Referencia del Consejo de Ministros

16.1.2009

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SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Protocolo nacional de actuación médico-forense y de policía científica en sucesos con víctimas múltiples.
  • REAL DECRETO por el que se establecen las condiciones sanitarias para la comercialización de setas para uso alimentario.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba la norma de calidad comercial para las patatas de consumo en el mercado nacional y se modifica el Anexo I del Real Decreto 2192/1984, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de las normas de calidad para las frutas y hortalizas frescas comercializadas en el mercado interior.
  • ACUERDO por el que el Gobierno de España reitera el apoyo a la candidatura de la Ciudad de Madrid para la organización de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos del año 2016 y otorga las garantías solicitadas en el manual de candidatura elaborado por el Comité Olímpico Internacional.
  • INFORME sobre las nevadas del día 9 de enero en Madrid.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se aprueba la remisión al Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea de la décima actualización del Programa de Estabilidad de España 2008-2011.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo de enmienda al Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana de 11 de noviembre de 1989, hecho en Córdoba (España) el 28 de noviembre de 2007.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Albania sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República Árabe de Siria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
  • ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Colombia sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
  • ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Perú sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a suscribir un convenio de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial para instrumentar la línea de financiación del Plan Renove de Infraestructuras Turísticas durante el año 2009.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se aprueba la programación 2009 de las acciones previstas en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
  • ACUERDO por el que se autoriza un trasvase de aguas excedentarias de la cabecera del Tajo con destino al Acueducto Tajo-Segura.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción del convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y Aguas de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la obra de conducción de agua desde el Acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la Llanura Manchega.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para reparar daños en la cuenca del Ebro por un importe de 12.540.000 euros.
  • ACUERDO por el que se impone al Ayuntamiento de Agullent (Valencia), una sanción de 300.506,06 euros más la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico en la cuantía de 61.249,50 euros por la ejecución de obras, sin autorización, en el Barranco Canadella.

ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

CONDECORACIONES

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo a los Oficiales Generales que se citan:
  • General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JUAN CAMPINS MIRALLES.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. LUIS IGLESIAS MARTÍNEZ.
  • General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JOSÉ MANUEL SANZ ROMÁN.
  • General de Brigada del Cuerpo de Intendencia de la Armada D. ANTONIO ARAGUAS ÁLVAREZ.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. IGNACIO AZQUETA ORTIZ.
  • General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire D. SANTIAGO GUILLÉN SÁNCHEZ.
  • General de Brigada Interventor del Cuerpo Militar de Intervención D. CARLOS BIANCHI ARDANAZ.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. MIGUEL CASTRO MANTEROLA.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. GREGORIO GUERRA PENA.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. ILDEFONSO HERNÁNDEZ GÓMEZ.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. FÉLIX HERNANDO MARTÍN.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. PEDRO VÁZQUEZ JARAVA.
  • General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. MIGUEL GARCÍA GARCÍA DE LAS HIJAS,
  • General Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar D. FRANCISCO JAVIER DE MENDOZA FERNÁNDEZ.
  • General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil D. RAFAEL FERRERA CORRALIZA.
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. LUIS CAYETANO Y GARRIDO.
  • General de Brigada Veterinario del Cuerpo Militar de Sanidad D. LUIS ÁNGEL MORENO FERNÁNDEZ-CAPARROS.
  • General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra D. FRANCISCO JOSÉ CORPAS ROJO.
  • General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. ADOLFO OROZCO LÓPEZ.
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. CARLOS GALINDO JIMÉNEZ.
  • General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad D. JULIO CÉSAR RIVERA ROCAMORA.
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Amada D. FERNANDO ZUMALACÁRREGUI LUXÁN.
  • General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. JUAN BAUTISTA SÁNCHEZ GAMBOA.
  • General de Brigada Interventor del Cuerpo Militar de Intervención D. ÁNGEL MÉNDEZ GARCÍA.
  • Contralmirante del Cuerpo General de la Armada D. JOSÉ CARLOS BREIJO RUÍZ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Economía y Hacienda

APROBADA LA REVISIÓN DEL PROGRAMA DE ESTABILIDAD 2008-2011

  • El PIB registrará un crecimiento negativo del 1,6 por 100 en 2009, recuperará tasas positivas en 2010 y volverá a crecer con vigor en 2011.
  • Los desequilibrios de la economía española se reducirán notablemente durante los próximos años: el déficit por cuenta corriente bajará casi a la mitad, la inflación se situará en torno al 2 por 100 y se reducirá el endeudamiento de las familias.
  • Las medidas de impulso fiscal y la debilidad de la economía situarán el déficit público en el 5,8 por 100 del PIB en 2009.

El Consejo de Ministros ha aprobado la revisión del Programa de Estabilidad 2008-2011 y su remisión a la Comisión Europea. Esta actualización del Programa de Estabilidad se elabora anualmente en el marco del proceso comunitario de supervisión y coordinación de las políticas económicas.

La actualización del Programa de Estabilidad se presenta en un contexto de grave crisis internacional que, en el caso de España, ha acelerado el proceso de ajuste del sector inmobiliario, que se inició en 2007.

El Consejo Europeo puso en marcha el pasado mes de diciembre un Plan de Recuperación Económica, al que España ha contribuido con su Plan de Estímulo para la Economía y el Empleo. Este Plan recoge medidas fiscales, tanto temporales como permanentes, que en 2009 supondrán un estímulo equivalente al 2,4 por 100 del PIB. La puesta en marcha de estas medidas en España ha sido posible gracias a la holgada posición fiscal de partida, gracias a la fuerte reducción de la deuda pública llevada a cabo en los últimos años.

Según las nuevas previsiones macroeconómicas, que contiene el Programa de Estabilidad, la economía creció en 2008 un 1,2 por 100. Para 2009 se prevé un crecimiento negativo del 1,6 por 100 en el conjunto del ejercicio, si bien a partir del segundo semestre del año se iniciará la senda de recuperación que conducirá a la economía española de nuevo a tasas positivas de crecimiento a partir de 2010 y a un crecimiento del 2,6 por 100 en 2011.


Demanda interna

La evolución de la economía en 2009 estará determinada por el mal comportamiento de la demanda interna, que realizará una aportación negativa de 3,2 puntos porcentuales, que en parte se verá compensada por el buen comportamiento del sector exterior, que aportará 1,6 puntos al crecimiento.

