SUMARIO
Presidencia
- REAL DECRETO por el que se establece el protocolo de actuación de la Unidad Militar de Emergencias y su desarrollo.
- REAL DECRETO por el que se desarrolla la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
- ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- ACUERDO por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión a un segundo grupo de instalaciones que solicitan asignación como nuevos entrantes y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- ACUERDO por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión a un tercer grupo de instalaciones que solicitan asignación como nuevos entrantes y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado, prevista en la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta Paritaria Gobierno-Junta de Andalucía, prevista en la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- ACUERDO por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía a que se refiere el artículo 184 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de 100 millones de dólares USA, al Fondo Fiduciario del Banco Mundial para el Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución adicional de España para el año 2007, por importe de 25 millones de dólares USA, al Fondo Fiduciario de la Iniciativa HIPC (países pobres altamente endeudados), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de 8 millones de euros, a la Organización Mundial de la Salud, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de 8 millones de euros, a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de 6.600.000 euros, al Comité Internacional de la Cruz Roja, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de 2 millones euros, a la Secretaría General Iberoamericana para el apoyo a la Conferencia de los Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, para actividades de cooperación, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
- ACUERDO por el que se aprueba el pago de 150 millones de euros para el año 2007 correspondientes al segundo pago de la contribución española a la decimocuarta reposición de recursos de la Asociación Internacional de Fomento, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO por el que se autoriza reestructurar la ejecución del Acuerdo sobre puesta a disposición de una línea de crédito en favor de la República Argentina.
- ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía para realizar una ampliación del programa de emisión de bonos y obligaciones por un importe máximo de 460.728.518 euros.
- ACUERDO por el que se aprueba una subvención al Consorcio Ciudad de Santiago de Compostela, por un importe de 12.410.900 euros.
- ACUERDO por el que, conforme al artículo 17 a) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte de Mahou, S.A., y San Miguel Fábricas de Cerveza y Malta, S.A., del control exclusivo del Grupo Alhambra Alimentaria, S.L.
- ACUERDO por el que se conforme a lo dispuesto en el artículo 17 b) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide subordinar a la observancia de condiciones la aprobación de la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte de Sogecable, S.A., del control exclusivo sobre Audiovisual Sport, S.L.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- ACUERDO por el que se autoriza la firma de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su Protocolo Facultativo.
- ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa por el que se constituye el Laboratorio Ibérico Internacional de Nanotecnología y se aprueban sus Estatutos.
- ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de El Salvador sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
Justicia
- REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Zeljko Cicovic.
- ACUERDO por el que se decide la continuación en vía judicial del procedimiento de extradición a las autoridades de Argentina de María Estela Martínez Cartas por delitos de asociación ilícita, homicidios y detenciones ilegales.
Defensa
- ACUERDO por el que se autoriza la adquisición de un hospital de campaña.
Interior
- REAL DECRETO por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
Fomento
- REAL DECRETO sobre medidas aplicables a los buques en tránsito que realicen descargas contaminantes en aguas marítimas españolas.
- ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras "Construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura-frontera portuguesa, tramo: Mérida-Badajoz, longitud: 20,20 km", con un presupuesto de 64.350.441,18 euros, Badajoz.
Educación y Ciencia
- ACUERDO por el que se homologa el título de Arquitecto de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Girona.
- INFORME sobre actividades científicas en materia de contaminación marítima y de playas.
Trabajo y Asuntos Sociales
- REAL DECRETO por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
- REAL DECRETO por el que se regula la bonificación de cuotas de la Seguridad Social respecto de los trabajadores contratados con motivo de la celebración de la Exposición Internacional Zaragoza 2008.
ACUERDO por el que se autoriza la prórroga, por un año, del Convenio de colaboración para la prestación de servicios postales, suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, sus organismos autónomos, entidades gestoras de la Seguridad Social y el servicio común y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.
Industria, Turismo y Comercio
- ACUERDO por el que se autoriza la contribución española a organismos internacionales para el año 2007 en el ámbito de la Secretaría General de Comercio Exterior, por importe global estimado de 826.000 euros.
Agricultura, Pesca y Alimentación
- REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 940/2001, de 3 de agosto, por el que se establecen normas reguladoras de la ayuda a la transformación en el sector del lino y del cáñamo con destino a la producción de fibras y el Real Decreto 890/2006, de 21 de julio, por el que se regula el régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar.
- ACUERDO por el que se designan los puertos donde pueden realizarse desembarques o transbordos de pescado congelado capturado por buques de terceros países en la zona de regulación de la Comisión de Pesquerías del Atlántico Nordeste.
- INFORME sobre el uso sostenible del agua en el sector agrario.
Administraciones Públicas
- ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con determinados preceptos del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con determinados preceptos del Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo del Educación Infantil.
ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con determinados preceptos del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.- ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 2/2006, de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia.
- ACUERDO por el que se plantea conflicto positivo de competencia a la Generalitat Valenciana en relación con el Acuerdo de 21 de marzo de 2007 del Director Territorial de Territorio y Vivienda de la Comunitat Valenciana ratificando la orden de suspensión cautelar de las obras correspondientes al proyecto "Ampliación de la planta desaladora para garantizar los regadíos del trasvase Tajo-Segura", que se están realizando por la Sociedad Estatal de Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A., en el ámbito territorial del Parque Natural de Las Lagunas de La Mata y Torrevieja.
Cultura
- INFORME sobre el Anteproyecto de Ley del Cine.
- INFORME sobre la Filmoteca Española.
- INFORME sobre la ampliación del Museo Nacional del Prado.
Medio Ambiente
- ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de acondicionamiento del arroyo de la Cañada en Casasimarro (Cuenca).
- INFORMEsobre reforma de la Ley de Aguas.
- INFORME sobre los planes extraordinarios de sequía.
ACUERDOS DE PERSONAL
Economía y Hacienda
- REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete del Vicepresidente Segundo del Gobierno a D. LUIS DÍEZ MARTÍN .
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Panamá a D. JOSÉ MANUEL LÓPEZ-BARRÓN DE LABRA .
- REAL DECRETO por el que se designa Embajadora en Misión Especial para el Fomento de las Políticas de Igualdad de Género a Dª MARÍA AURORA MEJÍA ERRASQUIN .
Justicia
- REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado a Dª ESMERALDA RASILLO LÓPEZ.
Trabajo y Asuntos Sociales
- REAL DECRETO por el que se nombra a D. JUAN JOSÉ ÁLVAREZ ALCALDE como Miembro del Consejo Económico y Social en representación del sector agrario.
CONDECORACIONES
Asuntos Exteriores y de Cooperación
- REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden de Isabel la Católica a Su Excelencia señor OSCAR RAFAEL BERGER PERDOMO, Presidente de la República de Guatemala.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a la señora WENDY WIDMANN LAGARDE DE BERGER, esposa del Presidente de la República de Guatemala.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor EDUARDO STEIN BARILLAS, Vicepresidente de la República de Guatemala.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor GERT ROSENTHAL KOENIGSBERGER, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala.
- REAL DECRETO por el que se concede el Collar de la Orden de Isabel la Católica a Su Excelencia señor ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ, Presidente de la República de El Salvador.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a la señora ANA LIGIA MIXCO SOL DE SACA, Primera Dama de la República de El Salvador.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor EDUARDO CALIX LÓPEZ, Viceministro de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica al señor FRANCISCO ESTEBAN LAÍNEZ RIVAS, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador.
- REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil al señor ELMER ROBERTO CHARLAIX URQUILLA, Secretario Privado de la Presidencia de la República de El Salvador.
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ASUNTOS GENERALES
Medio Ambiente
INFORME SOBRE LOS PLANES ESPECIALES DE SEQUÍA
- El objetivo fundamental de los Planes, de acuerdo con los principios del Programa A.G.U.A., es minimizar los aspectos ambientales, económicos y sociales de eventuales situaciones de sequía.
- Los Planes incluyen la definición de indicadores y umbrales de estados, los programas de medidas a aplicar en relación con el uso de dominio público hidráulico según el estado de la cuenca y la gravedad del período de sequía, así como un sistema de gestión y seguimiento de este fenómeno extremo.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Medio Ambiente sobre los Planes Especiales de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía que su Departamento ha elaborado para minimizar los impactos ambientales, económicos y sociales de eventuales situaciones de sequía en todas las cuencas hidrográficas.
Los Planes constituyen uno de los compromisos incluidos en el Plan Hidrológico Nacional. Sin embargo, durante la anterior Legislatura no se aprobaron, por lo que ha tenido que ser el actual Gobierno el que cumpla este objetivo. Contemplan la definición de indicadores y umbrales de estado, programas de medidas a aplicar en relación con el uso del Dominio Público Hidráulico según el estado de la cuenca y la gravedad del período de sequía, así como un sistema de gestión y seguimiento de este fenómeno extremo.
Estos Planes forman parte del Programa A.G.U.A. (Actuaciones para le Gestión y Utilización del Agua) del Ministerio de Medio Ambiente, que incluye proyectos de mejora de gestión y del suministro de agua acordes con las necesidades existentes y futuras ligadas al desarrollo de los territorios de forma sostenible en términos económicos, sociales y ambientales, incluso en situación de sequía.
Por parte de la Dirección General del Agua y los Organismos de cuenca se ha realizado un esfuerzo importante para lograr la definición de estos Planes de sequía que han visto su fase final durante el año 2006 y principio de 2007, tras completar una serie de etapas esenciales.
La Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, en el año 2006, desarrolló un sistema global de indicadores hidrológicos que permite prever las situaciones de sequía y que sirve de referencia general a los Organismos de cuenca para la declaración formal de situaciones de alerta y eventual sequía. Además, la Dirección General del Agua elaboró también una guía para la redacción de Planes Especiales con el fin de homogeneizar las actuaciones.
Redacción de Planes
Los Organismos de cuenca han redactado, para sus respectivos ámbitos, propuestas de "Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía" siguiendo, para alcanzar su integración ambiental, el procedimiento previsto en la Ley de 28 de abril de 2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
La evaluación ambiental estratégica a la que obliga esta Ley ha marcado las fases del procedimiento de elaboración de los planes especiales. Con ello se logra un proceso transparente donde la participación pública ha estado presente durante todo el desarrollo de los Planes.
Las propuestas de Plan, que incorporan los resultados del proceso de información y consulta pública, fueron remitidas a los miembros de los Consejos del Agua de cada cuenca, que fueron convocados entre los días 12 y 14 de marzo de 2007 para informar la propuesta de Plan Especial.
Como se establece en el artículo 27 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional de 2004, los Planes Especiales, una vez informados por el Consejo del Agua de cada cuenca, fueron remitidos al Ministerio de Medio Ambiente para su aprobación por Orden Ministerial.
Medidas establecidas en los Planes
El fin último de los Planes es la identificación de aquellas medidas mitigadoras que se consideren más adecuadas para hacer frente a las sequías, por lo que en cada Plan se plantea una serie de actuaciones a realizar cuando se supera cada uno de los umbrales establecidos en los distintos indicadores de sequía.
Los parámetros empleados para configurar las medidas de restricción de suministro han sido los siguientes:
- Prioridades a la hora de aplicar restricciones de suministro a los diferentes usos y a la atención de requerimientos ambientales.
- Fase de sequía en la que se aplican esas restricciones.
- Cuantía de dichas restricciones.
En el proceso de elaboración de los Planes Especiales de Sequía se analizaron las posibles combinaciones que resultarían de adoptar los posibles escenarios que razonablemente se plantearon.
- Escenario 0 ó tendencial, o escenario en ausencia de Plan Especial o de inexistencia de programa de medidas.
- Escenarios alternativos, resultantes de combinaciones razonables de las variaciones de los parámetros.
- Prioridad, a efectos de gestión y salvo para el abastecimiento urbano, de la atención a los requerimientos hídricos ambientales.
- Aplicación de restricciones a otros usos, salvo el abastecimiento urbano, desde la fase de alerta.
- Restricción parcial o total de otros usos, según la disponibilidad de recursos.
Las medidas van a ser de tipos diferentes en función de la situación del estado en que se encuentre la cuenca:
- Medidas estratégicas:
- En situación de normalidad, las medidas resultantes de la planificación ordinaria.
