Madrid
SUMARIO
Presidencia
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Reino de España y la República del Senegal.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y Ucrania.
- ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la cuarta adenda al Convenio de colaboración con la Generalitat de Cataluña, por el que se realiza una transferencia a la citada comunidad autónoma para la financiación de inversiones en materia de investigación científica y técnica y se ratifica su autorización provisional.
- ACUERDO por el que se aprueba el Plan para la Promoción de las Mujeres del Medio Rural 2015-2018.
- INFORME sobre la celebración de la Fiesta Nacional.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día Mundial y del Día Europeo contra la Pena de Muerte.
Defensa
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, para asistencia técnica para el apoyo logístico al sistema de defensa aérea nacional y otros sistemas relacionados del Ejército del Aire.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo, cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, para el mantenimiento inorgánico de motores en servicio en diferentes flotas aéreas y navales de los Ejércitos del Aire y de Tierra y de la Armada Española.
Hacienda y Administraciones Públicas
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 115.923.760,63 euros.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 39.333,46 euros, para atender gastos derivados del exceso de horario sobre la jornada laboral ordinaria realizado por el personal sanitario de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en cumplimiento de diversas sentencias dictadas por distintos Tribunales de Justicia y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior por el importe y para la finalidad indicada.
- ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 12.666,13 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para posibilitar la ejecución de tres sentencias de los Juzgados de lo Social, relativas al pago de retribuciones de personal laboral.
- ACUERDO por el que no se autoriza al Ayuntamiento de Retortillo (Salamanca), a realizar una consulta popular sobre el proyecto de explotación minera de uranio que se está realizando en su término municipal.
- ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio específico de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Duero y la Universidad de Salamanca, para desarrollar un proyecto de investigación a realizar en el Lago de Sanabria.
- ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de cuatro adendas a otros tantos Convenios de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, la Entidad Pública Empresarial Augas de Galicia, y cuatro Ayuntamientos de Galicia, para la financiación y ejecución de obras de saneamiento o adecuación de cauces, y la formalización de una encomienda de gestión para el mantenimiento y conservación de dichas obras.
- ACUERDO por el que se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar la firma de la segunda adenda al Convenio de Colaboración entre el actual Ministerio de Economía y Competitividad, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la creación del Consorcio para el equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria las obras de rehabilitación y ampliación del centro de salud El Tarajal de la Ciudad Autónoma de Ceuta en los ejercicios 2016, 2017 y 2018.
- ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la realización de las convocatorias de ayudas y becas para la formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado.
- ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de los Convenios de colaboración entre el Fondo Español de Garantía Agraria y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Madrid, la Región de Murcia y la Comunitat Valenciana, para la realización de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de los regímenes de ayuda incluidos en la solicitud única, a realizar en el año 2015.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 488.000.000 de euros.
Interior
- ACUERDO por el que se autoriza a la Dirección General de la Guardia Civil la celebración del contrato para la puesta en servicio de los helicópteros del servicio aéreo de la Guardia Civil, para los años 2016, 2017 y 2018, por valor estimado de 23.200.000 euros.
Educación, Cultura y Deporte
- REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a la Fundación de la Real Fábrica de Tapices para el saneamiento y restitución de su situación económica y financiera y al Consorcio de Derecho Público Museo de Arte Contemporáneo Esteban Vicente para la ejecución de su plan económico y financiero.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Diplomado en Ciencias Empresariales.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Diplomado en Turismo.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Alemana.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Árabe.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Catalana.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Clásica.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Eslava.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Francesa.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Gallega.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Hebrea.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Hispánica.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Inglesa.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Italiana.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Portuguesa.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Románica.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Filología Vasca.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeromotores.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronaves.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeropuertos.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Hortofruticultura y Jardinería.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Explotaciones Forestales.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Enología.
- ACUERDO por el que se determina el nivel de correspondencia al Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del Título Universitario Oficial de Licenciado en Veterinaria.
Empleo y Seguridad Social
- REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
- ACUERDO por el que se impone una sanción de 196.264,97 euros a la empresa Supermercados Los Alpes, S.L., como consecuencia del acta de infracción en materia de Seguridad Social, extendida por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid.
Industria, Energía y Turismo
- REAL DECRETO por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
Economía y Competitividad
- ACUERDO por el que se autoriza la concesión de la garantía del Estado a 68 obras para la exposición "Ingres" que tendrá lugar entre el 24 de noviembre de 2015 y el 27 de marzo de 2016 en el Museo Nacional del Prado por un valor económico total de 913.457.000 euros.
ACUERDOS DE PERSONAL
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa embajadora de España en la República de Bostwana, con residencia en Windhoek, a Dª. CONCEPCIÓN FIGUEROLA SANTOS.
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República Centroafricana, con residencia en Yaundé, a D. JORGE DE ORUETA PEMARTÍN.
- REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República del Chad, con residencia en Yaundé, a D. JORGE DE ORUETA PEMARTÍN.
- REAL DECRETO, por el que se designa embajador de España en la República de Santo Tomé y Príncipe, con residencia en Libreville, a D. ENRIQUE ASOREY BREY.
- REAL DECRETO, por el que se designa embajador de España en la República de Sudán del Sur, con residencia en Jartum, a D. JUAN JOSÉ RUBIO DE URQUÍA.
CONDECORACIONES
Educación, Cultura y Deporte
- REALES DECRETOS por los que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, a:
- D. MOHAMED IBN AZZUZ HAKIM.
- Dª. CARMEN BALCELLS SEGALÁ.
- Dª. ANA ISABEL ÁLVAREZ-DIOSDADO GISBERT (ANA DIOSDADO).
- D. JESÚS HERMIDA PINEDA.
- REALES DECRETOS por los que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a:
- D. JOSÉ LLADÓ FERNÁNDEZ-URRUTIA.
- D. FAUSTINO MENÉNDEZ PIDAL DE NAVASCUÉS.
- Dª. ANDROULLA VASSILIOU.
- D. RAFAEL ANSÓN OLIART.
- Dª. CARMEN GARCÍA MAURA (CARMEN MAURA).
- D. CRISTOBAL HALFTER JIMÉNEZ-ENCINA.
- D. RUGGERO RAIMONDI.
- D. HENRY ARTHUR FRANCIS KAMEN (HENRY KAMEN).
- D. JOSÉ MANUEL BLECUA PERDICES.
- Dª. MECHTILD STRAUSFELD.
- REAL DECRETO por el que se dispone el ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo, con la categoría de Gran Cruz a D. DAVID CAL FIGUEROA.
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ASUNTOS GENERALES
Industria, Energía y Turismo
APROBADA LA REGULACIÓN DEL AUTOCONSUMO ELÉCTRICO
- Se establece un marco que permita el desarrollo ordenado del autoconsumo, garantizando en todo momento la seguridad del sistema eléctrico.
- El autoconsumo presenta importantes ventajas: permite la penetración de tecnologías que no emiten CO2 y reduce las pérdidas asociadas a tener que transportar la electricidad, al tratarse de una fuente de generación distribuida.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas para el suministro y la producción de electricidad con autoconsumo. El Real Decreto establece un marco normativo donde se garantiza la sostenibilidad económica del sistema y el reparto adecuado de las cargas del sistema.
El autoconsumidor o, mejor dicho, autogenerador es un consumidor que autogenera una parte de la propia energía que consume. El autoconsumo presenta importantes ventajas: empleo de energías renovables, ahorro en importaciones de petróleo, respeto al medio ambiente y reducción de emisiones de CO2 a la atmósfera.
En este Real Decreto se ordena por primera vez una actividad ligada al avance de la tecnología que hoy en día permite que los pequeños consumidores puedan decidir generar y consumir su propia electricidad y, además, utilizando energías renovables en vez de combustibles fósiles.
El autoconsumo no es, sin embargo, eficiencia energética, puesto que el consumo en su conjunto es el mismo; pero pasa a generarse de una forma más distribuida.
Reparto adecuado de las cargas del sistema
La normativa establece que quienes producen y consumen su propia energía sin estar conectados a la red eléctrica no han de asumir ningún coste del sistema eléctrico, puesto que no lo utilizan.
En el caso de que se esté conectado a la red, se tiene garantizado el suministro en todo momento, incluso cuando la energía autogenerada no sea suficiente; por ejemplo, cuando no haya sol o no sople el viento. Un autoconsumidor conectado al sistema eléctrico no pagará por la energía que autoproduce, ni tampoco por los impuestos asociados ni las pérdidas del sistema. Sin embargo, sí tendrá que contribuir a los costes generales del sistema: principalmente, la solidaridad con los sistemas extrapeninsulares donde la generación es más cara, la deuda generada en el pasado, los incentivos a las renovables y los costes de respaldo.