Este descenso de la demanda interna se debe, sobre todo, a la inversión, que puede contraerse más de un 9 por 100. El ajuste la inversión en vivienda continuará hasta mediados de este año. A partir del segundo semestre se iniciará una progresiva recuperación, aunque seguirá registrando signo negativo todavía durante varios trimestres. En cuanto a la inversión en bienes de equipo, registrará signo negativo en 2009, pero en 2011 habrá recuperado un crecimiento vigoroso.

El consumo de los hogares también caerá un 1,5 por 100, aunque irá acompañado de una significativa recuperación de la tasa de ahorro y de un menor nivel de endeudamiento.

Por lo que se refiere al sector exterior, la tasa de crecimiento de las exportaciones se desacelerará en 2009, pero recuperará niveles de crecimiento apreciables a partir de 2010. En cuanto a las importaciones, este ejercicio registrarán signo negativo y volverán a crecer, aunque ligeramente, a partir de 2010.

Empleo

Como consecuencia del descenso de la actividad económica en 2009, el empleo se reducirá un 3,6 por 100 y la tasa de paro se situará en el 15,9 por 100. El mercado de trabajo iniciará también en la segunda mitad de este año una paulatina recuperación que permitirá a la economía española volver a crear empleo en 2010 y reducir la tasa de paro.

Este período de ajuste de la economía servirá para corregir algunos de los desequilibrios que se han agudizado en los últimos años: por un lado, el déficit exterior se reducirá casi a la mitad en 2011, mientras que la inflación se mantendrá durante los próximos años en el entorno del 2 por 100.

La respuesta del Gobierno ante esta situación de contracción de la economía ha sido la puesta en marcha del Plan de Estímulo de la Economía y el Empleo con medidas dirigidas a aliviar la situación de las familias y las empresas y a reactivar la economía.

Déficit

El coste de las medidas de este Plan y el efecto del menor crecimiento económico sobre las cuentas públicas se traducirá en un déficit público del 5,8 por 100 del PIB en 2009. El Gobierno reitera su compromiso con la estabilidad presupuestaria, pero utiliza el margen de maniobra obtenido, gracias a los superávit obtenidos la Legislatura pasada, para hacer frente a la crisis económica.

A partir de 2010 el Gobierno cumplirá con la senda de corrección del déficit público que establece el Pacto de Estabilidad y Crecimiento de la Unión Europea. En 2011 el déficit se situará por debajo del 4 por 100.

Reformas estructurales

En el Programa de Estabilidad remitido a la Comisión Europea, el Gobierno reitera su compromiso con la aceleración de las reformas estructurales que necesita la economía española y que se recogen en el Plan Español de Estímulo de la Economía y el Empleo. El objetivo básico es fomentar la productividad, y por tanto, el crecimiento potencial de la economía española.

(Programa de Estabilidad)


Presidencia

INFORME SOBRE LAS NEVADAS DEL 9 DE ENERO

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Vicepresidenta Primera del Gobierno sobre la situación creada por la tormenta de nieve que afectó, severa y especialmente, a la Comunidad Autónoma de Madrid el pasado día 9.

El Informe, para el que se recabó información de los nueve Departamentos que de un modo u otro intervinieron en los diferentes escenarios, tiene un fin específico: evitar que situaciones como las sufridas por los ciudadanos el pasado viernes puedan volver a repetirse, una situación que fue especialmente grave en las carreteras de acceso a Madrid y en el aeropuerto de Barajas.

El Informe describe con precisión la secuencia de los hechos, que tuvieron su origen en la fuerte nevada que empezó a caer sobre Madrid en torno a las 8 de la mañana, una nevada cuyas consecuencias no se pudieron prever con los protocolos en vigor hasta pocos minutos antes de que ocurriera. Ello es debido a que las predicciones meteorológicas sólo permiten determinar, con muy escaso margen de anticipación, un fenómeno meteorológico que se comporta de modo impredecible como la borrasca fría que afectó a la capital de España. La secuencia de hechos así lo indica.

Predicciones meteorológicas

Las predicciones meteorológicas de la Agencia Estatal de Meteorología del 8 de enero avisaban de precipitaciones en forma de nieve de dos centímetros de grosor y preveían temperaturas de cuatro grados bajo cero. Estas predicciones implicaban, dentro de la escala elaborada por la propia Agencia, un nivel de riesgo amarillo; es decir, se estaba ante una situación de preemergencia, que por si misma no conlleva medidas de actuación, sólo de alerta.

Sin embargo, hacia las 7 de la mañana del día 9 los servicios meteorológicos detectaron que la borrasca arreciaba y variaba rápida e inesperadamente de dirección, lo que motivó que a las 7.30 la Agencia de Meteorología modificara su predicción inicial y anunciara nevadas de siete centímetros, elevando el código amarillo al nivel naranja, es decir, al nivel a partir del cual se activan los protocolos de actuación.

Por lo tanto, la situación puso de manifiesto que, en gran medida, fue la excesiva rigidez del automatismo entre el nivel naranja y la activación de protocolos lo que impidió que se adoptaran las medidas preventivas con suficiente antelación.

Transporte

Cuando, a partir de las 7.30 de la mañana, se activaron los dispositivos de respuesta, era ya tarde para adoptar decisiones que hubieran minimizado las consecuencias de la nevada. Muchos miles de ciudadanos habían salido ya a las carreteras o se dirigían al aeropuerto. Lo sorpresivo de la nevada por su cambio de rumbo e intensidad, la densidad del tráfico en Madrid en hora punta, la circulación de vehículos pesados y la paralización en el atasco de las máquinas quitanieves paralizaron la circulación.

Esta situación no sólo afectó a las carreteras y, en mucha menor medida a las redes ferroviarias, sino que también afectó de manera muy especial al aeropuerto de Barajas. La dureza de la nevada obligó, por razones de seguridad, a cerrar el aeropuerto unas cinco horas, desde las 11 hasta las 16 horas.

Tuvieron que cancelarse 571 vuelos de los 1.123 programados para ese día y se desviaron 62 aviones a otros aeropuertos. 45.000 viajeros se vieron afectados.

Cuando se abrieron, primero, dos pistas y, después, las dos restantes, las compañías no disponían de aviones ni de tripulaciones suficientes para hacer frente al gran número de viajeros cuyos vuelos habían sido cancelados o retrasados.