- En situación de prealerta, medidas de control e información.
- Medidas Tácticas: en situación de alerta, medidas de conservación.
- Medidas de emergencia: en situación de emergencia, medidas de restricción.
Funcionamiento de los Planes
La elaboración, gestión y seguimiento del Plan Especial de Sequía es responsabilidad de los Organismos de cuenca. Así pues, tanto para el seguimiento de indicadores de previsión para situación de normalidad, como para la aplicación de medidas operativas en sequía, como en los análisis postsequía, se utilizan la organización y medios de la propia Demarcación.
El sistema de gestión del Plan Especial se configura con los siguientes elementos:
- En normalidad, la Oficina de Planificación Hidrológica de la Demarcación será quien se encargue de hacer un seguimiento de la evolución de los Indicadores de Sequía.
- En prealerta, el seguimiento que hacía en normalidad la Oficina de Planificación se traslada a una Oficina Técnica de la Sequía, que se conforma con técnicos de la Comisaría de Aguas, Dirección Técnica, Secretaría General y Oficina de Planificación Hidrológica.
- Superado el umbral de alerta, la Comisión de Desembalse, a propuesta de la Oficina Técnica de la Sequía, considerará la posibilidad de elevar a Presidencia la necesidad de un Real Decreto, a aprobar por el Gobierno de la Nación, de situaciones excepcionales, al amparo del artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, en el cual se ordene la constitución de la Comisión Permanente de la Sequía, que pasa a asumir el control del cumplimiento de las disposiciones del Plan Especial de Sequía y la comunicación con el Consejo del Agua de la Demarcación y demás Instituciones de las Administraciones Central, Autonómica y Local interesadas o afectadas, así como la difusión y comunicación públicas en general.
Respecto a los Planes de Emergencia para poblaciones o mancomunidades de más de 20.000 habitantes, serán las Administraciones públicas, fundamentalmente las locales, responsables de los sistemas de abastecimiento urbano, las competentes para su redacción en concordancia con el marco establecido en el Plan Especial.
Las Oficinas de Planificación Hidrológica de las cuencas intercomunitarias envían a la Dirección General del Agua antes del día 8 de cada mes los valores de los Índices de Estado de cada sistema de explotación, con los que se elabora el Mapa de Seguimiento de la Sequía, que se incluye para información pública en la página Web del Observatorio Nacional de la Sequía.
Medio Ambiente
INFORME SOBRE LA REFORMA DE LA LEY DE AGUAS
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Medio Ambiente sobre la reforma de la Ley de Aguas, que básicamente refuerza los mecanismos de coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas a la hora de tomar decisiones.
Con la futura reforma se incentivarán la cooperación entre los territorios y se evitarán decisiones innecesariamente unilaterales por parte del Gobierno o de las Comunidades Autónomas.
Agricultura, Pesca y Alimentación
INFORME SOBRE EL USO SOSTENIBLE DEL AGUA EN EL SECTOR AGRARIO
- Destaca la evolución de los sistemas de riego, con la incorporación de tecnologías más eficientes, habiéndose logrado el predominio del riego localizado, como técnica de ahorro de agua, sobre el riego por gravedad
- Se plantea el cierre del Plan Nacional de Regadíos, del que quedan pendientes actuaciones sobre una superficie de 100.000 hectáreas, y se presentan los objetivos de la nueva programación 2009/2013, basados en la modernización y el ahorro del agua
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre el uso sostenible del agua en el sector agrario, en el que se recogen los datos sobre la importancia del agua en el sector agrario desde el punto de vista económico, social y medioambiental, las actuaciones desarrolladas para lograr un mayor ahorro de los recursos hídricos, así como los objetivos de la nueva programación 2009/2013.
El informe parte de un análisis sobre los retos que se plantean para la gestión de los recursos hídricos, tales como la cobertura de las necesidades básicas de la población, la preservación de la integridad de los ecosistemas minimizando el impacto sobre el medio, la búsqueda de soluciones equitativas dirigidas a compartir los recursos entre todas las artes interesadas y la gestión de situaciones de riesgo como las sequías o inundaciones. Frente a ello plantea la necesidad de aplicar una gestión integrada y dirigida a un uso sostenible y una adecuada protección del agua.
Perspectiva económica
En relación con la importancia del agua desde la perspectiva económica, se destaca el uso por parte del sector agrario de los recursos hídricos, con una utilización del 63,3 por 100 del total, resaltando la estabilidad lograda en la demanda y consumo gracias a las políticas de ahorro de este recurso.
En este sentido, se destaca la evolución de los sistemas de riego, con la incorporación de tecnologías más avanzadas. Más del 60 por 100 de los regadíos españoles han mejorado su eficiencia, con lo que se ha logrado que el riego localizado, como técnica de ahorro de agua, supere ya al riego por gravedad, hasta el punto de que en 2006 se ha duplicado la diferencia con respecto al año anterior.
Perspectivas social y medioambiental
Desde el punto de vista social se manifiesta la importancia del agua como factor que favorece la vertebración del territorio al reducir los procesos de despoblamiento y mejorar la calidad de vida del medio rural, favoreciendo, con la aplicación de las nuevas tecnologías, la generación de empleo de mayor cualificación y la incorporación de regantes a la sociedad de la información.
Por otra parte, y desde la perspectiva medioambiental, se resalta el papel del agua en el mantenimiento de determinados ecosistemas, en la restauración hidrológico-forestal, en la lucha contra la desertización, o en la eliminación del CO2 de la atmósfera.
Fomento de sistemas sostenibles
Otro de los aspectos abordados en el informe es el fomento de los sistemas de producción sostenibles. Recoge, entre otras actuaciones del Ministerio, la promoción de sistemas productivos más eficientes como la producción integrada, con normas que inciden directamente en el ahorro del agua; el Plan de Agricultura Ecológica, que ha situado a España en una de las primeras posiciones en el ámbito mundial en superficie ecológica, con 926.390 hectáreas, o la publicación de guías de buenas prácticas, entre ellas la de la condicionalidad, en la que se contempla la protección de las aguas subterráneas, promoviendo la práctica de buenas condiciones agrarias y medioambientales.
Ahorro de agua
En cuanto a las actuaciones en pro del ahorro del agua, se resaltan la aplicación de nuevas tecnologías mediante iniciativas como el telecontrol que centraliza la información y maniobra la red de riego desde un centro de control; la red de estaciones agroclimáticas con las que se mejora la información sobre necesidades hídricas y el observatorio del regadío, que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene previsto establecer para dar a conocer como se gestiona el regadío.
Otras actuaciones destacadas son el proyecto CORENET 2006/2010, impulsado por el Ministerio, la Federación Nacional de Regantes y las Comunidades de Regantes, para la modernización y fomento del ahorro de los recursos hídricos, iniciativa para la que se ha habilitado una subvención de doscientos mil euros, o la formación de regantes para dar a conocer la tecnología existente en el sector del regadío, en la que se han venido invirtiendo también doscientos mil euros anuales.
Otro aspecto importante entre las actuaciones a favor del ahorro del agua es la incorporación de otros recursos no convencionales al regadío como las desaladoras, cuyas aguas riegan cincuenta mil hectáreas de terreno, con un volumen utilizado de 350 hectómetros cúbicos anuales o las depuradoras, que proporcionan agua para el riego de cien mil hectáreas y un volumen de cuatrocientos hectómetros cúbicos al año.
En esta línea constituye también un elemento importante el Plan de Choque 2006/2007 de obras urgentes para la mejora y consolidación de regadíos, con actuaciones coordinadas entre los Ministerios de Agricultura y Medio Ambiente por valor de 2.400 millones de euros y un ahorro anual estimado en 1.200 hectómetros cúbicos, cuyo presupuesto de obras en ejecución, adjudicadas o de próxima adjudicación ha alcanzado ya el 78 por 100 de lo programado.
Dentro del análisis de la situación actual se plantea el cierre del Plan Nacional de Regadíos, que en la actualidad ha logrado un grado de ejecución en superficie del 108 por 100 de lo programado. De este Plan, que se ha ido ampliando continuamente como consecuencia de la aprobación de los distintos Planes de sequía, quedan pendientes actuaciones sobre una superficie de cien mil hectáreas, con un coste de cierre de 330 millones de euros.
Por último, se abordan las perspectivas de futuro, destacando la programación 2008/2013, cuyo objetivo se centrará en la modernización y el ahorro del agua. Se señala que es necesario definir actuaciones más acordes con las directrices del actual programa operativo de desarrollo rural 2007/2013, según lo definido en el Plan Estratégico Nacional y en el Marco Nacional.
El Informe hoy presentado se basa en el documento sobre "El uso sostenible del agua en el sector agrario: situación actual y perspectivas de futuro", presentado ayer en el marco de la Jornada organizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con motivo de la celebración del Día Mundial del Agua.
Cultura
INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DEL CINE
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Cultura sobre el Anteproyecto de Ley del Cine para su primera lectura.
Este Anteproyecto da cumplimiento al compromiso electoral del Gobierno de proporcionar un marco legal adecuado para los importantes cambios tecnológicos y de mercado que la industria cinematográfica de nuestro país está atravesando. Bajo el principio de la diversidad cultural, consagrado por la UNESCO y en vigor en España desde el pasado 18 de marzo, la nueva norma aspira a introducir, mediante un reflexionado proyecto legislativo para el que han sido escuchados todos los sectores, un marco adecuado para amparar la producción, la distribución y la exhibición de películas variadas y de calidad, mejor promocionadas y capaces de mantener, e incluso incrementar, la diversidad que hoy es la característica fundamental de nuestro cine.
Las principales novedades de la futura Ley son la definición por primera vez de los sectores independientes y los dependientes; la clarificación del mercado; la exigencia de solvencia de los productores para ser receptores de ayudas; la incentivación fiscal; la apertura a las nuevas tecnologías; la ampliación de ayudas para películas en televisión y series de animación; el fomento de la producción independiente; el fomento del cine europeo y latinoamericano; la creación de la Agencia Estatal en sustitución del Instituto de la Cinematografía, así como otras medidas también importantes.
Cultura
INFORME SOBRE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DEL MUSEO DEL PRADO
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Cultura sobre la ampliación del Museo del Prado. La Ministra informó al Consejo de que el Ministerio de Cultura recibió el pasado 13 de marzo las obras de ampliación del Museo del Prado.
Esta ampliación dota al Prado de unas instalaciones a la altura de los más importantes museos de Europa, que a finales del siglo pasado experimentaron grandes necesidades tecnológicas para la conservación de las piezas, el tráfico globalizado de las mismas en las suficientes condiciones de garantía y convertir lo que sólo eran almacenes en espacios de exhibición que permitiesen un acercamiento pedagógico de la sociedad y que estaban obligados a competir con otros polos de ocio.
Con la obra, de Rafael Moneo, único español que ha recibido un premio Pritzker, iniciada a principios de 2002, se pone al día al Prado en relación con otras instituciones del mismo contenido.
Las instalaciones, que incluyen el claustro de la iglesia de los Jerónimos de Madrid, añaden 22.513 m2 de edificación.
Cultura
INFORME SOBRE LA FILMOTECA ESPAÑOLA
- El Ministerio de Cultura invertirá más de 20 millones en el nuevo centro de conservación de la Filmoteca.
- Este presupuesto se empleará en la construcción del edificio, que albergará los cerca de 36.000 títulos cinematográficos que atesora el mayor archivo fílmico de nuestro país.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Cultura sobre los planes de su Departamento para la construcción del nuevo Centro de Conservación y Restauración de Fondos Fílmicos de la Filmoteca Española, obra que cuenta con un presupuesto estimado de más de veinte millones de euros.
La construcción de este centro es fundamental para el futuro de la Filmoteca, dado que en el mismo se van a depositar la totalidad de los materiales de todo tipo que conserva la Filmoteca en diversos lugares -cerca de 75.000-, de manera que quedarán unificados para una adecuada conservación y su restauración, en los casos que sea necesario, mediante los recursos técnicos precisos.