En el supuesto de que los autoconsumidores no contribuyeran a estos costes del sistema, éstos deberían repartirse entonces entre el resto de consumidores que no autoconsumen, elevando así su factura. Esta situación sería injusta, puesto que los costes generales del sistema nada tienen que ver con el hecho de que se esté autoconsumiendo o no. Y sería, además, regresiva puesto, que serían los consumidores más vulnerables los que tienen más dificultades en autoconsumir.
A este principio de que todos los consumidores deben contribuir de igual manera a los costes generales del sistema, se establecen dos situaciones a las que se les exceptúa de dichos costes:
- Los consumidores en las islas, ya que el autoconsumo sí permite reducir el coste de generación en estos territorios suponiendo un ahorro para el conjunto de los consumidores.
- Los pequeños consumidores de potencia contratada hasta 10 kW.
Garantía de la seguridad del sistema eléctrico y de todos los consumidores.
El texto contempla la creación de un registro de las instalaciones de autoconsumo para que el operador del sistema y las compañías distribuidoras puedan conocer las instalaciones de generación que existen en sus redes y garantizar, así, la correcta operación del sistema eléctrico en condiciones de seguridad.
El Real Decreto contempla un plazo de seis meses para que los consumidores, instalaciones y demás agentes se adapten a esta norma.
A medida que las tecnologías de generación, especialmente las renovables, vayan reduciendo sus costes, el Real Decreto permite su introducción progresiva haciendo que el autoconsumo sea cada vez más una parte esencial del sistema eléctrico.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
APROBADO EL PRIMER PLAN PARA LA PROMOCIÓN DE LAS MUJERES EN EL MEDIO RURAL
- Promoverá el empleo, el emprendimiento y la participación en los órganos de decisión
- Con un presupuesto de 23,1 millones de euros para el período 2015-2018, contempla 82 acciones concretas en cinco ámbitos: Economía y Empleo, Participación, Conciliación, Igualdad en las políticas de fomento y del medio rural y pesquero, e Impulso del conocimiento sobre las mujeres en este medio
- Entre las medidas, destaca la puesta en marcha de una plataforma on-line "Emprende rural" para facilitar la información y la creación de redes
El Consejo de Ministros, ha dado hoy el visto bueno al Plan para la Promoción de las Mujeres del Medio Rural (2015-2018). Se trata del primer plan específico que se elabora en relación con las mujeres del medio rural, que tiene carácter integral y agrupa actuaciones de seis Departamentos Ministeriales: (Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Educación, Cultura y Deporte; Industria, Energía y Turismo; Fomento e Interior).
El Plan parte de un diagnóstico claro de la situación actual: aunque las mujeres en el medio rural representan el 48,02 por 100 de la población y cuentan con una mayor preparación que los hombres (el porcentaje de tituladas con estudios superiores es mayor, 11,9 por 100 frente a 8,4 por 100 de los varones), están infrarrepresentadas en organizaciones políticas, sociales y sindicales, con una importante brecha en las organizaciones profesionales agrarias y en los consejos rectores de cooperativas agrarias.
Este plan, que se enmarca en el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016, cuenta con un presupuesto de 23,1 millones de euros y contempla 82 acciones concretas.
Como objetivos destacables, cabe señalar la visibilización del papel de las mujeres en el medio rural, superar la brecha de género en empleo y emprendimiento, la conciliación, la promoción de la incorporación de mujeres en los órganos y puestos de decisión y participación rurales y el apoyo a las asociaciones del medio rural como elemento clave de dinamización social, económica y cultural.
Las acciones contempladas en el Plan se estructuran en cinco objetivos y, algunas de las más relevantes son las siguientes:
- Promoción del Empleo y Emprendimiento.
Destaca la puesta en marcha de una plataforma on-line "Emprende rural", para facilitar la información y la creación de redes, además del impulso al comercio electrónico de productos y un programa de asesoramiento a emprendedoras.
Asimismo, se prevé un programa específico para la incorporación a la actividad económica en el ámbito agrícola forestal y pesquero a mujeres jóvenes con formación universitaria, y otros para jóvenes en riesgo de exclusión y para la integración social de mujeres migrantes en áreas rurales.
También se valorará, en las convocatorias de subvenciones a empresas para la implantación de planes de igualdad, a aquellas que tienen su domicilio social en zonas rurales.
El Plan promoverá la profesionalización de las actividades realizadas tradicionalmente por mujeres en el sector pesquero y acuícola, a través de formación en gestión empresarial o uso de nuevas tecnologías.
- Promover la participación de las mujeres a la agricultura, la ganadería y la pesca.
Se difundirán los incentivos en materia fiscal para las mujeres titulares de las explotaciones agrarias y la Ley de Titularidad Compartida. Además, se promoverá la profesionalización de las actividades realizadas tradicionalmente por mujeres en el sector pesquero y acuícola, a través de formación y capacitación profesional tanto en tales ocupaciones como en gestión empresarial y nuevas tecnologías.
- Promover la participación en la toma de decisiones.
Se fomentará la presencia equilibrada de mujeres en los grupos de trabajo y en los comités de seguimiento de los programas de desarrollo rural, y se incorporará el principio de igualdad y la presencia de mujeres en las cooperativas, como criterio de valoración a la hora de que estos organismos puedan acceder a ayudas y subvenciones.
Para fomentar el liderazgo femenino se apoyará, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias, la formación de mujeres en habilidades directivas y coordinación de equipos.
- Promover la conciliación y corresponsabilidad.
Se apoyará el desarrollo de actuaciones de crianza saludable, parentalidad positiva y educación familiar en el medio rural gestionados por entidades sociales, y se diseñará una campaña de sensibilización para facilitar y promover la conciliación a través de los centros educativos.
- Incorporar la igualdad de oportunidades en el diseño de las políticas de fomento del medio rural
Se desarrollarán actividades de formación por parte de personal especializado en violencia de género y se mejorará la accesibilidad al servicio telefónico de atención y protección a las víctimas (ATENPRO) para las mujeres en el medio rural. También se desarrollará un programa específico de formación de profesionales sanitarios de Atención Primaria de mujeres rurales, en particular de mujeres mayores.
- Mejorar el conocimiento sobre la situación de las mujeres rurales.
Se desagregará por sexo toda la información referida a las personas en actuaciones relacionadas con el medio rural, en particular, las relacionadas con la Política Agraria Común.
Educación, Cultura y Deporte
AUMENTADOS HASTA 850 LOS CONTRATOS DE FORMACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE Y MEJORADAS SUS CONDICIONES ECONÓMICAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, dentro del marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación, para el período 2013-2016. Ello va a permitir que se puedan llevar a cabo 850 contratos predoctorales para la formación personal docente e investigador y estancias de movilidad en centros extranjeros, en el conocido tradicionalmente como programa FPU, cuya convocatoria se realizará en las próximas semanas.
La principal novedad de la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales para la de formación de profesorado universitario, consiste en que se elevará en un 6,25 por 100 el número de ayudas (pasan de 800 a 850) y la dotación para los 48 meses de duración máxima de la ayuda se igualará a 1.173 euros mensuales, cuando anteriormente los dos primeros años se dotaban con 1.025 euros y el tercero y cuarto con 1.173 euros. En consecuencia, de un gasto de 62.448.077 euros de la anterior convocatoria se pasará en la próxima a 69.314.936 euros, es decir, un 11,1 por 100 de incremento del gasto. Así mismo permitirá restablecer el calendario más adecuado de dichas convocatorias y respetar los acordados con aquellos que conllevan acuerdos de colaboración con otros países o con organismos internacionales.
Movilidad
En cuanto a la convocatoria de movilidad, que persigue estimular la movilidad del profesorado universitario e investigadores de los organismos y centros de I+D en centros de enseñanza superior y de investigación extranjeros, para propiciar la actualización de sus conocimientos y el aprendizaje de nuevas técnicas y métodos, se ha previsto un incremento de las ayudas para las estancias de profesores e investigadores senior en centros extranjeros, incluido el programa "Salvador de Madariaga", pasando de 360 a 400.
Compromiso del Gobierno
Estas actuaciones son una muestra el compromiso del Gobierno con la inversión en capital humano para el sistema de I+D+I, donde las universidades son una parte fundamental. Estas medidas son complementarias a otras medidas recientemente adoptadas, como la aprobación de promoción interna en el ámbito de los cuerpos universitarios para aquellos titulares de universidad acreditados para catedráticos o la movilidad entre dichos cuerpos, sin afectar la tasa de reposición o la inclusión para el próximo ejercicio en los presupuestos de una tasa de reposición del 100 por 100.