AENA

Ante la previsión de que se dieran temperaturas bajo cero que helasen la nieve, y para permitir que los ciudadanos pudieran acceder o salir del aeropuerto, AENA solicitó ayuda al Ayuntamiento de Madrid y a la Unidad Militar de Emergencias, que desarrollaron labores de limpieza en los accesos al aeropuerto y salidas del aeropuerto y, posteriormente, en las plataformas de estacionamiento de las terminales.

El Informe que hoy ha visto el Consejo de Ministros determina que cerrar el aeropuerto fue una decisión acertada y correcta, primando, por encima de todo, la seguridad de los pasajeros. Sin embargo, también puntualiza que falló la comunicación a los usuarios, ya que los viajeros no tuvieron información ni clara ni puntual de los retrasos o de las cancelaciones de sus vuelos, información que han de suministrar al aeropuerto las compañías aéreas.

Por otra parte, el conflicto de Iberia agravó los problemas, ya que la mayoría de las cancelaciones provino de esta compañía.

Decisiones

En consecuencia, hoy mismo el Consejo ha adoptado una serie de decisiones que van en seis grandes líneas.

  • En primer lugar, se modificarán los protocolos de actuación de la Administración General del Estado. Estos protocolos establecerán mecanismos de alerta y de respuesta ante emergencias más eficaces y eficientes, y tendrán en cuenta las condiciones especiales de las grandes ciudades, y las infraestructuras de transporte como puertos, aeropuertos, ferrocarriles y carreteras. Igualmente, se impulsará la integración de responsables de carreteras de las Comunidades Autónomas en los Centros Coordinadores de Tráfico, y se pondrá en marcha la Unidad de Valoración de Riesgos entre la Agencia Estatal de Meteorología, la Dirección General de Carreteras y la Dirección General de Tráfico.
  • En segundo lugar, se aumentarán los medios técnicos a disposición de los responsables de la seguridad vial. Igualmente, se instalarán equipos de GPS para la localización de los vehículos de la Guardia Civil y de la Dirección General de Carreteras, para organizar mejor sus movimientos, y se aumentará el número de cámaras en los accesos a las ciudades. Se extendérán, asimismo, los sistemas automáticos de distribución de fundentes en puntos especialmente sensibles por las bajas temperaturas.
  • En tercer lugar, se reformarán algunas infraestructuras de carreteras para reaccionar mejor ante este tipo de situaciones. Con ese fin, el Gobierno incrementará el número de pasos de mediana en las autovías para facilitar la circulación de los vehículos de seguridad y de las máquinas quitanieves en todos los sentidos y direcciones.
  • La cuarta línea de acción es la de las reformas legales. El Ejecutivo enviará al Congreso, este mismo año, un Proyecto de Ley de Protección Civil que, entre otras cuestiones, permitirá incrementar la coordinación entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Entes Locales. También contemplará que la Unidad Militar de Emergencias pueda responder tanto a los requerimientos de las Comunidades Autónomas, como del Estado. Hasta ahora la Unidad Militar de Emergencias sólo podía actuar a petición de las Comunidades Autónomas.
  • En quinto lugar, se reforzarán los derechos de los usuarios. Con ese fin, habrá más inspecciones de la Agencia Española de Seguridad Aérea a las compañías aéreas para defender los derechos de los pasajeros. También se crearán en los principales aeropuertos Ventanillas Únicas de Atención al Cliente en las que los viajeros podrán presentar todas las quejas y reclamaciones que estimen pertinentes. Igualmente, se elaborará un protocolo de actuación para las denuncias.
  • Finalmente, el Ejecutivo llevará a cabo nuevas campañas de sensibilización e información a los ciudadanos en situaciones de emergencia.

Son medidas que se pondrán en marcha con carácter inmediato, todas ellas orientadas a evitar que los ciudadanos de cualquier lugar de España puedan volver a sufrir una situación como la que se vivió en Madrid hace siete días.


Industria, Turismo y Comercio

MÁS DE 400 MILLONES PARA FINANCIAR EL PLAN RENOVE TURISMO EN 2009

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un convenio entre el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y el Instituto de Crédito Oficial para instrumentar la línea de financiación del Plan Renove de Infraestructuras Turísticas durante el año 2009. El importe del convenio asciende a 401.125.000 euros.

Dentro del Plan Español para el Estimulo de la Economía y el Empleo, el Consejo de Ministros aprobó el 21 de noviembre el Plan Renove Turismo 2009 con el principal objetivo de incrementar la calidad de las infraestructuras turísticas y el valor añadido del producto. Forma parte del Plan Español para el Estimulo de la Economía y el Empleo.

Es un plan flexible para impulsar la rehabilitación de los establecimientos turísticos, cuyo resultado redundará en la mejora de la calidad y la sostenibilidad de las infraestructuras turísticas. Se trata de un plan que responde a las necesidades del sector, porque persigue mejorar el equilibrio entre el turismo y el entorno ambiental y urbanístico, y adaptar la actividad turística al nuevo modelo turístico a través de la diversificación del producto y segmentación de la demanda.

Financiación de inversiones

Con cargo al Plan Renove Turismo se podrán financiar inversiones en infraestructuras y/o equipamiento destinadas a los siguientes objetivos: incrementar la calidad y el valor añadido del producto; facilitar la accesibilidad y suprimir barreras arquitectónicas; mejorar la sostenibilidad; promover el ahorro energético y de agua; conservar y mejorar el medio ambiente; depuración; reciclado; reducción de la contaminación acústica o lumínica o las emisiones contaminantes; mejorar la seguridad contra incendios; higiene alimentaria; inversiones para la implantación de sistemas de calidad (Q de Calidad, ISO); reformas para implantar nuevas tecnologías, etcétera.

El Plan entrará en vigor desde el momento de suscripción del Convenio entre el ICO y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que esta previsto se lleve a cabo el próximo lunes 19 de enero y se extenderá hasta finales de diciembre de 2009.

Los beneficiarios podrán ser tanto empresas de establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campamentos turísticos y alojamientos rurales, como empresas de restauración, de oferta turística complementaria o agencias de viajes.


Justicia

PROTOCOLO MÉDICO-FORENSE Y DE POLICÍA CIENTÍFICA EN SUCESOS CON VÍCTIMAS MÚLTIPLES

El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Justicia y del Interior ha aprobado, mediante un Real Decreto, el protocolo nacional de actuación médico-forense y de policía científica en sucesos con víctimas múltiples.