La construcción del Centro de Conservación y Restauración de Fondos Fílmicos se efectuará con cargo al Presupuesto de Gastos de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, organismo autónomo del Ministerio de Cultura. En este sentido, en el Presupuesto de Gastos de este Organismo se incluye una dotación de 2.500.000 euros para 2007 y se prevé para los ejercicios 2008 y 2009 una dotación de 6.500.000 euros en cada una de dichas anualidades.
El pasado 29 de diciembre se firmó un contrato entre la empresa pública Arpegio, perteneciente a la Comunidad de Madrid, y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), del Ministerio de Cultura, según el cual la primera cedía gratuitamente un terreno de 14.255 m2 para la construcción del Centro, con las condiciones de destinarlo a ese fin y de que las obras se inicien antes de pasados dos años desde dicha firma.
Ciudad de la Imagen
Existe ya un proyecto redactado que habría que actualizar y adecuar a la normativa vigente. De acuerdo con dicho proyecto, las obras de construcción se ejecutarían en una parcela situada en el Polígono 1 del Plan Parcial de Ordenación Ciudad de la Imagen. La superficie construida es de 15.496 m2 y se trata de un edificio singular formado por un conjunto de cinco volúmenes de diferentes alturas.
En este momento se está revisando el proyecto redactado al efecto de concretar su importe y adecuación, con el fin de proceder a su aprobación en este ejercicio y posterior licitación de las obras.
Los fondos custodiados por la Filmoteca Española se estiman actualmente en cerca de 75.000 materiales (en 35 y 16 mm, así como en vídeo y DVD), que corresponden a unos 36.000 títulos, tanto de largo como de cortometraje. Aproximadamente, la mitad de ellos son de producción española.
La Filmoteca conserva también los más de 66.000 rollos de película pertenecientes a los 6.500 documentos audiovisuales del NO-DO.
Justicia
CREADO EL REGISTRO DE SEGUROS DE VIDA
- Será un mecanismo de información y transparencia para conocer todos los seguros de vida a nombre de algún fallecido, lo que impedirá que sus beneficiarios se queden sin cobrar por desconocimiento de la existencia del contrato de seguro.
El Consejo de Ministros, a propuesta conjunta del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Economía y Hacienda, ha aprobado un Real Decreto por el que se da luz verde a la creación del Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento. Este mecanismo de información y transparencia permitirá conocer todos los seguros de vida vigentes, a nombre de algún fallecido, por parte de sus beneficiarios.
La creación de este Registro supone la respuesta de la Administración a un problema que se viene produciendo como consecuencia del frecuente desconocimiento de la existencia de esos seguros. Eso hace que, a menudo, se queden sin cobrar el seguro las personas que tienen derecho a ello.
La gestión de este servicio público a los ciudadanos corresponderá al Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que entregará a los interesados un certificado en el que consten los contratos vigentes en los que figure como asegurada la persona fallecida. Por su parte, las entidades aseguradoras estarán obligadas a remitir al Registro de contratos de seguro con cobertura de fallecimiento los contratos de seguros de vida que suscriban.
Igualmente, la aseguradora deberá comunicar al Registro toda la información pertinente relacionada con aquellos seguros suscritos en los que no resulta posible la identificación de los asegurados hasta que no se produce el fallecimiento.
Obligaciones de los notarios
Por su parte, en el proceso de adjudicación o partición de herencias los notarios estarán obligados a incorporar el certificado del Registro de Seguros del causante fallecido, para lo que se establece un procedimiento de solicitud telemática al propio Registro. Los notarios favorecerán así el conocimiento de los seguros existentes y advertirán a los interesados de la presencia de alguno que cubriera dicho fallecimiento.
Para asegurar el funcionamiento del Registro, el Real Decreto establece procedimientos que regulan la comunicación apropiada, por medios telemáticos, de la información entre entidades aseguradoras y Registro; la tramitación de solicitud y expedición de certificados; los mecanismos para la remisión de la información por parte del Registro a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones; los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición o la tasa establecida por la expedición del certificado.
Fomento
REFORZADO EL MARCO SANCIONADOR EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN MARINA POR BUQUES
- Se sancionarán, a nivel europeo, las descargas de sustancias contaminantes de buques que se encuentren en tránsito.
- La Administración española podrá detener un buque si existen pruebas de que ha efectuado una descarga contaminante que suponga perjuicio para las aguas o las costas.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que refuerza el marco sancionador en materia de contaminación procedente de buques. Con ello, se transpone parte de la Directiva Europea, de diciembre de 2005 que garantiza una sanción adecuada a cualquier persona que cause o contribuya a un incidente de contaminación intencionadamente o por negligencia grave.
La gran mayoría de las pautas de la Directiva europea ya están recogidas por la legislación nacional vigente, de ahí que sea una transposición parcial. Mediante la Directiva europea y, por tanto, con el Real Decreto aprobado hoy se consigue reforzar la legislación a través de las siguientes medidas:
- Se crea un espacio jurídico europeo en el que serán sancionadas las descargas de sustancias contaminantes (sentinazos) en aguas españolas y alta mar de aquellos buques que se encuentran en tránsito, es decir, que no tienen como destino un puerto español.
- A efectos de la adopción de las medidas oportunas, se establece un procedimiento de colaboración con el Estado rector del puerto en el que el presunto buque infractor vaya a hacer escala.
- Se prevé la posibilidad de que la Administración española pueda detener un buque en tránsito si existen pruebas concluyentes de que ha efectuado una descarga contaminante que suponga o pueda suponer un perjuicio considerable para los recursos naturales de dichas aguas, para la costa o los bienes a ella vinculados.
Educación y Ciencia
INFORME SOBRE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN MARÍTIMA Y DE PLAYAS
- Encargo para la observación visual directa de los pecios del "Prestige".
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Educación y Ciencia sobre el encargo a la empresa Repsol para bajar a los pecios del "Prestige" para realizar una inspección visual directa de su estado actual. Los objetivos son comprobar in situ el volumen de las fugas de fuel que pudieran existir, estudiar el estado actual del casco y valorar las acciones preventivas adicionales que pudiera ser necesario acometer sobre los pecios.
La inspección se realizará entre los meses de junio y septiembre para aprovechar la mayor probabilidad de días con buen tiempo que hay en esa época del año. El coste estimado, incluyendo posibles imprevistos derivados de temporales y otras circunstancias, es de tres millones de euros.
Además de esta actuación, un equipo científico-técnico elaborará un plan de I+D a medio y largo plazo. Este plan persigue trasladar a la sociedad las máximas garantías sobre la evolución futura de las fugas actuales y mejorar las tecnologías de prevención y seguimiento para poder aplicarlas a cualquier otro vertido que pudiera darse en el futuro.
Antecedentes
El 27 de octubre de 2004 la empresa Repsol concluyó los trabajos de extracción de los restos de fuel que permanecían en el "Prestige" que, tras su hundimiento, se había partido en dos pecios, situados entre 3.500 y 3.800 metros de profundidad en el lecho marino. Asimismo, se realizan estimaciones que cifran en unas 1.500 toneladas métricas la cantidad de fuel remanente en los pecios del Prestige y en unos veinte litros por día la fuga de fuel, que en su día fue imposible sellar.
En noviembre de 2006 el Ministerio de Educación y Ciencia informó, a través de una nota de prensa en la que se recogen los trabajos realizados por el Instituto Español de Oceanografía, de la existencia de manchas de fuel en la superficie cercana al hundimiento del "Prestige". Gracias a estos trabajos y a las opiniones recabadas en otros centros de investigación especializados, se concluye que con los medios actuales no es posible determinar en superficie el volumen de estas fugas y su posible evolución. Por ello se aprueba la inspección directa del pecio utilizando un dispositivo no tripulado.
Presidencia
APROBADO EL PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN DE LA UNIDAD MILITAR DE EMERGENCIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias, creada por el Consejo de Ministros el 7 de octubre de 2005 como unidad conjunta de las Fuerzas Armadas.
La Unidad Militar de Emergencias tendrá una alta cualificación y disponibilidad permanente todos los días del año para poder intervenir, de forma inmediata y autónoma, en cualquier lugar del territorio nacional, cuando se produzcan situaciones de emergencia con carácter grave.
La normativa que se contiene en el Protocolo de Intervención asegura el mantenimiento de su operatividad, salvaguardando los principios de unidad, disciplina y jerarquía que informan al conjunto de las Fuerzas Armadas y, por otro lado, la imprescindible coordinación con los medios de las Administraciones Públicas que puedan ser movilizados en función de cada emergencia.
La Unidad Militar de Emergencias estará operativa de forma completa a finales de 2008 y contará con más de cuatro mil efectivos.
Defensa
ADQUISICIÓN DE UN HOSPITAL DE CAMPAÑA PARA EL EJÉRCITO DE TIERRA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la adquisición de un hospital de campaña, mediante cuya adquisición el Ejército de Tierra podrá actuar con sus propios medios en operaciones internacionales, con la posibilidad de efectuar los tratamientos quirúrgicos necesarios.
El hospital de campaña que se adquiere se ha concebido como un órgano asistencial de carácter modular, lo que le permite, dependiendo de cada situación, desplegar los medios necesarios para cada operación, entidad de la fuerza que apoye o de los medios ya disponibles de carácter permanente u otros del área de despliegue. Esta modularidad le permite su transporte por avión, barco y carretera y le proporciona versatilidad de empleo en diversas operaciones: de mantenimiento de paz, apoyo a la población civil en catástrofes naturales, intervención en áreas endémicas, etc.
Los elementos de tratamiento avanzado actuales tienen limitaciones de permanencia en zona, debido a estar ubicados principalmente en tiendas de campaña. El hospital que se pretende adquirir utilizará principalmente contenedores ('shelters') de tipo estable y poseerá un alto nivel de autonomía y la capacidad de hacer frente a un amplio margen de afecciones médicas al estar dotado de quirófanos, UCI, urgencias, especialidades, consultas, laboratorios, farmacia, banco de sangre, radiología, hospitalización e instalaciones eléctrica, informática, telefónico, de telemedicina y de climatización, cocina y lavandería propia.
El importe del hospital de campaña es de veintisiete millones de euros, a distribuir en cuatro anualidades, 2007 a 2010, ambas inclusive.
Interior
NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN PARA CENTROS CON ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR ORIGEN A SITUACIONES DE EMERGENCIA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que desarrolla la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. A través de esta norma se desarrolla el sistema de acciones y medidas que deben adoptar los titulares de determinadas actividades (básicamente industriales) y que están encaminadas, por una parte, a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes con sus propios medios y recursos y, por otra parte, a dar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia.
El Real Decreto establece un catálogo de actividades a las que resulta de aplicación la Norma Básica de Autoprotección. Este catálogo constituye una norma mínima (las Comunidades Autónomas y Entidades Locales podrán ampliarlo a otras actividades) y de aplicación supletoria con respecto a las actividades que ya cuentan con reglamentación sectorial específica en la materia como minería, túneles, puertos comerciales, aeropuertos, instalaciones nucleares y radiactivas, presas y embalses, etcétera).
Catálogo de actividades
Entre las actividades incluidas en el catálogo están las siguientes: actividades e infraestructuras de transporte (estaciones e intercambiadores de transporte terrestre con una ocupación igual o superior a 1.500 personas, líneas ferroviarias metropolitanas, túneles ferroviarios de longitud igual o superior a mil metros, autopistas de peaje y puertos comerciales); actividades e infraestructuras energéticas (instalaciones de producción y distribución de electricidad de alta tensión); actividades sanitarias (establecimientos sanitarios con una disponibilidad de, al menos, doscientas camas, o que dispongan de una altura de evacuación superior a los 28 metros, o una ocupación igual o superior a dos mil personas); actividades docentes (cualquier establecimiento de uso docente que disponga de una altura de evacuación igual o superior a 28 metros o una ocupación igual o superior a dos mil personas); y establecimientos de uso residencial público (residencias, centros de día, etcétera).
La Norma Básica de Autoprotección obliga a los titulares de las actividades incluidas en el catálogo a elaborar el correspondiente Plan de Autoprotección. Dicho Plan, además de una descripción detallada de la actividad y del medio físico en que se desarrolla, realizará una evaluación de riesgos, una descripción de las medidas y medios de autoprotección y definirá un Plan de Actuación ante Emergencias. El citado Plan de Autoprotección designará a un único responsable interno de su gestión, así como de la notificación de cualquier emergencia a las autoridades competentes de protección civil.
