Sra. Pastor.- El Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se autoriza la suscripción de convenios de colaboración del Ministerio de Fomento con las Comunidades Autónomas, como saben, es para el fomento del alquiler y la rehabilitación de viviendas.
Como ustedes conocen, porque lo hemos aprobado en Consejo de Ministros y tuve la oportunidad, en esta rueda de prensa, de presentarlo a los medios de comunicación, el cambio en la política de este Gobierno ha sido que la política de vivienda se base en dos aspectos fundamentales: de un lado, facilitar el acceso a la vivienda a los sectores de población con menos recursos; y, en segundo lugar, apoyar el alquiler como vía idónea para el acceso a la vivienda, especialmente para quienes disponen de menores niveles de renta y para favorecer la salida del abultado stock de vivienda vacía que tenemos en nuestro país.
Fomentar la rehabilitación de edificios es una tarea que tiene pendiente España, y la regeneración y renovación urbana en muchos casos. ¿Por qué? Porque, como todos ustedes saben, en España hay más de cinco millones de viviendas que tienen más de cincuenta años, muchas no tienen ascensor, tienen problemas de accesibilidad y en muchas de ellas viven personas mayores que tienen, a veces, dificultad en el movimiento. Por lo tanto, la política tiene que ir destinada a quien más lo necesita.
También, mejorar la eficiencia energética de nuestros edificios y de las ciudades, que va a redundar en la calidad de vida de las personas: ahorros energéticos, economía de bajo consumo en carbono y el cumplimiento, además, de la Estrategia 20-20, como decía hace un momento la Vicepresidenta.
Hemos aprobado hoy ya tres normas importantes que han puesto en marcha este cambio de modelo: el Real Decreto, que recuerdan bien, que regulaba el Plan Estatal; la Ley de Medidas de Flexibilización del Mercado del Alquiler, que está dando ya sus frutos, porque en España está empezando a incrementarse el número de personas que viven en alquiler, y también la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbana.
Me refiero ahora al mecanismo mediante el cual se producen las ayudas a la vivienda. Por un lado, está el Ministerio de Fomento, que sigue subsidiando parte de los préstamos que se dan a personas que están comprando una vivienda, que tienen que pagar el préstamo y sus intereses a una entidad financiera. Nosotros lo que hacemos es ir trasfiriendo todos los meses las cuantías que corresponden a cada persona y la entidad financiera se lo descuenta. Y por otro lado, para todo lo que es política de alquiler y política de rehabilitación y renovación de viviendas, lo hacemos a través de convenios con las Comunidades Autónomas.
¿Qué incluye el programa? Por un lado, la subsidiación, como les digo, que es la subsidiación de préstamos convenidos; y, por otro lado, programas de alquiler, que son, fundamentalmente, el programa de ayuda al alquiler, que ahora se lo voy a describir, y el programa del fomento de parque público de vivienda en alquiler. Es decir, siguen existiendo ayudas para aquellas instituciones públicas -Ayuntamientos, Comunidades Autónomas-- que quieran o que necesiten hacer viviendas, porque son necesarias en algunos lugares, para luego alquilarlas y alquilarlas, además, dentro de lo que pueden acceder las familias con menos recursos.
También se incluyen el Programa de Fomento de la rehabilitación edificatoria, el de fomento de la regeneración y renovación urbana, el apoyo a la implantación del informe de evaluación de edificios y el Programa para el Fomento de ciudades sostenibles.
En subsidiación, la ayuda, como les decía, se descuenta de la cuota que paga cada persona. En el Ministerio transferimos el dinero y se mantienen --esto quiero que quede meridianamente claro-- las ayudas de subisidiación concedidas en aplicación de planes de vivienda anteriores para ayudar a los deudores hipotecarios con menores recursos.