Hasta ahora, España no disponía de un protocolo estructurado como tal para la actuación coordinada de equipos de médicos forenses con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas en situaciones o sucesos con víctimas múltiples. En las últimas décadas se han puesto de manifiesto una serie de carencias en la planificación médico-forense ante tales situaciones, subsanadas en buena parte por el celo profesional con el que han actuado los distintos profesionales involucrados en este tipo de sucesos catastróficos.

El Real Decreto establece el procedimiento a través del que se va a proporcionar asistencia técnica a jueces y tribunales para la identificación de cadáveres, y la determinación de las causas y circunstancias de la muerte en este tipo de situaciones

El protocolo será de aplicación cuando las actuaciones se desarrollen por profesionales dependientes de los Ministerios de Justicia y del Interior. Al mismo, podrán adherirse voluntariamente las Comunidades Autónomas.

El protocolo aprobado hoy da respuesta, tanto a los avances experimentados por la medicina forense en relación con las técnicas identificativos, como a las peculiaridades de la organización de la actividad científico judicial en nuestro país. En este ámbito se requiere la participación y coordinación de diversos estamentos dependientes de distintas instancias administrativas, como son el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, la Comisaría General de Policía Científica, el Servicio de Criminalística de la Guardia Civil y las Policías Autonómicas.

Sobre esta base se regulan formalmente tanto las técnicas que deben aplicarse como las distintas labores a realizar en los supuestos de sucesos con víctimas múltiples.

Comisión Técnica Nacional

El Real Decreto regula también la Comisión Técnica Nacional para sucesos con víctimas múltiples, a la que corresponde la función de evaluar el procedimiento del protocolo y proponer las modificaciones que resulten necesarias, así como el mantenimiento de las relaciones con la Comisión Nacional de Protección Civil. Precisamente, uno de los criterios que se han tenido en cuenta en la elaboración del protocolo es buscar la adecuada coordinación con las actuaciones de protección civil.

Esta norma, junto al recientemente aprobado Real Decreto de 28 de noviembre de 2008, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN, suponen una puesta al día de gran relevancia respecto a las actuaciones médico forenses y de policía científica, que han de contribuir a un mejor esclarecimiento de los delitos, la identificación de los cadáveres y la determinación de las causas y circunstancias de la muerte en este tipo de situaciones.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

RECURSOS HÍDRICOS A LA LLANURA MANCHEGA A PARTIR DE LA OBRA DE CONDUCCIÓN DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA

  • Se completa dicha obra de conducción con ramales de distribución a diversos núcleos de población de las provincias de Cuenca, Albacete y Ciudad Real, que dará servicio a una población aproximada de 450.000 habitantes.

El Consejo de Ministros ha aprobado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y Aguas de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la obra de conducción de agua desde el Acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la Llanura Manchega.

Este nuevo Convenio da respuesta a la necesidad de completar dicha obra de conducción con ramales de distribución a diversos núcleos de población de las provincias de Cuenca, Albacete y Ciudad Real, que dará servicio a una población aproximada de 450.000 habitantes.

Las actuaciones objeto de este convenio son las siguientes:

  • Ramales de distribución a partir de la Conducción de Aguas desde el Acueducto Tajo-Segura para la incorporación de recursos a la Llanura Manchega. Esta actuación, por importe de 166 millones de euros, será financiada por la Administración General del Estado.
  • Estación de Tratamiento de Agua Potable de Cabecera de la Red de Abastecimiento de la Llanura Manchega, cuyo importe asciende a 34 millones de euros, a financiar por la Administración General del Estado.
  • Planta de Osmosis en la Estación de Tratamiento de Cabecera de Abastecimiento a la Llanura Manchega y núcleos próximos al Acueducto Tajo-Segura, por importe de treinta millones de euros, a financiar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Además de estas obras, el Convenio recoge todas las actuaciones complementarias necesarias para hacer efectiva su ejecución.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

TRASVASE DE 44,5 hm3 A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA PARA EL PERÍODO ENERO-MARZO

  • De esta cantidad, 24,5 hectómetros cúbicos se destinarán al abastecimiento a poblaciones y 20 hectómetros cúbicos, al riego que garantice la supervivencia de plantaciones leñosas.

El Gobierno, oídos los informes de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura y del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, ha aprobado un trasvase de 44,5 hectómetros cúbicos para abastecimiento humano y riego de socorro través del Acueducto Tajo-Segura para el trimestre enero-febrero-marzo. De esta cantidad, 24,5 hectómetros cúbicos se destinarán al abastecimiento a poblaciones y 20 hectómetros cúbicos, al riego que garantice la supervivencia de plantaciones leñosas.

De este modo, se garantiza el abastecimiento a la población atendida por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla (2,5 millones de personas de 79 municipios de Murcia, Alicante y Albacete) y a los municipios almerienses dependientes de la entidad pública GALASA, así como la supervivencia de las plantaciones leñosas.

La Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino fijará el calendario de los trasvases.

A pesar de las últimas lluvias, los embalses de la Cabecera del Tajo continúan en situación de excepcionalidad y sus reservas se sitúan en torno a los 359 hectómetros cúbicos, volumen superior a los 240 hectómetros cúbicos, límite establecido por la Ley del Plan Hidrológico Nacional del año 2001, por debajo del cual no se debe trasvasar agua, con objeto de poder garantizar la atención de las necesidades de la cuenca del Tajo.

El Ejecutivo ha tomado la decisión aprobada hoy en base a los mismos criterios de máxima precaución, prudencia, racionalidad y cautela que ha empleado en cada una de las reuniones de pasados Consejos de Ministros que han abordado este tema, dando absoluta prioridad al abastecimiento humano.

El Gobierno pide a la población que siga manteniendo sus hábitos de ahorro, concienciación y sensibilidad.


Defensa

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, que recoge las modificaciones normativas comprendidas en las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2008, de la Carrera Militar y en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de 2007.

Este Real Decreto modifica diversos artículos del Real Decreto de 4 de noviembre de 2005, relacionados con el ámbito de aplicación, las retribuciones básicas o las de quienes eran militares de complemento a la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar.