Por su parte, los órganos competentes en materia de protección civil establecerán Protocolos que garanticen la coordinación de sus medios con los del titular de la actividad cuando la gravedad de la emergencia así lo requiera.
Trabajo y Asuntos Sociales
REGULADA LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO
- El Gobierno impulsa la formación de los trabajadores ocupados y desempleados.
- Se extiende la formación y se garantiza la igualdad en el acceso a todos los trabajadores.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el subsistema de formación para el empleo, en el que se integran las dos modalidades de formación profesional existentes hasta ahora: la ocupacional, destinada a trabajadores desempleados, y la continua, dirigida a los ocupados.
El origen de la norma aprobada está en el Acuerdo de Formación Profesional para el Empleo, suscrito en febrero de 2006 por el Gobierno y los interlocutores sociales dentro del proceso de Diálogo Social, y plantea un modelo de formación que respeta la competencia de gestión de las Comunidades Autónomas, así como el papel de los agentes sociales.
El texto ha sido objeto de un amplio debate y consulta con las Comunidades Autónomas y ha sido informado por la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales.
Adaptar a la realidad económica, social y autonómica
Después de trece años de vigencia de ambas modalidades en el ámbito laboral, era necesario introducir una serie de mejoras que permitan adaptar la formación dirigida a los trabadores ocupados y desempleados a la nueva realidad económica y social, así como a las necesidades que demanda el mercado de trabajo.
La integración de las modalidades de formación en un sistema único favorecerá el acceso a la formación de toda la población activa con objeto de promover el aprendizaje permanente para la competitividad, el empleo y el desarrollo personal y profesional de los trabajadores.
Además, la norma aprobada hoy plantea un modelo de formación para el empleo que conjuga la realidad autonómica del Estado y la inserción de la formación en la negociación colectiva de carácter estatal, con respeto a las competencias de gestión de las Comunidades Autónomas.
Los destinatarios de la formación profesional para el empleo son todos los trabajadores ocupados y desempleados, incluidos los que no cotizan por formación profesional. En ambos colectivos podrán tener prioridad para participar en las acciones aquellos trabajadores con mayores dificultades de inserción o de mantenimiento en el mercado de trabajo.
Apoyo a las pequeñas y medianas empresas
Las empresas dispondrán anualmente de un crédito para la formación de sus trabajadores que compensará total o parcialmente los costes de la formación que realicen. Este sistema de formación de demanda responde a las necesidades específicas de empresas y trabajadores y traslada la ayuda hasta sus usuarios directos, por lo que la formación que planifiquen y gestionen las empresas podrá financiarse mediante la aplicación de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social.
Con objeto de extender y generalizar el acceso de las pequeñas y medianas empresas, éstas podrán beneficiarse de medidas específicas en el tratamiento de sus bonificaciones y tendrán la opción, además, de agruparse con otras para participar en actividades formativas y compensar los costes que pueda suponer la externalización de las mismas.
Más de 2.200 millones de euros
El presupuesto destinado al nuevo modelo asciende a 2.235.875.000 euros, de los que más de 1.800 millones, el 81 por 100, tienen su origen en la recaudación de la cuota de formación profesional y el 19 por 100 restante, en las ayudas del Fondo Social Europeo.
Según los cálculos realizados, se estima que las empresas que realicen actuaciones en formación pasen de las 88.900 que lo hicieron en 2006 a_303.500 en 2010 y de 1.146.600 trabajadores que la recibieron el pasado año a 2.224.187, es decir más de cuatro puntos porcentuales por encima de lo establecido en la Estrategia de Lisboa. Además, el incremento en 130.000 empresas se concentra en los tramos más pequeños, por lo que se acelera la presencia de las pequeñas y medianas empresas en el sistema de formación respecto al actual.
Trabajo y Asuntos Sociales
BONIFICADA LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS PARA LA EXPO 2008
- Se bonificará el 100 por 100 de las cuotas por contingencias comunes, desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la bonificación de cuotas a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, de los trabajadores contratados directamente para la realización exclusiva de labores relacionadas con la celebración de la Exposición Internacional Zaragoza 2008.
La bonificación será del 100 por 100 de las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes y a las cuotas por desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial, para los trabajadores contratados tanto a tiempo completo, como a tiempo parcial, y que determine su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
La aplicación de esta bonificación será incompatible con cualquier otro beneficio en la cotización a la Seguridad Social y finalizará al término de los trabajos relacionados con la organización y participación en la exposición.
De esta norma, que trata de fomentar el desarrollo del evento y la creación de empleo, se podrán beneficiar los países y organizaciones internacionales participantes en la Exposición Internacional Zaragoza 2008, así como la entidad organizadora Expoagua Zaragoza 2008, S.A., en su condición de empresario a efectos de Seguridad Social.
Este Real Decreto está en la línea de otras disposiciones adoptadas anteriormente para acontecimientos internacionales similares celebrados en España, y desarrolla las previsiones contenidas en la disposición adicional octava de la Ley de Presupuestos Generales para 2007.
Economía y Hacienda
AUTORIZADAS LAS OPERACIONES DE CONCENTRACIÓN DE AUDIOVISUAL SPORT POR PARTE DE SOGECABLE Y DEL GRUPO ALHAMBRA POR MAHOU
- La operación de concentración de Audiovisual Sport ha sido autorizada con condiciones, mientras que la del Grupo Alhambra se ha aprobado sin condiciones.
El Consejo de Ministros, siguiendo las condiciones sustantivas propuestas por unanimidad por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), ha acordado autorizar con condiciones la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte de Sogecable, S.A. del control exclusivo por Audiovisual Sport, sociedad sobre la que previamente disponían de control conjunto Sogecable y Televisión de Cataluña.
Las condiciones son ocho, de las cuales cuatro son sustantivas y cuatro procedimentales, y buscan preservar el mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados de la televisión de pago, implementando las propuestas por el TDC en su dictamen:
1.- "Sogecable, S.A., directamente o a través de las empresas de su grupo, deberá, respetando la legislación vigente, garantizar en relación con los derechos audiovisuales de Liga y Copa de S.M. el Rey de fútbol que controle o gestione:
- el acceso de terceros sin exclusiva y en los términos referidos en la condición segunda a los partidos de fútbol emitidos en la ventana de pago por visión, siempre que haya operadores interesados en ellos.
- que, de aumentar el número de partidos emitidos en la ventana de televisión de pago, la explotación de tales partidos se haga en régimen de no exclusiva, siempre que haya operadores interesados en ellos, garantizando el acceso a los mismos en los términos establecidos en la condición segunda.
- el acceso de terceros sin exclusiva y en los términos referidos en la condición segunda a las imágenes de los partidos de fútbol emitidos en Internet y telefonía móvil, siempre que haya operadores interesados en ellos".
La condición primera del presente acuerdo, en línea con lo propuesto por el TDC en su dictamen, pretende prevenir que, como consecuencia de la operación notificada, se produzcan cambios en la asignación de contenidos entre las ventanas de televisión de pago y pago por visión o en las condiciones de acceso de los competidores de Sogecable a los contenidos que se emiten en pago por visión que se traduzcan en un deterioro de la competencia efectiva.
Asimismo, el apartado c) de la condición primera busca garantizar que Sogecable no pueda limitar el desarrollo de los mercados emergentes de explotación de derechos futbolísticos o que pueda discriminar las condiciones de acceso a los mismos a favor de las empresas de su grupo.
2.- "La cesión, comercialización y/o sublicencia, directa o indirecta, por Sogecable, S.A. o las empresas de su grupo a terceros de los derechos audiovisuales de Liga y Copa de S.M. el Rey de fútbol en cualquier modalidad de emisión audiovisual deberá hacerse en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias".
La condición segunda busca asegurar el uso y disfrute pleno y pacífico de los derechos adquiridos por parte de terceros operadores, en línea con lo propuesto por el dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia.
3.- "Sogecable, S.A. y las empresas de su grupo deberán garantizar que las elecciones de partidos de fútbol de Liga y Copa de S.M. el Rey, así como sus horarios, que correspondan a la ventana de pago por visión, en el marco del sistema de elección de partidos que esté vigente, serán adoptadas mediante un mecanismo que acuerden Sogecable, S.A. y los terceros que emiten en la actualidad encuentros de fútbol de Liga y Copa de S.M. el Rey en pago por visión.
Si los operadores que en la actualidad emiten partidos de fútbol de Liga y Copa de S.M. el Rey en pago por visión no alcanzasen un acuerdo sobre el anterior mecanismo antes de que acabe el plazo para presentar el Plan de Actuaciones previsto en la condición octava, el Servicio de Defensa de la Competencia, a propuesta de Sogecable, S.A., nombrará un fideicomisario que se limitará a gestionar las elecciones, y sus horarios, de los partidos que correspondan a la ventana de pago por visión en el marco del mecanismo de elección de partidos que esté vigente.
Dicho fideicomisario deberá ser independiente de Sogecable, S.A., las empresas de su grupo y los terceros que emiten partidos de fútbol de Liga y Copa de S.M. el Rey en pago por visión. Su mandato deberá tener como objetivo a la hora de hacer las elecciones y elegir los horarios maximizar los consumos previstos de los partidos que se emitan en la ventana de pago por visión.
El fideicomisario será remunerado por Audiovisual Sport, S.L., sin que la estructura de la correspondiente remuneración pueda poner en riesgo su independencia y eficacia.
En todo caso, las reglas del sistema de elección de partidos que esté vigente se harán públicas en el Plan de Actuaciones. Asimismo, las elecciones que se vayan realizando deberán hacerse públicas desde el momento en que se adopten".
La condición tercera responde a uno de los problemas recogidos en el informe del Tribunal, según el cual parece improbable que el refuerzo de control de Sogecable sobre Audiovisual Sport no tenga ningún efecto en las decisiones que afectan a la selección de partidos en cada jornada.
Así, para resolver el problema del posible conflicto de interés en que puede incurrir Sogecable tras la operación de concentración, la condición tercera instrumenta un mecanismo para asegurar que las elecciones de los partidos y sus horarios emitidos en la ventana de pago por visión busquen primar exclusivamente la maximización de sus consumos, en el marco del sistema de elección de partidos vigente
En todo caso, esta condición, que no modifica el vigente sistema de elección, prima una solución acordada entre los distintos operadores que emiten partidos de Liga y Copa en pago por visión y, en su defecto, se recurre a la figura del fideicomisario independiente para realizar dichas elecciones de partidos y horarios.
4.- "La duración de los nuevos contratos de Sogecable, S.A. o de las empresas de su grupo, de comercialización mayorista en cualquier modalidad de emisión audiovisual, en exclusiva o no, de derechos audiovisuales de la Liga y la Copa de S.M. el Rey de fútbol no podrá exceder de tres temporadas, incluyendo cualquier mecanismo de prórroga, opción o derecho de tanteo y retracto".
La condición cuarta pretende evitar que la firma de contratos de muy larga duración desincentive a los competidores de Sogecable en los mercados de televisión de pago y pago por visión a acudir directamente al mercado de adquisición de derechos audiovisuales de fútbol para configurar su propia oferta de contenidos.
5.- "Para la solución de los conflictos, de carácter contractual o extracontractual, que puedan plantearse por terceros en relación con la interpretación o aplicación de las condiciones primera y segunda del presente Acuerdo, Sogecable, S.A. y las empresas de su grupo deberán ofrecer, en el Plan de Actuaciones, el sometimiento de tales controversias a un mecanismo de arbitraje, de reconocida experiencia en España en materia de conflictos mercantiles, quedando obligadas a cumplir el laudo resultante .
El arbitraje privado será de derecho y se someterá a las normas generales del mecanismo de arbitraje que ofrezcan y acepten Sogecable, S.A. y las empresas de su grupo en el Plan de Actuaciones, con las siguientes particularidades:
- El órgano arbitral estará compuesto por tres árbitros, uno designado por Sogecable, S.A. o la empresa de su grupo, otro por el tercero que plantee el conflicto y el tercero conforme a las normas generales del mecanismo de arbitraje ofrecido y aceptado.
