Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Intervención del ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria

19.9.2014

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Sr. Soria.- Tal como la vicepresidenta acaba de comunicar, hoy hemos aprobado un paquete normativo en el Consejo de Ministros en relación con la liberación del dividendo digital dentro del espacio radioeléctrico de España, consistente, por una parte, en un Real Decreto y, por otra parte, en un Acuerdo del Consejo de Ministros que lleva consigo un conjunto de actuaciones para hacer posible esa liberación del dividendo digital.

Tanto el Real decreto como el Plan de Actuaciones traen causa, en primer lugar, de lo que la propia vicepresidenta del Gobierno ha dicho: hay un mandato comunitario de la Unión Europea para que la banda de los 800 megahercios del espacio radioeléctrico deje de emitir televisión digital terrestre y pase a ser utilizada para el despliegue de la cuarta generación de telefonía móvil. Pero no sólo es un mandato de la Unión Europea sino que, al propio tiempo, también la propia Ley de Economía Sostenible del año 2010 ya estableció un plan de dividendo digital ese año, y hubo también un Acuerdo de Consejo de Ministros de agosto del año 2012, pero fue anulado por la sentencia de noviembre de ese mismo año que, como saben ustedes, fue la que declaró ilegales nueve canales de televisión digital terrestre. Por tanto, aquel Acuerdo también quedó nulo. Por tanto, un Real Decreto y un Acuerdo de Consejo de Ministros.

En cuanto al Real Decreto, el Real Decreto lo que establece en relación con el Plan de Dividendo Digital, al Plan Nacional de Televisión Digital Terrestre, es el establecimiento de ocho canales de televisión múltiple; por tanto, aquí hay una primera diferencia en relación con la situación actual. Ahora mismo en el espectro hay diez canales múltiples de televisión, hay seis privados y cuatro públicos; dentro de los públicos hay dos de Televisión Española y dos de las autonómicas. Ahora lo que se hace es pasar de diez a ocho; de esos ocho, cinco son privados, dos de Televisión Española, más exactamente uno y medio, y uno es de las Comunidades Autónomas.

El objetivo de este Real Decreto es, en primer lugar, disminuir el coste total que supone la liberación del dividendo digital. En el Plan de Dividendo Digital del año 2010 el coste total comportaba 800 millones y ahora se disminuye por debajo de los 300 millones; en concreto, a 286 millones de euros.

En segundo lugar, persigue este Real Decreto el que se garantice toda la oferta televisiva, tanto nacional como autonómica, que ahora mismo se está emitiendo y, además, mantener las actuales emisiones de alta definición y también impulsarlas en el futuro.

En cuanto al impacto de las medidas que están incluidas en el Real Decreto, hay que decir, en primer lugar, que los licenciatarios, lógicamente, tienen que proceder a un cambio de frecuencias como consecuencia de la redistribución del espacio radioeléctrico; en segundo lugar, para los ciudadanos hay un plan de liberación más sencillo, menos complicado que el que había en el año 2010; hay una disminución de costes, como antes les decía, respecto a lo que incluía el Plan de Dividendo Digital del año 2010 y permite, además, desarrollar la cuarta generación de telefonía móvil en la banda de los 800 megahercios del espacio radioeléctrico.

Todo ello en relación con el contenido del Real Decreto.

En cuanto al contenido del Acuerdo del Consejo de Ministros, el Acuerdo incluye distintas actuaciones: en primer lugar, planificar las nuevas frecuencias dentro de toda la geografía nacional --como saben ustedes, a los efectos del espacio radioeléctrico hay 75 zonas geográficas distintas--; en segundo lugar, se establece cuál es el calendario de liberación del dividendo, es decir, tiene que estar liberada esa parte del espectro radioeléctrico de los 800 megahercios antes del 1 de enero del año 2015. Luego, también este Acuerdo del Consejo de Ministros lleva consigo la aprobación de un plan de comunicación para llevar a todos los televidentes que estén afectados, que no son el 100 por 100 de los televidentes, pero a todos los que puedan estar afectados, cuáles son las acciones que deben llevar a cabo para que puedan seguir teniendo el 100 por 100 de cobertura.

Quiero decir, finalmente, que este Plan no afecta, en absoluto, a veintiún millones de ciudadanos, por tanto, al 45 por 100 de la población, y que la reantenización ha de hacerse en 998.000 edificios residenciales colectivos. El importe, como decía antes, es de 286 millones de euros, importe que abona el Estado, y, a tal efecto, se aprobará próximamente un Real Decreto que establezca cuáles son los procedimientos para que estas ayudas del Estado lleguen directamente a las comunidades de propietarios que tienen que proceder a la reantenización.