Referencia del Consejo de Ministros

19.12.2014

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Madrid

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se establecen especialidades para la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera desarrollado en islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 170/2009, de 13 de febrero, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el Anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 67/2010, de 29 de enero, de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Programa de reasentamiento de Refugiados en España, en cumplimiento de la disposición adicional primera de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la adenda por la que se modifica el convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Gobierno de Cantabria para el desarrollo de la "Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma de Cantabria" y se ratifica la autorización provisional de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local para la suscripción de esta adenda.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la adenda por la que se modifica el convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) para la ejecución del "Proyecto Hospital 2050" y se ratifica la autorización provisional de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local para la suscripción de esta adenda.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la adenda por la que se modifica el convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) para la ejecución del "Proyecto INNOVASAÚDE" y se ratifica la autorización provisional de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local para la suscripción de esta adenda.
  • ACUERDO por el que se convalida el Acuerdo sobre normas de aplicación al Convenio de colaboración de 21 de enero de 1998 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de carreteras, suscrito el 25 de noviembre de 2003, y se ratifica su autorización provisional.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil relativo al intercambio y la protección mutua de la información clasificada.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de un crédito, por un importe máximo de 25.000.000 de dólares, a la República del Paraguay, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Justicia

  • ACUERDO por el que se decide la continuación del procedimiento de extradición activa de José María Gil Silgado por un delito de estafa.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del Acuerdo Marco y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, unificado para los servicios de limpieza de instalaciones del Ministerio de Defensa en todo el territorio español.

Hacienda y Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO LEY de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
  • REAL DECRETO de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por el Real Decreto 2341/1982, de 24 de julio, en materia de transportes terrestres.
  • REAL DECRETO de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por el Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre, en materia de cultura.
  • REAL DECRETO de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por el Real Decreto 1340/1999, de 31 de julio, en materia de enseñanza no universitaria.
  • REAL DECRETO de ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León por diversos reales decretos de traspasos de funciones y servicios.
  • REAL DECRETO por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, aprobado por Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
  • ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio específico de investigación científica entre la Confederación Hidrográfica del Segura y el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario para un estudio sobre topografía y batimetría de los embalses de la Cuenca del Segura.
  • ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de sendos Acuerdos de modificación de Convenios de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competitividad, las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de Galicia, y determinadas instituciones de investigación, para la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científico-tecnológicas cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
  • ACUERDO por el que no se autoriza al Ayuntamiento de Biosca (Lleida) a realizar una consulta popular relativa a un cambio de adscripción comarcal.
  • ACUERDO por el que no se autoriza al Ayuntamiento de Torá (Lleida) a realizar una consulta popular relativa a un cambio de adscripción comarcal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la convocatoria de HYPERLINK \l "uned" plazas de personal docente e investigador funcionario de la Universidad Nacional de Educación a Distancia correspondiente al año 2014.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el fin de posibilitar la reprogramación de las anualidades del convenio suscrito por el Ministerio de Fomento con la Generalitat de Cataluña, en materia de carreteras.
  • ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con la finalidad de atender, por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras (IRMC) las ayudas destinadas a cubrir costes laborales excepcionales vinculados a planes de cierre de unidades de producción de las empresas mineras del carbón.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cantabria a formalizar una operación de crédito a corto plazo por un importe máximo de 100.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Comunidad Autónoma de Extremadura de una subvención destinada a financiar proyectos de inversión por importe de 40.000.000 de euros para el ejercicio 2014.
  • ACUERDO por el que se remite al Parlamento Canario el Real Decreto Ley de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del "Proyecto de construcción de plataforma. Línea de alta velocidad Vitoria-Bilbao-San Sebastián. Tramo: Atxondo-Abadiño". Provincia de Vizcaya. Valor estimado del contrato: 96.483.903,83 euros, IVA no incluido.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras complementarias de título: "Mejora de las conexiones del nuevo enlace de Castellbisbal en la Autovía A-2 y la Autopista AP-7 y otras obras complementarias". Provincia de Barcelona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras complementarias de título: "Tratamientos geotécnicos laderas inestables, medidas correctoras en el entorno de La Llama, trabajos de preparación y restauración de préstamos y vertederos, nuevos servicios afectados y otras obras complementarias en la Autovía del Cantábrico (A-8) Tramo: Solares-La Encina". Provincia de Santander.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia nº 2 en la línea de alta velocidad León-Asturias. Tramo: Sotiello-Campomanes. Importe: 16.270.840,73 euros, IVA no incluido.

Educación, Cultura y Deporte

  • ACUERDO por el que se establece la cuantía de la contribución voluntaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a la Organización de Estados Iberoamericanos, para el Programa Ibermuseos, por importe de 43.798,81 euros.

Empleo y Seguridad Social

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

  • REAL DECRETO sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
  • REAL DECRETO sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.
  • REAL DECRETO por el que se regula el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
  • REAL DECRETO para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 20142018 al sector vitivinícola.
  • REAL DECRETO por el que se establece el régimen de coordinación de las autoridades de gestión de los programas de desarrollo rural para el período 2014-2020.
  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el achatarramiento de vehículos industriales de transporte de viajeros y mercancías con capacidad de tracción propia "PIMA Transporte".
  • ACUERDO por el que se toma razón de la actuación de emergencia para la reparación de un tramo del canal de salida de la toma inferior del embalse de La Sotonera, en la zona de alimentación del canal de Monegros, término municipal de Alcalá de Gurrea (Huesca).
  • ACUERDO por el que se autoriza la resolución, por denuncia, del Convenio específico de colaboración suscrito el 16 de diciembre de 2011 entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones incluidas en los planes de zona de sus zonas rurales.
  • ACUERDOS por los que se aprueban los acuerdos alcanzados con las Comunidades Autónomas de Canarias; Aragón; País Vasco; Illes Balears; Navarra; Madrid; Castilla y León; Castilla-La Mancha; Cataluña; Valencia; Extremadura; Murcia; Galicia, y Andalucía, para la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea.

Economía y Competitividad

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Programa anual 2015 del Plan Estadístico Nacional 2013-2016.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable a favor de ASA, Aeropuertos e Segurança Aérea, S.A., de la República de Cabo Verde en condiciones concesionales OCDE por importe de hasta 13.973.797 euros con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa, FIEM, para un proyecto de remodelación y ampliación de los terminales de los aeropuertos internacionales de Sal y Boavista, en Cabo Verde.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de una línea de crédito por importe de hasta 50.000.000 de euros, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa, FIEM, para cofinanciar proyectos con Fondos de la Unión Europea en el marco de sus instrumentos de acción exterior.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito reembolsable en condiciones concesionales OCDE por importe de hasta 119.205.265,03 euros con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) para un proyecto de construcción llave en mano del parque eólico "Gulf of El-Zayt" en el Golfo de Suez, en Egipto.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución española voluntaria a cuatro organismos y programas de investigación internacionales en 2014, en el ámbito del Ministerio de Economía y Competitividad.
  • ACUERDO por el que se aprueban los importes máximos a percibir por el ICO en concepto de compensación de los costes en que incurra durante el año 2014 por la administración de los créditos del Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM).

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales la contratación de los servicios de organización, gestión y ejecución del Programa de Turismo Social para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas durante las temporadas 2015/2016 y 2016/2017.
  • ACUERDO por el que se autoriza el abono de un remanente de la contribución correspondiente al período 2012-2013 a la Secretaría del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud, OMS, para el HYPERLINK \l "tabaco" Control del Tabaco, con cargo a los presupuestos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del año 2014, por importe de 40.639 euros.

ACUERDOS DE PERSONAL

Justicia

  • REAL CÉDULA por la que se nombra rector del Real Colegio de Escoceses de Salamanca al reverendo THOMAS ANDREW KILBRIDE.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Justicia

  • ACUERDO por el que se recaba del Consejo General del Poder Judicial la audiencia preceptiva sobre la propuesta de nombramiento como Fiscal General del Estado de Dª CONSUELO MADRIGAL MARTÍNEZ-PEREDA.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor HASSINE BONZID, exdirector de la Oficina de la Liga de los Estados Árabes en España.

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ASUNTOS GENERALES

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADA LA RENOVACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL CANARIO HASTA 2020
  • Contribuirá al desarrollo económico del Archipiélago a través de una fuerte mejora de los incentivos fiscales a la inversión.
  • Los incentivos fiscales se orientan hacia la creación de empleo, la diversificación productiva de la estructura económica canaria, la inversión intensiva en tecnología y la exportación hacia el continente africano.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de modificación del nuevo Régimen Económico Fiscal (REF) de las Islas Canarias, que supone mayores incentivos fiscales vinculados a la creación de empleo y contribuirá al desarrollo económico del Archipiélago. El texto fue consensuado con el Gobierno canario y ya ha obtenido el visto bueno de la Comisión Europea.

La nueva regulación se aplicará para el período 2015-2020, si bien las entidades inscritas entonces en la Zona Especial Canaria (ZEC) podrán beneficiarse del régimen fiscal hasta diciembre de 2026. Los aspectos fundamentales de la modificación, que entrará en vigor el próximo mes de enero, son los siguientes:

ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

En este régimen se introducen numerosas novedades para lograr la diversificación productiva de la estructura económica canaria. Uno de los puntos esenciales es la potenciación de las inversiones en las entidades ZEC, pues sus socios podrán aplicarse plenamente la deducción por doble imposición. En paralelo, se potencia este incentivo fiscal con la finalidad de crear empleo, pues se posibilita que las entidades actúen sin limitación en todo el archipiélago, se amplía el número de actividades que pueden desarrollarse y se aumentan significativamente los límites sobre los que puede operar el tipo reducido del 4 por 100 vinculándose de manera directa a la creación de empleo.

En concreto,

1º. El ámbito geográfico de la ZEC se extenderá a todo el territorio de Canarias para las actividades permitidas. Su ámbito subjetivo no se limitará a personas jurídicas de nueva creación, sino que se admitirá la inscripción de sucursales.

2º. Se amplía de forma sustancial la lista de actividades aceptadas, con el objetivo de favorecer la creación de empleo en más sectores de actividad, así como diversificar la inversión y el tejido empresarial de Canarias. Se han incluido, fundamentalmente, actividades intensivas en mano de obra: en el sector tecnológico se encuentran los drones, la construcción de embarcaciones deportivas y el alto rendimiento deportivo; en el industrial, la reparación de maquinaria y bienes de equipo; en el medioambiental, la gestión de residuos y la desalinización de aguas; en el sector complementario al turístico, se encuentran los parques temáticos y la asistencia en salud y bienestar.

3º. Se amplían significativamente los límites de la parte de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades a la que puede aplicarse el tipo del 4 por 100 incentivando de manera clara la creación de nuevos empleos.

Los nuevos límites no distinguirán, como hace actualmente la norma, entre actividades industriales o de servicios. Además, el límite de la parte de la base sujeta a tipo reducido estará directamente vinculado al número de empleos creado. El límite será de 1.800.000 euros cuando se cree el empleo mínimo: cinco trabajadores (en Tenerife o Gran Canaria) o tres (en el resto de las islas) y de 500.000 euros más por cada empleo adicional al mínimo, hasta cincuenta empleos. A partir de cincuenta empleos no se aplicará ningún límite.

4º. Se elimina la restricción existente para la aplicación de la deducción para evitar la doble imposición interna de dividendos correspondientes a entidades de la ZEC procedentes de beneficios que hayan tributado al tipo reducido del 4 por 100. En la actualidad, las entidades perceptoras de los dividendos o participaciones en beneficios correspondientes a entidades de la ZEC procedentes de beneficios que hayan tributado al tipo reducido no pueden aplicarse la deducción.

RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS (RIC)

Se trata de un incentivo fiscal a la inversión en las Islas para entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades que dispongan de establecimientos en Canarias, contribuyentes del IRPF en estimación directa que obtengan rendimientos de actividades económicas en el archipiélago o personas físicas en territorio español que operen en Canarias mediante establecimiento permanente. En relación a la RIC, se incorporan varias mejoras en su regulación, lo que consiste en más flexible, facilitando su aplicación.

Materialización de la RIC en inversiones:

  • Se equiparan los supuestos de inversión indirecta a los de inversión directa, de modo que la RIC podrá materializarse en títulos, acciones y participaciones de otras entidades que inviertan en los mismos activos en los que actualmente pueden materializarse las inversiones directas. La reforma permite, por tanto, cualquier tipo de instrumento financiero, no solo acciones como hasta ahora.
  • Se eliminan exigencias actuales para invertir en entidades ZEC. Estas consistían en la necesidad de que la emisión o ampliación de capital de la entidad ZEC en la que se invertía lo fuera por un importe mínimo de 750.000 euros y que, al menos, el 10 por 100 del capital emitido o ampliado fuese suscrito por personas o entidades que no aplicasen la RIC a esa inversión.