El plazo máximo para la designación de los tres árbitros no excederá de dos semanas.- El plazo máximo para la emisión del laudo arbitral desde la designación del último miembro del órgano arbitral será de dos meses, prorrogables por otro mes de forma motivada.
- Asimismo, Sogecable, S.A. y las empresas de su grupo deberán aceptar la facultad del órgano arbitral para adoptar, en su caso, medidas cautelares vinculantes en relación con el objeto del arbitraje, previa caución de la parte beneficiada.
El anterior ofrecimiento de arbitraje recogido en el Plan de Actuaciones, será exigible por terceros, exista o no contrato en vigor.
En cualquier supuesto de arbitraje, Sogecable, S.A. y las empresas de su grupo deberán suministrar al órgano arbitral toda la información necesaria para el correcto desempeño de su función, quien deberá preservar en todo caso la confidencialidad de aquélla que contenga secretos comerciales".
La condición quinta tiene por objeto, en línea con lo propuesto en el dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, establecer un mecanismo de resolución de conflictos rápido y eficiente. Esta condición parte de la premisa de que el principio general que subyace a toda resolución de conflictos mediante un procedimiento arbitral es la aceptación del mismo por las partes en conflicto, de la que depende, entre otros factores, su rapidez y eficiencia.
En todo caso, para asegurar la eficiencia y rapidez de este procedimiento de resolución de conflictos, el Acuerdo establece unas condiciones mínimas de funcionamiento del mecanismo arbitral: que el mecanismo ofrecido por Sogecable prevea un marco procedimental detallado y consolidado que dé garantías suficientes; que el órgano arbitral esté compuesto por tres árbitros, con el fin de garantizar su pluralidad y neutralidad, y, adicionalmente, se establecen unos plazos máximos para la designación de los árbitros y para la emisión del laudo, con la finalidad de asegurar que la controversia no se dilate en el tiempo.
Además, el ofrecimiento del arbitraje por Sogecable, recogido en el Plan de Actuaciones, exigible por terceros, exista o no contrato en vigor, servirá para que dicho mecanismo sea operativo no sólo para conflictos posteriores a la ejecución de la operación de concentración que puedan resultar de contratos en vigor, sino también para negativas de suministro en condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias que impidan la firma de nuevos contratos.
6.- "El presente Acuerdo estará vigente hasta, al menos, el final de la temporada 2008 / 2009 y será automáticamente prorrogado por periodos de tres temporadas si el Servicio de Defensa de la Competencia, previo informe no vinculante del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Comisión de Mercado de las Telecomunicaciones, determina que Sogecable, S.A, directa o indirectamente, sigue manteniendo:
- el control y/o la gestión de la mayor parte de los derechos audiovisuales de la Liga y la Copa de S.M. el Rey de fútbol, en particular, para televisión de pago y pago por visión, y
- una posición de dominio en el mercado de televisión de pago en España".
La condición sexta establece que la vigencia temporal del presente Acuerdo alcanzará, como mínimo, hasta el fin de la temporada 2008/2009, es decir, el 30 de junio de 2009; todo ello sin perjuicio de que, si se mantienen las condiciones de mercado que han llevado a configurar el presente Acuerdo, su vigencia se pueda prorrogar por periodos de tres temporadas.
7.- "En el caso de que las condiciones de mercado que han motivado la adopción del presente Acuerdo se modificasen de manera significativa, el Consejo de Ministros podrá acordar su levantamiento o modificación, previo informe no vinculante del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, previa solicitud motivada por parte de Sogecable, S.A."
8.- "En el plazo de un mes desde la entrada en vigor del presente Acuerdo, Sogecable, S.A. deberá presentar ante el Servicio de Defensa de la Competencia un Plan detallado de actuaciones y plazos para la instrumentación de las condiciones en él contenidas.
El Plan de Actuaciones recogerá el mecanismo para gestionar las elecciones y los horarios de los partidos de fútbol de Liga y Copa de S.M. el Rey de la ventana de pago por visión que Sogecable, S.A. y terceros puedan acordar conforme a lo previsto en la condición tercera. En su defecto, el Plan de Actuaciones incluirá una propuesta concreta de nombramiento y mandato del fideicomisario independiente previsto en dicha condición tercera.
Dentro del mismo plazo, Sogecable, S.A. deberá presentar ante el Servicio de Defensa de la Competencia una propuesta de versión no confidencial del Plan de Actuaciones, sobre la que el Servicio de Defensa de la Competencia resolverá en un plazo máximo de cinco días.
Posteriormente, el Servicio de Defensa de la Competencia remitirá, en el marco de un procedimiento de información pública restringido a los terceros a los que el Tribunal de Defensa de la Competencia haya reconocido la condición de interesados en la segunda fase del expediente administrativo que ha desembocado en la adopción del presente Acuerdo, la versión no confidencial del Plan de Actuaciones, a fin de permitirles presentar observaciones al mismo en un plazo de diez días. En ningún caso la presentación de dichas observaciones supondrá el reconocimiento de la condición de interesado en el procedimiento de aprobación del Plan de Actuaciones.
Durante este procedimiento, el Servicio de Defensa de la Competencia, previo informe de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, podrá introducir las modificaciones al Plan de Actuaciones que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento y vigilancia de las citadas condiciones. La versión no confidencial del Plan de Actuaciones finalmente aprobado por el Servicio de Defensa de la Competencia se hará pública".
La condición octava recurre a la figura habitual del Plan de Actuaciones para desarrollar las condiciones, establece adicionalmente un mecanismo para que terceros formulen observaciones, ayuda al Servicio a que la redacción final del citado Plan sea concisa, clara y adecuada a las condiciones acordadas por el Consejo de Ministros y asegura que terceros operadores conozcan el desarrollo detallado de las condiciones anteriores, contribuyendo de esta forma a su transparencia.
Adicionalmente y en línea con la práctica habitual, se encomienda la vigilancia del Acuerdo al Servicio de Defensa de la Competencia.
Sin efecto un Acuerdo del Consejo de Ministros
Por último, el Acuerdo prevé una disposición derogatoria que dejará sin efecto el Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2002 por el que, conforme a lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio de 1989, de Defensa de la Competencia, se decide subordinar a la observancia de condiciones relativas al mercado de derechos de retransmisión de acontecimientos futbolísticos la operación de concentración económica consistente en la integración de DTS Distribuidora de Televisión por Satélite, S.A. en Sogecable, S.A., una vez se ejecute la operación de concentración.
De otra forma, Sogecable estaría sujeta a las condiciones sustantivas y de procedimiento del Acuerdo de 2002 y del nuevo Acuerdo. Adicionalmente, esta condición supone que dejan de tener efecto las limitaciones temporales establecidas en las condiciones segunda y tercera del Acuerdo de 2002 relativas a la adquisición de derechos audiovisuales a los clubes de fútbol por parte de Sogecable.
En efecto, en línea con lo expresado por el Tribunal de Defensa de la Competencia, el presente Acuerdo reconoce que, en las actuales circunstancias, no cabe la persistencia de limitaciones asimétricas en la duración de los contratos de compraventa en el mercado de adquisición de derechos.
Finalmente, el Acuerdo se adopta sin perjuicio de lo previsto en la normativa sectorial aplicable y en la normativa española o comunitaria de control de acuerdos entre empresas y prácticas restrictivas de la competencia.
AUTORIZACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DEL GRUPO ALHAMBRA ALIMENTARIA, S.L.
Asimismo, el Consejo de Ministros, siguiendo el dictamen aprobado por unanimidad por el Tribunal de Defensa de la Competencia, ha decidido no oponerse a la operación de concentración económica que consiste en la adquisición por parte de Mahou, S.A. y San Miguel Fábricas de Cerveza y Malta, S.A. del control exclusivo de Grupo Alhambra Alimentaria, S.L.
El Tribunal de Defensa de la Competencia considera en su informe que, a la vista de las características del Grupo Alhambra y del funcionamiento del mercado, la operación no obstaculizará la competencia efectiva en el mercado de aprovisionamiento y comercialización de cerveza al canal alimentación, ni en el de aprovisionamiento y comercialización de cerveza al canal HORECA (hoteles, restaurantes, cafeterías).
Administraciones Públicas
PRESENTADO CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA A LA GENERALITAT VALENCIANA POR LA DESALADORA DE TORREVIEJA
El Consejo de Ministros ha presentado un conflicto positivo de competencia a la Generalitat Valenciana por la resolución de la Comunidad Autónoma que ha paralizado las obras de una desalinizadora en Torrevieja.
El Gobierno considera que esta decisión interfiere en las competencias exclusivas del Estado sobre obras públicas de interés general, toda vez que corresponde a éste la formulación de la declaración de impacto ambiental.
Además, el Ejecutivo entiende que carecen de fundamento las alegaciones medioambientales que esgrime la Comunidad Autónoma, ya que dicha declaración de impacto concluye que el conjunto de soluciones adoptadas no presentan impactos adversos significativos sobre el medio ambiente.
La Sociedad Estatal de Aguas de las Cuentas Mediterráneas (ACUAMED) está llevando a cabo, por encargo del Ministerio de Medio Ambiente, la construcción de una planta desalinizadora de 80 Hm3 anuales, para garantizar el abastecimiento de casi ochenta municipios de Murcia y Alicante, que en temporada alta albergan una población de 2,4 millones de personas, así como los regadíos del trasvase Tajo-Segura, que utilizan 65.000 agricultores.
Asimismo, durante la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental, la Generalitat ha tenido la oportunidad de informarse sobre este proyecto en diferentes fases: en las consultas previas mediante el traslado del estudio efectuado por el director general de ACUAMED, por lo que en modo alguno puede alegar desconocimiento de los pormenores del proyecto y de su emplazamiento.
Administraciones Públicas
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE DERECHO CIVIL DE GALICIA
El Consejo de Ministros ha acordado la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley de Derecho Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En concreto, la referida norma autonómica regula con carácter general y de manera exhaustiva la adopción y la autotutela, instituciones ambas que carecen de antecedentes en la legislación civil gallega, y exceden las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma para la conservación, modificación y desarrollo del derecho civil gallego, al tiempo que vulneran las competencias exclusivas del Estado sobre legislación civil, de acuerdo con el artículo 149.1 de la Constitución.
Justicia
CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AMPLIACIÓN DE LA EXTRADICIÓN DE MARÍA ESTELA MARTÍNEZ (ISABELITA PERÓN)
El Consejo de Ministros ha aprobado la continuación del procedimiento de ampliación de la extradición pasiva de María Estela Martínez Cartas, conocida como Isabelita Perón, reclamada por Argentina para ser juzgada allí por delitos cometidos durante su mandato como Presidenta de la Nación (1974-1976).
Los presuntos delitos que se le imputan y que son ahora objeto de la solicitud de ampliación de su extradición por parte de las autoridades argentinas son: delitos de asociación ilícita, homicidios y detenciones ilegales contra, al menos, doce personas a las que la agrupación criminal "Triple A" causó la muerte. En dos casos también hubo detenciones ilegales.
La asociación ilegal Alianza Anticomunista Argentina, denominada "Triple A", fue creada por el entonces ministro de Bienestar Social, Jorge López Rega, y actuó entre los años 1973 y 1975 contra la llamada subversión comunista.
La entonces Presidenta de la República Argentina, Isabelita Perón, habría permitido que la citada agrupación Triple A actuara durante su mandato al amparo de la estructura gubernamental y con medios que el propio Estado proveía para la seguridad, otorgando una cooperación sin la cual los hechos no habrían podido cometerse de la forma en la que se hicieron.
A partir del análisis de la documentación recibida de Argentina, oída la interesada, su defensor y el Ministerio Fiscal, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional deberá resolver si accede o no a la extradición de la reclamada. Si la decisión es afirmativa, el Consejo de Ministros decidirá aprobar o no su entrega a las autoridades argentinas.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
FIRMA DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Protocolo Facultativo.
La Convención, que consta de cincuenta artículos, se completa con un Protocolo facultativo, que reconoce la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para recibir y considerar las comunicaciones presentadas por personas sujetas a su jurisdicción que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado parte de cualquiera de las disposiciones de la Convención.