Empleo y Seguridad Social
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
- Se corrigen las diferencias en la interpretación y se mejora su aplicación, simplificando el procedimiento de acreditación
- El número de servicios de prevención ajenos activos a día de hoy se sitúa en 454 entidades
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de los servicios de prevención de riesgos laborales aprobado por otro Real Decreto del 17 de enero de 1997. La modificación tiene por objeto corregir las diferencias en la interpretación y mejorar su aplicación, simplificando el procedimiento de acreditación.
En concreto, el Real Decreto aprobado hoy modifica aquellos aspectos que, en el proceso de revisión de la normativa estatal, se habían detectado como contrarios a la Ley de garantía de la unidad de mercado.
Los servicios de prevención ajenos son las entidades especializadas en prevención de riesgos laborales con las que las empresas pueden concertar la actividad preventiva. Esta posibilidad, que es una de las modalidades previstas en la normativa para la organización de los recursos para las actividades preventivas, ha venido siendo la más utilizada en nuestro país y recurren a ella, aproximadamente, el 70 por 100 de las empresas.
El número de servicios de prevención ajenos activos a día de hoy se sitúa en 454 entidades.
Objetivos
La norma aprobada hoy tiene como principales objetivos los siguientes:
- Clarificar que existe una única acreditación en las cuatro especialidades o disciplinas preventivas a desarrollar por los servicios de prevención ajenos: seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada y medicina del trabajo. La acreditación se otorga una sola vez y todos los servicios de prevención ajenos deben contar con las cuatro especialidades, sin que pueda otorgarse una acreditación parcial o por especialidades.
De esta manera, cuando un servicio de prevención ajeno sea acreditado por parte de cualquier autoridad laboral de las comunidades autónomas, teniendo en cuenta que debe obtener de manera simultánea las otras cuatro especialidades, no tendrá que volver a pasar un proceso de acreditación en ningún otro lugar del territorio nacional, sin perjuicio de obtener, conforme a lo previsto en la normativa sanitaria, las autorizaciones sanitarias pertinentes cuando se trate de la apertura de centros sanitarios.
- Suprimir, en el procedimiento de acreditación toda referencia al ámbito territorial de actuación de la entidad, dado que los recursos con los que debe contar el servicio de prevención ajeno van ligados a la actividad que desarrollen para sus empresas clientes, considerada ésta de manera global en todo el territorio nacional.
- Simplificar el procedimiento de acreditación, reduciendo el número de informes que preceptivamente ha de solicitar la autoridad laboral competente.
- Fomentar la agilización del proceso de intercambio de datos entre administraciones públicas, facilitando, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones de comunicación que establece la norma.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
APROBADOS LOS CRITERIOS BÁSICOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
- Se establece un sistema electrónico de intercomunicación de registro de datos de servicios de prevención para intercambio de información con las administraciones
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención. La normativa, que fue ratificada por las Comunidades Autónomas en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del pasado mes de julio, permite a las autoridades sanitarias autorizar las condiciones de instalación y comprobar la adecuada realización de sus funciones.
Ello va a suponer una mayor seguridad jurídica, tanto para los servicios de prevención, como para las autoridades competentes, a la hora de comprobar su legalidad y, a la vez, una mayor simplificación administrativa. Los servicios de prevención únicamente deberán obtener una autorización sanitaria de una Comunidad Autónoma para sus instalaciones sanitarias, que será válida para todo el territorio nacional, siempre que no dispongan de instalaciones sanitarias en una comunidad autónoma diferente a la que concedió la autorización.
El Real Decreto, que modifica otro de 2011 sobre criterios básicos de organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención, resuelve los aspectos que interferían en la aplicación efectiva de la Ley de garantía de la unidad de mercado, del 9 de diciembre de 2013. Esta norma estableció que cualquier operador legalmente establecido podrá ejercer la actividad económica sin que quepa exigirle trámites adicionales de otras autoridades competentes diferentes y que las autorizaciones tendrán plena eficacia en todo el territorio nacional, salvo que estén vinculadas a una instalación física.
Sistema de intercomunicación
Por otro lado, el Real Decreto establece un sistema electrónico de intercomunicación de registro de datos de servicios de prevención (SeRPA) para intercambio de información entre los servicios de prevención ajenos y las administraciones públicas, lo que posibilitará a las autoridades sanitarias disponer con antelación de información sobre las actuaciones de vigilancia de la salud de trabajadores de empresas de su territorio para verificar la calidad del servicio.
Presidencia
ACTOS CON MOTIVO DEL DÍA DE LA FIESTA NACIONAL
El Consejo de Ministros ha sido informado de los diferentes actos previstos con motivo de la celebración de la Fiesta Nacional el próximo día 12 de octubre.
El primero de los actos tendrá lugar el sábado 10 de octubre, a las 20,00h., delante de la fachada principal del Palacio Real y consistirá en una retreta militar con participación de las principales Bandas de Unidades del Ejército ubicadas en Madrid y de las desplazadas con motivo del desfile terrestre del Día de la Fiesta Nacional.
Domingo
El domingo 11 de octubre la Policía Nacional celebrará, a partir de las 12,00 h., distintas exhibiciones dinámicas y estáticas de sus unidades especializadas en el Paseo de Coches de El Retiro en Madrid: agentes de guías caninos, Caballería, Documentación, radiopatrullas, expertos de Policía Científica, especialistas del GEO, agentes de las Unidades de Intervención Policial y profesores de defensa personal de la Escuela de Policía.
Se trata de una jornada especialmente diseñada para los niños, quienes podrán aprender de los expertos de Policía Científica; podrán obtener su carné de policía infantil, ver cómo es un radiopatrulla o conocer de cerca a algunos de los perros especializados en la detección de explosivos, estupefacientes o billetes de curso legal, y servicios de defensa, ataque y rescate.
Este mismo día, 11 de octubre, a las 21,00h. se ofrecerá un espectáculo muy especial de luz y sonido que se proyectará sobre la fachada del Palacio Real situada en la Plaza de Oriente. El espectáculo recogerá los hitos artísticos más significativos de la riqueza cultural española y culminará con unos fuegos artificiales que iluminarán el cielo de Madrid.
Lunes
El lunes 12 de octubre, día de la Fiesta Nacional, desde las 10,00h., en la Lonja del Cuartel General del Ejército del Aire, se iniciará una jornada de puertas abiertas amenizada por la Banda de Música del Acuartelamiento de Getafe y con la posibilidad de visitar la cabina de un avión Phantom.
El tradicional desfile de las Fuerzas Armadas comenzará a las 11,00h., presidido por SS.MM. los Reyes en la plaza de Cánovas del Castillo. Tras el desfile habrá conciertos de música militar en la Plaza Cánovas del Castillo, los Jardines del Palacio de Buenavista y en la Plaza de Colón.
Asimismo, durante toda la jornada del 12 de octubre se podrá acceder gratuitamente a los Museos del Ejército y a los Jardines del Palacio de Buenavista, a todos los Museos gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, como el Prado, el Reina Sofía y el Thyssen, al Instituto Cervantes y a todos los Reales Sitios de Patrimonio Nacional.
Además, se producirá la excepcional apertura del Palacio Real, una vez concluida la tradicional recepción que ofrecen SS. MM. los Reyes. Se podrá acceder gratuitamente desde las 18,00h. hasta las 23,00h.
El último de los actos previstos es el Concierto de la Orquesta Nacional programado para el mismo día 12 de octubre en el Auditorio Nacional. A este respecto cabe recordar que en sólo dos días se han agotado las 2.300 entradas gratuitas que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte puso a disposición del público.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
DECLARACIÓN CON MOTIVO DEL DÍA MUNDIAL Y DEL DÍA EUROPEO CONTRA LA PENA DE MUERTE
El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración del Gobierno con motivo del Día Mundial y del Día Europeo contra la Pena de Muerte. Su texto es el siguiente:
Texto de la Declaración
"El 10 de octubre se viene celebrando desde 2003 como el Día Mundial contra la pena de muerte, y desde 2007, también como el Día Europeo contra la pena de muerte.
El Gobierno de España reitera en este 13º Día Mundial su oposición a la pena de muerte en todos los casos y circunstancias, con independencia de la gravedad del crimen cometido. Consideramos que constituye un castigo cruel, inhumano y degradante, que implica serias violaciones de derechos humanos; carece de efectos disuasorios probados en el comportamiento criminal y provoca efectos irreparables en caso de error judicial.