De esta manera, el nuevo Reglamento contempla a todo el personal que mantiene alguna vinculación con las Fuerzas Armadas, frente al Reglamento anterior que solo se refería al militar profesional. Asimismo, se modifican los grupos y subgrupos de clasificación para las retribuciones básicas, en concordancia con el Estatuto Básico del Empleado Público.

Militares de complemento

Respecto a las retribuciones de quienes eran militares de complemento a la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar, la modificación del Reglamento de Retribuciones incorpora las siguientes novedades: los militares de complemento, desde el momento de la firma del compromiso de larga duración, percibirán trienios de acuerdo con su grupo de adscripción; se fija la asignación por disponibilidad que percibirán mensualmente a partir de los 45 años de edad y hasta cumplir los 65 años; y, en los casos en que no corresponda la asignación por disponibilidad, por carecer de los dieciocho años de servicios en las Fuerzas Armadas requeridas para ello, el militar de complemento tiene derecho a percibir una prima, que se calculará en función de su retribución y del tiempo de servicio. Tanto la asignación como la prima son compatibles con el trabajo remunerado.

Prima por pase a la reserva con carácter forzoso o anuente

Este reglamento establece la prima que recibirán los miembros de las Fuerzas Armadas que pasen a la reserva con carácter forzoso o anuente (quienes manifiestan su conformidad con pasar a la reserva siempre que sean indemnizados) antes de que cumplan el paso obligatorio a la reserva y siempre que el Ministerio ofrezca cupos en ese sentido de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de carrera militar. La cuantía de esa indemnización está establecida según empleos y años de servicio, y se percibirá multiplicada por los años que resten de servicio hasta el paso obligatorio a la reserva. La prima equivale en todos los casos a la mitad de lo que se deja de percibir por pasar a la reserva.

Víctimas de violencia de género

Igualmente, de acuerdo con lo establecido en la Ley de la Carrera Militar, se determina que la mujer militar que solicite la excedencia voluntaria por violencia de género tendrá derecho durante los dos primeros meses de esta situación a percibir las retribuciones integras de su último destino.

Defensa

Además, para los militares que pasen a la reserva el nuevo Reglamento contempla la percepción de las mismas retribuciones que en servicio activo sin destino hasta cumplir la edad de 63 años. Hasta la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar, el mantenimiento de las retribuciones de activo sin destino era sólo hasta los 61 años.

Comisión Superior de Retribuciones Militares

Tiene dos competencias nuevas: actualizar las cuantías de la prima por pase a la reserva con carácter forzoso o anuente, y aprobar los complementos específicos del personal del Servicio Religioso de las Fuerzas Armadas.


Interior

MODIFICADOS COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican las cuantías de determinados complementos retributivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Mediante este Real Decreto se incorporan los incrementos retributivos para el presente año, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2009. Así, junto al incremento general del 2 por 100 de las retribuciones de todo el personal al servicio del sector público, el artículo 22.3 de la misma prevé un incremento adicional de la masa salarial del 1 por 100, que se destinará al aumento del complemento específico, al objeto de lograr, progresivamente, una acomodación de las correspondientes retribuciones complementarias (salvo productividad y gratificaciones) para su percepción en catorce pagas anuales: doce ordinarias y dos extraordinarias.

Con la finalidad expuesta, las mejoras retributivas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se incluyen en el presente Real Decreto pueden clasificarse en los siguientes apartados:

1. Aplicación del incremento para 2009 en el componente general del complemento específico.

Para el año 2009 se contemplaba una mejora del 2 por 100 del componente general del complemento específico, prevista, con carácter general, para las retribuciones de todo el personal al servicio del sector público en los Presupuestos Generales del Estado.

2. Aplicación del incremento adicional del 1 por 100 de la masa salarial al componente general del complemento específico.

Asimismo, el incremento adicional del 1 por 100 de la masa salarial previsto en la citada Ley de Presupuestos se aplicará al componente general del complemento específico. Dicho aumento adicional a la subida retributiva general del 2 por 100.

3. Las subidas que contempla el Real Decreto benefician también al personal en situación de segunda actividad (Cuerpo Nacional de Policía) o de reserva (Guardia Civil), ya que cualquier incremento del componente general del complemento específico que se efectúe al personal en activo, automáticamente afecta al complemento de disponibilidad que percibe aquel personal. Este complemento se calcula a partir del 80 por 100 de las retribuciones complementarias generales, que incluyen el complemento de destino y el componente general del complemento específico.

La entrada en vigor del Real Decreto se producirá el día siguiente al de su publicación, aunque surtirá efectos económicos desde el 1 de enero de 2009.


Educación, Política Social y Deporte

RESPALDO A LA CANDIDATURA DE MADRID PARA LOS JUEGOS OLÍMPICOS Y PARALÍMPICOS DE 2016

  • El Gobierno de España aprueba compromisos financieros que ascienden a 15.345 millones en el apoyo a la candidatura.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que el Gobierno de España reitera su apoyo a la candidatura de la ciudad de Madrid para la organización de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos del año 2016, y otorga las garantías solicitadas en el Manual de Candidatura elaborado por el Comité Olímpico Internacional.

Este Acuerdo comprende una serie de compromisos financieros para adecuar las infraestructuras madrileñas a los requisitos que precisa un evento como éste y a los que establece el Comité Olímpico Internacional, que ascienden a más de 15.435 millones de euros.

Así, el Gobierno de España ha asumido los siguientes compromisos:

  • En lo relacionado con las instalaciones deportivas, el Gobierno pondrá a disposición del Comité Organizador, sin coste alguno, las sedes deportivas y no deportivas de su titularidad que sean necesarias. Además, asumirá el 33,33 por 100 de la financiación de la construcción de las infraestructuras necesarias para sedes permanentes de competición. Esto supone que la contribución del Gobierno a la financiación de nuevas instalaciones deportivas sería de 93,8 millones de euros.
  • En cuanto a infraestructuras de apoyo necesarias, fundamentalmente de transporte, el Gobierno se compromete a invertir 14.761 millones de euros, de los cuales sólo 97,8 millones estarán condicionados a que los Juegos Olímpicos se celebren de 2016 se celebren en Madrid.
  • Para garantizar que los Juegos Olímpicos y Paralímpicos se desarrollen en un clima de paz y seguridad, el Gobierno elaborará un Plan Director de Seguridad, financiado con los Presupuestos Generales del Estado, a través del cual se coordinará la actuación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. El coste total de las actuaciones necesarias para garantizar las condiciones óptimas de seguridad del evento será de 550 millones de euros.
  • Finalmente, el Gobierno asume también compromisos específicos en otras áreas, como son la lucha contra el dopaje o la protección del medio ambiente, entre otras.