En segundo lugar, el Programa de alquiler. Aquí, lo que se hace es que puedan acceder más familias, más personas y sectores de población con pocos recursos. ¿Qué requisitos tienen que cumplir? Las personas físicas mayores de edad, con un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM, 22.365,42 euros, modularlo según el número de miembros de la familia, de la composición del núcleo familiar, y el alquiler mensual tiene que ser igual o inferior a 600 euros. ¿Qué es lo que estaba pasando hasta ahora? Que nos estábamos encontrado con que se estaba dando ayudas a personas que alquilaban viviendas de mil y pico euros. Ahí entendemos que no está el problema, el problema está justamente en personas, en familias, con más bajos recursos.
Las ayudas llegarán hasta el 40 por 100 de la renta del alquiler, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda, con un plazo de doce meses prorrogable año a año en todos los años del Plan, y tendrán preferencia las personas afectadas en procedimiento de desahucios.
También, el Programa de Fomento del parque público de vivienda en alquiler que les contaba antes, que es la creación de un parque público de vivienda protegida para alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública. ¿Quiénes va a ser los beneficiarios? Las Administraciones Públicas que lo promuevan, los organismos públicos, las fundaciones, las ONGs o las empresas privadas con derecho de superficie, que a su vez construyen para alquilar. Por ponerles dos ejemplos, va a haber dos tipos de vivienda: lo que se llama vivienda de alquiler en rotación para unidades de convivencia con rentas de hasta 1.2 veces el IPREM y el precio del alquiler no podrá superar los 4,7 euros mensuales por metro útil; o bien vivienda de alquiler protegido para unidades de convivencia con ingresos entre 1,2 y tres veces el IPREM. Estas ayudas son muy importantes y van destinadas también a todos aquellos lugares donde se necesita y hay muchas personas que quieren acceder a una vivienda, y así lo van a hacer en viviendas de alquiler.
Y, por otro lado, el Programa de rehabilitación edificatoria. Saben que España también tiene un déficit en esta materia. Nosotros, porcentualmente, estamos alejados casi cincuenta puntos de otros países en materia de rehabilitación de viviendas. Pero, como les digo, tenemos viviendas que son muy antiguas y muchas de ellas, en no muy buenas condiciones. Por lo tanto, la medida es para impulsar las actuaciones de intervención en edificios e instalaciones para mejorar su conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética.
Los inmuebles deben de tener una antigüedad anterior a 1981 y, al menos, el 70 por 100 de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Esto también, como los recursos no son ilimitados, va dirigido a las familias y a las personas que viven y que más lo necesitan. Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de viviendas son los beneficiarios de esta ayuda.
Las ayudas serán de hasta cuatro mil euros por vivienda para conservación, hasta dos mil euros por vivienda para mejora de la eficiencia energética, cinco mil euros si se reduce en un 50 por 100 la demanda energética del edificio y hasta cuatro mil euros por vivienda para la mejora de la accesibilidad. El límite, la cuantía, no podrá superar el 35 por 100 del presupuesto y, excepcionalmente en el caso de mejora de la accesibilidad, el 50 por 100, y en todo caso, once mil euros como máximo por vivienda.
El siguiente Programa que se incluye en la aprobación del Consejo de Ministros es el de fomento de la regeneración y renovación urbana. ¿Qué significa esto? Significa financiar de forma conjunta obras de rehabilitación en edificios y viviendas, o bien de urbanización y reurbanización del espacio público, o de sustitución de edificios que están en malas condiciones y que hay que sustituirlos por viviendas nuevas. Desde luego, ésta es una medida que no se necesita en todos los lugares, pero hay lugares muy necesitados donde las condiciones de la vivienda hay que sustituirlas de forma íntegra.
¿Quiénes son los beneficiarios? Quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación: las Administraciones Públicas, las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, consorcios, etcétera.
También el Programa incluye estas ayudas con unos máximos, lógicamente: un máximo del 35 por 100 del presupuesto con un tope, hasta once mil euros por vivienda rehabilitada, hasta treinta mil euros por vivienda construida en sustitución de una demolida y hasta dos mil euros por vivienda para la obra de urbanización, y se podrán añadir cuatro mil euros anuales, máximo tres años, por unidad de convivencia a realojar.