El objetivo fundamental de la Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignificad inherente.
La Convención establece una serie de principios generales como la no discriminación, el respeto por la diferencia, la igualdad de oportunidades o la accesibilidad e igualdad entre hombre y mujer.
También impone determinadas obligaciones generales, como la adopción de medidas para garantizar la aplicación efectiva de los derechos reconocidos en la Convención, y contempla los derechos humanos y las libertades fundamentales desde la perspectiva de las personas con discapacidad.
Además, reconoce la importancia de la cooperación internacional en apoyo de los esfuerzos nacionales para hacer efectivos el propósito y los objetivos de la Convención y prevé la creación de un Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, órgano de seguimiento de la Convención, al que los Estados parte presentarán informes sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Convención.
Economía y Hacienda
REESTRUCTURACIÓN DE LA LÍNEA DE CRÉDITO A ARGENTINA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se autoriza reestructurar la ejecución del acuerdo sobre la puesta a disposición de una línea de crédito a favor de la República Argentina.
Esta deuda tiene su origen en un crédito que España concedió a Argentina en marzo de 2001. El crédito respondió a la llamada del Fondo Monetario Internacional, que en enero había aprobado un programa de apoyo financiero a Argentina, a la comunidad financiera internacional para la movilización de recursos que ayudasen a Argentina a superar su delicada situación financiera. España fue el único país en responder a esta llamada. Se trata, por tanto, de un crédito de rescate que apoyó al programa financiero del FMI, lo cual le confiere una naturaleza distinta a la de la deuda bilateral tradicional.
Ambos países coinciden en que la especial naturaleza de esta deuda y las excepcionales circunstancias bajo las que fue concedida han determinado su negociación bilateral. Los términos de este acuerdo son independientes de los que puedan alcanzarse en negociaciones en foros internacionales respecto del resto de la deuda de Argentina.
La deuda objeto de este acuerdo asciende a 982,6 millones de dólares que serán pagados por Argentina en seis años, con una amortización creciente del principal del 10 por 100 en 2007 y 2008, del 15 por 100 en 2009, del 20 por 100 en 2010 y del 25 por 100 en 2012 y a una tasa Libor + 140 puntos básicos. De esta forma, se satisface la petición de Argentina de mantener una mayor disponibilidad de recursos durante los primeros años, necesarios para el cumplimiento de los programas financiero y presupuestario, acordes con las necesidades de crecimiento del país. España, por su parte, a través de este acuerdo logra solucionar el impago del crédito de 2001.
Economía y Hacienda
150 MILLONES DE CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de 150 millones de euros correspondientes a la segunda contribución española a la decimocuarta reposición de recursos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
España ingresó en esta Asociación en 1960 y desde entonces ha contribuido a doce reposiciones ordinarias de recursos y tres contribuciones especiales. La participación relativa de España ha ido creciendo gradualmente desde el 0,1 por 100 de la reposición ordinaria de 1971 hasta el 2,20 por 100, alcanzado con esta decimocuarta reposición, con una aportación total de 369,88 millones de euros.
El aumento de la contribución española a la decimocuarta reposición está en línea con el compromiso de España con los Objetivos de Desarrollo del Milenio y la Conferencia de Monterrey de 2000, reflejado en el Plan Director de la Cooperación Española para el periodo 2005-2008 de destinar, al menos, el 20 por 100 de la Ayuda Oficial al Desarrollo española a los países menos desarrollados, países en los que se centra la actividad de la AIF.
Erradicación de la pobreza
La Asociación Internacional de Fomento, creada en 1960, tiene por objetivo primordial contribuir a la erradicación de la pobreza en el mundo. Se trata de la institución dentro del Grupo del Banco Mundial encargada de proporcionar recursos financieros en las condiciones más concesionales, incluyendo las donaciones, a los 81 países más pobres del mundo, que albergan una población de 2.600 millones de personas con una renta per capita anual que no supera los 1.025 dólares.
La AIF destina el 50 por 100 de sus recursos a África Subsahariana, ya que es la región del mundo que está más lejos de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Por eso, es necesario seguir incrementando los esfuerzos para ayudar a África Subsahariana a salir de la situación de pobreza y atraso que vive hoy en día.
En concreto, en países como Níger, Guinea Conakry y Guinea Bissau, con rentas per capita que se encuentran entre las más bajas de la región, la AIF mantiene los siguientes programas de ayuda: en el caso de Níger, la Asociación está financiando ocho proyectos de desarrollo, básicamente en sectores de agua, salud y educación, por un importe de 296,5 millones de dólares; en Guinea Bissau, la AIF está financiando seis proyectos de desarrollo por importe de 67 millones de dólares, en infraestructuras, salud y sector privado, y en Guinea Conakry, la AIF está financiando actualmente nueve proyectos de desarrollo, por un importe total de 200 millones de dólares.
Condonación de deuda
Estos tres países, calificados como países muy pobres y altamente endeudados, se benefician, como otros muchos de la región, de Iniciativas de condonación de su deuda externa, como la llamada Iniciativa HIPC o la más reciente Iniciativa de condonación de la deuda multilateral, por la que la AIF, junto con otras instituciones, ha condonado por completo la deuda que estos países mantenían con ella, su principal acreedor multilateral, liberando de este modo importantes recursos que podrán ser destinados a impulsar el crecimiento y reducir la pobreza.
Adicionalmente, la Asociación Internacional de Fomento otorga alrededor del 20 por 100 de sus recursos en forma de donación, precisamente a estos países más pobres en los que la situación de su deuda externa es insostenible, y España contribuye y apoya estas iniciativas de condonación de la deuda de los países más pobres.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CIEN MILLONES DE DÓLARES AL FONDO FIDUCIARIO PARA LA LUCHA CONTRA EL SIDA, LA TUBERCULOSIS Y LA MALARIA
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de cien millones de dólares, al Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
El Fondo Global se constituyó inicialmente el 22 de enero de 2002, como Fundación sujeta a la legislatura suiza, como un mecanismo que permite canalizar recursos financieros para la lucha contra el SIDA, la tuberculosis y la malaria y que complementa y refuerza los esfuerzos que llevan otros Organismos internacionales financieros y no financieros (Banco Mundial, UNAIDS, OMS) así como Organizaciones No Gubernamentales (ONGs). En septiembre de 2003 el Gobierno de Suiza decidió otorgarle privilegios e inmunidades similares a los de una Organización Intergubernamental y el Banco Mundial creó un Fondo Fiduciario para llevar a cabo la gestión financiera del Fondo Global. Percibiendo una compensación anual por sus funciones.
España mostró desde el inicio un fuerte interés en el lanzamiento de Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria, y constituyó en junio de 2001 un Grupo Interministerial de Seguimiento del Fondo. En enero de 2003 el Consejo de Ministros aprobó la primera aportación española al Fondo que se materializó, a través del Acuerdo suscrito con el Banco Mundial en febrero de 2003, en un pago de treinta y cinco millones de dólares y de quince millones de dólares en 2004. En 2005 se aprobó también se aprobó por el Consejo de Ministros la segunda aportación española, por valor de quince millones de dólares.
Proposición no de Ley
El Congreso de los Diputados aprobó en mayo de 2005 una Proposición no de Ley, con el voto favorable de todos los Grupos Parlamentarios, que instaba al Gobierno a realizar una aportación de cien millones de dólares en los dos años siguientes. En la Conferencia Internacional de Reposición de Fondos para el Fondo Global, celebrada en Londres en septiembre de 2005, España anunció una contribución, como mínimo, de setenta millones de dólares para el bienio 2006-2007. En Toronto, en agosto de 2006, durante la XVI Conferencia Internacional sobre el SIDA, España anunció el compromiso de aumentar esta contribución hasta cien millones de dólares, que fue reiterado en el 14º Consejo de Administración del Fondo Global que se reunió en Guatemala en noviembre de 2006.
La aportación española tiene los siguientes objetivos principales: a) Mantener el compromiso realizado por España; b) Responder el déficit presupuestario que padece el Fondo; c) Rentabilizar la contribución realizada hasta el presente, permitiendo la mayor implicación de expertos ONGs y Empresas españolas; d) Mantener la presencia española en el Consejo de Administración durante el periodo 2006-2007 y e) Acercarse al nivel de compromiso de los países desarrollados.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
VEINTICINCO MILLONES AL FONDO PARA PAÍSES POBRES ALTAMENTE ENDEUDADOS
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución adicional de España para el año 2007, por importe de 25 millones de dólares al Fondo Fiduciario de la iniciativa HIPC (países pobres altamente endeudados), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
El Fondo Fiduciario de la iniciativa HIPC, gestionado por la Asociación Internacional de Desarrollo (AID) del Banco Mundial, se creó en 1996. Tiene por objeto ayudar a los países beneficiarios (un total de cuarenta, ubicados en su mayoría en el área subsahariana) a alcanzar una situación de deuda sostenible a largo plazo, mediante la reducción de la carga de endeudamiento, la adopción de programas de reducción de la pobreza y el reparto equitativo del esfuerzo entre todos los acreedores: bilaterales, multilaterales o comerciales.
España participa activamente en la iniciativa, condonando la parte que como acreedor le corresponde al cumplirse los distintos hitos: culminación, decisión y predecisión. Además, voluntariamente, condona adicionalmente y de manera sistemática el 100 por 100 de la deuda anterior a la fecha de corte.
Desde el punto de vista de las contribuciones, hasta 2002 España contribuyó al Fondo Fiduciario HIPC con 125 millones de dólares de los que 85 fueron con cargo al Presupuesto de la Unión Europea para Países ACP (África, Caribe y Pacifico) y cuarenta millones bilaterales. En octubre de dicho año, España comprometió cuarenta millones más de dólares con cargo al Presupuesto UE-ACP y veinticinco millones bilaterales. Estos últimos están pendientes de desembolso y ha manifestado España su voluntad de asumir el compromiso y desembolsar su importe.
La Propuesta hoy aprobada contempla el pago de los mencionados veinticinco millones de dólares con cargo al FAD. La contribución tiene carácter de aportación financiera a una institución multilateral.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
APORTACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de ocho millones de euros, a la Organización Mundial de la Salud, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
La Organización Mundial de la Salud fue constituida en 1946 en el seno de la Conferencia Sanitaria Internacional celebrada en Nueva York y desde dos años después está establecida como Organismo especializado de Naciones Unidas dedicado a alcanzar el grado más alto de salud para todos los pueblos y que representa la principal autoridad directiva y coordinadora en asuntos de sanidad internacional.
Desde el punto de vista de las contribuciones obligatorias, España ocupa el octavo puesto entre los países contribuyentes a esta Organización. Respecto de las contribuciones voluntarias, éstas ascendieron durante 2006 a ocho millones de euros. Además los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Sanidad y Consumo hicieron aportaciones durante 2006 por importe de 5.400.000 euros para apoyo a programas concretos. Adicionalmente, España también contribuyo a la Organización Financiera de la Salud (sección regional de la Organización Mundial) con seis millones de euros.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A LA FAO
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de ocho millones de euros, a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
La FAO es una organización internacional creada en 1943, que desde 1945 está constituido como Organismo especializado de Naciones Unidas dedicados a alcanzar la seguridad alimentaria mundial, mejorar la nutrición, aumentar la productividad agrícola, elevar el nivel de vida de la población rural y contribuir al crecimiento de la economía mundial.
España, desde su ingreso en la Organización en 1951, ha venido desarrollando una estrecha colaboración con la misma, y ocupa en la actualidad el octavo puesto como contribuyente a l financiación de su Presupuesto. Asimismo, sus contribuciones extra-presupuestarias suponen un capítulo muy importante en las actividades de la FAO.
Actualmente, las actividades de la FAO coinciden plenamente con algunas de las prioridades señaladas en el Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008 que, dentro del sector de necesidades sociales básicas, incluye la soberanía alimentaria y la lucha contra el hambre como primera prioridad. Además, el trabajo de la FAO tiene en cuenta cuestiones relacionadas con la sostenibilidad medioambiental, recogida como prioridad transversal en el Plan Director.