Materialización de la RIC en creación de empleo:

Se introducen a nueva forma de materializar la RIC en creación de empleo, no vinculado a la realización de inversiones iniciales. Para poder acogerse a esta nueva posibilidad deberán cumplirse los mismos requisitos previstos para la materialización de empleo relacionado con inversiones iniciales (incremento de la plantilla media total en doce meses y su mantenimiento en el tiempo en cinco o tres años) y, además, deben respetarse los siguientes límites:

  • Como máximo puede destinarse a esta nueva forma de materialización de la RIC, el 50 por 100 de las dotaciones efectuadas a la misma por el sujeto pasivo.
  • Como máximo podrá considerarse, como materialización de la RIC, el coste medio anual por trabajador (salario bruto y cotizaciones sociales obligatorias), por un importe de 36.000 euros.

De este modo, la RIC no sólo se configura como un incentivo a la realización de inversiones sino también a la creación de empleo en Canarias. Este nuevo incentivo a la generación de puestos de trabajo se suma a los ya existentes.

DEDUCCIONES

Creación de la deducción por inversiones en África Occidental y actividades de exportación

Con el objetivo de incrementar las inversiones en Canarias dirigidas a facilitar y promover la utilización del Archipiélago como plataforma para exportaciones a países del África Occidental, se fija el establecimiento de las siguientes deducciones de la cuota íntegra:

a) El 15 o el 10 por 100, según se trate de pequeñas o medianas empresas (conforme a la definición comunitaria), de las inversiones que efectivamente se realicen en la creación de filiales o establecimientos permanentes en Marruecos, Mauritania, Senegal, Gambia, Guinea Bissau y Cabo Verde. Debe producirse un incremento de la plantilla en Canarias en el período impositivo en que se aplique la deducción respecto de la del período impositivo anterior y mantenerse dicho incremento durante tres años. En el caso de las filiales, la participación en las mismas se deberá ostentar por entidades con domicilio fiscal en Canarias.

b) El 15 o el 10 por 100, según se trate de pequeñas o medianas empresas, de los gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento de productos, de apertura y prospección de mercados en el extranjero y de concurrencia a ferias, exposiciones y manifestaciones análogas incluyendo en este caso las celebradas en España con carácter internacional.

De igual modo, las referidas deducciones podrán aplicarse por las personas físicas que realicen actividades económicas en Canarias.

Incremento de la deducción por innovación tecnológica

Para favorecer las inversiones de alto valor añadido en Canarias que favorezcan las actividades económicas más avanzadas tecnológicamente se incrementa del 32 por 100 al 45 por 100 la deducción por innovación tecnológica en territorio canario.

Deducciones por inversiones en producciones cinematográficas y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales

Los límites de estas deducciones se mantienen en unos importes incrementados en un 80 por 100 respecto de los que establece la Ley del Impuesto sobre Sociedades, con un diferencial mínimo de veinte puntos porcentuales.

Así, por ejemplo, la deducción por la inversión en producciones cinematográficas o la nueva deducción en espectáculos teatrales y musicales, en el régimen general serán, tras la reforma fiscal, del 20 por 100, y en Canarias, del 40 por 100.

(Renovación del Régimen Económico Fiscal Canario)

Empleo y Seguridad Social

APROBADO EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO
  • Va dirigido a los desempleados de larga duración que hayan agotado la protección por desempleo y tengan responsabilidades familiares. Se llevará a cabo en colaboración con los Servicios de Empleo de las Comunidades Autónomas, que asignarán un tutor individual a cada beneficiario.
  • La participación en el Programa da derecho a los beneficiarios a percibir una ayuda de acompañamiento equivalente al 80 por 100 del IPREM, 426 euros, durante seis meses.
  • Se permite compatibilizar hasta cinco meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley por el que se regula el Programa extraordinario de activación para el empleo.

Con la aprobación de este Programa, el Gobierno da respuesta al compromiso recogido en el Acuerdo firmado con los interlocutores sociales (CEOE, CEPYME, CCOO y UGT) el pasado 15 de diciembre, que tiene su base en el "Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el crecimiento económico y el empleo" firmado por el Gobierno y los interlocutores sociales (CEOE, CEPYME, CCOO y UGT) el pasado 29 de julio.

Este Programa beneficiará a los desempleados de larga duración con cargas familiares que hayan agotado toda protección por desempleo y estén buscando activamente empleo. Los beneficiarios que participen en las medidas de activación tendrán derecho a percibir una ayuda de acompañamiento durante seis meses, equivalente al 80 por 100 del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), 426 euros mensuales.

Se estima que los beneficiarios potenciales del Programa, que tendrá un coste de entre 1.000 y 1.200 millones de euros con cargo a los Presupuestos Generales del estado para 2015 y 2016, superarán los cuatrocientos mil.

Beneficiarios del Programa

El Programa se dirige a los desempleados de larga duración con cargas familiares que hayan tenido empleo en el pasado, busquen activamente empleo en el presente y hayan agotado las posibilidades de protección por desempleo.

La ayuda de acompañamiento está ligada al compromiso de actividad, para lo cual los beneficiarios deberán suscribir este compromiso en el momento de la solicitud, y al cumplimiento de los siguientes requisitos:

Haber trabajado en algún momento de su vida laboral y que su última relación laboral se haya extinguido por causa involuntaria.

Encontrarse sin protección: que hayan agotado el programa PREPARA, el PRODI o la tercera Renta Activa de Inserción hace más de seis meses y que no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción.

No superar los umbrales de renta habituales para estas ayudas ni a nivel individual, ni a nivel de unidad familiar. Este requisito debe cumplirse durante toda la duración del programa.

Figurar inscrito como demandante de empleo a 1 de diciembre de 2014 y haber permanecido inscrito durante, al menos, doce meses dentro de los dieciocho meses anteriores a la solicitud. En cuanto a este último requisito, se exceptúan aquellos casos en los que los días de baja como demandante de empleo por haber encontrado un trabajo no superen los tres meses de duración.

En el plazo de un mes desde la solicitud, el solicitante realizará una búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá acreditarla ante el Servicio Público de Empleo competente, que elaborará un diagnóstico de las necesidades específicas del beneficiario a partir de su perfil. De esta forma, definirá un Itinerario Personalizado de Inserción (IPI) que dará acceso a un conjunto de medidas de activación y le asignará un tutor individual.

Durante la participación en el Programa, el beneficiario no podrá rechazar ninguna oferta adecuada de empleo propuesta por los servicios de empleo o agencias colaboradoras, y se compromete a realizar cualesquiera acciones de activación que le sean propuestas por los servicios de empleo y acreditarlo.

Compatibilidad

El Programa permite compatibilizar hasta cinco meses la percepción de la ayuda de acompañamiento con el trabajo por cuenta ajena. Las bonificaciones a la contratación son compatibles con el Programa, siempre que el límite de rebaja (incluyendo la cuantía de la ayuda económica asociada al Programa) no supere el 80 por 100 del coste salarial del beneficiario contratado.

Vigencia y financiación del Programa

Los desempleados podrán presentar solicitudes para acceder al Programa desde el 15 de enero de 2015 hasta el 15 de abril de 2016. Su financiación se realizará con cargo los ejercicios 2015 y 2016.

Los presupuestos para 2015 recogen un incremento de los recursos destinados a políticas activas del 16,8 por 100, que se eleva al 25 por 100 en el caso de los recursos a transferir a las comunidades autónomas. Este incremento presupuestario para el ejercicio 2015, junto con los recursos propios que cada Comunidad Autónoma destine, facilitará el cumplimiento de los objetivos de este Programa Extraordinario de Activación. Una parte de estos mayores recursos disponibles para 2015 se distribuirán entre las Comunidades Autónomas en función del desarrollo efectivo del Programa, así como de los resultados logrados.

Además, tal como recoge la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, las medidas que lleven a cabo los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas serán sometidas a evaluación y los resultados, en relación a los objetivos anuales, y determinarán la financiación en los ejercicios siguientes.

Tres meses antes de finalizar la vigencia del Programa, se iniciará una evaluación conjunta por parte del Gobierno, las Comunidades Autónomas y los interlocutores sociales con el fin de determinar la eficacia del Programa en términos de inserción y mejora de la empleabilidad. Esta evaluación permitirá, en su caso, determinar la necesidad de dar continuidad al Programa o realizar cualquier tipo de adaptación que requiera.

AYUDA A LAS EMPRESAS QUE MANTENGAN EL EMPLEO DESPUÉS DE VER INTERRUMPIDA SU ACTIVIDAD POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR

  • Se exonerará hasta el 100 por 100 de las cuotas empresariales durante un periodo de doce meses, prorrogable por otros doce, cuando se apliquen suspensiones de contrato o reducciones de jornada en lugar de despidos.
  • Se aplicará en casos de acontecimientos catastróficos imprevisibles e inevitables que supongan la destrucción total o parcial del centro de trabajo, impidiendo la continuidad de la actividad.
  • La empresa deberá comprometerse a mantener al 100 por 100 de los trabajadores afectados durante un año con posterioridad a la finalización de la suspensión o reducción, y a realizar la reinversión que garantice el restablecimiento de las actividades.

Además, el Real Decreto Ley incluye una ayuda para las empresas que mantengan el empleo después de que una situación de fuerza mayor propia obligue a interrumpir su actividad, aplicando suspensiones de contratos o reducciones temporales de jornada en lugar de despidos.

Esta ayuda consiste en una exoneración por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social de hasta un 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, tanto por contingencias comunes como profesionales, devengadas por los trabajadores en situaciones de suspensión de contrato o reducción temporal de jornada durante un plazo de doce meses por trabajador, prorrogables por otros doce.

El Real Decreto Ley establece que la suspensión de contratos o reducción de jornada debe tener su origen en determinadas causas de fuerza mayor propia, esto es, acontecimientos de carácter catastrófico imprevisibles e inevitables que supongan la destrucción total o parcial de las instalaciones de la empresa o centro de trabajo, de manera que se impida la continuidad de la actividad laboral para los trabajadores afectados.

La causa de fuerza mayor propia será acreditada en un informe preceptivo emitido por la Dirección Especial de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Requisitos

Para solicitar la ayuda, la empresa debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como tener asegurados los bienes indispensables para realizar la misma actividad productiva al momento de producirse el acontecimiento de carácter catastrófico que determina la situación de fuerza mayor propia.

Igualmente, la empresa se comprometerá a mantener en el empleo al 100 por 100 los trabajadores afectados (excluidos, en su caso, los trabajadores recolocados en otros centros de trabajo) durante un año con posterioridad a la finalización de la suspensión o reducción, así como a realizar la necesaria reinversión que garantice el restablecimiento de las mismas actividades afectadas.

En caso de incumplimiento de estos dos últimos requisitos (reinversión y mantenimiento del empleo), deberá reintegrar las exoneraciones aplicadas respecto de dichos trabajadores.

La duración inicial de la exoneración en las cuotas empresariales de la Seguridad Social será por un máximo de doce meses a partir de su reconocimiento por la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez transcurridos los doce meses iniciales, la Tesorería, previa solicitud de la empresa, podría prorrogar la medida otros doce meses siempre que compruebe que se siguen cumpliendo los requisitos que determinaron el reconocimiento inicial y que se están cumpliendo los compromisos adquiridos.

(Activación para el empleo)

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADOS DOS REALES DECRETOS SOBRE IVA E IMPUESTOS ESPECIALES QUE DESARROLLAN LA REFORMA FISCAL
  • Los empresarios podrán aplazar el pago de cuotas soportadas por el IVA a la importación, medida que mejorará la liquidez de los importadores.
  • Se regulan los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo del IVA y de sus regímenes especiales.
  • Se agiliza la devolución del Impuesto sobre Gases Fluorados a quien colabore en su reciclado o regeneración.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento del IVA, el Reglamento General de Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y el Reglamento por el que se Regulan las Obligaciones de Facturación. El objeto del Real Decreto es desarrollar las modificaciones realizadas en la reforma tributaria y que afectan al IVA, a los procedimientos de aplicación de los tributos y a las obligaciones de facturación.

El Real Decreto desarrolla, entre otros asuntos, la posibilidad de determinados contribuyentes de diferir el ingreso de las cuotas del IVA a la importación. De esta forma, los sujetos pasivos que opten por ello no pagarán cuando se realice la importación y esperarán a que las cuotas devengadas se incluyan en la posterior declaración-liquidación periódica.