La abolición de la pena capital tiene su fundamento en el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que España es parte. Junto a ello, los Protocolos nº 6 y 13 al Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, en los que España también es parte, prescriben en conjunto la completa abolición de la pena de muerte en el ámbito del Consejo de Europa. La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, incorporada al Tratado de Lisboa, recoge igualmente la prohibición de la pena de muerte.
La lucha contra la pena de muerte constituye una prioridad de la política exterior española en materia de derechos humanos. La abolición universal, la moratoria como fase intermedia en el camino hacia la abolición y el respeto de los estándares internacionales mínimos en materia de pena de muerte constituyen los vértices de la política de España y de la Unión Europea en esta cuestión. El Gobierno de España defiende la abolición de la pena de muerte como una causa universal, no exclusiva de ninguna región ni país del mundo, porque a todos nos corresponde la dignidad inherente a todo ser humano.
España se ha distinguido en la lucha internacional por la abolición con la creación de la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte en 2010, a la que sigue apoyando, y con la celebración en Madrid del V Congreso Mundial contra la Pena de Muerte, en junio de 2013. Actualmente participamos activamente en la preparación del VI Congreso Mundial de 2016. Asimismo, España forma parte de la amplia coalición de Estados que cada dos años promueven en la Asamblea General de las Naciones Unidas una resolución sobre la moratoria mundial de la aplicación de la pena de muerte, la última de las cuales fue aprobada en 2014.
El Gobierno de España no cejará en sus esfuerzos en los distintos foros internacionales e intensificará sus acciones para conseguir la aplicación de una moratoria efectiva y universal de la pena de muerte, como paso previo a su total abolición".
Hacienda y Administraciones Públicas
DESESTIMADA LA PETICIÓN DE UNA CONSULTA POPULAR EN RETORTILLO (SALAMANCA)
- El contenido de la consulta incumple los requisitos que establece la Ley de Bases de Régimen Local
- La Constitución establece que la autorización para la convocatoria de consultas populares es competencia exclusiva del Estado
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que no se autoriza al Ayuntamiento de Retortillo (Salamanca) a realizar una consulta popular sobre el proyecto de explotación minera de uranio que se está realizando en su término municipal.
El Acuerdo tiene como objeto no autorizar la consulta popular que plantea la siguiente pregunta: "¿Está a favor o en contra del proyecto de explotación minera de uranio que se está realizando en el término municipal de Retortillo?".
Requisitos incumplidos
La Ley de Bases del Régimen Local reconoce en su artículo 18 el derecho de los vecinos a pedir la consulta popular y regula en su artículo 71 las consultas populares. La presente consulta incumple algunos de los requisitos establecidos en la mencionada Ley:
- El objeto de la consulta no es de competencia propia municipal. El Ayuntamiento de Retortillo (Salamanca) propone realizar una consulta popular sobre una explotación minera de uranio, una materia que no está contemplada en la citada Ley de Bases de Régimen Local, ya que no atribuye ningún tipo de competencia en materia energética ni minera a los municipios.
- El objeto de la consulta no es de carácter local. La explotación de una mina de uranio afecta a aspectos económicos, energéticos y medioambientales que afectan a intereses municipales, comarcales, provinciales, nacionales e incluso internacionales.
- Especial relevancia para los intereses de los vecinos. En este supuesto cabe entender que nada impide considerar el objeto de la consulta como de especial relevancia para los intereses de los vecinos.
- El asunto no es relativo a la Hacienda Local.
En definitiva, la consulta no se autoriza, ya que incumple el artículo 71 de la Ley de Bases de Régimen Local, por tratarse de una consulta que no es de carácter local ni de competencia municipal.
Previsión constitucional
El artículo 149.1.32ª de la Constitución establece como competencia exclusiva del Estado la "autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum". La Ley Orgánica 2/1980, reguladora de las modalidades de referéndum, desarrolla la citada previsión constitucional y establece que "las disposiciones de la presente Ley no alcanzan en su regulación a las consultas populares que puedan celebrarse por los Ayuntamientos, relativas a asuntos relevantes de índole municipal, en sus respectivos territorios, de acuerdo con la legislación de Régimen Local y a salvo, en todo caso, la competencia exclusiva del Estado para su autorización".
Hacienda y Administraciones Públicas
AUTORIZACIÓN DE DEUDA A CATALUÑA
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Cataluña a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo, por un importe máximo de 488 millones de euros.
La finalidad del Acuerdo es refinanciar operaciones de deuda a corto plazo a más largo plazo (superior a un año y hasta un máximo de tres). Las operaciones autorizadas no supondrán un aumento del endeudamiento de la Comunidad Autónoma al final del ejercicio.
La necesidad de esta autorización deriva del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que señalan que todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo de las Comunidades Autónomas, incumplidoras de los objetivos de estabilidad, de deuda pública o de la regla de gasto precisarán de autorización del Estado mientras persista el incumplimiento.
Cataluña incumplió el objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y la regla de gasto del ejercicio 2014. En el ejercicio de esta autorización deberá respetarse el principio de prudencia financiera. Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2015.
La Comunidad Autónoma de Cataluña deberá supeditar las operaciones de endeudamiento que formalice en ejecución de esta autorización al cumplimiento del objetivo de deuda pública (30,4 por 100 del PIB regional) fijado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 12 de septiembre de 2014 para el año 2015.
Educación, Cultura y Deporte
CONCESIÓN DE LA GRAN CRUZ DE LA ORDEN CIVIL DE ALFONSO X EL SABIO A CATORCE PERSONALIDADES DEL MUNDO EDUCATIVO Y DE LA CULTURA
El Consejo de Ministros ha aprobado catorce Reales Decretos por los cuales se conceden Grandes Cruces de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio a otras tantas personalidades en atención a los méritos y circunstancias que concurren en ellas:
CARMEN BALCELLS SEGALÀ, a título póstumo. Agente literaria de autores españoles y latinoamericanos.
Referente en el ámbito de la representación literaria. En su amplia cartera de autores destacan seis premios Nobel: Pablo Neruda, Vicente Aleixandre, Miguel Ángel Asturias, Gabriel García Márquez, Camilo José Cela y Mario Vargas Llosa, si bien representó a muchos otros autores.
Recibió numerosos reconocimientos y condecoraciones: En 1999 la Medalla de Oro de las Bellas Artes, la Medalla de Oro al Mérito Cultural de Barcelona en 2000 y en 2005 la Universitat Autónoma de Barcelona (UAB) la nombró doctora Honoris causa, como reconocimiento a su trayectoria en el mundo editorial. En 2006 le fue concedida la Creu de Sant Jordi.
En 2010 el Ministerio de Cultura adquirió parte de su archivo, que se encuentra depositado para consulta de los interesados en el Archivo Histórico Nacional.
ANA ISABEL ÁLVAREZ-DIOSDADO GISBERT (ANA DIOSDADO), a título póstumo. Dramaturga, Guionista y Actriz.
En 1970 escribió su primera obra teatral, "Olvida los tambores" y obtuvo el Premio Maite y el Foro Teatral. En 1973 logró el Premio Fastenrath de la Real Academia Española por la innovación en el lenguaje de los personajes en "Usted también podrá disfrutar de ella". Entre sus obras de teatro, se puede destacar el éxito que alcanzó con "Los ochenta son nuestros" (1988).
Para la televisión realizó guiones y fue protagonista en series de televisión con las que alcanzó gran popularidad como "Anillos de Oro" (1983), con la que obtuvo varios premisos TP de Oro y Fotogramas de Plata a la Mejor intérprete de televisión, y la serie "Segunda Enseñanza" (1986).
Fue Presidenta de la Sociedad General de Autores y Editores entre 2001-2007. Ganó el Premio Max de Honor a toda una vida en 2013.
JESÚS HERMIDA PINEDA, a título póstumo. Periodista, creador y conductor de programas de televisión.
Recordado por su labor como corresponsal de TVE en Estados Unidos, especialmente por la retransmisión de la llegada del hombre a la Luna en el año 1969. En TVE presentó numerosos programas como, por ejemplo, el "Por la mañana" (1987-1989), con el que alcanzó una gran popularidad, y el Telediario nocturno (1990-1991).
En 1992 fue nombrado director de Antena 3 Televisión, cadena a la que estuvo vinculado prácticamente desde su nacimiento hasta octubre de 2003.
Hermida fue el fundador en 1997 y primer presidente de la Academia de las Ciencias y las Artes de Televisión de España en España (1997-1998). Fue Premio Nacional de Televisión en 2012.
MOHAMED IBN AZZUZ HAKIM, a título póstumo. Decano de los hispanistas marroquíes.