A tenor del Acuerdo-Marco suscrito en 27 de enero de 2004 entre FAO y España, la coordinación de la colaboración española con la Organización corresponderá a una Comisión Mixta, que se reunirá todos los años y está integrada por los representantes de la FAO y de todos los Organismos e Instituciones españoles que realicen actividades normativas u operativas que tengan relación con aquélla.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
APORTACIÓN DE APOYO A LA CONFERENCIA DE MINISTROS DE JUSTICIA IBEROAMERICANOS
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución española para el año 2007, por importe de dos millones de euros, a la Secretaría General Iberoamericana para el apoyo a la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, para actividades de cooperación, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
La Conferencia de los Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos es una organización internacional, creada por el Tratado de Madrid de 1982, que reúne a los Ministros de Justicia y representantes de los Ministerios de veintiún países iberoamericanos. Se encuentra inserta dentro de los mecanismos de coordinación, planificación y seguimiento de la Secretaría y eleva sus conclusiones a la Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno.
La XV Conferencia celebrada en Gran Canaria los días 28 y 29 de septiembre de 2006, aprobó una lista de programas, asistencias técnicas, talleres, seminarios e intercambios de expertos de acuerdo con las siguientes líneas estratégicas: fomento del acceso a la Justicia; introducción de nuevas tecnologías en la Administración de Justicia; lucha contra la violencia de género, y reforma de la Justicia Penal.
Los países miembros encomendaron a la Secretaría General Permanente de la Organización el mandato de buscar financiación para realizar estas actividades. Posteriormente, la Conferencia firmará con la Secretaría General Iberoamericana un Memorando de Entendimiento sobre la utilización de los fondos.
La propuesta hoy aprobada contempla un pago de dos millones de euros a la Conferencia, con cargo al FAD, que se destinará a financiar las actividades de aquélla, sin estar reservada a una partida determinada o a una distribución de los mismos por país o región.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
6,6 MILLONES AL COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución española en 2007, por importe de 6.600.000 euros, al Comité Internacional de la Cruz Roja, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
El Comité Internacional de la Cruz Roja es una organización humanitaria nacida en 1863 que tiene un estatuto propio. Tiene en la actualidad personalidad jurídica internacional. En el ejercicio de sus actividades se guía por los principios de neutralidad e independencia. En el ámbito de las Naciones Unidas, el Comité disfruta desde 1990 des estatus de observador en la Asamblea General.
El Comité Internacional de la Cruz Roja actúa sobre la base de un mandato que le han conferido los Estados partes de las Convenciones de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales de 1977, de los que España es parte, y se financia exclusivamente de contribuciones voluntarias de los Estados, de las Sociedades Nacionales y de donantes privados.
Las contribuciones españolas al Comité han sido modestas hasta hace muy poco. El importe de la contribución española ascendió a 1.121.000 euros en 2005. En contactos informales de la Misión Permanente de España en Ginebra con el Comité, este último ha indicado su deseo de que España forme parte de "Grupo de Donantes de Apoyo" integrado por Estados Unidos, Reino Unido, Suiza, Comisión Europea, Países Bajos, Suecia, Canadá, Noruega, Alemania, Japón, Finlandia, Francia y Australia. En 2006 España realizó una contribución de 6.600.000 millones dólares, lo que permitió acceder al Grupo.
La Propuesta hoy aprobada contempla un nuevo pago de 6.600.000 euros al Comité Internacional de la Cruz Roja para el ejercicio 2007, con cargo al FAD.
Industria, Turismo y Comercio
CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A ORGANISMOS INTERNACIONALES PARA 2007 EN EL ÁMBITO DEL COMERCIO EXTERIOR
El Consejo de Ministros ha autorizado la contribución española a Organismos Internacionales para el año 2007 en el ámbito de la Secretaría General de Comercio Exterior, por un importe global estimado de 826.000 euros.
La participación de España en los distintos Organismos Internacionales lleva implícita la aceptación de las obligaciones financieras derivadas de dicha participación. Las contribuciones serán sufragadas con cargo a los presupuestos de la Secretaría General de Comercio Exterior, programa de Ordenación del comercio exterior.
Las contribuciones propuestas son las siguientes:
- Contribución al Fondo Fiduciario para la Cooperación Técnica de la Organización Mundial del Comercio, por importe de 350.000 euros. Se destina a financiar proyectos de cooperación técnica para la región de América Latina y Caribe. En concreto, España ha financiado un curso de política comercial para los países de la Asociación Latinoamericana de Integración; un programa de formación avanzada para altos funcionarios públicos de países hispanohablantes de América latina sobre temas de la Organización Mundial del Comercio; un taller sobre propiedad intelectual y tres CD-roms en español para proyectos de educación a distancia. España aporta a este fondo desde 2001 cantidades cada vez mayores, ya que se trata de un objetivo prioritario para nuestro país.
- Contribución al Programa de Frutas y Hortalizas del Régimen OCDE, por importe de 15.964 euros. Desde 1999 la Secretaría General de Comercio Exterior ha contribuido al Grupo de Frutas y Hortalizas de la OCDE en función del baremo establecido para España. Aunque la contribución de 2007 no se ha establecido, el Secretario General de la Organización ha solicitado un desembolso inicial del 90 por 100 de la contribución del año 2006, como pago a cuenta del ejercicio 2007.
- Contribución al Fondo Fiduciario de la Convención Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora (CITES), por importe de 122.986 dólares. El Reino de España ratificó en 1986 su adhesión a la Convención CITES y desde entonces debe contribuir anualmente a la financiación de la Secretaría de la Convención CITES. La cantidad que acaba de aprobar el Consejo de Ministros corresponde al trienio 2006-2008.
- Contribución al Fondo Fiduciario Global para la digitalización de los documentos del GATT en español, por importe de 350.000 dólares. Gracias a un proyecto de colaboración suscrito en 1999 entre la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Biblioteca de la Universidad de Standford, se han reunido en formato digital varios millones de documentos relacionados con el funcionamiento del GATT desde su nacimiento en 1947 hasta 1999. Han quedado fuera de la colección digital 105.600 documentos GATT (76.800 en francés y 28.800 en español), actualmente accesibles en papel o microfilm. Los documentos en español contienen información sobre negociaciones y los documentos sobre la política comercial de España en el Comité de restricciones por motivo de Balanzas de Pagos.
Con la financiación española se conseguirá completar la Biblioteca Digital GATT, obtener una copia de los documentos en español, que quedará depositada en la Cátedra OMC de la Universidad de Barcelona, y la difusión por la OMC de los beneficios de la aportación española.
- Aportación a la Organización Mundial del Comercio para asistencia técnica en el marco de facilitación del comercio de la Ronda DOHA, por importe de 94.437 euros. En la Declaración Ministerial de Doha del 14 de noviembre de 2001 se reconocen los beneficios de agilizar el movimiento, el despacho de aduana y la puesta en circulación de mercancías, y la necesidad de potenciar la asistencia técnica y la creación de capacidad en esta esfera. Se hizo un compromiso para identificar las necesidades y prioridades de los países miembros, en particular de países en desarrollo y menos adelantados. La aportación española irá destinada a la asistencia técnica de países de América Latina y se prestará tanto en talleres regionales como en talleres en países individuales.
Administraciones Públicas
Economía y Hacienda
REPRESENTANTES DEL ESTADO EN LAS COMISIONES MIXTAS Y BILATERALES CON ANDALUCÍA
El Consejo de Ministros ha nombrado a los representantes de la Administración General del Estado en las cuatro Comisiones Mixtas y Bilaterales Estado-Junta de Andalucía, creadas conforme a la reforma del Estatuto de Andalucía como marco general y permanente de relación entre ambas Administraciones.
Así, en la Comisión Bilateral de Cooperación Estado-Junta, la representación estatal estará compuesta por cuatro miembros permanentes y dos más según los temas que se traten. El Ministro de Administraciones Públicas presidirá la delegación, acompañado por los Secretarios de Estado de Cooperación Territorial y Hacienda y Presupuestos, más el Delegado del Gobierno en Andalucía.
En la Comisión Mixta Gobierno-Junta, encargada del proceso de traspasos de competencias y medios y que sustituye a la actual Comisión Mixta de Transferencias, igualmente el número de representantes de la delegación estatal es de seis. Serán los siguientes:
- El Ministro de Administraciones Públicas, en calidad de presidente de la delegación.
Como vocales, los titulares de los siguientes órganos:
- Secretaria de Estado de Cooperación Territorial.
- Delegado del Gobierno en Andalucía.
- Director General de Desarrollo Autonómico.
- Director General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas.
- Director General del Patrimonio del Estado.
Igualmente, en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos Estado-Andalucía, el Gobierno ha nombrado a los siguientes representantes de la Administración General del Estado:
- Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos.
- Secretaria de Estado de Cooperación Territorial.
- Secretaria General de Hacienda.
- Secretario General de Presupuestos y Gastos.
- Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Directora General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas.
Por último, en la Comisión prevista en la disposición adicional tercera de la reforma del Estatuto sobre la inversión del Estado en Andalucía en infraestructuras, el Consejo de Ministros ha designado hoy a los siete representantes estatales:
Presidente de la representación de la Administración General del Estado:
- Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos.
Vocales:
- Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación.
- Secretaria de Estado de Cooperación Territorial.
- Subsecretaria de Fomento.
- Subsecretaria de Medio Ambiente.
- Secretaria General de Presupuestos y Gastos.
Secretaría:
- Director General de Cooperación Autonómica.
Fomento
INICIO DE LAS OBRAS DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID-EXTREMADURA-FRONTERA PORTUGUESA
- Se aprueban las obras de plataforma del tramo entre Montijo y Badajoz, de 20,2 km de longitud.
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las obras de construcción de la plataforma del primer tramo de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura-Frontera portuguesa. Se trata del subtramo comprendido entre Montijo y Badajoz, de 20,2 kilómetros de longitud. El presupuesto de licitación asciende a un total de 64.350.441,18 euros y el plazo de ejecución es de dieciocho meses.
El subtramo, que discurre por los términos municipales de Montijo, Badajoz y Pueblonuevo del Guadiana, en la provincia de Badajoz, está incluido en el tramo Mérida-Badajoz que tiene una longitud total de 53,3 kilómetros y forma parte de la línea de alta velocidad Madrid-Cáceres-Badajoz, incluida en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (P.E.I.T.) del Ministerio de Fomento, aprobado por el Consejo de Ministros el 15 de julio de 2005.
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Fomento, tiene encomendada la redacción de los proyectos básicos de construcción, así como la construcción de las obras de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura/Frontera portuguesa, en su tramo Cáceres-Mérida-Badajoz. Estas actuaciones serán realizadas con cargo a los propios recursos de la entidad pública empresarial.
Subtramo Montijo-Badajoz
Las obras autorizadas hoy contemplan las actuaciones necesarias para la ejecución de las obras de infraestructuras tales como movimiento de tierras, reposición de servicios y servidumbres afectadas, estructuras, construcción de conexiones transversales que aseguren la permeabilidad viaria, acondicionamiento de las obras de drenaje y cumplimiento de las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental.
El trazado se ha diseñado como doble vía de alta velocidad en ancho internacional (U.I.C.) para tráfico mixto de viajeros y mercancías en todo el recorrido. Como elemento singular destaca el Puesto de Adelantamiento y Estacionamiento de Trenes (P.A.E.T.) de Montijo, de 2.419 metros de longitud.
Beneficios de la línea de alta velocidad
Los principales beneficios de la construcción de la línea ferroviaria de Alta Velocidad Madrid-Extremadura son los siguientes:
- Aumento del confort, al establecer unas condiciones óptimas de rodadura y trazado.
- Aumento de la seguridad con la adopción de tecnologías punta en los sistemas de conducción automática de trenes y ausencia de pasos a nivel a todo lo largo de la línea.
- Reducción del tiempo de viaje entre las ciudades conectadas, al permitir conexiones directas entre ellas, con un trazado de alta velocidad.