Esta medida genera un efecto financiero positivo para los importadores, porque se difieren ingresos que hasta ahora se recaudan en el momento de efectuar la importación, a cambio de lo que se generan menores devoluciones a realizar después de llevarse a cabo la importación.

Dicha opción, que deberá ejercitarse a través de una declaración censal, tendrá efecto durante tres años. Podrán ejercerla los operadores que tributen a la Administración del Estado y cuenten con un período de declaración mensual del impuesto.

Inversión sujeto pasivo

El Real Decreto desarrolla también el nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo del IVA en el caso de las entregas por revendedores de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales. El empresario adquiriente ha de realizar una comunicación a su proveedor para que resulte aplicable la mencionada regla de inversión, acreditando su condición de revendedor. Previamente, el adquiriente habrá obtenido un certificado de revendedor de la Agencia Tributaria.

Regímenes especiales

Por otro lado, el Real Decreto atiende una serie de modificaciones en los regímenes especiales del IVA:

  1. Módulos. En el régimen simplificado se reduce de 450.000 a 150.000 euros el volumen de ingresos máximos para acceder al mismo, y de 300.000 a 150.000 euros, el volumen de compras. En el régimen de agricultura, ganadería y pesca, el nivel de ingresos máximos pasa de 300.000 a 250.0000 euros, y el de compras, de 300.000 a 150.000 euros.
  2. Servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y los prestados por vía electrónica. El Real Decreto regula el ejercicio de renuncia, exclusión y procedimiento para solicitar la devolución del impuesto soportado.
  3. Agencias de viajes. Se permite la opción de aplicar el régimen general, operación por operación, comunicándoselo por escrito al destinatario, con carácter previo o simultáneo a la prestación del servicio. El Reglamento permite, para simplificar, que esta comunicación pueda realizarse al tiempo de la expedición de la factura, simplemente no constando mención alguna a la aplicación del régimen especial.

Impuestos Especiales

El Consejo de Ministros ha aprobado otro Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales y el Reglamento del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero para adaptarlos a los preceptos aprobados en la reforma fiscal.

Entre otras, se incluyen las siguientes modificaciones:

  1. En el Impuesto sobre el Alcohol, se regula un procedimiento específico por el que se exime de determinadas obligaciones (contables, uso de contadores, etcétera) a quienes realicen procesos industriales de regeneración de residuos alcohólicos declarados.
  2. En el Impuesto sobre Hidrocarburos aplicado al gas natural, se regulan los requisitos para solicitar la devolución del importe pagado cuando el gas natural se envía, por medios diferentes a tuberías fijas, con destino a otro Estado miembro de la Unión Europea (normalmente en transporte por carretera). En estos casos será necesario la condición fiscal del establecimiento donde vaya a ser recibido el gas.
  3. En el Impuesto especial sobre la Electricidad, que ha dejado de configurarse como un tributo sobre la fabricación para pasar a ser un impuesto que grava el suministro para consumo, se recogen las adaptaciones correspondientes. Por otra parte, se regula el procedimiento para la aplicación de determinadas exenciones (navegación internacional, extintores, usos docentes o de investigación) y para la reducción de la base imponible en actividades intensivas en consumo energético
  1. En el Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero se modifica la definición de "gestor de residuos". Con el objetivo de agilizar la devolución del impuesto a los consumidores que entreguen los gases a un gestor de residuos intermedio para su destrucción, reciclado o regeneración, se incluye en la definición de "gestor de residuos" aquellos que tienen dicha condición a efectos de la legislación sectorial.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

AUTORIZADA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL PROGRAMA DE TURISMO SOCIAL
  • Aumenta sus plazas hasta casi un millón las próximas dos temporadas, en cada una de las cuales contará con 41.334 plazas más que en la actual.
  • El presupuesto del Imserso se incrementa un 5 por 100 para el programa, que cumple treinta años en 2015 y generará la próxima temporada 91.800 empleos.

El Consejo de Ministros ha autorizado el expediente de contratación para el nuevo programa de Turismo Social para Personas Mayores y Mantenimiento del Empleo en Zonas Turísticas para las temporadas 2015-2016 y 2016-2017. El programa, desarrollado por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), aumenta sus plazas hasta las 938.000 por temporada, susceptibles de ser ampliadas, lo que supone 41.334 más que en la temporada actual.

El presupuesto del Imserso para financiar este programa también aumenta un 5 por 100, 3,1 millones de euros. Se estima que el programa, en el que participan más de trescientos establecimientos hoteleros de toda España, generará una riqueza superior a los 331 millones de euros por temporada y 91.800 empleos, lo que supone 3.000 puestos de trabajo más que en la temporada actual.

El Programa de Turismo Social del Imserso cumple la próxima temporada treinta años de vida, pues se ha desarrollado de forma ininterrumpida desde 1985. Proporciona a las personas mayores la posibilidad de disfrutar de vacaciones a precio reducido durante la temporada baja turística, con tres objetivos básicos:

  • Mejorar la vida de las personas mayores, mediante la participación en actividades de ocio y turísticas, contribuyendo a un envejecimiento saludable.
  • Favorecer la creación o mantenimiento del empleo en el sector turístico y paliar la estacionalidad característica de este sector.
  • Potenciar la actividad económica en diversos sectores de la economía, como el transporte, las agencias de viaje, el comercio y otros servicios.

Pueden participar en el programa las personas jubiladas del Sistema Público de Pensiones, pensionistas de viudedad con 55 o más años, pensionistas por otros conceptos mayores de 60 años y titulares o beneficiarios del sistema de la Seguridad Social mayores de 65 años.

En las próximas temporadas se incorporarán novedades que tienen como idea básica dotar al programa de mayor diversidad y flexibilidad en la oferta. También se diversifica la duración de las estancias, introduciendo viajes con menor número de días de duración para los usuarios que así lo prefieran y manteniendo las estancias actuales para el resto.

Las plazas se han distribuido en tres lotes:

  • El Lote 1, con 10.665 plazas, abarca la oferta de costa peninsular.
  • El lote 2, con 3.041 plazas, abarca la oferta de costa insular (Illes Balears y Canarias).
  • El lote 3, con 27.628 plazas, abarca el turismo interior.

El número de plazas en cada lote es superior al de la presente temporada. Sin embargo, se ha ajustado la oferta a la demanda de los usuarios, de manera que ha habido un mayor incremento y diversificación en turismo de interior, tanto en circuitos culturales, como en turismo de naturaleza.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADO EL PLAN PIMA TRANSPORTE CON 4,7 MILLONES EN AYUDAS PARA RENOVAR CAMIONES Y AUTOBUSES
  • Incluye ayudas para el achatarramiento de los autobuses y vehículos de transporte de mercancías con más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada y con una antigüedad mayor de ocho años.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA) Transporte, con ayudas directas por un importe de 4,7 millones de euros para la renovación de autobuses y de transporte pesado de mercancías.

La situación actual de envejecimiento de la flota profesional de transporte pesado de mercancías y de viajeros en autobús hace recomendable establecer ayudas para que se retiren los vehículos más antiguos como establece el Plan PIMA Transporte.

En este sentido, el Plan incluye la concesión de ayudas para el achatarramiento de los autobuses y vehículos de transporte de mercancías con capacidad de tracción propia de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada y con una antigüedad mayor de ocho años.

La cuantía de las ayudas varían en función de la masa del vehículo, desde 1.500 euros para camiones con una masa superior a 3,5 toneladas y que no sobrepasen las 7,5 toneladas, hasta 3.000 euros, en el caso de camiones con masa superior a dieciséis toneladas. En cuanto a los autobuses, las ayudas ascenderán siempre a 3.000 euros y todas las solicitudes se podrán presentar hasta el 1 de octubre de 2015.

Beneficios ambientales

Se estima que con este Plan se pueda conseguir el achatarramiento de unos 1.800 vehículos industriales, lo cual es factible dado que el parque de este tipo de vehículos está muy envejecido.

Además, el Banco Europeo de Inversiones prevé aprobar una línea de crédito para aquellos que, una vez hayan renovado un camión o un autobús de acuerdo con este Plan, decidan comprar otro camión o autobús nuevo.

Con la puesta en marcha del PIMA Transporte, se prevé una reducción significativa en las emisiones de CO2 y del consumo del combustible del orden del 15 por 100 por vehículo achatarrado. Asimismo, se espera una reducción muy importante de contaminantes atmosféricos como NOX y partículas en suspensión. Esta mejora deriva del trasvase de las mercancías o pasajeros transportados a vehículos pesados con menores niveles de emisión de CO2 y de contaminantes atmosféricos.

Iniciativa pionera en Europa

El PIMA Transporte es una iniciativa pionera en Europa, ya que por primera vez un programa de estas características se enfoca directamente a vehículos industriales y comerciales.

Los Planes de Impulso al Medio Ambiente PIMA, en sus distintas ediciones, forman parte de una estrategia más amplia, diseñada y puesta en marcha por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con el objetivo de reducir de forma significativa las emisiones de contaminantes atmosféricos, así como las emisiones de gases de efecto invernadero.

Desde el inicio de la Legislatura, los PIMA han contado con una dotación de 43,5 millones de euros y han permitido la renovación de más de 35.000 vehículos comerciales, y turismos y tractores.

Interior

APROBADO EL PROGRAMA DE REASENTAMIENTO DE REFUGIADOS EN ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Programa de reasentamiento de Refugiados en España de un total de 130 refugiados, idéntica cifra al del programa de 2013.

Por medio del presente Programa España quiere mostrar su voluntad de solidaridad y de compromiso con el reasentamiento tras el llamamiento efectuado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ante los Estados miembros de la Unión Europea con ocasión de la reunión de ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea, celebrado en Vilnius en julio de 2013.

Mediante este Programa, que se llevará a cabo por los Ministerios del Interior y de Empleo y Seguridad Social a lo largo del 2015, España manifiesta su voluntad de acoger a 130 refugiados procedentes del conflicto sirio que se encuentren en países limítrofes de la región.

Misiones del Programa de Reasentamiento de Refugiados

Se prevé la posibilidad de llevar a cabo una misión de selección e identificación sobre el terreno, a cargo de un máximo de siete personas adscritas a la Dirección General de Política Interior, para completar la información recabada por ACNUR y para analizar la idoneidad de las personas que puedan ser reasentadas desde el punto de vista del procedimiento para la concesión de alguno de los estatutos de protección internacional previstos en la Ley de 30 de octubre de 2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Asimismo, se contempla una segunda misión formada por seis personas de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, quienes analizarán el perfil sociocultural de las personas que puedan ser reasentadas en España desde la óptica de su acogida e integración en la sociedad española.

Los gastos derivados del reasentamiento de refugiados, un total estimado de 2.595.253,97 euros, serán asumidos casi en su práctica totalidad por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y se financiarán íntegramente con las partidas presupuestarias previstas para 2015 y 2016.

Fomento

CREADA LA AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD FERROVIARIA
  • Su presidente será el titular de la Secretaría General de Infraestructuras.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, y además de aprobar su Estatuto.

La Agencia ejercerá en el ámbito estatal las funciones de autoridad responsable de la seguridad previstas en la normativa ferroviaria y, en particular, la ordenación, inspección y supervisión de todos los elementos del sistema ferroviario tanto en infraestructuras, material rodante y personal ferroviario como en operación ferroviaria.

Asimismo, llevará a cabo las funciones relacionadas con la interoperabilidad del sistema ferroviario de competencia estatal y le corresponderá el otorgamiento, suspensión y revocación de licencias a las empresas ferroviarias.

Competencias

Entre otras competencias, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria velará por el mantenimiento de la seguridad sobre la Red Estatal Ferroviaria de Interés General. Autorizará la puesta en servicio de líneas y vehículos, y expedirá certificados y autorizaciones de seguridad, licencias de conducción para maquinistas, y homologaciones de centros relacionados con el personal ferroviario y de mantenimiento de material rodante.

Igualmente, propondrá la elaboración y desarrollo del marco normativo de seguridad, y supervisará su cumplimiento por los distintos agentes del sistema ferroviario.

Además, asistirá y participará en los grupos de trabajo de la Agencia Europea Ferroviaria y en otras organizaciones nacionales e internacionales relacionadas con la seguridad o interoperabilidad del transporte ferroviario.

La Agencia ejercerá también la potestad sancionadora en materia de seguridad ferroviaria.