Tabla de aportaciones


Este acuerdo refrenda otro aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 30 de noviembre de 2007 por el que se apoyaba la candidatura de Madrid.

En este sentido es fundamental que conste ante el Comité Olímpico Internacional el apoyo del Gobierno español al proyecto que se realizará a través de la Presidencia del Gobierno, Vicepresidencias, y Ministerios de Economía y Hacienda; Industria, Turismo y Comercio; Interior; Trabajo e Inmigración; Educación, Política Social y Deporte; Fomento; Sanidad y Consumo, Medio Ambiente y Cultura.

Antecedentes

El 14 de enero de 2008 tuvo lugar la presentación ante el Comité Olímpico Internacional del Cuestionario de candidatura y de las Cartas de Garantías. En el periodo comprendido entre los meses de enero y junio de 2008 se examinaron, por parte de un grupo de expertos, los cuestionarios presentados por las ciudades candidatas a la organización de los Juegos de 2016. La Comisión Ejecutiva del Comité Olímpico Internacional decidió en el mes de junio de 2008 las ciudades candidatas finalistas: Madrid, Río de Janeiro, Chicago y Tokio. Madrid logró situarse en la valoración en segundo lugar después de la ciudad de Tokio.

Se inicia ahora una segunda fase en la que las ciudades finalistas enviarán los dossieres de candidatura al Comité Olímpico Internacional el 12 de febrero de este año, antes de que la Comisión de Evaluación del Comité visite las localidades finalistas y elabore un informe de cada candidatura. Los miembros del Comité Olímpico Internacional elegirán la sede de los Juegos el 2 de octubre de 2009, en votación individual y secreta, en una asamblea convocada en Copenhague.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDOS CON COLOMBIA Y PERÚ SOBRE PARTICIPACIONES RESPECTIVAS EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Acuerdos por los que se autoriza el Canje de Notas Constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Repúblicas de Colombia y Perú sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de ambos países residentes en España, así como de los españoles residentes en Colombia y Perú.

Estos dos Acuerdos de España con Colombia y Perú sobre ejercicio del derecho de voto en las elecciones municipales son los primeros en concluirse de los quince que se vienen negociando, en régimen de reciprocidad, con aquellos países que ya reconocen el derecho de voto a los ciudadanos españoles: Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador, Paraguay, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela, así como Burkina Faso, Cabo Verde, República de Corea, Islandia y Nueva Zelanda.

Según estimaciones, a 30 de junio de 2008 el número de residentes españoles en Colombia, incluidos en el Censo Electoral de Residentes Españoles en el Exterior (CERA), era de 8.191 y el de residentes colombianos en España era de 256.514, de los que únicamente los mayores de edad serían titulares del derecho al voto. En cuanto a Perú, en la misma fecha los españoles residentes en ese país eran 6.903, mientras que los peruanos residentes en España eran 123.858, de los cuales, al igual que en el caso de Colombia, sólo los mayores de edad tienen derecho al voto.

El Gobierno solicita a las Autoridades colombianas y peruanas que, de acuerdo con sus legislaciones, los ciudadanos españoles tengan el derecho de voto en las elecciones municipales a celebrar en ambos países con objeto de que, conforme al criterio de reciprocidad que establece el artículo 13.2 de la Constitución Española, pueda reconocerse a continuación el derecho de voto de los ciudadanos colombianos y peruanos en las elecciones municipales a celebrar en España.

Las comunicaciones enviadas por España incluyen sendos Anejos en los que se recogen las condiciones para el ejercicio del derecho de voto por parte de los ciudadanos colombianos y peruanos: podrán votar en las elecciones municipales quienes hayan residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral.

Las respuestas de los dos países confirman que, de acuerdo con sus respectivas legislaciones, los ciudadanos españoles tienen derecho de voto en las elecciones municipales y distritales, e incluyen igualmente, sendos Anejos con las condiciones para ello.


Sanidad y Consumo

ACTUALIZACIÓN DE LOS LISTADOS DE SETAS COMESTIBLES

  • Se aumenta la seguridad de los consumidores, se amplía la lista de las especies que pueden ser comercializadas, se excluyen las que no son seguras y se establecen condiciones para aquellas cuyo consumo en crudo puede entrañar un riesgo.

Los consumidores tendrán a partir de ahora mayor seguridad cuando consuman setas comercializadas, gracias al Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Sanidad y Consumo; Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino e Industria, Turismo y Comercio que establece las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de setas.

La norma amplía la lista de las especies que pueden ser objeto de comercialización, excluye las no seguras y establece condiciones para aquellas cuyo consumo en crudo puede entrañar un riesgo.

Así, la medida incluye la aprobación y publicación de la lista de:

  • Especies silvestres que pueden ser objeto de comercialización en fresco.
  • Especies cultivadas que pueden ser objeto de comercialización en fresco.
  • Especies que sólo pueden ser objeto de comercialización tras un tratamiento.
  • Y de especies que no se pueden comercializar en ninguna presentación.

Este Real Decreto responde a la necesidad de adecuar el Código Alimentario Español a los conocimientos actuales sobre la toxicidad de las setas, incluyendo especies con historial seguro de consumo no recogidas en la anterior normativa. Además, refuerza los controles y la identificación de las setas para evitar intoxicaciones derivadas de su consumo, y adapta la normativa nacional a los requisitos establecidos en los reglamentos europeos de seguridad alimentaria y de higiene.

El peligro potencial de estos productos hace necesario ser cauteloso al incluir nuevas especies en el listado de las comercializables y en el establecimiento de los requisitos que deben cumplir las empresas para garantizar la seguridad de los productos que se ofrecen a los consumidores


Los nuevos conocimientos científicos sobre las setas han llevado a prohibir la comercialización de especies como la "tricholoma ecuestre" o seta de los caballeros, considerada como comestible en el Código Alimentario, pero con evidencias de toxicidad recogidas en los últimos años.

Por otro lado, hay estudios que reflejan que muchas setas no recogidas en la actual legislación española no presentan problemas para el consumidor, por lo que han sido incluidas entre las especies que sí pueden ser comercializadas. Esto aumentará la oferta de las que pueden venderse con garantías para los consumidores.