Agricultura, Pesca y Alimentación
MODIFICADAS LAS AYUDAS AL SECTOR DEL LINO Y DEL CÁÑAMO, Y LA REESTRUCTURACIÓN DEL SECTOR DEL AZÚCAR
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otros dos Reales Decretos, uno por el que se establecen normas reguladoras de la ayuda a la transformación en el sector del lino y del cáñamo con destino a la producción de fibras y otro por el que se regula el régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar.
En cuanto al primer Real Decreto modificado, se indica que, para las campañas de comercialización 2001/2002 a 2007/2008, el contenido máximo de impurezas y agramizas será del 15 por 100 para las fibras cortas de lino y del 25 por 100 para las fibras de cáñamo. La cantidad a la que se conceda la ayuda será calculada según lo dispuesto en el Reglamento por el que se establece la organización común de mercados en el sector del lino y el cáñamo destinados a la producción de fibras.
Para las fibras de cáñamo, la cuantía será de noventa euros/tonelada para las campañas de comercialización 2001/2002 a 2007/2008.
Azúcar
En cuanto a la modificación del Real Decreto referido a la reestructuración del sector del azúcar, se establece que del importe de la ayuda se deducirá un porcentaje para productores de remolacha y caña de azúcar y para contratistas de maquinaria, que en el caso de la remolacha azucarera estará comprendido entre el 10 y el 15 por 100 de la ayuda.
Asimismo, para la campaña de comercialización 2006/2007 de la remolacha se fijan las campañas del periodo de referencia establecidas 2004/05 y 2005/06.
La ayuda que corresponda a los productores se distribuirá proporcionalmente a las cantidades de remolacha de cuota y caña de azúcar producida y entregada por éstos a la industria azucarera en algunas de las cuatro campañas inmediatamente anteriores a la que se produzca el abandono de la cuota. Del mismo modo, la ayuda que corresponda a los contratistas de maquinaria se distribuirá de forma proporcional a las hectáreas, o su equivalente en toneladas de remolacha cosechada, para las que hayan contratado sus servicios a los agricultores que hayan entregado remolacha de cuota a la industria azucarera.
Agricultura, Pesca y Alimentación
VIGO Y MARÍN, PUERTOS PARA DESEMBARQUES DE PESCADO CONGELADO CAPTURADO POR TERCEROS PAÍSES EN EL ATLÁNTICO NORTE
El Consejo de Ministros ha designado a los puertos de Vigo y Marín como las únicas áreas portuarias autorizadas para realizar los desembarques o transbordos de pescado congelado capturado por buques de terceros países en la zona de regulación de la Comisión de Pesquerías del Atlántico Nordeste (CPANE), más conocida por sus siglas en inglés NEAFC.
Con este acuerdo, España cumple el Reglamento comunitario, aprobado en diciembre de 2006, que establece la obligación para los Estados Miembros de designar los puertos en los que se llevarán a cabo estas operaciones y la posibilidad de modificar esta lista, siempre y cuando se comunique a la Comisión Europea con quince días de antelación como mínimo.
Para ello se han seleccionado aquellos puertos en los que se han producido la mayoría de desembarques de pescado congelado capturado por buques de terceros países en NEAFC en años anteriores, sin perjuicio de la posibilidad de habilitar nuevos puertos que se confiere a la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en previsión de futuras necesidades.
La Comisión de Pesquerías del Atlántico Nordeste es una organización internacional cuyo objetivo principal es la conservación y la utilización óptima de los recursos pesqueros del Atlántico Nordeste. Como tal, está encargada de recomendar medidas de gestión pesquera a las partes contratantes de la misma que son la Comunidad Europea, Dinamarca (en nombre de las islas Feroe y Groenlandia), la Federación Rusa, Islandia y Noruega.
En noviembre de 2006 esta Comisión aprobó una recomendación que comporta el control por parte del Estado de puerto de los desembarques y transbordos de pescado congelado capturado en esta zona de regulación por buques extranjeros. En diciembre de 2006, la Unión Europeo aprobó un Reglamento comunitario para garantizar el cumplimiento de la recomendación de NEAFC.
Medio Ambiente
DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO PARA 44 NUEVAS INSTALACIONES
- Se trata de dos nuevos grupos de instalaciones que solicitan su asignación como nuevos entrantes, de conformidad con la Ley por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión.
El Consejo de Ministros ha acordado la aprobación de la asignación individual de derechos de emisión para un total de 44 nuevas instalaciones pertenecientes a dos nuevos grupos que la solicitaron como nuevos entrantes y se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, de 9 de marzo de 2005.
Algunas instalaciones no fueron incluidas en un principio en el Plan Nacional de Asignación (PNA) 2005-2007. Sin embargo, la Ley de 2005 establecía la constitución de una reserva de derechos de emisión para nuevas instalaciones y ampliaciones de las existentes, cuya asignación se realiza conforme a la metodología prevista en dicho PNA. El 31 de marzo de 2006 el Consejo de Ministros ya aprobó la asignación individualizada para un primer paquete de 37 nuevos entrantes.
Hoy se aprueba la asignación de otros dos nuevos grupos. La asignación individualizada tiene lugar a solicitud del interesado, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, previa consulta a la Comisión de coordinación de políticas de cambio climático y trámite de información pública de 20 días hábiles.
De las solicitudes presentadas, se ha resuelto no asignar derechos a veinte instalaciones (cinco del segundo grupo y quince del tercero), cuyas características no cumplen a día de hoy los requisitos que establece la Ley para los nuevos entrantes. Por tanto, El Consejo de Ministros aprueba la asignación individualizada de derechos de emisión que figura a continuación:
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Economía y Hacienda
12,4 MILLONES PARA EL CONSORCIO CIUDAD DE SANTIAGO
El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de una subvención al Consorcio "Ciudad de Santiago de Compostela", por un importe de 12.410.900 euros, prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2007, según lo establecido en la Ley General de Subvenciones.
Dicha subvención tiene como objetivo promover actividades de conservación del internacionalmente reconocido patrimonio histórico-artístico de esta ciudad, considerada como Patrimonio de la Humanidad.
El Consorcio "Ciudad de Santiago de Compostela", regulado en el Real Decreto de constitución del Real Patronato de la Ciudad de Santiago de Compostela, se crea por las Administraciones del Estado, de la Comunidad Autónoma de Galicia y el Municipio de Santiago de Compostela.
Los fines del Consorcio son servir de apoyo administrativo y de gestión al Real Patronato para el mejor cumplimiento de sus fines, asegurar el mantenimiento y la adecuada gestión de las instalaciones y equipamientos y servicios dotados como consecuencia de actuaciones acordadas por el Real Patronato, y promover y, en su caso, facilitar en el término municipal de Santiago de Compostela el ejercicio coordinado de las competencias de las tres Administraciones Públicas.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO DE CONSTITUCIÓN DEL LABORATORIO IBÉRICO INTERNACIONAL DE NANOTECNOLOGÍA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de un Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa por el que se constituye el Laboratorio Ibérico Internacional de Nanotecnología, con sede en la ciudad portuguesa de Braga, y se aprueban sus Estatutos. Su firma fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de noviembre de 2006, y se llevó a cabo por los Jefes de Gobierno de ambos países en Badajoz, el día 25 de noviembre de 2006.
El Convenio establece la creación del laboratorio y de los Estatutos que regularán su funcionamiento. El organismo estará abierto a todos los países europeos y no europeos que deseen incorporarse al proyecto. Será, por tanto, un centro de investigación internacional capaz de atraer a científicos y tecnólogos de todo el mundo.
En cuanto a los órganos de gobierno del laboratorio y su funcionamiento, el convenio explicita la existencia de un Consejo, de una Dirección General y del personal del centro. El Consejo se compondrá de tres representantes de cada Estado miembro, podrá contar con la asistencia de expertos y elegirá a un Presidente y a un Vicepresidente con mandato por cuatro años y reelegibles por una sola vez. Como órganos auxiliares el Consejo tendrá, al menos, un Comité de Política Científica y un Comité Financiero. El Director General será designado por un plazo de cuatro años y deberá ser un científico internacional de reconocido prestigio.
Justicia
NACIONALIDAD ESPAÑOLA AL FUTBOLISTA ZELJKO CICOVIC
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza al futbolista Zeljko Cicovic, portero de la Unión Deportiva Las Palmas.
Nacido en Belgrado (Serbia), en 1970, Zeljko Cicovic reside desde hace ocho años en Canarias, donde su integración personal y familiar es absoluta. Además, se ha convertido en un referente social para los niños y jóvenes del municipio en el que vive por su entrega a múltiples actividades realizadas de manera desinteresada.
Economía y Hacienda
AUTORIZACIÓN DE DEUDA A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
El Consejo de Ministros ha autorizado a la Comunidad Autónoma de Andalucía a realizar una ampliación del programa de emisión de bonos y obligaciones, por un importe máximo de 460.728.518 euros.
Esta operación de endeudamiento se enmarca dentro de los Acuerdos alcanzados en el Consejo de Política Fiscal y Financiera y es a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2007 de dicha Comunidad Autónoma.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO CON EL SALVADOR PARA ACTIVIDADES REMUNERADAS DE FAMILIARES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de El Salvador sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
Se señala, como precedente, que España ya ha firmado Acuerdos similares con Estados Unidos, Canadá, Uruguay, Costa Rica, Perú, Ecuador, Venezuela, Chile, Argentina, Australia, Honduras, Nicaragua, Bolivia y República Dominicana.
La finalidad de este Acuerdo es permitir el libre ejercicio de actividades remuneradas, sobre la base de un tratamiento recíproco, a los familiares dependientes de los empleados de las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares y Representaciones Permanentes ante Organizaciones Internacionales de uno de los dos países destinados en misión oficial en el territorio del otro.
Con este propósito, se establece expresamente en este Acuerdo que los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de la Misión Diplomática y Oficinas Consulares de la República de El Salvador en España y de España en dicho país, quedan autorizados para ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado, una vez obtenida la autorización correspondiente. Este beneficio se extenderá igualmente a los familiares dependientes de nacionales de dicho país o de españoles acreditados ante Organizaciones Internaciones con sede en España o en dicho país.
A los fines de este Convenio se entienden por familiares dependientes: el cónyuge; los hijos solteros menores de 21 años que vivan a cargo de sus padres, o menores de 23 que cursen estudios superiores en centros de enseñanza superior, y los hijos solteros que vivan a cargo de sus padres y tengan alguna incapacidad física o mental.
BIOGRAFÍAS
Economía y Hacienda
Director del Gabinete del Vicepresidente Segundo del Gobierno
D. LUIS DÍEZ MARTÍN.
Nacido el 22 de enero de 1949, es Licenciado en Ciencias Económicas y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Ha sido Subdirector General de Asuntos Económicos Financieros de la Administración Turística Española; Subdirector General de Infraestructura Turística; Subdirector General del Instituto de Estudios Jurídicos; Jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario de Agricultura; Adjunto a la Dirección General del Catastro; Secretario General de la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales y Subdirector General de Incentivos Regionales. Desde mayo de 2004 era Asesor Parlamentario del Gabinete del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
Embajador de España en la República de Panamá
D. JOSÉ MANUEL LÓPEZ-BARRÓN DE LABRA.
Nacido el 1 de agosto de 1940 en Madrid, es Licenciado en Derecho e ingresó en 1971 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Nigeria, Venezuela, México, La India y Chile. Ha sido subdirector general de Filipinas y Asuntos del Pacífico y subdirector general de Países Andinos, Brasil y Cuenca del Plata. En 1991 fue nombrado Embajador en la República de Honduras y, posteriormente, Embajador en la República Dominicana y Embajador en Misión Especial para Asuntos Humanitarios y Sociales. Desde diciembre de 2004 era Embajador en Misión Especial para la Asistencia a los detenidos españoles en el extranjero.
Embajadora en Misión Especial para el Fomento de las Políticas de Igualdad de Género
Dª MARÍA AURORA MEJÍA ERRASQUIN.
Nacida el 4 de julio de 1960 en Madrid, es Licenciada en Derecho e ingresó en 1987 en la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las representaciones diplomáticas españolas en Rumanía, Dinamarca y Representación Permanente de España ante la OTAN. Ha sido Segunda Jefa en la Embajada de España en Brasil y en la actualidad era Vocal Asesora en el Gabinete de la Presidencia del Gobierno.