Licenciado en filosofía y letras por la Universidad Central de Madrid. Director de la revista Al-Anuar. Desempeñó diversos cargos en la administración colonial española y marroquí.
JOSÉ LLADÓ FERNÁNDEZ-URRUTIA. Coleccionista, mecenas e impulsor de la cultura.
Fue ministro de Comercio (1976/1977) y ministro de Transportes y Comunicaciones (1977/1978). Ex presidente del CSIC. A su currículo se suma el que fuese Embajador de España en Estados Unidos (1978/1982). Posee la Gran Cruz del Mérito Agrícola, Gran Cruz del Mérito Civil y la Gran Cruz de Carlos III.
FAUSTINO MENÉNDEZ PIDAL DE NAVASCUÉS.
Fue Director de la Real Academia de la Historia y actualmente es el Director Honorario de la misma. Asimismo, es Director Honorario de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía.
En 2011 fue galardonado con el Premio Príncipe de Viana de la Cultura y en 2012 con el I Premio Cultura y Nobleza.
ANDROULLA VASSILIOU. Ex Comisaria Europea de Educación, Cultura, Multilingüismo y Juventud de la Unión Europea (2010-2014).
Androulla Vassiliou ha trabajado en asuntos internacionales y derechos humanos como presidenta de la Asociación de las Naciones Unidas en Chipre (1978-1992) y presidenta de la Federación Mundial de Asociaciones de las Naciones Unidas (1991-1995). Al término de su mandato fue elegida por unanimidad presidenta honoraria de la Federación Mundial. También ha sido presidenta de la Federación Chipriota de Mujeres Empresarias y Profesionales (1996-2000); vicepresidenta del ELDR y presidenta de la Red Europea de Mujeres Liberales (2001-2006).
D. RAFAEL ANSÓN OLIART. Fundador y Presidente de la Real Academia de Gastronomía
Ha desempeñado diferentes puestos en la Administración, entre ellos los de secretario general técnico de la Presidencia del Gobierno, director general de Planes Provinciales de la Presidencia de Gobierno, director del Instituto de Opinión Pública, director general de Radiodifusión y Televisión, y máximo responsable de TVE y RNE.
Dirige la Cátedra de la Real Academia de Gastronomía en la Universidad Alfonso X el Sabio. Desde el pasado mes de abril de 2015 es Doctor Honoris Causa por la Universidad Alfonso X el Sabio de Madrid.
Posee la Encomienda de la Orden Civil de Alfonso X el Sabio, además de las Grandes Cruces de Isabel la Católica, del Mérito Civil y del Mérito Naval con distintivo blanco.
CARMEN GARCÍA MAURA (CARMEN MAURA). Actriz española.
A lo largo de una filmografía que incluye más de cien títulos, Carmen Maura ha trabajado a las órdenes de los más importantes directores del cine español y ha desarrollado también una importante carrera internacional colaborando con directores de reconocido prestigio.
Entre los numerosos reconocimientos que ha recibido a lo largo de su carrera, ha obtenido cuatro Premios Goya, el Premio a la Mejor Actriz del Festival de Cannes, el Premio a la Mejor Actriz del Festival de Venecia, una nominación al César a la Mejor Actriz, un Premio César a la Mejor Actriz de reparto y dos premios de la Academia del Cine Europeo.
Fue galardonada por el Ministerio de Cultura con el Premio Nacional de Cinematografía en 1988. Premio Donostia en 2013 en el Festival Internacional de San Sebastián. Ha recibido también la Medalla de Oro de la Academia de Cine, la Medalla de Oro al Mérito de las Bellas Artes (1999) y la Medalla de Caballero de Honor de las Artes y las Letras de Francia.
CRISTÓBAL HALFFTER JIMÉNEZ-ENCINA. Compositor y director de orquesta.
Su obra como compositor abarca un amplio espectro creativo que va desde la música coral, de cámara y electrónica, hasta la ópera y la escritura para la gran formación sinfónica. Ha obtenido en dos ocasiones el Premio Nacional de Música, en 1953 y 1989, y posee, desde 1981, la medalla de oro de las Bellas Artes.
En 1983 fue nombrado miembro de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. También pertenece a la Academia Europea de las Ciencias, las Artes y las Letras de París, a la Real Academia de Suecia y a la Akademie Der Künste de Berlín. Es miembro, además, del consejo de la Fundación Prince Pierre de Mónaco y de la Fundación Ernst von Siemens de Múnich. En 1988 recibió la medalla de oro del Goethe Institut y la medalla de oro de las Bellas Artes de la Junta de Castilla y León.
En 1994 obtuvo el premio de compositor europeo del año, concedido por la Fundación Fordermeinschaft der Europaeischen Wirtschaft, y el premio de música española de la Fundación Jacinto e Inocencio Guerrero. Ha sido denominado Compositor Residente de los Cursos de Verano del Mozarteum de Salzburgo (Austria, 2004). Es Premio 2009 "Fronteras del Conocimiento" de la Fundación BBVA.
RUGGERO RAIMONDI. Cantante de ópera italiano.
Es el bajo que más grabaciones ha realizado y uno de los cantantes que más representaciones tiene en su haber. Con más de cuarenta y cinco años de trayectoria sonada, está considerado el mejor bajo barítono del último cuarto del siglo XX y su voz es legendaria ya. Ha cantado en toda Europa, Israel, Estados Unidos y Japón.
En 1986, dirigió escénicamente, por primera vez, una producción de "Don Giovanni", y decidió combinar su carrera de cantante con la de director con óperas como "El barbero de Sevilla", de Rossini, y "Don Carlos" de Verdi. También ha participado en óperas filmadas, como la versión de "Don Giovanni" (1979) de J. Losey y "Carmen" (1983) de F. Rossi.
De su faceta como escenógrafo cabe citar "Il Barbiere di Siviglia", para la ópera de Nancy, en 1992.
HENRY ARTHUR FRANCIS KAMEN (HENRY KAMEN). Historiador británico.
Enseñó en las Universidades de Edimburgo y en Warwick y en varias universidades de Estados Unidos y de España. En 1970 fue elegido miembro de la Royal Historical Society de Londres y en 1984 fue nombrado a la cátedra Herbert F. Johnson, del Institute for Research in the Humanities, Universidad de Wisconsin - Madison. Fue profesor del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) en Barcelona desde 1993 hasta su jubilación en 2002.
Es autor de numerosos libros, entre otras obras, de "Felipe II de España" (1997), "Cambio cultural en la sociedad del Siglo de Oro. Cataluña y Castilla, siglos XVI-XVII" (1998), "La Inquisición española: una revisión histórica" (1999), "Poder y gloria: los héroes de la España Imperial" (2012), "España y Cataluña: historia de una pasión" (2014) y "Brevísima historia de España" (2015).
JOSÉ MANUEL BLECUA PERDICES. Vigesimonoveno Director de la Real Academia Española (2010 - 2014).
Director de la Real Academia Española desde el 16 de diciembre de 2010 hasta el 8 de enero de 2015, fue secretario (2007-2009) y responsable del volumen "Fonética y Fonología de la Nueva Gramática de la Lengua Española", publicado en 2011, y del DVD "Las voces del español". Tiempo y espacio, que lo acompaña.
Ha recibido, entre otras distinciones, la Encomienda con Placa de Alfonso X el Sabio, el Premio Aragón de Investigación por su labor en los campos de la gramática y la lexicografía, la distinción Jaume Vicens Vives al mérito docente, el Premio Atlántida, la Medalla de Oro de la ciudad de Zaragoza y el Premio de las Letras Aragonesas 2012. En enero de 2014 fue distinguido con el Doctorado Honoris Causa por la Universidad Carlos III de Madrid. Fue galardonado con la Creu de Sant Jordi y con la Medalla de la Universidad de Zaragoza. La Academia Venezolana de la Lengua le distinguió con el título de miembro honorario de la institución.
Miembro ilustre de la Academia Chilena de la Lengua. Premio Heraldo a los Valores Humanos y el Conocimiento. En 2015 ha recibido el Premio EFE Cultura que otorgó por primera vez la Agencia EFE.
MECHTHILD STRAUSFELD. Editora alemana de literatura infantil.
Entre 1974 y 2008 estuvo encargada en la editorial Suhrkamp de la literatura latinoamericana, española y portuguesa, con más de 350 títulos publicados. En 2008 empezó a trabajar para la editorial S. Fischer Verlag (Frankfurt) con el objetivo de crear una nueva colección de literatura en lengua castellana.