Comercio minorista y restauración

Por otra parte, el Real Decreto presta una especial atención, debido a la potencial peligrosidad de las setas, al suministro desde el productor al consumidor final, directamente o a través de comercios minoristas o de restauración. A partir de ahora, sólo se podrá hacer cumpliendo una serie de requisitos y cuando la autoridad competente lo autorice.

Dado el carácter local de este tipo de suministros, las costumbres de las diferentes regiones o comarcas y la potencial generación de riqueza que la producción, recogida y oferta de setas suponen, son las autoridades competentes en las Comunidades Autónomas las que determinarán las condiciones adicionales y las especies que pueden comercializarse mediante estas prácticas en su territorio.

Correcta identificación

Otro punto de especial importancia es la correcta identificación de las setas, ya que las confusiones con especies similares son la principal causa de intoxicaciones que anualmente se producen en nuestro país por su consumo.

Si bien la mayoría de las intoxicaciones se producen en el ámbito privado, los riesgos que asumen los particulares que deciden consumir las setas que recolectan no deben trasladarse a los consumidores de setas comercializadas. Por ello, se presta especial atención a la correcta identificación de las setas por parte de los explotadores de la empresa alimentaria, ya que tienen la obligación de suministrar al consumidor productos seguros.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

NORMA DE CALIDAD COMERCIAL PARA LAS PATATAS DE CONSUMO EN EL MERCADO NACIONAL

  • Permitirá mejorar la calidad del producto en el mercado, orientar la producción a las exigencias de los consumidores y facilitar las relaciones comerciales en un marco de competencia leal.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la norma de calidad comercial para las patatas de consumo en el mercado nacional, y por el que se modifica el anexo I del Reglamento de aplicación de las normas de calidad para las frutas y hortalizas frescas comercializadas en el mercado interior. De este modo, se adapta así la normativa en la materia a las nuevas tendencias del comercio y a los nuevos hábitos del consumo.

Con esta nueva norma se pretende mejorar la calidad del producto en el mercado, orientar la producción a las exigencias de los consumidores y facilitar las relaciones comerciales en un marco de competencia leal, con lo que se contribuye así a incrementar la rentabilidad de la producción, teniendo en cuenta las normas internacionales en la materia.

Por eso, su estructura sigue el mismo desarrollo horizontal de todas las normas de calidad comercial en vigor en los organismos internacionales para las frutas y hortalizas frescas, en lo que se refiere a la definición del producto, disposiciones relativas a la calidad, al calibrado, a las tolerancias, a la presentación y al marcado.

Uno de los aspectos principales destacados en relación con la norma anterior es el establecimiento de la clasificación en categorías primera y segunda, en lugar de primor, calidad y común que recogía la clasificación anterior.

En este sentido, en la categoría primera se especifica que las patatas deberán ser de buena calidad y presentar las características morfológicas regulares del tipo varietal al que pertenezcan, clasificando al resto en la segunda categoría, siempre que cumplan los requisitos mínimos establecidos.

Tipos comerciales

Asimismo, se definen los distintos tipos comerciales existentes en el mercado que hoy día son conocidos tanto en la producción y el comercio, como en el consumo:

  • «De Primor», son las patatas que, además de ser cosechadas antes de su completa maduración natural, de modo que su epidermis o piel pueda desprenderse fácilmente por frotamiento, deben comercializarse en los días inmediatos a su recolección.

  • «Nuevas», son las cosechadas en su completa maduración natural y comercializadas en las semanas inmediatas a su recolección sin más almacenamiento y/o conservación que el necesario para garantizar el desarrollo normal de su proceso comercializador.
  • «De Conservación», son las cosechadas en su plena madurez, aptas para su comercialización después de pasar por un periodo de almacenamiento y/o conservación más o menos prolongado, sin merma de sus cualidades organolépticas.


Medio Ambiente y Medio Rural y Marino

APRO BADA LA PROGRAMACIÓN PARA 2009 DE LA LEY DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MEDIO RURAL

  • Durante el año 2009, se ampliarán hasta 150 las comarcas rurales en que se desarrollarán programas pilotos, cofinanciados por las Comunidades Autónomas y las entidades locales, que complementarán los ya iniciados a lo largo de 2008.

El Consejo de Ministros ha aprobado la programación para el año 2009 de la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, que incluye una hoja de ruta elaborada por el Consejo del Medio Rural para la elaboración del Programa de Desarrollo Sostenible del periodo 2010/2014, así como el marco aplicable a los programas piloto de Desarrollo Sostenible para este año.

Para la puesta en marcha del Programa de Desarrollo Sostenible, se han previsto una serie de de actuaciones a lo largo de año, que se iniciarían en marzo con la aprobación, por parte del Consejo del Medio Rural, de las recomendaciones para la delimitación y los criterios para la clasificación de las zonas rurales por las Comunidades Autónomas.

Por otra parte, en el seno del grupo creado en la Comisión Interministerial, y de forma bilateral con cada Departamento, se concretarían las líneas de actuación a incorporar al Programa, y su tratamiento, un trabajo que también se desarrollaría con las diferentes Comunidades Autónomas, estableciendo el marco financiero plurianual (2010-2014) de acuerdo con lo establecido en la memoria económica de la Ley.

Paralelamente, la hoja de ruta recogida en el Acuerdo hoy aprobado contempla trabajos en el seno del Consejo del Medio Rural para acotar, para cada Comunidad Autónoma, un índice de ruralidad que permita determinar el alcance de la participación financiera del Estado en dicha Comunidad Autónoma.

Calendario de actuaciones

En el calendario de actuaciones se prevé igualmente, para el próximo mes de junio, una vez delimitadas y calificadas las zonas de actuación por parte de las Comunidades autónomas, y ya elaborada la versión preliminar del Programa, su presentación para ser sometido a información pública e informe de órganos colegiados y de participación.

En el marco de estas actuaciones, el Acuerdo contempla también, a partir de septiembre de 2009, la elevación del Programa de Desarrollo Sostenible al Consejo de Ministros para su aprobación, para seguidamente, y durante el periodo inmediatamente posterior, iniciar la suscripción de convenios-marco de colaboración con las Comunidades Autónomas participantes. Éstas deberán formular los planes de zona que, en caso de implicar actuaciones de competencia estatal, deberán ser previamente evaluados por los diferentes departamentos.