Órganos de gobierno

Los órganos de gobierno de la Agencia serán el presidente y el Consejo Rector. Por su parte, le corresponderá ser el órgano de control a la Comisión de Control y serán órganos ejecutivos el director, la Subdirección General de Infraestructuras, la Subdirección General de Coordinación de la Seguridad Ferroviaria y la División de Administración.

El presidente será el titular de la Secretaría General de Infraestructuras.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REGULADO EL RÉGIMEN DE PAGOS DIRECTOS QUE AGLUTINA LA PRÁCTICA TOTALIDAD DE LAS AYUDAS DIRECTAS DE LA PAC
  • Cuenta con un presupuesto de 35.705 millones de euros para el periodo 2014-2020 e incluye los regímenes de pago básico y de pagos complementarios que contemplan dos tipos de ayuda: el pago por "greening" y el destinado a los jóvenes agricultores.
  • Los pagos se destinan a "agricultores activos" que realizan una actividad agraria de cultivo o cría de animales o de mantenimiento de su explotación en condiciones adecuadas. Las solicitudes de la campaña de 2015 se podrán pedir a partir del 1 de marzo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la aplicación, a partir de 2015, de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como la gestión y control de estos pagos y de los correspondientes al desarrollo rural. Se trata de una norma que abarca la práctica totalidad de las ayudas directas a la renta de los agricultores y ganaderos en el marco de la Política Agrícola Común (PAC), además de la ayuda nacional para los frutos de cáscara, y regula la solicitud, gestión y control de éstas y otras ayudas al desarrollo rural, con un presupuesto que para el período 2014-2020 ascenderá a 35.705 millones de euros.

La PAC renovada está más sensibilizada con el medio ambiente, da un mayor impulso a la incorporación de los jóvenes y promueve una reducción de las diferencias individuales en el nivel de ayuda, derivadas de la utilización de referencias históricas en el cálculo de las ayudas en el periodo anterior.

Ayudas agrarias incluidas

El término "pagos directos" agrupa a varias tipologías de ayudas agrarias, todas ellas estrechamente vinculadas, que en este nuevo periodo estarán integradas, como medida fundamental, por el Régimen de pago básico, que aglutina algo más de la mitad del presupuesto anual de pagos directos, para cuya aplicación la superficie agraria de España se ha dividido en cincuenta regiones con un potencial agrario similar.

En cada una de esas regiones se llevará a cabo hasta 2020 un acercamiento, progresivo y limitado, de los valores medios de ayuda por hectárea de cada agricultor con respecto a la media de la región en que se encuentra.

Dentro de los pagos directos se incluyen también los Pagos complementarios al pago básico, que contemplan dos tipos de ayudas como el pago por prácticas beneficiosas para el medioambiente -también conocido como "greening", capítulo al que se dedica el 30 por 100 del presupuesto nacional- y el pago para jóvenes agricultores, al que se destina el 2 por 100 de ese presupuesto.

Por último, se engloban en este capítulo las ayudas asociadas a sectores con especiales dificultades. Estas ayudas tienen carácter voluntario para el Estado miembro y España ha optado por destinar a este tipo de apoyo un 12,08 por 100 de los fondos anuales.

Los sectores apoyados son, particularmente, los ganaderos, pero también algunas producciones agrícolas como el arroz, los cultivos industriales como el tomate o la remolacha, o los cultivos proteicos para la alimentación del ganado.

"Agricultores activos"

Tal como se recoge en la nueva norma, los pagos se destinan a los "agricultores activos", es decir, aquellos que tienen una actividad económica mínima de la que obtienen ingresos agrarios, aparte de las propias ayudas, o, en su caso, que demuestren que realizan directamente y bajo su responsabilidad una actividad agraria, que consista en cultivar o criar ganado o en mantener en buenas condiciones las superficies de su explotación.

Además, como medida de simplificación, se implantará un régimen para pequeños agricultores que facilitará la tramitación de las solicitudes de menos de 1.250 euros de ayudas anuales.

A partir del próximo 1 de marzo se abrirá la ventanilla para que agricultores y ganaderos presenten sus solicitudes correspondientes a la campaña de ayudas 2015.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

NUEVAS DIRECTRICES PARA LA ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO DE LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN
  • Para su aplicación la superficie agraria de España se ha dividido en 50 regiones con un potencial agrario similar.
  • Esta orientación regional va a permitir que las ayudas para el período 2014-2020 reflejen mejor la realidad productiva actual de la agricultura, garantizando una correcta distribución de las mismas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre la asignación de los nuevos derechos de pago básico de la Política Agraria Común (PAC), establecida en el Reglamento comunitario, derechos que estarán vigentes para el período de aplicación 2015-2020.

El elemento fundamental del nuevo sistema de ayudas directas de la PAC es el régimen de pago básico, que supone el paso a un nuevo sistema de ayudas directas desacopladas de la producción, en base a las cincuenta regiones con un potencial agrario similar establecidas en esta nueva norma.

Esta orientación regional de la nueva asignación de derechos de pago básico va a permitir que las ayudas reflejen mejor la realidad productiva actual de la agricultura española, garantizando una correcta distribución de las mismas entre las tierras agrícolas en función de dicha productividad.

Tasa regional

Además, las regiones que se establezcan para el nuevo régimen de pago básico tendrán, como elemento indicativo, un valor de referencia en forma de tasa regional. Cada derecho de pago básico que se asigne tenderá, de forma limitada, al valor de referencia regional que le corresponda, en función de la región en la que esté asignado.

En el Real Decreto de asignación se recogen también los requisitos que hay que cumplir para poder beneficiarse de la nueva asignación de derechos de pago básico, ya que el 31 de diciembre de 2014 los derechos de pago único existentes desaparecen.

En el año 2015 se asignarán nuevos derechos en base al número de hectáreas admisibles que estén a disposición de los agricultores en dicha campaña. Se establece una limitación individual del número de derechos a asignar, de tal forma que no se asignarán más derechos en 2015 que hectáreas admisibles fueran declaradas por cada agricultor en la campaña 2013.

El valor inicial de dichos derechos se calculará partiendo de la base del total de pagos directos, desacoplados o que se desacoplen, percibidos en la campaña 2014.

Reserva nacional

Además, se regula una reserva nacional de derechos de pago básico que debe utilizarse, de manera prioritaria, para facilitar la participación de jóvenes agricultores y agricultores que comienzan su actividad agrícola y para atender otras situaciones específicas. También, de forma general, se mantienen las normas sobre la transferencia y la utilización de los derechos de pago.

Finalmente, esta nueva norma establece la aplicación de un régimen simplificado para pequeños agricultores, basado en un sistema de derechos independiente en el caso de explotaciones cuyos importes de pagos directos en la campaña 2015 no superen los 1.250 euros.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

ACTUALIZADA LA NORMATIVA DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA DE PARCELAS AGRÍCOLAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los criterios básicos para garantizar el correcto funcionamiento del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) como herramienta de obligada utilización en la gestión de las ayudas comunitarias, ya que es la base identificativa de cualquier tipo de ayuda relacionada con la superficie.

De esta forma, el Real Decreto integra todas las novedades normativas derivadas de la nueva regulación de la Política Agrícola Común en el nuevo período normativo 2014-2020. Asimismo, recoge algunos aspectos de colaboración entre el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y las Comunidades Autónomas; y entre el FEGA, la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional y la Dirección General de Catastro.

La explotación y mantenimiento de este Sistema de Información corresponde a las Comunidades Autónomas, aunque la Administración General del Estado, a través del Fondo Español de Garantía Agraria, tiene atribuidas las facultades ejecutivas, imprescindibles para garantizar su óptimo funcionamiento en el caso de que las Comunidades Autónomas no dispongan de los medios apropiados para realizar determinadas actividades o cuando sea necesaria la coordinación con otras unidades de la Administración del Estado.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

NORMAS DE CONDICIONALIDAD PARA LOS PAGOS DIRECTOS Y DETERMINADAS PRIMAS DE DESARROLLO RURAL

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el Real Decreto por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

Este Real Decreto recoge la nueva normativa sobre condicionalidad establecida en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y tiene como objetivo fundamental establecer las obligaciones que determinados beneficiarios de ayudas deben respetar, así como el sistema de control y de aplicación de penalizaciones.

Estas obligaciones se han ajustado con la reforma, dado que algunas no estaban suficientemente relacionadas con la actividad agraria o concernían más a las autoridades nacionales que a los propios beneficiarios, para el periodo 2015-2020.

Junto con los pagos directos "verdes" y las medidas de desarrollo rural relativas al medio ambiente, constituyen un conjunto de medidas que permitirán una actividad más respetuosa con el medio ambiente.

Relación con el medio ambiente

Las normas de la condicionalidad están relacionadas con el medio ambiente, cambio climático, buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra, salud pública, zoosanidad, fitosanidad y bienestar animal.

Respecto al ámbito de buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra, el Real Decreto desarrolla, a nivel nacional y dentro del marco establecido con la reforma, las normas necesarias para prevenir la erosión, mantener la materia orgánica del suelo, garantizar un nivel mínimo de mantenimiento, evitar el deterioro de los hábitats y proteger y gestionar el agua, en función de características tales como las condiciones edafológicas, climáticas, sistemas de cultivo y estructuras agrarias.

Exenciones

Una de las principales novedades respecto al período anterior es que los beneficiarios que participan en el régimen simplificado para los pequeños agricultores quedan exentos del sistema de control y del riesgo de las penalizaciones de condicionalidad.

No obstante, esta excepción no afecta a la obligación de respetar las disposiciones aplicables de la legislación sectorial o a la posibilidad de ser controlado y sancionado, en virtud de dicha legislación.

Se establecen los controles administrativos y sobre el terreno que deben llevarse a cabo para asegurar el cumplimiento de la condicionalidad, porcentaje mínimo de control, naturaleza y alcance de los mismos, y selección de la muestra, así como las normas mínimas para el cálculo y la aplicación de las penalizaciones en caso de incumplimiento.

El Real Decreto también prevé un sistema de alerta rápida que se aplicará a los incumplimientos de menor gravedad, alcance y persistencia, que supondrá la no aplicación de reducción o exclusión, aunque el beneficiario, una vez informado del incumplimiento observado tiene la obligación de adoptar medidas correctoras.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADAS NUEVAS MEDIDAS DEL PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR VITIVINÍCOLA
  • Recoge la posibilidad de financiar la replantación de viñedos en caso de arranque obligatorio producido por motivos sanitarios o fitosanitarios, en el marco de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para aplicar en España nuevas medidas del Programa de Apoyo al sector vitivinícola para el período 2014-2018, incorporando las nuevas medidas previstas en los reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobados en 2013.

Esta nueva norma completa lo establecido en el Real Decreto aprobado el pasado 19 de julio de 2013, que recoge el conjunto de disposiciones que desarrollan el programa de apoyo del sector vitivinícola español para la aplicación del segundo Programa de Apoyo quinquenal presentado por España a la Comisión Europea para el periodo 2014-2018.

El Primer Programa de apoyo al sector vitivinícola español se aplicó entre los ejercicios 2009 y 2013 e incluía medidas admisibles de promoción de vinos en los mercados de terceros países, la destilación de alcohol para uso de boca, la reestructuración y reconversión de viñedos, la destilación de crisis y la destilación de subproductos.

Como novedad del Segundo Programa destaca la eliminación de medidas del período quinquenal anterior, como la destilación de alcohol para uso de boca y la destilación de boca, derivadas de la eliminación de la normativa comunitaria que establecía su aplicación hasta 2012, y se incluyen modificaciones en las condiciones de aplicación de las medidas de promoción y de reestructuración y reconversión de viñedos.

Financiación de la replantación de viñedos

En este contexto, el presente Real Decreto recoge como novedad la posibilidad de financiar, dentro de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos, la replantación de viñedos en caso de arranque obligatorio producido por motivos sanitarios o fitosanitarios. Para ello, se fijan las condiciones en las que dicha actividad se puede aplicar en España.

Además, se establecen las disposiciones para dar apoyo a la innovación con ayudas a las inversiones tangibles o intangibles para la transferencia de conocimientos, o la realización de operaciones preparatorias o de estudios piloto, destinados al desarrollo de nuevos productos relacionados con el sector del vino.