Ha sido directora de la colección de libros infantiles y juveniles de la editorial Alfaguara (1977-1999), con más de 550 títulos publicados, así como directora desde 1990 de la colección "Las tres edades", dirigida a lectores entre 8 y 88 años, de la editorial Siruela, Madrid (250 títulos publicados).
En 2009 recibió la Orden de Isabel la Católica por su labor para difundir en Alemania la literatura en español. En 2012 fue elegida en la Feria de Buenos Aires como "una de las 50 personalidades más importantes de la cultura latinoamericana".
Interior
CONTRATO PARA LA PUESTA EN SERVICIO DE LOS HELICÓPTEROS DE LA GUARDIA CIVIL
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Dirección General de la Guardia Civil a realizar un nuevo contrato para la puesta en servicio de los helicópteros del servicio aéreo de la Guardia Civil, para los años 2016, 2017 y 2018, por un valor estimado de 23.200.000 euros.
- El contrato tendrá una vigencia de veinticuatro meses, desde el 1 de abril de 2016 hasta el 30 de marzo de 2018, y contiene las siguientes características técnicas exigidas:
- Mantenimiento preventivo de las aeronaves, individualizado para cada modelo en función de los manuales de mantenimiento y reparación de los aparatos.
- Mantenimiento correctivo que se genera por el deterioro de las aeronaves, componentes o equipos.
- Asistencia técnica requerirá el desplazamiento al lugar en el que se encuentren las aeronaves.
- Los repuestos deberán ser originales, nuevos y contar con los preceptivos requisitos de calidad.
- El plazo y ubicación de suministro y repuesto en las instalaciones del Servicio Aéreo sito en la base aérea de Torrejón de Ardoz (Madrid) en un plazo máximo de treinta días o de cuarenta y ocho horas en pedidos urgentes. La entrega en otras instalaciones se realizará sin coste alguno para la Administración.
El contrato se tramitará de manera ordinaria (todo empresario interesado podrá presentar una proposición) y se adjudicará por el procedimiento abierto, con arreglo a los criterios establecidos en el pliego.
Defensa
MANTENIMIENTO INORGÁNICO DE MOTORES EN SERVICIO EN LAS DIFERENTES FLOTAS AÉREAS Y NAVALES DE LOS TRES EJÉRCITOS
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del acuerdo marco y de los contratos derivados para el mantenimiento inorgánico de motores en servicio en las diferentes flotas aéreas y navales de los Ejércitos del Aire, de Tierra y de la Armada, por un importe total de 104.600.000 euros.
El mantenimiento inorgánico de motores que prestan servicios en las Fuerzas Armadas es aquel que no puede realizarse en los distintos escalones de mantenimiento de los Ejércitos y que, debido a su entidad, debe de efectuarse por la industria.
El objeto de este acuerdo es el trabajo de revisión y reparación de motores, sus componentes y accesorios restaurando su condición de útil, así como realizar sobre ellos aquellas modificaciones de tercer escalón cuya incorporación sea necesaria para mantener su configuración actualizada.
Servicios imprescindibles
Todos los motores y turbinas objeto de los servicios del Acuerdo se encuentran instalados en aeronaves militares en servicio en los Ejércitos del Aire, de Tierra y de la Armada, y son necesarios para el cumplimiento de los fines y objetivos fijados por la Directiva de Defensa Nacional. Dichos servicios son imprescindibles para la disponibilidad de las capacidades de la Defensa y la eficacia de las Fuerzas Armadas y, por ello, constituyen un elemento clave en la protección de los intereses esenciales de la Defensa.
El valor máximo estimado del contrato es de 104.600.000 euros, distribuidos en dos anualidades, 2016 y 2017, por importes de 25.500.000 euros respectivamente, y el plazo de duración es de veinticuatro meses desde su formalización, prorrogable dos años más, por un valor estimado de 53.600.00 euros.
La diferencia entre el importe inicial del contrato y la eventual prórroga por dos años viene motivada por la circunstancia de que está previsto que durante la prórroga se incorpore al acuerdo marco el mantenimiento de los motores de los helicópteros NH-90.
Defensa
ACUERDO PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL APOYO LOGÍSTICO AL SISTEMA DE DEFENSA AÉREA Y OTROS
El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del acuerdo marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo para asistencia técnica para el apoyo logístico al sistema de defensa aérea nacional (vigilancia del espacio aéreo, mando, control y comunicaciones y circulación aérea operativa) y otros sistemas relacionados del Ejército del Aire, con un valor máximo estimado de 56.551.192,06 euros.
El objeto de este acuerdo es la asistencia técnica para el correcto funcionamiento de la red de radares, centros de mando y control y demás elementos que componen el Sistema de Mando y Control, funcionamiento sin el cual los cometidos de defensa aérea, vigilancia del espacio aéreo y conducción de operaciones aéreas asignados al Ejército del Aire no podrían realizarse. El cumplimiento de estos cometidos es fundamental para la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y contribuyen a mantener la independencia funcional y operativa
El valor máximo estimado del contrato es de 56.551.192,06 euros, distribuidos en tres anualidades, 2015, 2016 y 2017, por importes de 820.921,60 euros, 14.250.906,69 euros y 13.203.767,74 euros, respectivamente. El plazo de duración es de veinticuatro meses desde su formalización, prorrogable dos años más, por un valor estimado de 28.275.596,03 euros.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
COMPROMISO DE GASTO PARA REHABILITAR Y AMPLIAR EL CENTRO DE SALUD DE EL TARAJAL DE CEUTA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) las obras de rehabilitación y ampliación del centro de salud El Tarajal de la Ciudad Autónoma de Ceuta en los ejercicios 2016, 2017 y 2018. El objetivo es adecuar este edificio a la evolución de las necesidades asistenciales que se han producido desde su construcción y modernizar sus espacios e instalaciones para mejorar la atención al usuario.
El coste estimado del proyecto, considerando la obra y la dirección facultativa, importa 6.045.500 euros. El total, añadido el 10 por 100 correspondiente a la retención de la liquidación de las obras, asciende a 6.650.050 euros.
La ejecución de esta obra se estima urgente e ineludible, pues desde su puesta en marcha este Centro de Salud ha estado sometido a un uso intensivo. Al margen de la reforma del edificio existente, la ampliación del Centro de Salud viene motivada por el aumento constante de la población protegida.
De acuerdo con el Plan Funcional, el proyecto será llevado a cabo en dos fases que concluirán en un plazo de veinticinco meses desde el inicio de la ejecución. En la primera fase se amplía la construcción añadiendo un nuevo edificio en la parte posterior del preexistente, mientras que en la segunda se reforma íntegramente el edificio actual: fachadas, tabiques, acabados e instalaciones. Ambos edificios estarán conectados entre sí por un bloque de comunicaciones.
Educación, Cultura y Deporte
SUBVENCIÓN EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL A LA REAL FÁBRICA DE TAPICES Y AL MUSEO ESTATAL ESTEBAN VICENTE
- El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte asume la ayuda de 300.000 euros para la Fundación Real Fábrica de Tapices y de 120.000 euros para el Consorcio del Museo Esteban Vicente
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, la concesión de dos ayudas de carácter extraordinario y excepcional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte destinadas a la Fundación de la Real Fábrica de Tapices, para su sostenimiento financiero, y al Consorcio Museo de Arte Contemporáneo Esteban Vicente, para la ejecución de su Plan Económico y Financiero. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es miembro del Patronato de la Fundación Real Fábrica de Tapices y forma parte del Consorcio Público Museo de Arte Contemporáneo Esteban Vicente.
El importe de las subvenciones será de 300.000 euros para la Fundación Real Fábrica de Tapices y de 120.000 euros para el Consorcio del Museo Esteban Vicente, abonadas con cargo a los Presupuestos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del ejercicio de 2015.
Con estas ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte reafirma su compromiso de apoyar a dos instituciones que constituyen sendos referentes del patrimonio español y que se encuentran en una precaria situación económica, si bien están en proceso de planificar soluciones con las que garantizar la continuidad de sus actividades.
La Real Fábrica de Tapices
La Real Fábrica de Tapices, que mantiene su producción desde el año 1721 y que desde el año 1996 funciona bajo la forma de fundación, constituye una institución única en el mundo. Su labor ha contribuido de manera fundamental a la preservación de la fabricación de tapices, alfombras y reposteros, y a mantener el referente cultural de las Reales Fábricas, fundadas por iniciativa de los primeros Borbones, en su papel de entidad preservadora de la transmisión de oficios seculares y divulgadora de su propio legado histórico.
La Fundación Real Fábrica de Tapices hace frente a una circunstancia crítica de debilidad institucional y financiera que ha elevado el montante total de las deudas de la institución, y ha supuesto un serio menoscabo tanto para los trabajadores de la Real Fábrica, como para la continuidad de su funcionamiento.