Posteriormente, se prevé la aprobación por parte de las Comunidades Autónomas y el comienzo de la ejecución de los planes de zona (período 2010-2014). Paralelamente, el Ministerio conformará los mecanismos para el seguimiento y evaluación general del Programa (2010-2014), y la preparación del informe bienal al Senado.

Esta decisión es precisa en tanto que completa el esfuerzo financiero equivalente de las Comunidades Autónomas participantes y limita, tanto el número de zonas que éstas propongan, como la tipología de las actuaciones de los planes de zona.

Desarrollo de proyectos

El Acuerdo incluye el marco en el que se van a desarrollar los programas en 2009, conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y la realización de nuevos convenios pilotos, que elevarán a 150 comarcas rurales las beneficiadas por la Ley.

Para su financiación se destinarán, específicamente por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, 130 millones de euros, con los que se realizarán las actuaciones que serán convenidas con las Comunidades Autónomas y entidades locales, y se incluirán también actuaciones en Reservas de la Biosfera, entre otras. A ello habrá que sumar las cantidades aportadas por las Comunidades Autónomas y entidades locales que cofinancian estas actuaciones piloto. Complementariamente, otros Ministerios llevarán a cabo actuaciones específicas en el ámbito de la Ley, con cargo a sus propios recursos presupuestarios.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

12,5 MILLONES PARA REPARAR DAÑOS EN LA CUENCA DEL EBRO

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a nuevas obras de emergencia para la reparación de daños en la cuenca del Ebro, por un importe de 12.540.000 euros.

Las actuaciones previstas son las siguientes:

  • Restauración y consolidación de motas de defensa y protección de cauces, márgenes y riberas (Comunidades Autónomas de Navarra, La Rioja y provincias de Zaragoza, Huesca y Lleida).
  • Reposición de la estación de aforos sobre el río Urederra en Eraul (Navarra).
  • Reposición de la estación de aforos sobre el río Cinca en Puente Las Pilas (Huesca).
  • Reposición de la estación de aforos sobre el río Cinca en Fraga (Huesca).
  • Reposición de azudes en el río Queiles (Zaragoza).
  • Reparación de daños en el Canal de Lodosa (La Rioja y Navarra).
  • Reparación de daños en el desagüe del azud de la presa de El Val (Zaragoza).
  • Reposición de la desembocadura del río Sio en el Segre (LLeida).
  • Reparación de compuertas y limpieza de cauce en el embalse de Mansilla (La Rioja).
  • Sustitución de alza del aliviadero del embalse de La Peña (Huesca).
  • Consolidación e impermeabilización de la presa de Caspe II (Zaragoza).


Asuntos Exteriores y de Cooperación

CONVENIO CON SIRIA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre el Reino de España y la República Árabe de Siria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.

El Convenio tiene por objeto principal posibilitar un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en el ámbito bilateral, y ofrecer un elemento de seguridad jurídica y fiscal que favorezca los intercambios comerciales entre los dos países y facilite la cooperación entre las autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones.

El Convenio: afecta a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes respecto a los impuestos sobre la renta exigibles por esos Estados y sus subdivisiones políticas. Contempla la imposición de las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, tráfico internacional (marítimo y aéreo), empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones, ganancias de capital, servicios personales independientes, rentas del trabajo dependiente, participaciones de consejeros, artistas y deportistas, pensiones, función pública, profesores e investigadores, estudiantes y aprendices, y otras rentas.

Otras disposiciones de los artículos se refieren a la eliminación de la doble imposición; a la aplicación de criterios de no discriminación; al procedimiento amistoso en caso de discrepancia con la forma aplicación del Convenio; al intercambio de información entre las autoridades de los Estados contratantes y a la no incidencia de las disposiciones del Convenio en los privilegios de los miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON ALBANIA SOBRE ACTIVIDADES REMUNERADAS DE FAMILIARES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Albania sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.

Este Acuerdo trata de recoger y regular jurídicamente los legítimos intereses y expectativas de los familiares dependientes de los agentes diplomáticos y consulares de cada país en el territorio del otro, en cuanto a actividades remuneradas se refiere.

La constante evolución de las estructuras sociales y de la mentalidad en la sociedad española de estos últimos años ha venido afectando a la figura del familiar dependiente de los agentes diplomáticos y ha configurado un tipo distinto del tradicional, que posee una titulación académica, una preparación técnica y una experiencia laboral que desearía desarrollar mientras acompaña a su pareja en el desempeño de una misión en el exterior.

En este sentido, y para que estas legítimas expectativas puedan traducirse en la realidad, España está negociando acuerdos con determinados países con los que, como con la República de Albania, existe un interés mutuo en este campo. Entre otros, España ha ratificado Acuerdos con veintidós Estados, entre ellos, Argentina, Australia, Bolivia, Canadá, Chile, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Honduras, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, que regulan el acceso del cónyuge y otros familiares de los agentes al desempeño de trabajo remunerado.


BIOGRAFÍAS

Asuntos Exteriores y de Cooperación

Embajador de España en la República de Angol a.-

D. JOSÉ MARÍA CASTROVIEJO Y BOLÍBAR.

Nacido el 21 de agosto de 1942 en Bueu (Pontevedra), es Doctor en Derecho e ingresó en 1971 en la Carrera Diplomática.

Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Gabón, Países Bajos y Naciones Unidas. Ha sido Inspector General de Servicios del Ministerio y Cónsul General de España en Montreal. En 1999 fue nombrado Cónsul General de España en Estambul y en diciembre de 2001, Embajador de España en Tanzania. Desde enero de 2006 era Embajador de España en Bosnia y Herzegovina.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.-

D. PEDRO RODRÍGUEZ CANTERO.

Nacido el 27 de septiembre de 1940 en Bélmez (Córdoba), casado, con dos hijos, es Ingeniero Agrónomo y pertenece a la Escala de Ingenieros y Arquitectos Superiores del IRYDA.

Ha desempeñado diversos puestos en las Jefaturas Provinciales del IRYDA en Oviedo y Córdoba, y fue Director Provincial del Instituto Andaluz de Reforma Agraria. Fue Delegado de la Junta de Andalucía en Córdoba, Concejal del Ayuntamiento de Córdoba y Senador por esta provincia. Desde abril de 2008 era Gerente Provincial de la Agencia Andaluza del Agua.

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