS IBÉRICOS
- La finalidad del "Programa español de conservación y mejora de los olmos ibéricos" es la obtención de ejemplares resistentes a la enfermedad de la grafiosis
El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Universidad Politécnica de Madrid, para la conservación de los olmos ibéricos.
El Convenio permitirá continuar con la colaboración entre ambas instituciones, con el "Programa español de conservación y mejora de los olmos ibéricos" en respuesta a la mortalidad de miles de olmos a nivel mundial por efecto de la denominada "grafiosis agresiva" a comienzos de la década de los 80, hasta casi la total desaparición de esta especie emblemática en los montes y pueblos de España.
Se establecen el sistema de colaboración y las aportaciones de cada una de las partes en el desarrollo del "Programa español de conservación y mejora de los recursos genéticos de los olmos ibéricos", cuyas actuaciones se enmarcan en el Programa Nacional de Desarrollo Rural.
Así, el Ministerio aportará infraestructuras, instalaciones, terrenos y medios materiales y humanos y financiará el desarrollo de las actuaciones con un máximo total de 828.674 euros, de los cuales un máximo de 621.505 euros podrán formar parte de la contribución del FEADER al Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.
Por su parte, la Universidad Politécnica de Madrid contribuirá también con sus infraestructuras, instalaciones y medios materiales y humanos a través de la Unidad de Anatomía, Fisiología y Genética Forestal de la Escuela de Ingeniería de Montes, Forestal y del Medio Natural de Madrid, y se compromete a aportar adicionalmente los medios necesarios para la consecución de los objetivos y la actuaciones previstas.
Conservación y mejora de los olmos ibéricos
La finalidad del "Programa español de conservación y mejora de los olmos ibéricos" es la obtención de ejemplares resistentes a la enfermedad utilizando técnicas de mejora genética forestal.
Los resultados obtenidos han permitido sentar las bases necesarias de conocimiento para el éxito de un programa de conservación y mejora genética. Actualmente se cuenta con siete tipos de olmo ibérico cuyas réplicas pueden ser destinadas a la recuperación de las olmedas naturales, restauración de riberas y uso ornamental.
Se trata de la primera vez en Europa que se obtienen ejemplares autóctonos de "Ulmus minor" resistentes a la grafiosis.
Así, tras más de treinta años de actividad continuada, el Programa Español se sitúa como pionero en la conservación y mejora de los olmos a nivel internacional.
Economía, Industria y Competitividad
APROBADOS LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, los Estatutos que regulan la naturaleza, funciones y órganos de gobierno del Consejo General de Economistas como la entidad que, en el ámbito de su competencia, agrupa, coordina y representa a los Colegios de Economistas unificados, así como a los Colegios de Economistas y los de Titulares Mercantiles.
La norma, por otra parte, regula la ventanilla única, prevista en la Ley de Colegios Profesionales, como instrumento para facilitar a colegiados y consumidores la realización por vía electrónica y de forma gratuita, a través de los Colegios, de todos aquellos actos previstos por la mencionada Ley. Igualmente, regula, a su vez, el origen de los recursos con que contará el Consejo para su presupuesto, así como el control de las cuentas, el régimen de recursos y el régimen disciplinario.
Presidencia y para las Administraciones Territoriales
AUTORIZADA UNA CONSULTA POPULAR AL AYUNTAMIENTO DE ALDEA DEL CANO (CÁCERES)
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ayuntamiento de Aldea del Cano (Cáceres), la celebración de una consulta popular en relación con la fecha de celebración de una festividad local.
El Ayuntamiento de dicha localidad presentó el 21 de julio de 2017 la solicitud para la autorización de celebración de una consulta popular, según lo previsto en el artículo 71 de la Ley de bases de Régimen Local. La solicitud cumple con los requisitos formales previstos en la Ley, puesto que se trata de un asunto de competencia propia municipal, de carácter local, y de un tema de especial relevancia para los intereses de los vecinos.
Por ello, se autoriza la consulta con la siguiente pregunta:
"¿Le parece bien cambiar el día de la Romería, del segundo domingo de mayo al segundo sábado de mayo?
-SI.
-NO."
Fomento
REAJUSTE DE ANUALIDADES EN EL PROGRAMA DE ACTUACIONES DE FOMENTO DE LA EDIFICACIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Fomento el reajuste de anualidades en el programa de actuaciones relativo a la ordenación y fomento de la edificación.
Este Acuerdo posibilita llevar a cabo en el ejercicio 2017 la adjudicación y formalización de varios contratos, así como realizar nuevas licitaciones previstas, sobre inversiones en rehabilitación del patrimonio arquitectónico
Los importes de los límites aprobados son de 20.612.286,10 euros para 2018 y de 12.765.175,38 euros para 2019.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO CON REPÚBLICA DOMINICANA SOBRE EXENCIÓN DE VISADOS PARA DIPLOMÁTICOS
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Dominicana sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos.
Su suscripción responde al objetivo de promover las relaciones de amistad y cooperación entre los dos países y facilita la libre circulación de los titulares de pasaportes diplomáticos.
La posibilidad de adoptar Acuerdos de supresión de visados de pasaportes diplomáticos está contemplada en un Reglamento Comunitario, del 15 de marzo de 2001, que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visado al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea, permite a estos, en su artículo 4, establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes diplomáticos.
Hacienda y Función Pública
AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA EL PAGO DE UNA SENTENCIA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, destinado al pago de una sentencia de la Audiencia Nacional relativa a la indemnización a la empresa Galp Energía España S.A.U, por un importe de 5 millones de euros: 4,18 millones de principal y 837.070 euros en concepto de intereses.
La empresa Galp Energía España, S.A.U., interpuso recurso contencioso-administrativo por daños y perjuicios ante la Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del 28 de septiembre de 2009, por la que se actualizó el sistema de determinación automática de precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo envasados.