La difícil situación de la institución ha motivado la asunción de nuevos compromisos por parte de la Fundación y de las tres Administraciones Públicas -el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid- que se han comprometido a realizar aportaciones económicas adicionales tan pronto como sea posible para revertir la situación y conjurar así las citadas dificultades. Con esta ayuda de 300.000 euros el Ministerio abona su parte correspondiente a los compromisos adquiridos.
Museo de Arte Contemporáneo Esteban Vicente
El Museo de Arte Contemporáneo Esteban Vicente constituye un referente nacional e internacional en arte contemporáneo y alberga una importante colección de obras del artista Esteban Vicente, único miembro español de la primera generación de la Escuela de Nueva York del Expresionismo Abstracto Americano.
La situación de déficit de la institución motivó la aprobación el 11 de junio de 2014 de un plan económico-financiero por parte del pleno del Consorcio del Museo, con la finalidad de restablecer el equilibrio presupuestario de la entidad y asegurar su viabilidad.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte forma parte de dicho Consorcio, junto a la Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de Segovia y el Ayuntamiento de Segovia.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
CONVENIOS CON COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA TRABAJOS DE CONTROL DE LAS SUPERFICIES CON REGÍMENES DE AYUDA COMUNITARIA
- Se suscribirán con Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana
El Consejo de Ministros ha ratificado las autorizaciones provisionales para la suscripción de Convenios de colaboración entre el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y diez Comunidades Autónomas para la realización de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies con regímenes de ayuda comunitaria, incluidos en la solicitud única a realizar en 2015.
En estos Convenios, que se suscribirán con las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana, se definen las condiciones de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas para la cofinanciación de los trabajos de control por el sistema de teledetección-satélite de las superficies afectadas en las zonas de las Comunidades Autónomas que se detallan en cada Convenio.
Para ello el FEGA aportará 2.731.055 euros, cofinanciando las Comunidades Autónomas los trabajos con 1.820.703 euros, de acuerdo con el reparto reflejado en la tabla siguiente:
Comunidades Autónomas | Aportación FEGA(en euros) | Aportación CCAA(en euros) |
---|---|---|
Andalucía | 734.639,38 | 512.427,61 |
Aragón | 199.846,24 | 128.106,90 |
Castilla - La Mancha | 521.664,41 | 335.478,81 |
Castilla y León | 240.042,71 | 160.129,64 |
Cataluña | 111.914,17 | 79.265,00 |
Extremadura | 183.659,85 | 128.106,90 |
Murcia | 58.515,14 | 51.241,31 |
Madrid | 187.192,43 | 108.887,71 |
La Rioja | 127.665,73 | 79.265,00 |
C. Valenciana | 365.915,78 | 237.795,01 |
Total | 2.731.055,84 | 1.820.703,89 |
Con estos convenios se continúa la línea de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las Comunidades Autónomas, iniciada en el año 1999, para que puedan ser atendidas las exigencias de la normativa de la Unión Europea. Mediante esa normativa se instituyó un sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarias a los agricultores, que comprende, entre otros aspectos, la utilización de técnicas de teledetección de parcelas agrícolas para realizar controles sobre el terreno.
El año 2015 es el primer año en que en el marco de estos controles se verificarán las nuevas condiciones de admisibilidad de las ayudas de la PAC que se van a conceder a los agricultores en el periodo 2015-2020. Si bien estas condiciones han sufrido ciertos cambios respecto a campañas anteriores, se ha podido constatar que el uso de técnicas de teledetección sigue siendo la manera más eficiente de cumplir la normativa comunitaria, en lo que se refiere al control de estas ayudas.
Hacienda y Administraciones Públicas
AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA
El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para las siguientes finalidades:
- 115.923.760,63 euros para financiar las siguientes ampliaciones de crédito:
- 99.811.220,22 euros para gastos ocasionados por la celebración de las próximas elecciones a Cortes Generales y las elecciones al Parlamento de Cataluña en el año 2015.
- 13.181.635 euros para atender el pago de cuotas a la Seguridad Social en el Ministerio de Justicia.
- 2.015.905,41 euros para atender ayudas sociales a mujeres, según la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- 915.000 euros para atender las necesidades en entidades locales derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, en cumplimiento del Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.
- 39.333,46 euros para financiar un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior, para gastos derivados del exceso de horario sobre la jornada laboral ordinaria realizado por el personal sanitario de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, según diversas sentencias dictadas por distintos Tribunales de Justicia.
- 12.666,13 euros para la financiación de un suplemento de crédito en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, destinado al pago de diferencias salariales y de antigüedad reconocidas a determinado personal laboral que presta sus servicios en el Departamento, por retribuciones salariales dejadas de percibir en los años 2008 a 2011, según tres sentencias de Juzgados de lo Social.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
PRORROGADA LA COLABORACIÓN PARA EL SANEAMIENTO Y ADECUACIÓN DE CAUCES EN OURENSE, PONTEVEDRA Y LUGO
El Consejo de Ministros ha ratificado las autorizaciones provisionales para la suscripción de cuatro adendas a otros tantos convenios de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la entidad pública empresarial Augas de Galicia y cuatro Ayuntamientos de Galicia, para la financiación y ejecución de otras tantas obras de saneamiento y adecuación de cauces.
Estas adendas a los convenios suscritos por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en el año 2013 no aumentan el compromiso de financiación previsto en los convenios, que se eleva a casi 12,4 millones de euros, ni las actuaciones recogidas.
En concreto, los proyectos afectados por el Acuerdo del Consejo de Ministros son:
- La mejora del saneamiento de Pereiro de Aguiar (Ourense). Financiado por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil con 940.917 euros y por Augas Galicia, con 303.886 euros.
- La mejora del saneamiento y Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de San Cibrao das Viñas (Ourense). Financiado por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil con más de 2 millones de euros y por Augas Galicia, con 681.643 euros.
- Las actuaciones prioritarias en el saneamiento de O Porriño (Pontevedra). Financiado con casi 2 millones de euros por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y con 638.551 euros, por Augas Galicia.
- Adecuación del cauce y ordenación de las márgenes de los ríos Sarria y Celeiro en el término municipal de Sarria, Lugo (primera fase). Financiado con más de 4,4 millones de euros por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y por casi 1,3 millones de euros por Augas de Galicia.
Los convenios cofinanciados con fondos FEDER y estas adendas tienen por objeto principal lograr una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de la subvención otorgada por Augas de Galicia.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
CONVENIO PARA COLABORAR EN UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN SOBRE EL LAGO DE SANABRIA (ZAMORA)
El Consejo de Ministros ha ratificado la autorización provisional para la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Duero, dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la Universidad de Salamanca para desarrollar un proyecto de investigación en el Lago de Sanabria (Zamora).
De acuerdo con lo establecido en el convenio, la Universidad de Salamanca se encargará de prestar asistencia científica y técnica a la Confederación Hidrográfica del Duero en el proyecto de investigación sobre el lago.
El trabajo se centrará en el estudio de la calidad de las algas presentes en el lago (fitoplancton y fitobentos), así como de las especies faunísticas que viven en estas aguas, pero que no son utilizadas habitualmente en la caracterización ecológica del mismo. Asimismo, incluye un programa de divulgación de los trabajos realizados y de los resultados obtenidos.
El importe del convenio, que se extenderá durante un plazo de treinta meses, será sufragado en su totalidad por la Confederación Hidrográfica del Duero, con un presupuesto de 258.300 euros dividido en tres anualidades hasta 2017.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON UCRANIA
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y Ucrania. Con él se establece un instrumento jurídico que regula la cooperación en materia de Seguridad Social y facilita la libre circulación de los trabajadores, contribuyendo a reforzar los lazos de amistad mutuos entre los dos países y el mantenimiento de los derechos de seguridad social de los trabajadores que se desplazan entre ambos países.
Este Convenio sustituye al que fue suscrito por ambos países en 1996.
Incluye en su ámbito material de aplicación las siguientes prestaciones de carácter contributivo: incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación y supervivencia y prestaciones económicas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
El Convenio se aplicará a los trabajadores y pensionistas que estén o hayan estado sujetos a la legislación de cualquiera de los dos países, así como a los miembros de sus familias y a sus derechohabientes.
Aplicación a hechos anteriores
Se prevé la aplicación del Convenio a hechos anteriores a su vigencia, por lo que los trabajadores podrán solicitar la revisión de sus pensiones, reconociéndoseles los periodos cotizados en ambos países para perfeccionar sus derechos.