Igualmente, incluye la financiación del informe de evaluación de edificio, que saben que es un informe que está regulado en una Ley del año 2013, que analiza el estado de conservación, de accesibilidad y de eficiencia energética. Esto lo que va a permitir es el impulso, la implantación y la generalización de un informe de avaluación que es clave para saber cómo está y, sobre todo, para garantizar la mejor calidad de nuestros edificios. Ahí se evalúan las condiciones de accesibilidad, la eficiencia energética, etc., etc.
Y, después, el Programa de implantación del informe de evaluación de edificios, que también es una ayuda de veinte euros por vivienda, con un máximo de quinientos euros por edificio y del 50 por 100 del coste de los edificios que tienen que pasar, como saben, este tipo de inspección.
Por último, el Programa de fomento de ciudades sostenibles y competitivas, que es financiación de la ejecución de proyectos de especial trascendencia en mejora de barrios que están deteriorados, en centros y casos históricos, en sustitución de infravivienda, porque tenemos infravivienda, en eco-barrios o en zonas turísticas. Los beneficiarios, semejante a lo que he dicho antes. El máximo es del 40 por 100 de los presupuestos, hasta once mil euros por vivienda rehabilitada, hasta treinta mil euros por vivienda construida en sustitución de la demolida, y hasta dos mil euros por vivienda para obra en urbanización.
El reparto de los fondos --y término ya este informe-- para subvenciones del Plan Estatal ha sido acordado con las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial y se ha aprobado por unanimidad. El 70 por 100 de los fondos no depende de lo que aporten las Comunidades, los pone el Estado. El Estado pone el 70 por 100 de los fondos y en el 30 por 100 restante requiere que la Comunidad Autónoma aporte al Plan una cantidad equivalente, el 30 por 100 restante.
En cuanto a la inversión y los efectos del Plan, la inversión del Ministerio será de 2.311 millones y la inversión de las Comunidades 216 millones; total inversión pública, 2.527 millones de euros. Y la inversión privada inducida de toda esta parte, sobre todo de la parte que tiene que ver con rehabilitación y también esa otra parte de construcción de viviendas para alquiler, va a suponer, y tenemos los cálculos de los técnicos, dicen: 1.268 millones. Estamos hablando, por tanto, de una inversión total de 3.795 millones de euros.
¿A cuantas personas pensamos? Se está estudiando y los técnicos tienen hechos sus análisis. Cuando menos, a más de doscientos personas para ayudas al alquiler, más de cincuenta mil viviendas rehabilitadas y 230.000 ayudas de subsidiación de préstamos. ¿Puestos de trabajo directos en estos tres años? 36.000 puestos de trabajo es la evaluación que hacen los técnicos y los expertos.
Los siguientes dos Reales Decretos tienen que ver con la asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares, y también con algunas novedades con respecto a la Comisión de Investigación de accidentes e incidentes ferroviarios y la comisión de investigación de todos ellos.
Como saben, ésta es una de las medidas que yo presenté, va a hacer un año dentro de poco, en el Congreso de los Diputados, de las que se ha dado cuenta también en el Congreso de los Diputados y --lo decía la Vicepresidenta en su intervención-- se enmarca en estas veintidós medidas que está llevando a cabo el Ministerio de Fomento.
¿Qué objeto tiene la norma? La norma lo que tiene por objeto es mejorar la asistencia integral que garantice una adecuada atención y apoyo integral a las víctimas de accidentes ferroviarios y a sus familiares, y establecer los protocolos de coordinación entre todos los agentes implicados que, como saben, tienen que funcionar de una manera totalmente adecuada.