Asimismo, en este Real Decreto se establecen los requisitos y condiciones de financiación de España de la medida de cosecha en verde, que será activada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a petición de una o varias Comunidades Autónomas, en caso de que se produzca un desequilibrio de mercado.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

NUEVO RÉGIMEN DE COORDINACIÓN ENTRE LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS EN LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL PARA EL PERÍODO 2014-2020

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el régimen de coordinación de las Autoridades de Gestión de los Programas de Desarrollo Rural para el periodo 2014-2020. Su principal objetivo es regular los órganos de coordinación entre las diferentes Administraciones implicadas en la aplicación del segundo pilar de la Política Agrícola Común sobre política de desarrollo rural cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Este Real Decreto deroga la normativa vigente en esta materia durante el periodo 2007-2013 y se adapta a lo dispuesto en la norma comunitaria de aplicación para el nuevo período 20142020.

Contempla, al igual que en la normativa anterior, las figuras del Comité de Seguimiento del Marco Nacional y la autoridad de coordinación de las autoridades de gestión, si bien se dota a la autoridad de coordinación de mayor peso ya que, a diferencia del período anterior, pasa a ser una figura reconocida también en el Reglamento comunitario por el que se regula la ayuda al desarrollo rural a través de FEADER.

Esta autoridad de coordinación, representada por la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio, tiene como principal función asegurar la coherencia en la gestión de los fondos FEADER.

Entre sus novedades, la nueva norma regula la concesión de ayudas a los titulares de explotaciones cuya base territorial se encuentra en dos o más Comunidades Autónomas, favoreciendo en todo caso al beneficiario, con independencia de dónde se encuentre la explotación agraria de la que es titular. Se intenta, así, dar solución a los problemas detectados en el período 2007-2013.

También se establece un mecanismo de transferencia de fondos entre programas, para el caso de que se produzca riesgo seguro de pérdida de fondos FEADER por parte de un programa de desarrollo rural, gestión que recae en el Comité de Coordinación de las autoridades de gestión, que funcionaba con carácter informal en el periodo anterior. Este aspecto es de especial relevancia en España, que cuenta con dieciocho programas de desarrollo rural, uno nacional y diecisiete regionales.

Industria, Energía y Turismo

COMPROMISOS DE GASTOS PARA EL PAGO DE COSTES LABORALES DE LAS EMPRESAS MINERAS DEL CARBÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras a adquirir compromisos de gasto hasta el año 2031 para atender al pago de las ayudas por edad avanzada, ayudas que sustituyen a las prejubilaciones de los anteriores Planes, y las bajas indemnizadas que se produzcan en el Marco de Actuación para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el período 2013-2018 acordado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y las organizaciones sindicales el 1 de octubre de 2013.

Un Real Decreto del pasado 1 de agosto de 2014 estableció el régimen de estas ayudas, destinadas a cubrir las prestaciones a trabajadores de edad avanzada y al pago de indemnizaciones a los trabajadores que hayan perdido o pierdan su puesto de trabajo como consecuencia del cierre de las unidades de producción.

Para las bajas indemnizadas se autoriza un gasto de 65,20 millones y para las ayudas a trabajadores de edad avanzada el gasto autorizado asciende a 260,60 millones de euros.

En la autorización se incluyen los compromisos de ayudas (prejubilaciones) de los Planes 1998-2005 y 2006-2012 que ascienden a 1.286,450 millones de euros.

En total las ayudas que el Consejo de Ministros ha autorizado pagar al Instituto, hasta el 31 de diciembre de 2031, suponen 1.611,250 millones de euros.

Estas ayudas se conceden de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Decisión comunitaria de Consejo de la Unión Europea relativa a las ayudas estatales para cubrir costes excepcionales derivados del cierre de unidades de producción.

Con esta autorización el Instituto puede iniciar los procedimientos para el pago de esas ayudas.

Fomento

MÁS DE 96 MILLONES PARA OBRAS DE PLATAFORMA DEL TRAMO DE ALTA VELOCIDAD ATXONDO-ABADIÑO
  • El tramo, de 6,6 kilómetros de longitud y que discurre por los municipios vizcaínos de Elorrio, Atxondo y Abadiño, conecta el trayecto entre Vitoria/Gasteiz y Bilbao de la Línea de Alta Velocidad Vitoria/Gasteiz-Bilbao-San Sebastián/Frontera francesa.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento la licitación, a través de ADIF Alta Velocidad, del proyecto constructivo de la plataforma del tramo Atxondo-Abadiño, dentro de la Línea de Alta Velocidad Vitoria/Gasteiz-Bilbao-San Sebastián/Frontera francesa, por importe de 96.483.903,83 euros.

Este tramo, que conectará el trayecto Vitoria/Gasteiz-Bilbao de la Línea de Alta Velocidad, tiene una longitud de 6,6 kilómetros y discurre por los municipios vizcaínos de Elorrio, Atxondo y Abadiño.

El proyecto contiene las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructuras tales como los movimientos de tierras, obras de drenaje, estructuras, túneles, reposición de los servicios y servidumbres afectadas, incluyendo las conexiones transversales que permitan la permeabilidad de la línea.

Como elementos singulares destaca la construcción de seis viaductos para vía doble: Viaducto de Lanebera, de 283,5 metros de longitud; Viaducto de Solatxo, de 153 metros de longitud; Viaducto de Bolinbiskar de 231 metros; Viaducto de Urasalto, de 337 metros de longitud; Viaducto de Sagasta, de 453 metros de longitud, y Viaducto sobre el arroyo de Arrazola, con 1.755 metros de longitud.

Asimismo, se incluye la construcción de dos viaductos para vía única: Viaducto de Lanebera Norte, de 291 metros de longitud y Viaducto de Lanebera Sur, con una longitud de 238 metros.

Financiación europea

Se va a solicitar la cofinanciación de esta actuación por las Ayudas RTE-T a través del mecanismo financiero CEF "Conectar Europa".

Características de la nueva línea

A escala europea, la nueva infraestructura forma parte del Proyecto Prioritario nº 3 del Eje Atlántico Ferroviario europeo, dando continuidad en territorio español a la línea Madrid-Valladolid-Vitoria/Gasteiz y prolongándola hasta la frontera francesa.

El nuevo trazado se ha diseñado para doble vía de alta velocidad con ancho internacional (1.435 mm) y permitirá la circulación de trenes de viajeros y mercancías (tráfico mixto).

ADIF tiene encomendada la construcción de 90,2 kilómetros de la plataforma entre Vitoria/Gasteiz y Bilbao, además de la conexión con Gipuzkoa a través del Nudo de Bergara, mientras que el Gobierno de España ha acordado con el Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco la construcción del corredor guipuzcoano (Bergara /Donostia/San Sebastián) mediante anticipos sobre el cupo, que serán reintegrados por el Gobierno de España. Toda la financiación de la Línea de Alta Velocidad la asume el Gobierno de España.

Principales beneficios de la Línea de Alta Velocidad

La nueva Línea de Alta Velocidad permitirá la interconexión de las tres capitales vascas en alta velocidad ferroviaria, lo que redundará en un incremento de la capacidad y la regularidad en todo el recorrido, un aumento del confort y de la seguridad con la adopción de tecnologías punta, y la ausencia de pasos a nivel a lo largo de todo el recorrido.

Además, la nueva infraestructura facilitará el establecimiento de un nudo ferroviario en Vitoria-Gasteiz, permitiendo el acceso desde el resto de España, y la interconexión con la red internacional. Los tiempos de viaje entre Vitoria-Gasteiz y Bilbao serán de 28 minutos; entre Vitoria-Gasteiz y San Sebastián serán de 34 minutos; y de 38 minutos entre Bilbao y San Sebastián.

Estudios realizados por el Gobierno Vasco estiman que la conexión ferroviaria entre Vitoria/Gasteiz y Bilbao permitirá eliminar de las carreteras más de 5.000 vehículos y unos 1.100 camiones diariamente, lo que posibilitará el ahorro de hasta 8.100 horas de viaje.

Estos mismos estudios apuntan a que el tren de alta velocidad evitará una emisión a la atmósfera de 425 toneladas diarias de CO2, que corresponden a un consumo de 27.000 litros de combustible, así como la menor emisión de carbono, óxido de azufre y otros compuestos químicos y orgánicos a la atmósfera.

Medidas medioambientales

ADIF invierte una media del 12 por 100 del coste total de las obras en la protección medioambiental del trazado, aplicando medidas de protección del entorno natural en todos los proyectos de construcción de nuevas líneas ferroviarias, ajustándose a las estipulaciones de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), además de realizar mejoras en el entorno natural de forma voluntaria.

En el trazado entre Vitoria/Gasteiz y Bilbao se revegetarán más de 2.433.132 metros cuadrados (equivalentes a 243 campos de fútbol), con arbustos y herbáceas, y se replantarán un total de 118.623 árboles autóctonos.

Consciente de la necesaria integración de las grandes obras en el entorno medioambiental, la protección de las zonas por las que discurren los nuevos trazados incluye medidas previas y posteriores a la realización de las mismas. Estas medidas afectan, tanto al entorno natural, como al urbano, y contribuyen a minimizar el posible impacto de las obras. Entre ellas figuran la protección de los arroyos, sistemas fluviales y de la calidad de las aguas, con la consiguiente elaboración de planes de vigilancia ambiental del propio proyecto constructivo.

Fomento

OBRAS DE EMERGENCIA EN EL TRAMO SOTIELLO-CAMPOMANES DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD LEÓN-ASTURIAS

El Consejo de Ministros ha tomado razón de las obras de emergencia en el tramo Sotiello-Campomanes, de la Línea de Alta Velocidad León-Asturias. El importe de las obras es de 16.270.840,73 euros.

El objetivo de esta actuación es solventar las situaciones de inestabilidad del terreno puestas de manifiesto durante la ejecución de las obras del tramo Sotiello-Campomanes, en la vertiente asturiana de la Variante.

Financiación europea

La Línea de Alta Velocidad León-Asturias (Variante de Pajares) ha sido cofinanciada dentro del período 2000-2006 por el Fondo FEDER, a través del Programa Operativo Integrado de Castilla y León y del Programa Operativo Integrado de Asturias, en las obras de plataforma de los túneles de Pajares, con una ayuda que asciende a 284 y 107,9 millones de euros, respectivamente, y por las Ayudas RTE-T (Redes Transeuropeas de Transporte), los estudios y proyectos, con una ayuda que asciende a 3,2 millones de euros.

En el período 2007-2013 han sido cofinanciadas por el Fondo de Cohesión, dentro del P.O. Fondo de Cohesión-FEDER, las obras de plataforma de los subtramos La Robla-Túneles de Pajares y Túneles de Pajares-Pola de Lena, el suministro y montaje de vía e instalaciones y diversas actuaciones adicionales en el interior de los Túneles, con una ayuda estimada de 389 millones de euros.

Economía y Competitividad

MÁS DE 180 MILLONES EN CRÉDITOS PARA AYUDAS A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE EMPRESAS ESPAÑOLAS

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Acuerdos para apoyar la internacionalización de las empresas españolas, con un importe de más de 180 millones de euros en créditos. Estos créditos van a suponer un notable retorno para la economía española así como un impacto muy positivo en los países de destino.

En los proyectos ya adjudicados se calcula una exportación de bienes y servicios españoles superior al 70 por 100 del total, así como el arrastre de más de una veintena de empresas nacionales. Su desglose es el siguiente:

  • Puesta en marcha de una línea de crédito por importe de hasta cincuenta millones de euros con fondos de la Unión Europea en el marco de sus instrumentos de acción exterior para cofinanciar proyectos.

Esta línea surge al amparo de la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización de 2013 y al Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Española 2014-2015, que la incluía entre sus medidas de actuación. Tiene por objeto cofinanciar proyectos con las facilidades de la Unión Europea mejorando el acceso de las empresas españolas a estos recursos, se suma a los recursos de la Administración española y está a disposición de la empresa española, que podrá acceder a nuevos países y oportunidades.

  • Concesión de un crédito reembolsable en condiciones concesionales OCDE a la República Árabe de Egipto por hasta 119, 2 millones de euros.

Este proyecto tiene por objeto la construcción llave en mano del parque eólico Gulf of El-Zayt, en el Golfo de Suez, con una potencia total instalada de 120 mw, incluida la operación y mantenimiento del mismo durante tres años. El proyecto, en el ámbito de las energías renovables, conlleva un notable efecto arrastre sobre la economía española tanto a nivel de exportación de bienes y servicios españoles (71,8 por 100 de lo financiado) como de la decena de empresas proveedoras.

  • Concesión de un crédito reembolsable en condiciones concesionales OCDE a ASA (Aeropuertos e Segurança Aérea, SA) de la República de Cabo Verde por hasta 13,9 millones de euros. Tiene por objeto la modernización de los aeropuertos de Sal y Boavista así como la formación del personal de ASA. Conlleva un notable efecto arrastre sobre la economía española, tanto a nivel de exportación de bienes y servicios españoles, (74,5 por 100 de lo financiado), como para la decena de empresas proveedoras.