Este Convenio, además, permite la permanencia de los trabajadores desplazados en la Seguridad Social del país de origen durante cuatro años prorrogables, siempre que las autoridades competentes o instituciones competentes de ambos países acuerden que el trabajador quede sujeto únicamente a la legislación del primer país, lo cual facilitará a las empresas el envío de trabajadores.
El Convenio regula otros aspectos importantes en materia de Seguridad Social, como son la igualdad de trato, la totalización de períodos de seguro para causar derecho a las prestaciones y la exportación de éstas al otro país o a un tercer país si el interesado reside en éste.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CONVENIO DE COOPERACIÓN CULTURAL Y EDUCATIVA CON SENEGAL
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Reino de España y la República del Senegal
El principal objetivo del Convenio es actualizar y regular las relaciones en los campos de la educación y la cultura entre ambos países, a fin de fortalecer y consolidar los vínculos de amistad y entendimiento recíproco, fomentando en la medida de lo posible el conocimiento y entendimiento mutuo de las respectivas culturas. Sustituirá al Acuerdo Cultural entre ambos países de 1965.
Este texto regula la cooperación en diferentes áreas de la educación y la cultura: la literatura, las artes plásticas, cinematográficas, audiovisuales, las artes escénicas y musicales, la arquitectura, los museos, los archivos y bibliotecas, así como las industrias culturales y creativas.
La cooperación cultural se llevará a cabo través de actividades tales como actuaciones y exposiciones, organización de conferencias, participación en festivales y acontecimientos culturales, realización de proyectos conjuntos, intercambio de información en materia cultural, visitas individuales o en grupo de expertos, bibliotecarios, o intercambios de estudiantes, profesores e investigadores en las áreas de la cultura y el arte.
Intercambio de experiencias
Se prevé también que estos países intercambien experiencias en el ámbito de la creación y gestión de centros culturales en países extranjeros, y estudiarán la posibilidad de crear dichos centros en España y Senegal.
Está contemplada, asimismo, la cooperación en el ámbito de la protección del patrimonio cultural, restauración, conservación de monumentos de carácter histórico, cultural y natural, en especial en lo que se refiere a la prevención del tráfico ilícito de bienes culturales.
La cooperación en el ámbito educativo se establece mediante intercambios entre instituciones y organismos responsables de la educación en cada uno de los países, facilitando la enseñanza de las lenguas y la literatura del otro, y favoreciendo el reconocimiento de títulos académicos.
Se fomentará el intercambio de libros de texto y otros materiales didácticos sobre historia, geografía, cultura y desarrollo social y económico.
Ambas partes fomentarán la cooperación entre organizaciones juveniles y deportivas, así como la participación en los acontecimientos deportivos en cada uno de los dos países.
Educación, Cultura y Deporte
CORRESPONDENCIA AL NIVEL DEL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE VARIOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES
El Consejo de Ministros ha aprobado veintiocho Acuerdos por los que se determina la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de varios títulos universitarios oficiales.
Mediante diez Acuerdos se determina la correspondencia con el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos siguientes:
- Diplomado en Ciencias Empresariales.
- Diplomado en Turismo.
- Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeromotores.
- Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación.
- Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronaves.
- Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeropuertos.
- Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales.
- Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias.
- Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Hortofruticultura y Jardinería.
- Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Explotaciones Forestales.
El nivel 2 de MECES se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones.
También se determina la correspondencia con el nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los dieciocho títulos siguientes:
- Licenciado en Filología Alemana.
- Licenciado en Filología Árabe.
- Licenciado en Filología Catalana.
- Licenciado en Filología Clásica.
- Licenciado en Filología Eslava.
- Licenciado en Filología Francesa.
- Licenciado en Filología Gallega.
- Licenciado en Filología Hebrea.
- Licenciado en Filología Hispánica.
- Licenciado en Filología Inglesa.
- Licenciado en Filología Italiana.
- Licenciado en Filología Portuguesa.
- Licenciado en Filología Románica.
- Licenciado en Filología Vasca.
- Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
- Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
- Licenciado en Enología.
- Licenciado en Veterinaria.
El nivel 3 de MECES se corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones.
Antecedentes
Mediante un Real Decreto de 23 de enero de 2015 se establecieron los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en otro real Decreto del 29 de octubre de 2007 por el que se estableció la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modificaba un tercer Real Decreto del 15 de julio de 2011, por el que se fijaba el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior y se introdujeron en el ordenamiento jurídico español parte del Marco Europeo de Cualificaciones. De tal manera,
- El nivel 1 (Técnico Superior) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 5 del Marco Europeo de Cualificaciones.
- El nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones.
- El nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones.
- El nivel 4 (Doctor) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 8 del Marco Europeo de Cualificaciones.
Por tanto, una vez aprobados los citados Acuerdos y sumándolos a los ya aprobados con anterioridad, habrá 95 títulos con su debida correspondencia, de un total d 140 títulos que formaban parte del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.
Educación, Cultura y Deporte
GARANTÍA DEL ESTADO PARA LA EXPOSICIÓN 'INGRES', EN EL MUSEO DEL PRADO
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de la garantía del Estado a 68 obras para la exposición 'Ingres', que tendrá lugar en el Museo Nacional del Prado entre el 24 de noviembre de 2015 al 27 de marzo de 2016.
El valor económico de esta garantía es de 913.457.000 euros. El período de la cobertura de dicha garantía se iniciará el 26 de octubre de este año y surtirá efecto desde la entrega de las obras por parte del cedente hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen, con fecha límite del 17 de abril de 2016.
La garantía pública estatal es un sistema establecido en España y otros países, a través del cual el Estado asume el compromiso de asegurar las obras de relevante interés cultural que se presten para exposiciones celebradas en museos de titularidad estatal frente a la posible destrucción, pérdida, sustracción o daño que puedan sufrir en el período comprendido entre el acuerdo del préstamo y el momento de devolución de la obra al prestamista-titular de la misma. Se trata, pues, de un sistema de aseguramiento público que opera como alternativa al tradicional seguro privado.
El otorgamiento de esta garantía no implica un coste inmediato; se trata del compromiso que adquiere el Estado, en tanto que asegurador, a hacer frente a un pago en caso de que uno de los bienes culturales resulte dañado. Desde que la garantía del Estado fue implantada en España en 1988 nunca ha habido un incidente que haya obligado a conceder la indemnización correspondiente.
Economía y Competitividad
ADENDA AL CONVENIO CON LA GENERALITAT DE CATALUÑA PARA FINANCIAR PROYECTOS CIENTÍFICOS
El Consejo de Ministros ha autorizado la adenda al convenio firmado entre el Ministerio de Economía y Competitividad y la Generalitat de Cataluña para la financiación de inversiones en proyectos de investigación científica y técnica. La adenda modifica varios proyectos, pero no el importe ni la financiación de 78,69 millones de euros.
Las modificaciones autorizadas por el Consejo de Ministros se refieren a la sustitución del proyecto "BIOCAT a Sant Pau" de la Fundación BioRegió de Cataluña por el proyecto "Construcción del Espacio de Conexiones del Parc Científic de Barcelona". Igualmente, afectan a cambios de equipamiento científico del proyecto de inversión del "Institut Català de Ciències Cardiovasculars (ICCC)" y a la modificación del proyecto "Universidad Politécnica de Cataluña-Campus de la Ingeniería y la Innovación Diagonal-Besós", cuyo plazo de ejecución se amplía hasta el 31 de diciembre de 2015. Se amplía también el plazo de ejecución de otros dos proyectos: "Universidad Autónoma de Barcelona-Centro de Investigación en Energía y Tecnologías y Ciencias Ambientales (CIETCA)" y "Universidad de Girona-Centro de investigación multidisciplinario en el ámbito de los grupos de investigación en ciencia y tecnología agroalimentaria y de las TIC".
Economía y Competitividad
COMPROMISOS DE GASTO PARA DAR CONTINUIDAD AL CONSORCIO DEL LABORATORIO SUBTERRÁNEO DE CANFRANC
El Consejo de Ministros ha autorizado la elevación de límites de gasto para adquirir compromisos en futuros ejercicios para posibilitar la adenda al convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competitividad, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la creación del consorcio, equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc.
La modificación del convenio pretende dar continuidad al consorcio con sus correspondientes aportaciones, que ascienden a 9,7 millones de euros, y amplía la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Entre 2016 y 2021 el Ministerio de Economía y Competitividad aportará 6,33 millones de euros en gastos corrientes y 300.000 euros en inversiones. Por su parte, el Gobierno de Aragón aportará 3,06 millones de euros y la Universidad de Zaragoza realizará aportaciones en especie.