Entre otros aspectos, les voy a poner algunos ejemplos de lo que recoge. Recoge, por ejemplo, la comunicación a Embajadas de otros Estados de la existencia de víctimas de sus respectivas nacionalidades; la tramitación de visados y autorizaciones para la entrada o salida de nuestro país; la expedición de forma rápida de documentos de identidad o de viaje a víctimas y familiares; las medidas administrativas que permitan la repatriación, si fuera necesario; la prestación de la información relativa a la identificación de las víctimas; el Plan integral que recoge la asistencia psicológica; la protección de la intimidad y de la dignidad de las víctimas y sus familiares; la habilitación de espacios privados para los familiares; la colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y con las policías autonómicas, y los responsables de todos los servicios públicos; la prestación de todo tipo de información a las víctimas y, además, facilitar información sobre las personas a bordo del tren accidentado y las medidas de asistencia a todos los familiares. Todos los requisitos para garantizar toda esta atención.
Son muchas más las cosas que se recogen; por ejemplo, el transporte y el alojamiento de las víctimas y de los familiares, el depósito y devolución de los efectos personales, que es una cosa muy importante para aliviar al dolor de las familias; la formación del personal y la realización de simulacros como los que estamos haciendo con la UME, como saben, especialmente en túneles, y algo muy importante que lleva muchos años en este país sin revisarse, que es el seguro obligatorio de viajeros. Por eso, el Real Decreto contempla una disposición adicional que incrementa el baremo de indemnización actual que estaba fijado en el Reglamento del Seguro de Viajeros. De esta forma, en caso de accidente ferroviario, la persona accidentada o los beneficiarios percibirán una indemnización que duplica a la contemplada en este momento en el ordenamiento jurídico de nuestro país.
En cuanto al último Real Decreto, el Gobierno ha dado luz verde también a la modificación de la norma que regula el funcionamiento de la CIAF. El texto lo que hace es contemplar una serie de extremos que lo que hagan es garantizar la investigación de este tipo de accidentes.
Saben que ya hay otras dos comisiones, la CIAIAC para accidentes aéreos y también la CIAIM para accidentes marítimos. Y ya existe la CIAF que es la investiga los accidentes ferroviarios; Pero hemos querido abundar en algunos extremos que creo que eran importantes y que lo que vienen, desde luego, es a dotar a estos profesionales independientes de los recursos necesarios y de todos los medios para que puedan trabajar de una manera adecuada.
Se regulan, por tanto, una norma específica para la mejora en toda la red ferroviaria de interés general del Estado; también la trasparencia en todo el procedimiento de investigación; las funciones que tiene la Comisión y la regulación de los nombramientos. El presidente y los vocales del pleno de la CIAF serán nombrados por el ministro de Fomento, pero previo conocimiento y aceptación del Congreso de los Diputados, de la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados. El Congreso podrá aceptar el nombramiento o podrá también manifestar su veto, y el Congreso acordará, siempre que lo considere, la comparecencia del presidente.
También se regula la figura del vicepresidente; se vinculan los nombramientos exclusivamente al prestigio y a la cualificación profesional --por ejemplo, había limitaciones referidas a la situación laboral en algunos casos--; se recogen las causas de cese de sus miembros; el mandato pasa a ser de cuatro años a seis años y también, algo muy importante, se especifica pormenorizadamente el procedimiento de investigación: se detallan las funciones; el equipo de investigación es totalmente independiente, lo es ahora y lo sigue siendo, y lo que se hace es detallar las personas.
Esto es muy importante y es una petición permanente de las víctimas de todos los accidentes de las tres áreas, que es que las personas tengan derecho a obtener información sobre la investigación y sus avances: el administrador de infraestructuras y las empresas ferroviarias, pero también la autoridad responsable de la seguridad; las víctimas y sus familiares; los propietarios de bienes dañados; los fabricantes; los servicios de socorro implicados; los representantes del personal y los usuarios, pero especialmente que tengan acceso las víctimas. Se les brindará, además la oportunidad de exponer todos sus puntos de vista en esta investigación que es independiente y es trasparente.
Se prevé un trámite de observaciones y, desde luego, los interesados que les he señalado tendrán acceso a la información relativa a los hechos y a las investigaciones contenidas en la propuesta de informe de los técnicos y podrán formular observaciones al respecto. El Ministerio de Fomento dará traslado de la memoria de todo ello a los presidentes de las Comisiones competentes del Congreso y del Senado.