COMPENSACIÓN AL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL

Además el Consejo de Ministros ha aprobado los importes máximos a percibir por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en concepto de compensación de los costes en los que incurra durante el año 2014 por la administración de los créditos del Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM).

Mediante este Acuerdo se autoriza al ICO a percibir hasta el límite anual de 1.533.868,49 euros, en concepto de compensación por gastos incurridos por la labor de administración de los créditos del FIEM durante 2014. Este importe representa un 0,30 por 100 del límite anual de aprobaciones del FIEM para 2014.

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) actúa desde la creación del FIEM en 2010 como agente financiero del fondo, encargado de la formalización, administración y contabilidad de las operaciones.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

CRÉDITO A PARAGUAY PARA UN PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE CAMINOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de un crédito, por un importe máximo de veinticinco millones de dólares, a la República del Paraguay, con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo, para cofinanciar el programa de mejoramiento de caminos.

A través de esta operación, que respeta las prioridades de la política de desarrollo establecidas en el IV Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016, la cooperación española contribuye a la mejora de las condiciones de la infraestructura vial rural en Paraguay mediante la rehabilitación de 390 km de caminos vecinales en la región oriental, más densamente poblada, en los departamentos de Caazapá, Caaguazú, San Pedro y Canindeyú. Desde el punto de vista de género, los indicadores de resultado incluyen un objetivo de creación de empleo para mujeres en las obras de rehabilitación o en las microempresas de mantenimiento.

Las condiciones de este crédito, en cofinanciación con el Banco Interamericano de Desarrollo, son de un tipo de interés fijo del 2,5 por 100 anual y un plazo de amortización de veinticinco años.

Economía y Competitividad

APROBADO EL PROGRAMA ANUAL 2015 DEL PLAN ESTADÍSTICO NACIONAL 2013-2016

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto el Programa 2015 que desarrolla la ejecución del Plan Estadístico Nacional 2013-2016. Contiene las estadísticas para fines estatales que han de elaborar los servicios estadísticos de la Administración del Estado o entidades que dependen de ella para desarrollar el Plan.

Entre las estadísticas incluidas en el Programa anual 2015 se encuentran todas las requeridas por la Unión Europea, establecidas principalmente en el Programa estadístico comunitario 2013-2017 y en el anexo XXI «Estadísticas» del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, además de en las normas específicas que regulan determinadas estadísticas.

El Programa contiene 386 estadísticas, de las que el Instituto Nacional de Estadística (INE) realiza 121; los ministerios, 260; el Banco de España, 4; y el Consejo General del Poder Judicial, 1.

Las nuevas operaciones estadísticas que incorpora son las siguientes: Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas (competencia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas); Sistema de Seguimiento Integral en los Casos de Violencia de Género-Sistema VdG o VIOGÉN (competencia del Ministerio del Interior); y Estadística de Adquisiciones de Nacionalidad Española (competencia del INE).

También incluye otras operaciones estadísticas que pueden considerarse como nuevas porque, aunque ya figuraban en el Programa Anual 2014, sus resultados se van a difundir por vez primera en 2015: Cuenta Satélite del Turismo de España. Base 2010; Encuesta de Inserción Laboral de Titulados Universitarios; e Indicadores de Calidad de Vida, todas ellas competencia del INE. También se publicarán por primera vez los resultados de la Estadística Internacional de los Sistemas de Educación y Formación-Cuestionario UNESCO/OCDE/Eurostat, competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Además, el Programa 2015 incorpora el cambio de titularidad de la Estadística de Movimientos Turísticos de los Españoles (FAMILITUR); de la Estadística de Movimientos Turísticos en Fronteras (FRONTUR) y de la Encuesta de Gasto Turístico (EGATUR), actualmente competencia del Instituto de Turismo de España, que pasarán a depender del INE a lo largo de 2015.

Organismos

En el Programa se detallan para cada estadística los organismos que intervienen y los trabajos que se van a efectuar durante el año, especificando la participación de los diferentes organismos en su ejecución y los créditos presupuestarios necesarios para su financiación y el calendario de difusión de los resultados.

El Programa anual 2015 no dispone de un presupuesto propio específico para su realización. Las estadísticas incluidas en el Programa anual 2015 son trabajos asignados a los distintos organismos en virtud de las competencias que orgánicamente tienen establecidas y se financian con sus propios presupuestos; es decir, son trabajos regulares de las unidades administrativas que los realizan.

Hacienda y Administraciones Públicas

CUARENTA MILLONES A EXTREMADURA PARA FINANCIAR PROYECTOS DE INVERSIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo, que se formalizará mediante un convenio, por el que se autoriza la concesión de una subvención a la Comunidad Autónoma de Extremadura, destinada a financiar inversiones, por un importe de cuarenta millones de euros para el ejercicio 2014.

El desglose de la aportación del Estado, en las distintas inversiones, es el siguiente:

DESCRIPCIÓN DE LAS INVERSIONESIMPORTE 2014 (euros)
Infraestructuras12.734.015,62
Vivienda8.826.127,00
Sanidad, Dependencia y Promoción Social7.233.061,23
Educación y Cultura9.475.034,09
Agricultura, Comercio y Turismo1.800.123,21
TOTAL INVERSIONES 40.068.361,15


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZACIÓN A CANTABRIA PARA UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO A CORTO PLAZO

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Cantabria a formalizar una operación de crédito a corto plazo, por un importe máximo de 100 millones de euros.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2014, que Cantabria deberá supeditar al cumplimiento de los objetivos de deuda pública, fijados en el 18,7 por 100 del PIB regional por el Consejo de Ministros del 12 de septiembre de 2014.

Hacienda y Administraciones Públicas

TRASPASO A CASTILLA Y LEÓN DE LA TITULARIDAD DE ONCE INMUEBLES

El Consejo de Ministros ha aprobado, tras el acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla y León el pasado 19 de noviembre, cuatro Reales Decretos de traspaso de bienes inmuebles, ampliando así los medios patrimoniales ya traspasados con anterioridad a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, entre otras materias, en transporte terrestre, enseñanza no universitaria y cultura.

Los inmuebles afectados por los traspasos son los siguientes:

  • Estaciones de autobuses de Béjar, Ciudad Rodrigo, Palencia, Salamanca, Soria y Valladolid.
  • Institutos de enseñanza secundaria "Tierra de Campos" (Villalpando), "Fuentesaúco" (Fuentesaúco) y "Los Valles" (Camarzana de Tera), en la provincia de Zamora
  • Parte de la superficie de un inmueble, situado en la Avda. de Requejo, 2 en Zamora
  • Una cuota de la superficie de un edificio situado en la Plaza de Madrid, 5, en Valladolid.

Los traspasos no incorporan medios personales, carecen de coste efectivo y tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de los Reales Decretos de traspaso en el Boletín Oficial del Estado, a excepción del relativo al inmueble ubicado en Valladolid, que será efectivo el día 1 de enero de 2015.

Hacienda y Administraciones Públicas

ADAPTADA LA LEGISLACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se introducen importantes novedades y mejoras preventivas en la legislación de Prevención de Riesgos Laborales, que redundarán en una mayor protección de la seguridad y salud de los empleados públicos, en la mejora de sus condiciones de trabajo y en el perfeccionamiento de los mecanismos de participación en materia de prevención.

Así, con el Real Decreto aprobado hoy se da cumplimiento a lo acordado en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, sobre la modificación del Real Decreto del 29 de enero de 2010, para adaptar la legislación de Prevención de Riesgos Laborales en la Administración General del Estado.

Novedades y mejoras

Entre las novedades y mejoras preventivas destacan las siguientes:

  • Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo. Se adecúan los Comités de Seguridad y Salud existentes al actual marco legal, y se establecen los términos y criterios generales para la creación de comités de seguridad y salud en la Administración General del Estado y su Administración Periférica. Se asegura, especialmente, su constitución en los colectivos con mayor número de efectivos o cuando la naturaleza o frecuencia de los riesgos así lo aconseje; Cuerpo Nacional de Policía, Demarcaciones de Carreteras, Confederaciones Hidrográficas, Ministerio de Defensa o CSIC.
  • Delegados de prevención. Se amplían las funciones de los delegados de prevención, al considerar como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al crédito horario, el que se destine a las actuaciones relacionadas con la aplicación de los protocolos de acoso existentes en la Administración.
  • Servicios de Prevención Mancomunados. Se fomenta la constitución de Servicios Mancomunados de Prevención, especialmente en la Administración Periférica, para mejorar la eficacia, la coordinación y la eficiencia de los recursos preventivos disponibles.
  • Vigilancia de la salud. Se introducen significativas al prever, entre otras materias, la posible asunción, por parte del servicio de prevención propio del departamento, la vigilancia de la salud en algunos de sus organismos dependientes, incluyendo la colaboración de los servicios médicos asistenciales de departamentos y organismos.
  • Auditorías de prevención. Se implanta un completo modelo de análisis del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en los diferentes Ministerios y organismos, basado en tres niveles de control: la realización de auditorías internas, el establecimiento de controles periódicos externos a cargo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la realización de auditorías en los términos previstos en el Real Decreto 39/1997 para los casos que específicamente se establecen.
  • Coordinación general de la prevención de riesgos laborales. Se refuerza el papel de la Dirección General de Función Pública en la Administración General del Estado en materia de formación, auditoria y asesoramiento, lo que facilitará el establecimiento de prioridades y objetivos preventivos.
  • Integración de la actividad preventiva. Se contempla, por primera vez, la realización de un informe anual específico, por parte de la Subsecretaría de cada Ministerio y de la Dirección de cada Organismo, sobre la situación del Plan de Prevención de su ámbito, a fin de hacer realidad la mejora continua del sistema.
  • Plan Integral de Formación. La Administración General del Estado se dotará de un Plan Integral de Formación, dirigido a todos sus empleados públicos, en el que colaborarán la Dirección General de Función Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Otros contenidos de la modificación

  • Los delegados sindicales podrán ser designados por las centrales sindicales como delegados de prevención cuando no existan miembros suficientes en los órganos unitarios de representación.
  • El criterio para determinar el número de delegados será el total de la plantilla del centro de trabajo.
  • Se concreta el crédito horario a que tienen derecho los delegados de prevención, en su condición previa de miembros de Juntas de Personal o de Comités de Empresa, sin que corresponda crédito adicional.
  • Habrá un único Comité de Seguridad y Salud por cada centro de trabajo, con posibilidad de ampliación cuando se cumplan las condiciones y los criterios previstos por el Real Decreto.
  • Se refuerzan los instrumentos de control.
  • Se facilita la colaboración entre servicios médicos de los departamentos y los de prevención. Se contempla la posibilidad de contratación centralizada de los servicios de vigilancia de salud, y se determina la inscripción los delegados de prevención y comités de seguridad y salud en el Registro de Órganos de Representación del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Durante la elaboración, proceso de participación y consultas del Real Decreto han intervenido la Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales, la Comisión Superior de Personal, y la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Asimismo, cuenta con el informe del Consejo de Estado.

Fomento

NUEVA REGULACIÓN DE LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO EN EL TRANSPORTE POR CARRETERA EN LAS ISLAS
  • La normativa se adapta a las características del transporte por carretera en las islas cuya superficie sea inferior a 2.300 kilómetros cuadrados.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen especialidades en la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en las islas cuya superficie sea mayor a 250 e inferior a 2.300 kilómetros cuadrados.

La nueva regulación afecta a todas las islas, con excepción de Mallorca, cuya superficie excede de dicho límite, y de Formentera y Cabrera, e islotes menores, cuyo territorio es inferior a 250 kilómetros cuadrados.

Un Reglamento comunitario que establece las normas sobre el tiempo de conducción, las pausas y los periodos de descanso para los conductores dedicados al transporte por carretera de mercancías y viajeros, permite a los Estados miembros establecer excepciones a la normativa general del uso del tacógrafo en las islas de menos de 2.300 kilómetros cuadrados.

En su momento, la normativa española en vigor hizo una excepción en el uso del tacógrafo en las islas de menos de 250 kilómetros cuadrados, por tener una superficie tan reducida que no justifica su utilización, sin que se modifique este régimen jurídico con la aprobación de este nuevo Real Decreto.

Seguridad vial

Respecto a las islas de entre 250 y 2.300 kilómetros cuadrados, en las que se ha mantenido la obligatoriedad del uso del tacógrafo por cuestiones de seguridad vial y para garantizar la competencia en igualdad de condiciones entre todas las empresas de transporte por carretera, se ha entendido conveniente establecer unas normas de tiempos de conducción y descanso, distintas de las generales establecidas en la normativa comunitaria, que se adapten a las peculiaridades de dichos territorios.

Así, con la nueva normativa se flexibilizan las reglas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera, atendiendo a la singularidad de los territorios insulares, en los que predominan los cortos recorridos y los trayectos interinsulares y, en algunos casos, fuerte estacionalidad con períodos de baja y de alta demanda de servicios de transporte.

Esta norma garantiza la seguridad vial, ya que únicamente flexibiliza la forma de poder disfrutar los períodos de descanso obligatorios, sin reducirlos; es decir, se respetan siempre los periodos mínimos de descanso establecidos en el Reglamento comunitario.

Períodos mínimos de descanso

De esta forma, se introduce la posibilidad de tomar descansos diarios fraccionados, realizar períodos de descanso semanales reducidos y hacer las pausas ininterrumpidas de distinta manera a los previstos en el Reglamento comunitario, respetándose en todo caso los periodos mínimos de descanso y los máximos de conducción establecidos en la normativa europea citada.

La nueva normativa aplicable ha sido objeto de un amplio trámite de audiencia, a través del cual se ha conseguido un elevado nivel de consenso entre los distintos agentes sociales y empresariales pertenecientes al sector del transporte por carretera, y con ella se incrementará la eficiencia de este importante sector.

Transporte de mercancías de carácter privado complementario

Por otro lado, en el Real Decreto se exceptúa del cumplimiento de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y uso del tacógrafo a los supuestos de transportes de mercancías de carácter privado complementario por empresas agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderas o pesqueras que se desarrollen íntegramente en un radio de cien kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa, en vez de cincuenta kilómetros como estaba regulado hasta el momento.

Defensa

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE DEFENSA

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para la prestación de servicios de limpieza y aseo de las instalaciones y dependencias del Ministerio de Defensa, incluidos sus Organismos Autónomos.

La contratación la llevará a cabo de forma centralizada la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa, con un plazo de vigencia de dos años, prorrogable por otros dos. La tramitación del expediente será urgente por procedimiento abierto y por un valor estimado de doscientos millones de euros.

De este Acuerdo quedarán excluidos los edificios incluidos en el ámbito del contrato centralizado del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Asimismo, quedan fuera de la contratación los servicios de retirada de residuos, limpieza de buques, aeronaves o vehículos, hostelería y jardinería, así como el mantenimiento de instalaciones deportivas.

Los lotes del acuerdo marco serán los siguientes:

  • Lote nº 1.- Madrid, Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
  • Lote nº 2.- Almería, Badajoz, Cáceres Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Murcia y Servilla.
  • Lote nº 3.- Barcelona, Girona, Huesca, Illes Balears, La Rioja, Lleida, Navarra, Tarragona, Teruel, Zaragoza, Castellón, Alicante y Valencia.
  • Lote nº 4.- A Coruña, Álava/Araba, Asturias, Ávila, Bizkaia, Burgos, Cantabria, Gipuzkoa, León, Lugo, Orense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.
  • Lote nº 5,- Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
  • Lote nº 6.- Ceuta y Melilla.
  • Lote nº7.- Instalaciones y hospitales dependientes de la Inspección General de Sanidad, ubicados en varias provincias.

El Acuerdo Marco no precisa financiación y unificará los dos existentes en la actualidad, cuya vigencia termina en marzo y junio del próximo año. La prestación del servicio se financiará a través de los créditos que correspondan.

Educación, Cultura y Deporte

CONVOCADAS TRES PLAZAS DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR FUNCIONARIO DE LA UNED

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza, para el año 2014, la Oferta de Empleo Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para la convocatoria de tres plazas, por aplicación de la tasa de reposición de efectivos del 10 por 100 de las bajas producidas durante el año 2013 en la citada Universidad. Dichas plazas se convocarán en concurso de acceso de personal docente e investigador perteneciente a cuerpos docentes universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 166 y 167 de los vigentes Estatutos de la UNED, su Consejo de Gobierno determinará las figuras de los cuerpos docentes universitarios en que serán convocadas las plazas, así como el resto de sus características.

En todo caso, la totalidad de plazas autorizadas en este Acuerdo se cubrirán atendiendo exclusivamente al indicador de déficit de profesorado.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 prevé una excepción a la limitación de incorporación de nuevo personal para ciertos sectores y administraciones, siempre que se respeten las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, para los que se fija una tasa de reposición de un máximo del 10 por 100, entre las que se encuentran las plazas de los cuerpos de personal investigador de las Universidades, siempre que por parte de las administraciones públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Fomento

90,3 MILLONES PARA PAGAR LA LIQUIDACIÓN DEL CONVENIO DE CARRETERAS CON ILLES BALEARS

El Consejo de Ministros ha resuelto liquidar el Convenio de colaboración suscrito en 1998 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de carreteras y ha aprobado un gasto de 90.300.000,00 euros para el pago de la liquidación de dicho convenio.

El Convenio de colaboración se liquida gracias al acuerdo entre las dos partes representadas en la mencionada Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control del Convenio: Administración Central y Govern Balear. Por otro lado, y desde el punto de vista presupuestario, no supone mayor déficit público del Estado (en términos de Contabilidad Nacional), ya que este gasto de 90,3 millones se imputó a déficit en el ejercicio 2013 y se trata de una mera operación de pago.

Economía y Competitividad

ADENDAS A LOS CONVENIOS CON SERVICIO GALLEGO DE SALUD PARA LOS PROYECTOS HOSPITAL 2050 E INNOVASAÚDE

El Consejo de Ministros ha autorizado las adendas de modificación a dos convenios de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competitividad y el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) para la ejecución de los proyectos Hospital 2050 e Innovasaúde.

Hospital 2050, con un presupuesto de 45,1 millones de euros, tiene como objetivo diseñar un nuevo modelo de hospital más eficiente y seguro para los pacientes, capaz de innovar en servicios y en infraestructuras sanitarias. La modificación de la adenda supone que el Ministerio de Economía y Competitividad financia el 80 por 100 del presupuesto en lugar del 70 por 100 convenido anteriormente con el SERGAS, por lo que desembolsará un total de 36,1 millones de euros.

También se modifica el convenio del Proyecto Innovasaúde, que busca una asistencia sanitaria centrada en el paciente, segura, ágil e inteligente. Con un presupuesto de más de 45 millones de euros, la adenda recoge la modificación de la aportación del Ministerio de Economía y Competitividad, que pasa del 70 por 100 al 80 por 100 de la financiación total, lo que supone pasar de más de 31 millones de euros a 36 millones.

Economía y Competitividad

ADENDA AL CONVENIO PARA LA ESTRATEGIA ESTATAL DE INNOVACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la adenda de modificación al convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Gobierno de Cantabria suscrito en 2010 para potenciar los ejes de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad de Cantabria con setenta millones de euros. El Convenio recoge las actuaciones en el ámbito de energías renovables y eficiencia energética en tres áreas: equipamiento científico-tecnológico, innovación industrial y transferencia de conocimiento e internacionalización.

El Ministerio de Economía y Competitividad financia la ejecución de dichas actividades a través de un préstamo de setenta millones de euros, de los que 32,5 millones ya fueron desembolsados en 2010. La modificación del convenio contempla que en 2014 se transfieran 28 millones y 9,5 millones en 2015, así como la devolución del préstamo entre los años 2016 y 2027.

Economía y Competitividad

MODIFICADOS DOS CONVENIOS DE MURCIA Y GALICIA PARA INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICO-TECNOLÓGICAS

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de dos convenios de colaboración suscritos por el Ministerio de Economía y Competitividad con la Región de Murcia y Galicia.

El convenio con la Región de Murcia tiene un presupuesto de 2,1 millones de euros, de los que el 70 por 100 era aportación FEDER, para la construcción de un Centro de I+D en Bioproductos del Gusano de Seda para Biotecnología y Biomedicina. La adenda recoge el incremento de la aportación al 80 por 100 del fondo europeo y el 20 por 100 restante en préstamo a través del Ministerio de Economía y Competitividad.

El convenio con Galicia tiene un presupuesto de 6,6 millones de euros, de los que el 70 por 100 era aportación FEDER, para la construcción de un Centro de Investigaciones Biomédicas UVI-SERGAS. La adenda recoge el incremento de la aportación al 80 por 100 del fondo europeo y el 20 por 100 restante en préstamo a través del Ministerio de Economía y Competitividad.

Economía y Competitividad

CONTRIBUCIÓN A CUATRO ORGANISMOS Y PROGRAMAS DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONALES

El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución de 523.356 euros por parte del Instituto de Salud Carlos III para financiar la participación en iniciativas europeas e internacionales.

En consecuencia, la Agencia Especializada en Cáncer de la Organización Mundial de la Salud (OMS) contará con una contribución voluntaria por importe de 268.000 euros; la Red de Infraestructuras Europeas de Investigación Clínica obtendrá un total de 238.636 euros; el Secretariado Central del Joint Programming More Years Better Lives, 10.000 euros, y la Asociación Internacional de Institutos de Salud Pública, 6.720 euros.

Fomento

SUBVENCIÓN AL TRANSPORTE AÉREO DE TOMILLO Y ALBAHACA DESDE CANARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto por el que se modifica otro del 13 de febrero de 2009, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el Anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.

El objeto de la norma es posibilitar la compensación de los costes del transporte marítimo y aéreo con origen en las Islas Canarias del tomillo y la albahaca, a efectos de abaratar su coste efectivo para su puesta en el mercado peninsular y de la Unión Europea.

Con esta modificación normativa el Gobierno atiende las aspiraciones del sector agrícola canario para hacer más competitivo el transporte, también por vía aérea, de unos productos altamente perecederos.

Esta modificación mantiene la misma consideración que hasta ahora han disfrutado el resto de productos agrícolas canarios incluidos en el citado Real Decreto.

Justicia

NUEVO RECTOR DEL REAL COLEGIO DE ESCOCESES DE SALAMANCA

El Consejo de Ministros ha aprobado la Real Cédula por la que se nombra al reverendo Thomas Andrew Kilbride como rector del Real Colegio de Escoceses de Salamanca.

Dicha institución pertenece al Patronato de la Corona de España, según Real Cédula de 18 de octubre de 1778, y el nombramiento de su rector se realiza a propuesta de la Conferencia Episcopal de Escocia y con el refrendo de la Casa de S.M. el Rey.

Estos nombramientos, mediante Real Cédula, han sido avalados por el Consejo de Estado, teniendo en cuenta el origen histórico y la distinción honorífica de los mismos, en una institución históricamente perteneciente al derecho de patronato que corresponde a la Corona.

Justicia

SOLICITADA A LA REPÚBLICA DOMINICANA UNA AMPLIACIÓN DE LA EXTRADICIÓN DEL EMPRESARIO GIL SILGADO

El Consejo de Ministros ha acordado ampliar la solicitud de extradición realizada a la República Dominicana, en relación con el ciudadano español José María Gil Silgado, para que también se le pueda juzgar en España por un delito de estafa.

El reclamado, un conocido empresario sevillano que fue presidente del Xerez Club Deportivo, está acusado en esta ocasión de un delito de estafa por haber parcelado suelo no urbanizable, con el fin de vender las parcelas resultantes a terceras personas. Como consecuencia de esta actuación, presuntamente Gil Silgado suscribió con la víctima un contrato de compraventa de dos parcelas, lo que le causó un perjuicio económico valorado en 51.033,46 euros.

Gil Silgado se encuentra actualmente detenido en República Dominicana por una solicitud anterior de extradición cursada para el cumplimiento de una condena de dos años de prisión como autor de una apropiación de 528.865,65 euros. Esa cantidad era la correspondiente al IVA de una operación de venta de una finca, realizada por su empresa y que el imputado no liquidó con la Agencia Tributaria.

La ampliación de una solicitud de extradición se produce cuando el Estado que la solicita requiere del otro Estado que añada a su petición hechos que no estaban incluidos originalmente. Se puede realizar, tanto si ya se ha hecho efectiva la extradición, como si aún está pendiente de la entrega con el fin de enjuiciarlo.

Hacienda y Administraciones Públicas

DENEGADAS CONSULTAS POPULARES EN LOS MUNICIPIOS DE BIOSCA Y TORÁ, EN LLEIDA

El Consejo de Ministros ha aprobado dos acuerdos por los que no se autorizan sendas consultas populares en los municipios de Biosca y Torá, en la provincia de Lleida. En ambos municipios se iba a preguntar a sus habitantes su conformidad con la adscripción a la comarca del Solsonés.

Las consultas no se autorizan porque no se trata de un asunto de competencia municipal, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley de Bases de Régimen Local, ya que el objeto de la pregunta solicitada por ambos municipios es una cuestión reservada al Parlamento de Cataluña mediante la aprobación de una ley autonómica.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

ACTUACIÓN DE EMERGENCIA PARA REPARAR EL EMBALSE DE LA SOTONERA (HUESCA)

El Consejo de Ministros ha acordado la toma de razón de la actuación de emergencia para reparar un tramo del canal de salida de la toma inferior del embalse de La Sotonera (Huesca); en concreto, el situado en la zona de alimentación del canal de Monegros (término municipal de Alcalá de Gurrea).

En el embalse de La Sotonera existen dos canales de salida de caudales para la alimentación del canal de Monegros: uno, que sale de la toma intermedia, y, otro, de la toma inferior del embalse. La actuación hoy aprobada permite reparar la rotura producida el pasado mes de noviembre en un tramo de la solera de este segundo canal de salida, que se desprendió en el transcurso de la reparación de unas juntas.

Las obras, por un importe de 167.000 euros, garantizan la estabilidad de la estructura y la puesta en servicio del canal para garantizar el suministro a las poblaciones aledañas.

El canal de Monegros que pertenece al sistema de riegos del Alto Aragón, junto con el canal del Cinca, suministra caudales para abastecimiento y riego de 125.000 hectáreas del sistema.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

CONVENIO PARA ESTUDIAR LA TOPOGRAFÍA Y BATIMETRÍA DE LOS EMBALSES DE LA CUENCA DEL SEGURA

El Consejo de Ministros ha acordado ratificar la autorización provisional para que la Confederación Hidrográfica del Segura y el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Agroalimentario (IMIDA) suscriban un convenio de investigación científica para estudiar la topografía y batimetría de los embalses de la cuenca del Segura.

Estos trabajos, que se llevarán a cabo en diferentes fases, permitirán diseñar una base de datos topográfica fiable y de precisión para que, mediante un proceso mecanizado, se obtengan las batimetrías (estudio de las profundidades mediante el trazado de mapas) actualizadas de los embalses, lo que repercutirá en la disminución de los costes que implican estos procesos y una mayor eficiencia en la gestión de los embalses.

Para llevar a cabo este estudio, la Confederación Hidrográfica del Segura contará con el equipo investigador del IMIDA, compuesto por un grupo de técnicos de sistemas de información geográfica y teledetección, así como especialistas en geomática y geodesia.

En virtud de este convenio, que tendrá una duración de seis meses, la Confederación Hidrográfica del Segura se compromete a abonar al IMIDA 25.000 euros para financiar los gastos del estudio.

Fomento

OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA MEJORAR LAS CONEXIONES DEL NUEVO ENLACE DE CASTELLBISBAL CON LA A-2 Y LA AP-7

El Consejo de Ministros ha autorizado el contrato de las obras complementarias para la mejora de las conexiones del nuevo enlace de Castellbisbal con la autovía A-2 y la autopista AP-7 por un importe de 13.285.689, 53 millones de euros.

Las actuaciones previstas obedecen a la necesidad de considerar estas conexiones como confluencia y bifurcación entre autopistas en lugar de convergencia y divergencia con carriles de entrada y salida, tal como se indicaba en el proyecto primitivo.

Educación, Cultura y Deporte

PAGO DE LA CUOTA ESPAÑOLA DESTINADA AL PROGRAMA IBERMUSEOS

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte al pago de la contribución anual de 43.798,81 euros con destino al Programa lbermuseos. Para formar parte del Programa lbermuseos los países miembros deben aportar una cantidad denominada cuota­país. España realiza desde 2009 aportaciones al citado programa y le corresponde, a partir del año 2012, una cuota de 60.000 dólares.

El Programa lbermuseos es una instancia de fomento y articulación de políticas museológicas para lberoamérica, y tiene el objetivo de llevar a cabo acciones multilaterales de cooperación y desarrollo en el ámbito de los museos y de la museología de los países de la Conferencia Iberoamericana, además de reforzar la relación entre las instituciones, públicas y privadas, de profesionales del sector museológico, promoviendo la protección y la gestión del patrimonio museológico y el intercambio de experiencias prácticas y del conocimiento producido.

En la actualidad el Programa está compuesto por once países: Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, España, México, Paraguay, Perú, Portugal y Uruguay.

Fomento

OBRAS COMPLEMENTARIAS EN LA AUTOVÍA DEL CANTÁBRICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras complementarias denominadas "Tratamientos geotécnicos laderas inestables, medidas correctoras en el entorno de La Llama, trabajos de preparación y restauración de préstamos y vertederos, nuevos servicios afectados y otras obras complementarias en la Autovía del Cantábrico (A-8) Tramo: Solares-La Encina", en la provincia de Santander, por un importe estimado de 17.059.913, 45 euros.

Estas actuaciones complementarias mejoran y complementan el contrato principal de las obras de la Autovía del Cantábrico. Entre las actuaciones previstas destacan las de refuerzo de taludes, la ejecución de tratamientos de restauración ambiental de las áreas de vertido y de préstamo, así como los accesos necesarios para su explotación, y la ejecución de dos áreas de descanso necesarias para una correcta explotación.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON BRASIL SOBRE INTERCAMBIO Y PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN CLASIFICADA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil relativo al intercambio y la protección mutua de la información clasificada.

La firma del Acuerdo contribuirá a la preservación de los intereses de España en sus relaciones internacionales, pues éstas exigen, a veces, el intercambio de información que, por afectar a la seguridad o a los intereses nacionales, debe ostentar un grado de clasificación y estar sometida a procesos especiales de utilización y manejo para preservar esa integridad.

En concreto, en el campo de la industria de la defensa y el armamento, los contratos de fabricación, montaje, o suministro implican a menudo el uso compartido de dispositivos o procedimientos confidenciales. Por ello, es necesario establecer normas con arreglo a las cuales los Estados puedan compartir sin riesgo esas informaciones clasificadas.

Así pues, el Acuerdo constituye un instrumento jurídico esencial, que favorecerá el desarrollo de la industria española de la defensa y los intercambios comerciales entre ambos países en este sector.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

CONTRIBUCIÓN A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD PARA EL CONVENIO MARCO PARA EL CONTROL DEL TABACO

El Consejo de Ministros ha autorizado el pago de la contribución del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco. La contribución, correspondiente al período 2012-2013, asciende a 40.639 euros.

El Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco fue adoptado en Ginebra el 21 de mayo de 2003, promovido por numerosos estados y negociado por el Consejo de la Unión Europea, en representación de los Estados Miembros.

La puesta en marcha de este Convenio ha supuesto desde sus inicios un avance considerable en la prevención del tabaquismo con medidas encaminadas a la disminución de la demanda y a la reducción de la oferta. Uno de sus logros es la adopción de un protocolo para la eliminación del tráfico ilícito de productos del tabaco.

BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en Irlanda.-

D. JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ COSO.

Nacido el 11 de septiembre de 1959 en Barcelona, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1988 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Emiratos Árabes Unidos, India, Argentina, Cuba, Portugal y Marruecos, donde fue cónsul general de España en Agadir. Fue jefe del Área de Representaciones Extranjeras subdirector general de Viajes y Visitas Oficiales, Ceremonial y Órdenes. Desde 2011 era introductor de Embajadores.

Embajador de España en el Estado de Qatar.-

D. IGNACIO ESCOBAR GUERRERO.

Nacido el 9 de marzo de 1965, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1992 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Kuwait y Panamá. En el Ministerio de Asuntos Exteriores jefe de Asuntos Políticas en el Gabinete Técnico del Subsecretario y jefe del Área de Organismos Internacionales, Comerciales y Financieros. Ha sido Cónsul General de España en Añadir, subdirector general de Organismos Multilaterales de Pesca en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación; segundo jefe de la Embajada de España en Holanda, y segundo jefe en la Embajada de España en Finlandia. Desde febrero de 2012 era director general de Recursos Pesqueros y Acuicultura del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Introductor de Embajadores.-

D. JUAN SUNYÉ MENDÍA.

Nacido el 23 de junio de 1956, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1986 en la Carrera Diplomática.

Ha sido secretario en la Embajada de España en la República Federal de Alemania, subdirector general del Servicio de Protocolo, Cancillería y Órdenes; cónsul de España en Nueva York; asesor en el Gabinete de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, donde también fue jefe de la Unidad de Protocolo y Ceremonial del Estado del Departamento de Protocolo; y segundo jefe en la Embajada de España en Dinamarca. Ha sido jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y actualmente era subdirector general de Viajes y Visitas Oficiales, Ceremonial y Órdenes.

Embajador en Misión Especial para Asuntos Estratégicos.-

D. ALFONSO LÓPEZ PERONA.

Nacido el 18 de febrero de 1956, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1984 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Zaire, Perú, Estados Unidos, India y Portugal. Ha sido subdirector general de Programas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional, jefe del Gabinete Técnico del Presidente del Tribunal Constitucional y subdirector general de América del Norte. En 2004 fue nombrado segundo jefe en la Embajada de España en Argelia y en 2006 pasó a ocupar el puesto de segundo jefe en la Embajada de España en Suiza. Desde marzo de 2011 era embajador de España en la República de Guinea Bissau.

Embajador en Misión Especial para Asuntos Internacionales de Medio A mbiente.-

D. FELIPE DE LA MORENA CASADO.

Nacido el 18 de diciembre de 1961, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1989 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Zaire, Polonia y Estados Unidos. Fue asesor ejecutivo en el Gabinete del Secretario de Estado de Defensa, segundo jefe en la Embajada de España en Ecuador y subdirector general de Relaciones Económicas y Bilaterales con países en desarrollo. En 2007 fue nombrado jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y, posteriormente, inspector general de Servicios del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Desde abril de 2011 era embajador de España en la República de Malta.

Justicia

Propuesta de nombramiento como Fiscal General del Estado.-

Dª CONSUELO MADRIGAL MARTÍNEZ-PEREDA.

Nacida en 1956 en Segovia, es Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid e ingresó en la Carrera Fiscal en 1980.

Ha estado destinada en las Fiscalías de Santa Cruz de Tenerife, Valencia y Madrid, así como en las del Tribunal de Cuentas y de la Sección de lo Penal del Tribunal Supremo. En la Fiscalía General del Estado fue fiscal de la Secretaría Técnica y desde febrero de 2008 es fiscal de Sala Coordinadora de Menores.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Director del Gabinete del Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.-

D. JAVIER RON ARRIBAS.

Nacido el 11 de noviembre de 1965, casado, con tres hijos, es Licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto y Máster en Dirección de Comercio Exterior por ESIC.

Ha desarrollado su carrera profesional en el sector privado, donde ha cofundado y dirigido diversas empresas de servicios profesionales en el ámbito de la consultoría empresarial y tecnológica. Entre 2008 y 2011 desempeñó la dirección general en una empresa de eventos y marketing deportivo de ámbito internacional. Actualmente era director de gabinete del Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados.

Director general de Salud Pública, Calidad e Innovación.-

D. JOSÉ JAVIER CASTRODEZA SANZ.

Nacido el 1 de noviembre de 1955 en Villanubla (Valladolid), es Licenciado y Doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad de Valladolid, Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública y Profesor Titular de Universidad de Valladolid, en cuyo Hospital Clínico Universitario fue coordinador de Calidad.

Fue tutor de Residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública del Hospital Clínico Universitario de Valladolid. Coordinador y Director de la Unidad Regional de Castilla y León de Médicos Internos Residentes de la citada especialidad desde 2005. Ha sido director general de Salud Pública e Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, y director general de Planificación e Innovación de la Gerencia Regional de Salud de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León. Desde enero de 2012 era director general de Ordenación Profesional en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Director general de Ordenación Profesional.-

D. CARLOS JESÚS MORENO SÁNCHEZ.

De 51 años de edad, es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Administración Sanitaria por la Escuela Nacional de Sanidad y en Dirección Pública por el INAP.

Fue director de Gestión y Servicios Generales en la Gerencia de Atención Primaria de Ávila, subdirector de Gestión de Recursos Humanos y Servicios Generales en el Hospital de Móstoles, director de Gestión y Servicios Generales en la Gerencia de Atención Primaria Área 7 de Madrid, subdirector de Recursos Humanos de la Fundación Hospital Alcorcón y director de Recursos Humanos del Hospital Universitario Infanta Sofía. Desde marzo de 2012 era subdirector general de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.

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